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Finanzas públicas


    ELEMENTOS INTRODUCTORIOS DE LAS FINANZAS PÚBLICAS

    La palabra Finanzas llega de la voz griega, finos, la cual pasa al latín, finis, que significa fin.

    Se dice que en un principio se aplicó el término "fin" a los negocios jurídicos, al pago con que ellos terminan.

    Luego surge el término finanzas lo cual implicaba otros elementos esenciales para que se produjera tal fin, estos estaban constituidos por los recursos o ingresos.

    Entonces podemos decir que la ciencia de las Finanzas Públicas atiende todo lo relacionado con la forma de satisfacer las necesidades que demande la comunidad de personas que integran un Estado, se inclinan a cubrir las exigencias del colectivo, donde predomina el interés general.

    Las Finanzas Públicas están encargadas de regir las necesidades que se originen frente a las relaciones del Estado con los individuos o las del Estado frente a sus propias necesidades.

    ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

    Ésta actividad, comienza en el momento en que el Estado se apropia de las riquezas o bienes producidos por las demás economías, y pasa a convertirlas en ingresos con el fin de poder atender los gastos que le causa cumplir con todos sus deberes de satisfacción a las necesidades públicas.

    Dicha actividad, se ve finalizada cuando el ingreso público se ha convertido en servicio público o medio para satisfacer las necesidades.

    ELEMENTOS QUE LA INTEGRAN

    1. Las Necesidades Públicas:

    Nacen de la colectividad y se satisfacen mediante la actuación del Estado, el cual se encarga de garantizar a la población con las principales necesidades que se originen dentro de la misma.

    Estas necesidades solamente podrán ser satisfechas por el Estado debido a que son de imposible cumplimiento por cada uno de los individuos que conforman el colectivo.

    2. Servicios Públicos:

    Son las actividades que el Estado realiza con el fin de procurar de la satisfacción de las necesidades públicas.

    Dichas actividades se encuentran estrechamente vinculadas a las necesidades frente a las cuales están llamados a satisfacer, éstas se dividen en: servicios públicos esenciales y no esenciales.

    3. Gasto Público:

    Son las inversiones o erogaciones de riquezas que las entidades públicas hacen para la producción de los servicios necesarios que cumplan con la satisfacción de las necesidades públicas.

    4. Recursos Públicos:

    Son los medios mediante los cuales se logran sufragar los gastos públicos que constituyen todos los ingresos financieros a la tesorería del Estado, sin importar cual sea su naturaleza, es decir, económica o jurídica.

    5. Renta Nacional:

    Es la sumatoria en términos monetarios de los bienes y servicios producidos, distribuidos y vendidos en un país durante un tiempo determinado, es decir, dentro de un ejercicio fiscal.

    LAS FUNCIONES DE LAS FINANZAS EN EL PROCESO DEL DESARROLLO

    Las Finanzas tienen como función contribuir al desarrollo económico de un país, donde el Estado está encargado de velar que exista una distribución equitativa de las riquezas, incentivar a los inversionistas y a la producción, además crear un clima de confianza política y establecer una estabilidad legal, también de disminuir la tasa de inflación.

    Es importante mencionar que el desarrollo económico de un país depende de la buena gerencia y administración de las finanzas que realicen los representantes del Estado.

    SECTOR PÚBLICO

    Son las empresas e instituciones que dependen del Estado para fortalecer la economía nacional.

    La actividad económica del sector público abarca todas aquellas actividades que el Estado y sus empresas posee o controla.

    El papel y el volumen del sector público dependen en gran medida de lo que en cada momento se considera que constituye el interés público.

    El sector público normalmente está constituido por un elevado porcentaje de la economía que tiene un país, y además es capaz de influir sobre la actividad económica global.

    Por ejemplo, el gobierno puede limitar el crecimiento de los salarios de los funcionarios para evitar aumentos de la inflación, realizando así una política de precios y rentas extraoficial o informal.

    Esta política presupone que el sector privado, debido a la competencia entre empresas, es capaz de producir con mayor eficacia y con menores costes.

    SISTEMA NACIONAL DE PLANEACION

    El Departamento Nacional de Planeación es un departamento administrativo y, al igual que los ministerios, es uno de los organismos principales de la administración pública. Depende directamente de la Presidencia de la República y pertenece a la Rama Ejecutiva del poder público.

    Plan nacional de desarrollo:

    Misión: diseñar, hacer viable y controlar las políticas de desarrollo económico, social y ambiental del país, en coordinación con los ministerios y los entes territoriales.

