Evaluación del riesgo como componente básico del control interno (PPT) (página 2)
Enviado por IVÁN JOSÉ TURMERO ASTROS
35% 45% 20% Adecuar la oferta y la demanda de acuerdo con las necesidades sociales dela formación universitaria Mejorar la eficiencia general de la Universidad en su función de formación de titulados, en calidad de servicio y duración de las enseñanzas
Mejorar la eficiencia económica actuando sobre las estructuras de costes e ingresos de la Universidad para adecuarlas a las estructuras financieras objetivo del sistema 3.1.1 Asignación de recursos ordinarios sobre la base del coste estándar
La Financiación Básica Condiciona, al igual que la Financiación Básica Inicial, constituye una fuente finalista para cubrir los gastos ordinarios de la Universidad, si bien queda sujeta al cumplimiento de tres objetivos de calidad y eficiencia, con diferentes pesos de importancia o factores de ponderación: APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
3.1.2 Fondos presupuestarios complementarios Constituye una línea presupuestaria especial que, de acuerdo al texto del contrato–programa, puede ser absorbida parcialmente atendiendo a la evolución positiva de la financiación básica calculada, siempre y cuando no exceda de las cantidades programadas. La financiación complementaria contiene diferentes líneas de financiación; a saber: Financiación complementaria sujeta a programación
•está orientada a la mejora del sistema de financiación prevista en el modelo de asignación de recursos ordinarios sobre la base del coste estándar. Programas de financiación específicos para acciones de reposición, mantenimiento y equipamiento:
•Al igual que la línea de financiación anteriormente descrita, el contrato-programa hace depender el libramiento de este fondo complementario de la programación que realice la Universidad y de la previa autorización por parte de la Dirección General de universidades e Investigación. Acciones específicas de calidad:
•el propósito fundamental es lograr determinados niveles de calidad respecto al comportamiento organizativo y, en especial, a los programas que recaen sobre el personal. APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
3.1.3 Financiación adicional para la implantación de nuevas titulaciones
El contrato-programa destina una línea de financiación específica para la implantación de nuevas titulaciones sujeta a los criterios establecidos en la Financiación Básica Inicial, con la diferencia de que establece un número fijo de 50 estudiantes a tiempo completo, tal y como se puede constatar en la siguiente expresión: ???????? = ??%3?????? ?? 50
Donde: FBIT= Financiación básica inicial para nuevas titulaciones. CEi= coste estándar de la titulación “i”. X%= porcentaje de la financiación de la administración educativa. Para lograr efectos económico en esta línea de financiación, se necesita que la universidad pueda acreditar la existencia de una demanda igual o superior a 160 alumnos de nuevo ingreso por año, sostenida durante un período mínimo que duplique el de la duración prevista en el plan de estudios de la titulación. 3. APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
3.1.4 Saneamiento del déficit
Esta línea de financiación excepcional y no consolidable tiene como propósito “equilibrar los resultados presupuestarios negativos acumulados de la ULPGC” y financiar las operaciones financieras avaladas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para el saneamiento de la Universidad.
El contrato-programa toma como referencia la liquidación presupuestaria del ejercicio de 1998, de acuerdo a las necesidades de financiación expuestas en el informe de fiscalización realizado por la Intervención General de la Comunidad Autónoma.
Se necesita que la Universidad desarrolle un programa específico de medidas que permitan subsanar las deficiencias de financiación acumuladas para lograr la aceptación de estos recursos financieros 3. APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Según lo establecido en el artículo 43 de la Ley General Presupuestaria la exigibilidad de la transferencia no debe ser un problema, ya que señala que "las obligaciones de pago sólo son exigibles de la Hacienda Pública cuando resulten de la ejecución de los Presupuestos Generales del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de esta Ley, de sentencia judicial firme o de operaciones de tesorería legalmente autorizadas". Por lo tanto, los riesgos dependen directamente de la vulnerabilidad que presenten tales créditos, bien por desfases temporales en su asignación presupuestaria y posterior cobro, o bien por cambios en las variables que definen el modelo particular de financiación. APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
La subvención nominativa resulta de los acuerdos adoptados entre el Equipo Rectoral y la Consejería de Educación y, como ingreso principal integrado en los presupuestos, va a requerir la ratificación de la Junta de Gobierno y la aprobación del Consejo Social, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley de Reforma Universitaria y los Estatutos de la ULPG. A través de la siguiente imagen que se presentara a continuación, queda representado las relaciones entre el Equipo Rectoral con la Consejería, Junta de Gobierno y Consejo Social (flujos información-comunicación 1, 2 y 3), correspondiendo a la Gerencia, especialmente a la Unidad de Gestión Económica, aportar gran parte de los datos necesarios para la elaboración de los presupuestos (flujo información-comunicación 4) y recoger las atribuciones patrimoniales en el sistema de información de la Universidad (flujo financiero 5), discriminando aquéllas que pudieran tener una finalidad concreta -subvención-, de aquéllas que puedan tener un destino genérico -transferencia- 3. APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FLUJOS EN LA GESTIÓN DE LA SUBVENCIÓN GLOBAL FIJADA POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. APORTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
La técnica de evaluación de la fiabilidad humana es otra de las técnicas utilizada por los auditores según la Norma ISO 31010, empleada para encontrar peligros y riesgos logrando evaluar y mitigar todas esas fallas que pueden interrumpir los procesos.
