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Globalización, Pedagogía y Derechos Humanos en América Latina (página 2)


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Actualmente hay un gran debate sobre si empresas transnacionales tienen o no responsabilidades en el incumplimiento al respeto de los Derechos Humanos. La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la ONU aprobó en agosto de 2003, las "Normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en la esfera de los Derechos Humanos." Estas normas establecen que "…aunque los Estados tienen la responsabilidad primordial de promover y proteger los Derechos Humanos, asegurar que se cumplan, respetarlos y hacerlos respetar, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, en su calidad de órganos de la sociedad, también tienen la responsabilidad de promover y proteger los Derechos enunciados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos".

A la luz de lo anterior, en caso de conflicto entre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Mercantil Internacional, los estados deben de reconocer de manera formal la primacía de los primeros. Esta discusión es importante sobre todo porque entre las causas recurrentes de violaciones de los Derechos Humanos se encuentran actividades de las empresas transnacionales, quienes presionan a los gobiernos para que establezcan reglas conformes con sus propios intereses, incluso a costa de los Derechos Humanos.

Esto se permite debido a que las legislaciones de los TLC tienen una serie de apartados, como el capítulo 11 del TLCAN y el capítulo sobre inversiones del ALCA, en donde se estipula los derechos que tienen los inversionistas nacionales y extranjeros. En dichos apartados se especifica la posibilidad que tienen las transnacionales para demandar en paneles internacionales a aquellos gobiernos que incumplan a un acuerdo comercial. Esto significa que cualquier argumento de una empresa que exprese que una acción gubernamental haya afectado a sus inversiones, el estado puede ser acusado, aún cuando las leyes hayan sido elaboradas para la protección del interés público.

En el artículo 11 del TLCAN se puede leer lo siguiente: "Toda persona tiene derecho a vivir en un ambiente sano y a contar con servicios públicos básicos. Los Estados parte promoverán la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente".

Lo anterior es válido mientras no se presente una situación en donde la empresa tenga que hacer valer sus derechos tal como se presentó en los ejemplos anteriores. Para establecer una primacía de los Derechos Humanos sobre los convenios comerciales, los estados de Latinoamérica, quienes se han visto mayormente afectados, deberán de responder a una serie de exigencias, que tienen que ver con su compromiso social en materia de la búsqueda del bien común, por otra parte, instaurar la primacía de los Derechos Humanos también tiene implicaciones para la sociedad civil; es decir, esto implica que los ciudadanos demandemos arreglo a las irregularidades que dan pie a enfermedades, condiciones de pobreza y destrucción de mantos acuíferos y bosques, mismos que se acentúan con los privilegios otorgados a las transnacionales.

Es tarea del pedagogo informarse sobre qué instituciones gubernamentales y no gubernamentales se establecen como promotoras y defensoras de los Derechos Humanos, así como enterarse de cuáles son los procedimientos básicos administrativos y jurídicos a los que deben recurrirse en caso de sufrir una violación de Derechos; pero el verdadero reto del Pedagogo ante esta panorámica es que en toda práctica educativa su enseñanza esté orientada por las teorías que dan cuerpo a una filosofía de los Derechos Humanos, para que el alumno aprenda a decidir sin importar sus condiciones particulares, aunque cabe señalar que la tarea de la Pedagogía no se limita únicamente al espacio escolar, aunque si es de gran importancia que en las escuelas se comience por abordar este tipo de problemáticas. Es así como damos pie a exponer la importancia de una Educación en derechos Humanos como alternativa para contrarrestar los embates del presente modelo económico.

Educar en Derechos Humanos ¿Para qué?

Pocos elementos están tan estrechamente ligados a los Derechos Humanos como lo está la educación en todos sus niveles. En el artículo 26 de la DUDH se señala que "La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz". En la carta constitutiva de la UNESCO, se afirma que "es en la mente de los hombres y de las mujeres donde deben erigirse los baluartes de la paz y de los Derechos Humanos; y que, los acuerdos económicos y políticos entre los gobiernos no bastan para construir un mundo más próspero y más seguro si van separados de la solidaridad intelectual y moral de la humanidad a partir de valores universalmente reconocidos. Mismos que serán trasmitidos por la educación." En el "Informe Delors" se señala que la educación, además de permitir a todos sin excepción hacer fructificar todos sus talentos y todas sus capacidades de creación -lo cual implica que cada uno pueda responsabilizarse de sí mismo y realizar su proyecto personal– tiene que contribuir también a la búsqueda de un mundo más habitable y más justo que posibilite el retroceso de la pobreza, la exclusión, las incomprensiones, las opresiones y las guerras.

El tema de los Derechos Humanos debe ser incorporado como una condición de vida social y académica, que sustente las formas de enseñanza; por esto, hablar de la relación entre la Pedagogía y los Derechos Humanos, conlleva necesariamente a ubicar dicha relación en reconocer que a través de los procesos de formación el sujeto requiere hacer conciencia de lo que por naturaleza le es inherente: sus Derechos como ciudadano. Esta toma de conciencia implica que el sujeto en formación, conozca, analice y reflexione sobre su condición de vida para desarrollarse y desplegarse en la dimensión histórico-social con el fin de alcanzar su autonomía, no sólo como ejercicio propio sino, también en los otros. La pedagogía en este marco de articulación con los Derechos Humanos tiene un compromiso insoslayable: la conquista de la ciudadanía.

Los documentos internacionales que discuten en relación a los Derechos Humanos señalan la importancia que tienen los profesores para impulsar esta educación enfocada al fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales. "Mientras los educadores no seamos capaces de dar razón de la relevancia que tiene trabajar desde el ámbito educativo a favor de los Derechos Humanos, no lograremos hacer avanzar significativamente nuestras iniciativas en este terreno". La apertura a mayores espacios de formación docente en el área de los Derechos Humanos permitiría que los maestros, desde su planeación didáctica, sin importar la disciplina que impartieran, contemplaran la procuración de la dignidad de sus alumnos, es decir, que ejercieran la docencia en un marco de respeto por el otro. La tarea del pedagogo, en este sentido, es una tarea compleja pero no irrealizable. A tal fin, es necesario que las políticas educativas se orienten al fortalecimiento de la escuela pública, ya que ésta puede favorecer una mayor igualdad y la construcción de sociedades más incluyentes y equitativas.

Educar en Derechos Humanos tiene su manera específica de realizarse en el aula, pero también demanda de las instituciones crear un ambiente de participación, tolerancia y respeto. En este sentido, es importante que en las escuelas se pueda ejercer la crítica a las normas establecidas, que exista la posibilidad de intervenir en la toma de decisiones, que se pueda participar en el ejercicio del poder para fomentar en el alumno la posible construcción de nuevas realidades. La formación en Derechos Humanos debe ser el eje rector en la educación de los estudiantes de cualquier grado.

Los Derechos Humanos se conciben como un estilo de vida, representan una posibilidad de ser y estar en el mundo. Los Derechos Humanos se viven no se enseñan. La escuela debe ayudar a que los sujetos en proceso de formación aprendan teorías, enfoques, conceptos, escuelas, postulados, sobre Derechos humanos, para que desde estos aprendizajes el estudiante tenga la capacidad de decidir sobre su actuar en sociedad, sin importar sus condiciones particulares.

La relación que se establece entre los Derechos Humanos y la Pedagogía como campo de desarrollo profesional del pedagogo, es una nueva percepción sobre la educación, la cual se concibe como un derecho que tienen todos los ciudadanos. Es decir, la educación es un derecho humano, por lo cual este proceso educativo tiene como una finalidad suprema favorecer la dignidad humana de los sujetos en situación educativa para que éste alcance una vida digna como realidad. Juan Casillas García de León reconoce que "la relación entre Pedagogía y Derechos humanos, es igualmente básica para la vida democrática. La promoción de estos últimos constituye una inversión a futuro, indispensable para el avance de la sociedad hacia mejores, y más equilibradas condiciones de vida." Y es aquí, donde el pedagogo tiene un pape! trascendental en el cumplimiento de esta aspiración por un mundo mejor. Debemos, los pedagogos, actuar bajo el entendido de que los resultados al implementar una Pedagogía en Derechos Humanos son a largo plazo; es preciso enfatizar que los logros que se pretenden con una Pedagogía en Derechos Humanos no serán inmediatos, pero se debe actuar con inmediatez ante el problema, ahora que aún, se vislumbran campos de acción.

