La relación laboral debe estar terminada.
Documentos Requeridos:
-El trabajador sólo necesita la Cédula de Identidad.
-El empleador debe llevar:
-Su cédula de identidad, el proyecto de finiquito, la liquidación de sueldo del mes anterior, el contrato de trabajo, de preferencia, planillas de Cotizaciones previsionales del trabajador, o certificado que acredite el pago íntegro de dichas cotizaciones previsionales, Cartola Previsional actualizada (trabajador).
Costo
El trámite cuando se realiza en la Inspección del Trabajo no tiene costo
Comprobantes de Ingresos y Egresos
Los Comprobantes de Ingreso y Comprobantes de Egreso son documentos que elabora el encargado de administración, en donde se registran todas las operaciones que originan movimientos de dinero y valores, alimentan directamente a la contabilidad.
Ejemplos:
• Al pagar la compra de materiales se debe hacer un CE;
• Al recibirse dinero de una cuota social o de un subsidio debe elaborarse un CI;
• Al ingresar el dinero de una venta se hace un CI;
• Al entregar dinero para un viaje se hace un CE
Los comprobantes de ingresos son documentos que se usan para registrar las entradas de dinero de una empresa, tales como:
• Créditos recibidos
• Ventas
• Cuotas sociales
• Aportes de capital
• Subsidios, etc.
Los comprobantes de ingreso deben ser numerados y detallar en forma clara y precisa el origen del ingreso. Deben tener además la fecha y estar firmados por el Administrador y el Presidente de la Organización, como forma de control.
Los comprobantes de egreso son documentos que se usan para registrar las salidas de dinero de la organización, como ser:
• Compras de materiales e insumos
• Pagos
• Cobranzas
• Créditos
• Reparaciones
• Pago de sueldos u honorarios
• Viáticos, etc.
Todo egreso de dinero debe estar respaldado por una boleta, factura o recibo.
Los comprobantes de egreso deberán ser numerados y con la firma de quien recibe el dinero. Deben tener además la fecha y estar firmado por el Administrador y el Presidente, quienes autorizan y aprueban la salida de dinero.
Para facilitar el registro y control de los comprobantes se propone un formato que incluye los dos tipos de movimientos, es decir ingresos y egresos el cual llamaremos
Comprobante Único Contable, debiendo confeccionarse en original y una copia.
Una vez elaborado, aprobado y autorizado el comprobante único contable se archiva junto con la boleta, factura o guía correspondiente, que sirve de respaldo. Al inicio de cada mes deben ser enviados al contador para su registro en la contabilidad.
Contrato de trabajo
Es un convenio o acuerdo de voluntades, creador de obligaciones, celebrado entre una persona natural (el trabajador) y una persona natural o jurídica (el empleador), para que el trabajador preste determinados servicios personales, bajo la continuada subordinación del empleador, a cambio de una remuneración.
1. REQUISITOS DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Requisitos básicos:
Datos de identificación personal, sexo y vecindad de los contratantes.
Fecha de inicio de la relación laboral.
Atribuciones o detalles de los servicios a prestar.
Lugar o lugares de prestación y ejecución de los servicios.
Lugar de residencia del trabajador.
Duración del contrato o expresión de tiempo indefinido o para la ejecución del contrato de trabajo.
Jornada y horario.
Salario y su forma de calculo y fecha de pago.
Lugar y fecha de celebración del contrato.
Firmas de los contratantes o impresión digital y sus números de cédula de vecindad.
AUTORIZAR EN LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO
Comprobante de feriado
El comprobante de feriado es utilizado por un empleador cuando uno de sus trabajadores solicita dar uso de alguno de los feriados legales que le corresponden, estos pueden ser vacaciones, compensados, feriados anuales, básicos, etc., dejando así estipulación de este beneficio en la empresa.
Para hacer uso de este beneficio el trabajador debe llevar un tiempo determinado en la empresa, lo que dependerá del tipo de feriado al que quiera optar, y hacer su solicitud por anticipado.
El trabajador, al hacer uso de este beneficio recibirá la remuneración íntegra.
