- Base legal
- Metodología
- Contexto provincial
- Reseña histórica
- Características generales del distrito de Ventanilla
- Procesos en curso en el distrito de Ventanilla
- Análisis estratégico
- Propuesta de desarrollo
- Estrategias por eje de desarrollo
- Proyectos de desarrollo
- Gestión del proceso de desarrollo local
Constitución Política del Perú.- La Constitución Política del Perú vigente, define en su Artículo 192º que las Municipalidades tienen competencia, entre otras, para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, y ejecutar los planes y programas correspondientes. De igual manera el Artículo 188º señala que la descentralización es un proceso permanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del país, y el Artículo 189º donde se precisa que el territorio de la República se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada.
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.- Aprobada en el 2003, establece en su Artículo X (Título Preliminar) que los Gobiernos Locales promueven el Desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia Social y la sostenibilidad ambiental. Asimismo en el Título II (La Organización de los Gobiernos Locales) Subcapítulo I (El Concejo Municipal) Artículo 9º señala que son atribuciones del Concejo Municipal:
a) Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo.
b) Aprobar, Monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal concertados y sus presupuestos participativos.
c) Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.
d) Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades.
Asimismo, establece en su Artículo 79º Inciso 3) que las Municipalidades Distritales tienen, entre otras atribuciones, la de formular, aprobar, ejecutar y supervisar el Plan Urbano o rural distrital según corresponda, con sujeción al Plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia.
Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783 Capítulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos Artículo 18º. Planes de Desarrollo 18.2 Los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades regionales y locales y de la Cooperación Internacional.
Artículo 20º . Presupuestos Regionales y Locales.
20.1Los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados.
Ley Marco de Modernización del Estado – Ley Nº 27658 Capítulo I Generalidades Artículo 1º Declárese al Estado en proceso de modernización.
1.1 Declárese al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.
1.2 El proceso de modernización de la gestión del estado será desarrollado de manera coordinada entre el Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros y el Poder legislativo, a través de la Comisión de Modernización de la Gestión del Estado, con la participación de otras entidades cuando por la materia a desarrollar sea ello necesario.
Artículo 2º Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias.
Artículo 3º Alcance de la Ley.
La presente Ley es de aplicación en todas las dependencias de la Administración Pública a nivel nacional.
Capítulo II Proceso de Modernización de la Gestión del Estado.
Artículo 4º. Finalidad del Proceso de Modernización de la Gestión del Estado.
El proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de recursos públicos. El objetivo es alcanzar un Estado:
a) Al servicio de la ciudadanía.
b) Con canales efectivos de participación Ciudadana. c) Descentralizado y desconcentrado.
d) Transparente en su gestión.
e) Con servidores públicos calificados adecuadamente remunerados. f) Fiscalmente equilibrado.
Plan Nacional Contra la Violencia Hacia La Mujer (2002 – 2007) Orientado a Promover cambios en los patrones socioculturales que toleran, legitiman o exacerban la violencia hacia las mujeres; instituir mecanismos de prevención, protección, atención y recuperación para las mujeres víctimas de violencia.
Página siguiente |