TASAS ACADÉMICAS DE CURSOS REGALADOS La universidad recibe ingresos de los estudiantes como contraprestación parcial de los servicios de educación, constituyendo un ingreso fundamental en la financiación de los gastos de la Universidad, cuyo riesgo financiero va a depender de una multiplicidad de factores que se engloban en la política de tasas que, en virtud de las competencias legalmente atribuidas, son definidos por la administración estatal y autonómica. La elasticidad de la demanda universitaria a los incrementos de tasas, los cambios en la política de becas, la aparición de nuevas figuras contractuales como préstamos-renta u otras modalidades, etc., tienen una incidencia directa sobre la cuantía de esta fuente de financiación que es preciso valorar, en tanto que pueden repercutir en la estructura y estabilidad financiera de la Universidad.
TASAS ACADÉMICAS DE CURSOS REGALADOS Las autoridades académicas vienen admitiendo un pago fraccionado de los títulos oficiales, con independencia de las condiciones económicas y sociales de los usuarios, quedando las universidades expuestas a riesgos de crédito, además de las consecuencias desfavorables que se derivan por una desvinculación entre la corriente real del servicio prestado y los flujos financieros recibidos de los beneficiarios directos. Se plantean problemas administrativos y de orden contable para su correcta imputación en la contabilidad presupuestaria y patrimonial. Conscientes del riesgo de crédito de las cantidades fraccionadas, las universidades están capacitadas para anular la matrícula y retener en su beneficio las cantidades previamente satisfechas por el alumno que haya incurrido en mora, sin perjuicio de que pueda iniciarse el procedimiento de apremio, en virtud de la catalogación de las tasas académicas como tributos.
TASAS ACADÉMICAS DE CURSOS REGALADOS Las universidades pueden adoptar diversas alternativas en la gestión de los servicios docentes, siendo cada vez más frecuente que los cursos reglados se gestionen directamente a través de las unidades administrativas de la institución Universitaria, mientras que los de títulos propios (cursos de especialización, expertos y másters) u otros cursos de formación pueden ser gestionados a través de diversos instrumentos de gestión privada (convenios de colaboración con fundaciones, creación de entidades mercantiles, agrupaciones de interés económico). En el caso de la ULPGC, existe un acuerdo de colaboración con la FULP para la gestión administrativa y financiera de los cursos de postgrado a la FULP63, manteniendo el proceso de matriculación de los cursos reglados a través de las unidades administrativas de los centros y facultades, quienes colaboran en la tramitación de a la recaudación de las oportunas tasas académicas, de acuerdo con las normas y Procedimientos establecidos por las unidades de Gestión del Alumnado y Gestión Económica. Los cursos de extensión universitaria, también son gestionados a través de los medios administrativos de la Universidad.
TASAS ACADÉMICAS DE CURSOS REGALADOS A través del flujo grama definido en la figura 4 puede observarse como el proceso de matriculación de tasas académicas se inicia en las terminales de los centros ya facultades, cuyos responsables tienen potestad para ejecutar anulaciones y modificaciones, si bien corresponde a la Unidad de Gestión de Alumnos la potestad de incluir y/o modificar las tarifas aprobadas por la Comunidad Autónoma, al objeto de que el programa informático tenga los datos necesarios para una correctas determinación del montante de tasas académicas a recaudar.