COMPROBANTE DE FERIADO
Fecha: 16 de Enero de 2006
En cumplimiento a las disposiciones legales vigentes se deja constancia que a contar del 16 de Enero de 2006 y hasta el 05 de Febrero de 2006
El Trabajador: DONOSO FLORES MARIA ELENA
Hará uso de VACACIONES con remuneración integra, percibiendo por este
concepto la suma de $ 278.928, monto incluido en su Liquidación de Sueldo.
ESTE PERIODO CORRESPONDE AL AÑO TRABAJADO ENTRE:
EL 01 DE Enero DE 2005 AL 31 DE Diciembre DE 2005
______________________________ ______________________________
Firma del Empleador . . Firma del Trabajador
__________________________________________________________________________________
Liquidación de sueldo
La liquidación de sueldo es un documento que desglosa los ingresos mensuales de un trabajador.
Para entenderla, es necesario manejar una serie de conceptos clave. Cada fin de mes, los trabajadores reciben un documento que comprueba el pago por su trabajo realizado durante ese periodo; la liquidación de sueldo Es un hecho que muchos trabajadores no saben cómo leer una liquidación de sueldo. Pues en ella aparecen ítems y porcentajes de descuentos, cuyas sumas y restas pueden confundir a cualquiera.
Asimismo, el Código del Trabajo, en su artículo 42, señala que los tipos de remuneraciones son:
Sueldo: es el pago fijo, en dinero, pagado por periodos iguales, determinado en el contrato
Sobresueldo: es la remuneración en horas extraordinarias.
Comisión: porcentaje sobre el precio de venta o compra, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.
Participación: es la proporción de las utilidades de un negocio determinado o de una empresa.
Gratificación: es la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.
Por el contrario, las prestaciones que no constituyen remuneración son:
Asignaciones de movilización, de pérdida de caja, desgaste de herramientas y de colación.
Viáticos.
Prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley (asignaciones familiares)
Las indemnizaciones por años de servicios que establece la ley, esto es, un mes de la última remuneración, con un tope de 90 U.F., por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses, con un tope máximo de 11 años (esta condición rige para los trabajadores contratados después del 14 de agosto de 1981).
Devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.
Es muy importante que los trabajadores identifiquen las sumas pagadas por su empleador, que no constituyen remuneración, ya que esta distinción se esa para efectos tributarios y provisionales.
Conceptos Básicos
La remuneración incluye una serie de conceptos básicos que es necesario entender.
Sueldo Base: es la remuneración que, libremente, define el empleador con el trabajador, la que podrá, incluso, ser inferior al ingreso mínimo legal. Sin embargo, al término del mes, el trabajador deberá recibir una renta imponible equivalente al ingreso mínimo. Por lo tanto, si el sueldo base es menor al salario mínimo vigente, el empleador se debe asegurar de incorporar otros ingresos que correspondan legalmente a remuneración.
Sueldo Bruto: corresponde a la suma de todos los ingresos que durante el mes percibió el trabajador, ya sea que se trate de ingresos remuneracionales o no remuneracionales. Es posible que en la liquidación de sueldo esto sea denominado Total haberes. La legislación actual establece que los trabajadores dependientes no pueden tener un sueldo mensual bruto menor al salario mínimo, es decir, 135.000 pesos.
Sueldo Imponible: es la remuneración sobre la cual el empleador realizará los respectivos descuentos de previsión y salud. Para esto, se restarán del total de ingresos o sueldo bruto aquellas prestaciones que no constituyen remuneraciones, quedando así el sueldo imponible. Realizados estos descuentos legales, el empleador calcula sobre esa diferencia y retiene el impuesto único, de acuerdo al tramo que corresponda.
Sueldo Líquido: es la suma que al final recibe el trabajador y que va directamente a su bolsillo, una vez que se han realizado los descuentos provisionales, tributarios y cualquier otro descuento que haya practicado el empleador (póliza de seguros de vida, uso de casino, etc.).
Formulario de Timbraje
1. Esta declaración jurada debe ser presentada por todo contribuyente que quiera el timbre de documentos.
2. Lugar de presentación: debe presentarse en la unidad de Timbre del Servicio, bajo cuya jurisdicción se encuentra el local o establecimiento, Casa Matriz o Sede de los negocios.
3. Antecedentes que deben presentarse: Para efectuar el timbraje de documentos se deben presentar los siguientes antecedentes:
A) Documentos que se desean timbrar.