    Origen: hacia 1936, se facultó al Estado para racionalizar la producción, distribución y consumo de riquezas, así como para ofrecer al trabajador colombiano la protección adecuada de acuerdo con sus derechos adquiridos. Bajo estos principios, la planeación en Colombia hizo su aparición ligada a cambios estructurales e institucionales que dieron inicio a los Consejos nacionales de economía y de política económica y social, como organismos asesores. Posteriormente, en 1958, se creó el Consejo Nacional de Política Económica y Planeación, así como el Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos, entidades que tuvieron funciones de estudio y recomendación de la política económica. De acuerdo con este proceso, en 1968 se modificaron las estructuras del Consejo y las entidades anteriormente mencionadas se transformaron en el Consejo Nacional de Política Económica y Social –CONPES– y en el Departamento Nacional de Planeación –DNP–, respectivamente. Desde esta época, el DNP adquirió capacidad decisoria y a partir de la década del cincuenta se comenzaron a elaborar planes y programas generales para el país con la colaboración de misiones técnicas internacionales. En la década del setenta, se inició la elaboración de planes de desarrollo más estructurados, de tal forma que sus enfoques estaban dirigidos hacia el crecimiento económico del país, con énfasis en el proceso de planeación. En orden descendente, los planes de desarrollo se han denominado:

    SISTEMA PRESUPUESTAL COLOMBIANO

    El sistema presupuestal colombiano está constituido por un plan financiero, por un plan operativo anual de inversiones y por el presupuesto anual de la Nación.

    El cual se trata de armonizar el proceso presupuestal con el marco más amplio de los programas macroeconómicos del Gobierno, y asegurar así la compatibilidad de la Política Fiscal con la Política Monetaria, cambiaria y crediticia.

    El Presupuesto Nacional está conformado por:

    1. Principios presupuestales: son todos esos los ideales hacia los cuales debe orientarse una buena política presupuestal. A través de tales principios ha tratado de alcanzarse:

    • Un control efectivo sobre el volumen del gasto público, con el ideal de su reducción al mínimo.

    • Un control del parlamento sobre el Ejecutivo, en materia financiera, con el ideal de elevarlo al máximo.

    • Una depurada representación contable de los procesos de ingresos y de gastos públicos.

    Los principios del sistema presupuestal son:

    A) PRINCIPIO DE UNIDAD PRESUPUESTAL: es aquel según el cual los ingresos y los gastos de todos los servicios dependientes de una misma colectividad pública, principalmente del Estado, deben estar agrupados en un mismo documento y ser presentados simultáneamente para el voto de autoridad presupuestal. Son varias ventajas que se predican del cumplimiento del principio de la unidad presupuestal:

    I. Permite que tanto legisladores como opinión pública tenga una idea del conjunto de lo que es la política fiscal para un año determinado.

    II. El control político del presupuesto para que sea eficaz, requiere que se conozca, en su totalidad. Si el presupuesta se presenta de forma fraccionada no quedará claro, por ejemplo cual es la magnitud del déficit en que se va a incurrir a lo largo del año, como se va financiar ese déficit, cuales son las grandes prioridades del gasto público, etc.

    III. Así como cualquier fenómeno social o económico es difícil de juzgar como tino si no se le conoce a cabalidad, así también es difícil evaluar la política fiscal si el presupuesto no cumple con el principio de unidad.

    2. Presupuesto de rentas y recursos de capital: el Presupuesto General de la Nación lo conforman dos grandes conceptos: el de los ingresos o rentas, y el de los gastos o apropiaciones.

    I. En primer lugar tenemos las rentas: el presupuesto de rentas lo conforman los siguientes conceptos:

    a. Los ingresos corrientes de la nación

    b. Las contribuciones parafiscales cuando sean administradas por un órgano que haga parte del presupuesto.

    c. Los fondos especiales d. Los recursos de capital

    e. Los ingresos de los establecimientos públicos del orden nacional.

    A continuación vamos analizar los elementos conceptuales de cada una de estas rentas.

    A) A INGRESOS CORRIENTES: se clasifican en ingresos tributarios y no tributarios. Los primeros se subclasifican en impuestos directos e indirectos. Los segundos, es decir, los no tributarios, se subclasifican en tasa, multas, rentas contractuales y transferencias del sector descentralizador de la nación. En principio un ingreso corriente es aquel que llega a las arcar públicas de manera regular, no esporádica.

    B) CONTRIBUCIONES PARAFISCALES: son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social o económico y se utiliza para beneficio del propio sector. El manejo, la administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que las creas y se destinaran solo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable. Las contribuciones parafiscales administradas por los órganos que formen parte del Presupuesto General de la Nación se incorporará al presupuesto solamente para registrar la estimación de su cuantía y en capítulo separado de las rentas fiscales y su recaudo será efectuado por los órganos encargados de su administración. Las contribuciones parafiscales se crean para alimentar y nutrir una entidad específica; por ejemplo, el seguro social.

    3. Presupuestos de gastos o ley de apropiaciones: se dividen en:

    a. Gastos de funcionamiento: se dividen en: Servicios personales y

    Gastos generales.

    b. Servicio de la deuda. c. Gastos de inversión.

    En desarrollo del principio presupuestal de la especialización, establece que las apropiaciones deben referirse en cada organismo o entidad de la administración a su objeto y funciones, y se ejecutará estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas",

    4. Preeminencia de la ley que adopta el plan de inversiones: sus mandatos constituirán mecanismos idóneos para su ejecución y suplirán los existentes sin necesidad de la expedición de leyes posteriores, en otras palabras; la ley del plan, en cuanto a los gastos públicos que define, no requiere de leyes posteriores que decreten dichos gastos antes de incorporarlos como apropiaciones a la correspondiente ley de presupuesto anual. El Congreso, sin embargo, podrá aumentar o disminuir las partidas en el plan cuatrienal de inversiones al momento de discutir el presupuesto anual, observando por supuesto los procedimientos que se señalan en la ley orgánica del presupuesto.

    PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

    El presupuesto de rentas lo conforman los siguientes conceptos: A. Los ingresos corrientes de la nación.

    B. Las contribuciones parafiscales cuando sean administradas por un órgano que haga parte del presupuesto.

    C. Los fondos especiales. D. Los recursos de capital.

    E. Los ingresos de los establecimientos públicos del orden nacional.

    a. Ingresos corrientes: se clasifican en ingresos tributarios y no tributarios.

    Los primeros se subclasifican en impuestos directos e indirectos. Los segundos es decir, los no tributarios- se subclasifican en tasas, multas, rentas contractuales y transferencias del sector descentralizador a la nación. Existe, ingresos corrientes que se perciben con regularidad, sin intermitencias; hay ingresos ordinarios, que son aquellos corrientes, que no están afectos a la financiación de un gasto específico; y hay, por último, ingresos corrientes ocasionales, que son la excepción, y que como su nombre lo sugiere son aquellos que ingresan de manera esporádica.

    b. Contribuciones parafiscales: son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social o económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable.

    c. Fondos especiales: son los ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador.

    d. Recursos de capital:

    1. Los recursos del balance del tesoro: la ejecución anual del presupuesto arroja un superávit o un déficit, al concluir cada ejercicio. Ese resultado, positivo o negativo, proveniente del año anterior, se denomina balance del tesoro, e ingresa como recurso de capital al presupuesto del año siguiente. Si es un déficit deberá incluirse forzosamente la partida necesaria para saldarlo. Si se trata de un superávit, éste se contabiliza como un recurso de capital idóneo para financiar apropiaciones del año siguiente.

    2. Los recursos de crédito interno y externo: debe anotarse que los recursos han de tener vencimientos mayores a un año para que contra ellos puedan abrirse apropiaciones. Si un recurso de crédito tiene un plazo menor de un año se considera un recurso de tesorería, y no es apto para financiar nuevo gasto público.

    3. Los rendimientos de operaciones financieras: cuando, a diferencia de las operaciones de crédito, el fisco actúa no como deudor sino como acreedor, los rendimientos que obtenga (intereses, etc.) se consideran como recursos de capital.

    4. El mayor valor en pesos originado por las diferencias de cambio: por razones asociadas a la devaluación del peso sucede que entre el momento en que el Gobierno reintegra un empréstito externo y el momento en que efectivamente lo convierte a pesos, al retirarlo del Banco de la República, es decir al monetizarlo, la diferencia en la tasa de cambio entre las dos fechas le genera una cantidad adicional de pesos que se consideran, para efectos presupuéstales, como un recurso de capital.

    5. Las donaciones: los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsable hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.

    6. El excedente financiero de los establecimientos públicos: los excedentes financieros de las empresas industriales y comerciales del Estado pertenecen a la nación y no a ellas mismas constituye uno de los enunciados más controvertidos del Estatuto Orgánico del Presupuesto. Tradicionalmente se había considerado que las utilidades de las empresas industriales y comerciales del Estado, en virtud de la autonomía fiscal que caracteriza a este tipo de entidades, pertenecían a las mismas empresas. Sus juntas directivas decidían en qué se invertirían tales utilidades. Ahora han sido declaradas como de propiedad de la nación.

    7. Las utilidades del banco de la república: descontadas las reservas de estabilización cambiaría y monetaria.

    e. Ingresos de los establecimientos públicos: a partir del último Estatuto Orgánico, los establecimientos públicos de carácter nacional hacen parte integral del Presupuesto General de la Nación. De esta manera se ha dado un paso adicional hacia el cumplimiento del principio de la universalidad presupuestal.

    PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES

    EL GASTO PÚBLICO SOCIAL

    LOS DIVERSOS TIPOS DE APROPIACIONES DISTINCIÓN ENTRE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y GASTOS DE INVERSIÓN

    1. El gasto público social: los estudios modernos de finanzas públicas coinciden en afirmar que el gasto público debe orientarse prioritariamente hacia el gasto social, es decir, hacia la atención de las necesidades básicas de las personas más desprotegidas dentro de la sociedad. El gasto público se redistribuirán conforme al criterio de necesidades básicas insatisfechas, la población y la eficiencia fiscal y administrativa.

    2. Los diversos tipos de apropiaciones: sólo se podrá incluir apropiaciones que correspondan:

    a. A créditos judicialmente reconocidos.

    b. A gastos decretados conforme a la ley.

    c. Las destinadas a dar cumplimiento a los Planes y Programas de Desarrollo Económico y Social y a las de las obras públicas.

    d. A las leyes que organizan la Rama Judicial, la Rama Legislativa, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil, que incluye el Consejo Nacional Electoral, los Ministerios, los Departamentos Administrativos, los Establecimientos Públicos y la Policía Nacional que constituyen título para incluir en el presupuesto partidas para gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda pública".

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