Si el Sistema Escolarizado de los pueblos de América Latina incluye en su currículo contemporáneo contenidos hacia una formación tanto a docentes como a estudiantes en Derechos Humanos, es válido pensar en que en los años venideros el ideal de hombre y sociedad habrá sido cualitativamente resignificado. Para Henry Giroux lo anterior toma sentido y escribe que si las escuelas en todos sus niveles, se comprometen por educar en el marco de los Derechos Humanos, los futuros empresarios, médicos, funcionarios, clase gobernante, ciudadanos en general, habrán sido formados en un ambiente de tolerancia, igualdad y respeto, elementos fundamentales para alcanzar sociedades más democráticas.

Ciertamente es muy probable que nuestra generación no vea los cambios, pero no por ello se debe abandonar la empresa de actuar desde la Pedagogía por la conformación de sociedades futuras pacíficas y justas. Es necesario como pedagogos asumir el compromiso. Como cierre quiero traer a la mesa las siguientes palabras de Eduardo Galeano: "Ella está en el horizonte, me acerco dos pasos y ella se corre dos pasos, me acerco diez pasos y ella se corre diez pasos más allá. Por más que me acerque nunca la alcanzaré. ¿Para qué sirve la utopía? Para eso sirve: para caminar."

Bibliografía

  • ÁLVAREZ Ledesma, Mario. Acerca del Concepto de Derechos Humanos. Ed. McGraw Hill, México.
  • BEUCHOT, Mauricio. Filosofía y Derechos Humanos. Siglo Veintiuno editores. 1993.
  • ARROYO Picard, Alberto. Resultado del TLCAN en México: lecciones para la negociación del ALCA. Red mexicana de Acción frente al Libre Comercio. Diciembre, 2001.
  • CASILLAS GARCÍA DE LEÓN, Juan. "Palabras en la Ceremonia de Inauguración" en Jornadas sobre los Derechos Humanos en México. Comisión Nacional de Derechos Humanos, ANUIES, México. 1991.
  • CORREAS, Óscar. Acerca de los Derechos Humanos. Apuntes para un ensayo. Ediciones Coyoacán. México, 2003.
  • GIROUX, Henry. La escuela y la lucha por la ciudadanía. Siglo XXI editores, México 2ª edición, 1998.
  • LATAPÍ, Pablo. La universidad y los Derechos Humanos en América Latina. Elementos para un marco conceptual. En varios autores. La Universidad y los Derechos Humanos en América Latina. Editorial Unión de Universidades de América Latina y Comisión Nacional de Derechos Humanos. México, 1992
  • ROSALES Sánchez, Juan José. Diferencias entre Derechos Humanos y Garantías individuales. Tesina. Maestría en procuración y administración de Justicia. Universidad Autónoma del Estado de Morelos.
  • VARIOS AUTORES. Globalización, integración económica y Derechos Humanos. Grupo de Investigación "Globalización y Derecho". Universidad Sergio Arboleda. Bogotá, Colombia, 2005.
  • MARTINEZ L., Ana María & MEYER, Maureen. Obligaciones incumplidas. Derechos Humanos y los tratados de libre comercio en América Latina. México, Julio de 2004.

Otras fuentes

  • DE SOUZA, Boventura. Conferencia: La racionalidad científica en las Ciencias Sociales. Seminario Permanente de metodología Contemporánea de la Ciencia. FCPyS. Junio 27 de 2005.
  • Delors, J. La Educación encierra un tesoro. Informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI. Ediciones del CORREO DE LA UNESCO. México. 1997.
  • "Promesas de Hoy". El Correo de la UNESCO. Junio 1992. www.cidh.org
  • UNESCO. Proyecto de plan de acción.www.unesco.org
  • www.allais.info.

 

 

 

Autor:

Omar De la Rosa López

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