La Unión Europea ha venido ofreciendo dos instrumentos financieros básicos, ya sea mediante su política de investigación y desarrollo tecnológico que apoya programas específicos de investigación (programas marco), o bien aportando fondos con destino a infraestructuras y equipamiento científico, así como a programas vinculados a la formación y el empleo (fondos estructurales). ATRIBUCIONES PATRIMONIALES DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ESPECIAL REFERENCIA A LAS SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Los instrumentos son los siguientes: Programas Marco: Es el principal mecanismo de cooperación científica y tecnológica entre empresas, universidades y centros de investigación en Europa. Fondos Estructurales: Estos fondos constituyen el principal instrumento para la política de cohesión comunitaria y han contribuido decisivamente en la financiación de las universidades publicas españolas, al aprovechar una ingente cantidad de recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) destinados básicamente a infraestructuras y proyectos de
Por tanto, el riesgo financiero existe cuando la Universidad pierde o no desarrolla toda su capacidad para el acceso de esta financiación competitiva y, en este sentido, cabe señalar que tal posibilidad depende de muchos factores internos y externos, algunos de ellos controlables por la propia institución universitaria. ATRIBUCIONES PATRIMONIALES DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ESPECIAL REFERENCIA A LAS SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN En la Unión Europea se ha producido un incremento de las aportaciones financieras en apoyo a la investigación, justificando las asignaciones presupuestarias por su consideración de inversión básica y necesaria para el desarrollo de la sociedad europea. Este incremento de recursos posibilita que las universidades puedan incrementar y diversificar sus fuentes de financiación y en consecuencia reducir el riesgo de concentración financiera que actualmente padecen por depender básicamente de los ingresos de la Comunidad Autónoma de tutela.
La oportunidad de captar financiación de los programas marco depende de los criterios utilizados en la evaluación de las propuestas, destacando, entre otros: ATRIBUCIONES PATRIMONIALES DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ESPECIAL REFERENCIA A LAS SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN La excelencia científica y técnica: la propuesta debe ser innovadora y sus objetivos realizables y convincentes Participación industrial: debe existir un compromiso efectivo de la industria Dimensión europea: debe indicarse claramente cuál es el beneficio adicional de la propuesta por su dimensión europea (valor añadido europeo). Calidad de la gestión del proyecto: debe proponerse un esquema de gestión eficiente que facilite al máximo la colaboración entre los participantes. Diseminación y explotación de los resultados. El objetivo de la acción comunitaria es generar beneficios económicos, sociales y tecnológicos para la industria y la sociedad.
Los riesgos de crédito van a depender de las políticas establecidas para el seguimiento y evaluación de resultados. Según la política financiera del V PM, todos los participantes reciben una cantidad inicial en concepto de avance de acuerdo con los costes financiables con el objetivo principal de agilizar el inicio de cualquier proyecto y con el propósito de asegurar tanto la resolución de los objetivos del proyecto como la entrega de los informes finales, especialmente la entrega de los planes de aplicación tecnológica. ATRIBUCIONES PATRIMONIALES DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ESPECIAL REFERENCIA A LAS SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN La participación de la Universidad es más compleja cuando además ejerce la función de coordinador, al servir de puente entre la comisión y el resto de los contratantes. En este supuesto, la Universidad actúa como mero gestor de fondos, los cuales ha de remitir al resto de los participantes de acuerdo al convenio o actividad compartida, facilitando la canalización de estos ingresos extrapresupuestarios a participantes de diferentes nacionalidades, para lo cual viene siendo preceptivo la utilización de cuentas corrientes en ecus. Así mismo, si los informes finales, o bien una posible auditoría posterior, indican que los costes financiables son menores que los pagos recibidos, entonces el coordinador está en la obligación contractual de devolver la diferencia, recabando de sus socios la devolución del dinero.
Ley estatal de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica establece los instrumentos necesarios para definir las líneas prioritarias de actuación en materia de investigación científica y técnica, programar los recursos y coordinar las actuaciones entre los sectores productivos, los centros de investigación y las universidades.
Su propósito es definir los
grandes principios que inspiran una
política científica integral. ATRIBUCIONES PATRIMONIALES DE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: ESPECIAL REFERENCIA A LAS SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN
Este trabajo contiene más diapositivas.
Para ver la versión completa seleccione la opción "Descargar" del menú superior
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |