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Manual de procedimiento para el personal de vigilantes de seguridad (página 2)

Enviado por José Luis Ramírez


Partes: 1, 2

  1. Hacerse presente en su puesto de trabajo, con antelación debida, a los efectos de imponerse de las novedades que haya en el servicio o recibir con relación al mismo, las instalaciones correspondientes.
  2. Salvo causa debidamente justificada, no abandonar su puesto de vigilancia, aun cuando no haya sido relevado a la finalización de su respectivo turno de servicio, en cuyo caso, y a los efectos de que se adopten al temperamento debido, hará saber esa circunstancia al superior jerárquico que corresponda.
  3. Poner especial cuidado a los bienes que se someten a su custodia, manteniéndose siempre bien atento a los efectos de evitar robos, hurtos o daños.
  4. Usar la totalidad de las prendas que comprendan el uniforme, manteniéndolo limpio y en buen estado de presentación, con absoluta prohibición de usarlo fuera de su lugar de trabajo, debiendo devolverlo en las mismas condiciones a efectos de uso cuando cese su relación con la empresa.
  5. Cuidar y mantener el buen estado de conservación y funcionamiento del arma que eventualmente se le confié, la cual en ningún caso ni circunstancia podrá retirarla del objetivo en que se halle prestando el servicio.
  6. El vigilante no deberá consumir bebidas alcohólicas no sustancias controladas psicotrópicas durante el servicio, ni concurrir al mismo bajo efectos de haberlas ingerido.
  7. Los supervisores en los distintos turnos deberán tomar las anotaciones necesarias con el objeto de que el personal se notifique de las órdenes consignadas que deberán ser complementadas durante la prestación del servicio. Las notificaciones se harán por escrito y el personal afectado a las mismas deberán firmar de conformidad.
  8. Cuando el vigilante, por razones debidamente justificadas, tenga la necesidad de faltar a sus tareas habituales, se solicitara, el respectivo permiso con 48 horas de anticipación. Se exceptúa de lo precedente expresado, los casos de enfermedad de familiares a cargo, respecto a los cuales efectuara por si o por medio de un tercero, la pertinente comunicación a la empresa, como así en caso de fallecimientote algun miembro de su familia.
  9. El vigilante es responsable ante el empleador, de los daños que eventualmente causare a los intereses de este, por dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones.
  10. El vigilante no tomara parte en los conflictos que se susciten en la empresa manteniéndose al margen de cualquier echo en contra de los interese de la empresa.

    • Siniestros, de cualquier índole
    • Accidentes ocurridos o inminentes de fuerza mayor
    • Atentados contra bienes físicos o personas
    • Exigencias excepcionales de la empresa de conformidad con la apreciación que se efectué sobre la base de la colaboración y solidaridad que en todo momento debe existir respecto a los fines perseguidos por el servicio, los excedentes de horas extras trabajadas se abonaran con los recargas que dispongan las normas vigentes.

    DEL TRATO CON LAS PERSONAS

    El vigilante evitará en todo momento discutir sus indicaciones, dado que en conocimiento de sus funciones, es totalmente responsable de sus actos y decisiones, teniendo para la toma de las mismas la prudencia suficiente y cordura necesaria, con la que logrará así también el reconocimiento y respeto debido a su trabajo.

    Ante la necesidad de su intervención por un hecho propio de su misión de control de personas y/o vehículos, o identificación de los mismos, actuará, en los casos en que deba hacer valer su condición de hombre de seguridad, sin pasiones que excedan sus atribuciones, evitando formarse juicios apresurados y parciales, razón por la cual se limitara a cumplir con las directivas que le fueren impartidas oportunamente al respecto; por tal motivo tenga siempre presente que usted es un hombre de seguridad y no un funcionario publico.

    DEL LIBRO DE SERVICIO

    El libro de servicio será llevado, en lo que a su confección y registro de información se refiere, por el vigilante encargado del turno, cuando lo haya por la magnitud del objetivo a cubrir, y en la última instancia por el vigilante que preste el servicio, sea el objetivo que fuere.

    El mismo se encontrara rubricado y foliado y allí se asentaran las novedades correspondientes a cada turno de vigilancia, siendo consideradas como tales:

    1. Horario del tuno de vigilancia
    2. Encargado del turno(si lo hubiera) personal a cargo , o simplemente el vigilante
    3. Listado de los elementos provistos al apuesto de vigilancia (Ej.: botiquín de primeros Auxilios, linternas, armamento, y municiones etc.)
    4. Notificación de las órdenes que se impartan con anterioridad a la toma del servicio.
    5. Novedades ocurridas durante el horario de trabajo, en forma clara y precisa, sin omitir detalles o dato alguno, dejando constancia de numeraciones cuando correspondan a documentos de identidad de personas o de identificaciones de vehículos y/o mercancías
    6. Recopilación de boletas control de accesos, planillas y de ingreso por las diferentes porterías que deberán estar plena mente diligenciadas por las diferentes recepcionista o persona a cargo.
    7. Objetos y/o valores hallados en las rondas
    8. Verificación de las puertas de cada una de las oficinas y cerrar aquellas que deban estar o permanecer cerradas
    9. Objetos y/o valores que sean de motivo de secuestro en los puestos de salida indebida o sin autorización correspondiente, con mención descriptiva del objeto y/o valor datos personales y demás referencias de la persona a la cual se le efectuara secuestro, superior y demás personas a las que correspondiera comunicar la novedad la novedad y solicitarles a las directivas del procedimiento a seguir con el causante testigos del procedimiento de revisión, retención así mismo no olvidar sentar los distintos horarios en que fueron desarrollándose los hechos
    10. Se asentaran con formula de recibo las entregas de objetos y/o valores, haciéndose constar nuevamente el detalle de los mismos, y datos identifica torios del receptor, quien firmara juntamente con el vigilante a cargo del puesto en su respectivo turno. Debe tenerse en cuenta que el libro de Servicio es un elemento probatorio en diversas y variadas circunstancias, ya sean de orden laboral, comercial y/o judicial siendo de suma utilidad para los casos de investigaciones que por ilícitos se pudieran cometer, radicando en todas estas causales su relevancia, rubricándoselo al cierre de cada turno de vigilancia por el personal saliente y el relevante, esto como constancia de haberse transmitido y tomado conocimiento, respectivamente de las novedades correspondientes.
    11. Una vez completo el libro de servicio será entregado a su superior jefe de seguridad y vigilancia correspondiente quien arbitrara los medios para su inmediato reemplazo por otro nuevo, y procediendo al archivo del entregado por el término que corresponde, a cuyo vencimiento se le podrá destruir. En todos los casos se mantendrá la reserva absoluta de su contenido, salvo requisitoria a las autoridades de fiscalización y control de la empresa, o por autoridad judicial actuante, de allí la importancia de su correcta confección y conservación.

    DE LA RONDA

    La Ronda es el recorrido que realiza el vigilante dentro del perímetro y/o predio donde se ubica su objetivo, con el propósito de prevenir ilícitos o siniestros y/o detectarlos para actuar en conformidad.

    Al hacerlo el vigilante deberá poner su atención en la tarea, puesto que su ronda sistematizada podría dar lugar a ser sorprendido por delincuentes, o pasar por alto, por ejemplo un principio de incendio.

    El propósito principal de este sistema es la de prevención, reiterando que es el pilar básico fundamental de la Seguridad, ya que una vez ocurridos los hechos, poder revertirlos sin una adecuada previsión será difícilmente posible, o bien de lograrlo, los resultados no siempre serán óptimos.

    De nada sirve si el vigilante se encuentra adormilado, o ido en sus pensamientos por considerar su función una rutina. Éticamente hablando, seria inmoral su actitud, mientras que disciplinariamente estaría actuando con irresponsabilidad e ineficiencia.

    DE LA IDENTIFICACIÓN Y/O CONTROL DE LAS PERSONAS

    De acuerdo con las características y disposiciones que corresponden a cada tipo de servicio u objetivo, el vigilante podrá tener, dentro de sus funciones, la de identificar a las personas que van a ingresar al objetivo;

    • Visitantes: Tratándose de todas aquellas personas que no pertenecen al establecimiento, y que concurren por vez primera, o asiduamente, a entrevistarse con el responsable o integrante de un área determinada, por razones laborables, comerciales, personales u otras.
    • Clientes.-Proveedores-Cobradores: Tales como las denominaciones lo indican, se trataría de personas que concurren con un propósito determinado específicamente, y con la intención de concurrir a un área determinada de la empresa, y para la cual se encontraran habilitados para transitar únicamente previa autorización del funcionario que los atenderá.
    • Empleados: Los mismos, al momento de su ingreso, serán debidamente identificados, existiendo a tal fin diversos métodos, y con el propósito de evitar el ingreso de extraños, lo que no siempre lo harán con buenas intenciones, siendo uno muy común el de la presentación de la tarjeta de identificación extendida por la empresa.

    DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN

    De acuerdo con la categoría del motivo de su presencia podrá diferenciarse por código de colores que determine las áreas por donde el individuo podrá circular.

    DEL CONTROL DE VEHÍCULOS

    Básicamente, se podrá tener en cuenta, para su clasificación, cuatro categorías, a saber:

    • Vehículos de propiedad de la empresa
    • Vehículos Transportadores de mercancías
    • Vehículos particulares de los empleados de la empresa, y
    • Vehículos de visitantes en general

    La importancia para los vehículos para todos es la misma pero con ciertos controles específicos en los de carga tanto de la empresa como en aquellos que prestan el servicio de transporte de la misma, los cuales deberán llevar consigo la respectiva planilla de control donde estarán asentada toda la información de el vehículo desde su llegada a la planta como su salida al igual que el conteo mediante la respectiva discriminación de los elementos así como las canastillas que salen, para este tipo de procedimientos, también es necesaria una coordinación de criterios con el personal de despacho, previamente a la implantación del servicio, y , con el propósito fundamental de evitar inconvenientes posteriores.

    En este tipo de control, y principalmente en la salida de vehículos, los cuales, a diferencia del de las personas, deben realizarse sobre la totalidad de los vehículos cuantas veces sea necesario

    DEL VIGILANTE

    El hombre de Seguridad, habiendo tomado la vigilancia como profesión y medio habitual de vida, debe considerar que no es simplemente un individuo que vistiendo un uniforme representativo de la empresa se encuentra en un puesto u objetivo determinado observando y esperando el paso de las horas: el vigilante es mucho mas, dadas las responsabilidades que conlleva su sola presencia en un lugar determinado; su permanente estado de alerta y su capacitación le permitirán actuar preventivamente, ya que de eso se trata básicamente la seguridad así mismo se compromete a cumplir con lo establecido.

    ESTATUTO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA.: TITULO V PRINCIPIOS, DEBERES Y OBLIGACIONES QUE RIGEN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA Art.73-Art.74

    El presente manual de Instrucción y reglamento ha sido elaborado con el único propósito orientar, guiar, y educar utilizando una terminología sencilla y de fácil interpretación para el personal de seguridad para el desarrollo de sus actividades encaminadas al mejoramiento en la prestación del servicio de seguridad.

    José Luis Ramírez G

    Director Seguridad

    Director Inlaseg

    Asesor Supervigilancia

    Con Diploma de Extensión Universitaria *Título propio expedido en virtud del artículo 34.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre de Universidades.

    Diploma de extensión universitaria de la Universidad de UVIC y Diploma del Institutos Superior de Estudios ISED en Barcelona –España.

     

     

     

    Autor:

    José Luis Ramirez Gomez

  11. El vigilante se compromete en la prestación de horas suplementarias en circunstancias extraordinarias de:
Partes: 1, 2
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