B) Formulario de Timbraje (formulario 3230) con los datos de identificación y de los documentos que desean timbrarse.
C) Cédula RUT del Contribuyente. Si el contribuyente es persona natural chilena puede presentar su Célula Nacional de Identidad o una fotocopia ante Notario de la misma (si es otra persona la que efectúa el trámite).
D) Cédula de Identidad de quien realiza el trámite. Si es el representante del contribuyente, debe acreditar además la presentación que inviste. Si es otra persona (mandatario), debe además llevar el poder ante Notario donde el contribuyente o su representante lo autorizan a realizar el trámite.
E) Ultima declaración mensual de Impuestos a las Ventas y Servicios y/o Pagos Provisionales Mensuales y/o Retenciones (formulario 29).
F) Ultima declaración jurada para timbraje (formulario 3230) presentada por el contribuyente, por el mismo tipo de documentos cuyo timbraje está solicitando
4. Información general que debe contener la declaración jurada, formulario 3230.
4.1. Identificación del contribuyente: Deben llenarse en forma completa todos los espacios del formulario destinados al efecto.
4.2. Columna "Tipos de Documentos y Libros": En esta columna están señalados los tipos de documentos que deben timbrarse por el SII.
Cuando se trate de otros documentos y libros, deberá indicar el nombre respectivo en el recuadro tipo de documentos y libros y el código correspondiente de acuerdo a la siguiente nomina:
4.3. Timbraje de Hoja de Contabilidad y Libros: En la confección de contabilidad por medios computacionales los formularios continuos a timbrar deberán llevar pre impreso por imprenta o por el equipo procesador de datos, además de nombre o razón social del contribuyente, el RUT, su domicilio y giro y una numeración correlativa particular de cada libro, impresa por el computador posteriormente durante el proceso.
Los libros de contabilidad y/o auxiliares empastados, que consignen en cada hoja o folio, mediante impresión el nombre o razón social de la imprenta, su número de RUT y fecha de impresión del documento (día, mes, año), su autorización se hará mediante la aposición del Timbre de Goma de la Unidad correspondiente, sólo en la primer y última hoja o folio del libro respectivo.
Los registros contables en hojas sueltas o formularios continuos que consiguen por la imprenta los datos de identificación del contribuyente (Nombre o Razón Social y numero de RUT) y como pie de imprenta los datos indicados en el punto anterior, en cada hoja o formulario continuo, su autorización se hará mediante aposición de timbre de goma de la Unidad correspondiente, sólo en la primera y última página del legado.
4.4. Cantidad de facturas emitidas en los últimos 6 meses: Todo contribuyente que timbre factura, debe llevar el casillero del costado izquierdo abajo del formulario, con la cantidad de facturas emitidas en los últimos seis meses.
5. Firmas y Poderes.
5.1. Firma de contribuyente o representante legal: Esta declaración debe ser firmada por el contribuyente o por su representante legal. También podrá suscribirla el mandatario o apoderado, pero sólo en el caso que este último se encuentre facultado expresamente para ello en el poder o mandato.
5.2. Poder Notarial: Los contribuyentes que desean realizar sus tramitaciones mediante un mandatario que efectué el trámite de timbraje, deberán otorgarle a éste un poder simple firmado ante Notario o refrendado ante Ministro de Fe del SII, llenando el recuadro "Persona Autorizada para realizar el trámite".
5.3. Retiro de los documentos y/o libros ya timbrados: La persona que retirará la documentación, debe ser la misma que presentó la declaración del Timbraje. Debe presentar su célula de identidad en el momento de recibir la documentación.
6. Recuadro de uso exclusivo del S.I.I.: El contribuyente no hará anotaciones en este recuadro, pues en él se harán observaciones que deberá tener subsanadas para el próximo timbraje.
Balance General
Es el estado financiero que muestra la situación financiera en que se encuentra la empresa en una fecha determinada mediante la descripción de los conceptos de activo, pasivo y de capital contable, identificados y valuados. Precisamente, a la fecha a que corresponde el balance.
El balance general, por lo tanto, es una especie de fotografía que retrata la situación contable de la empresa en una cierta fecha. Gracias a este documento, el empresario accede a información vital sobre su negocio, como la disponibilidad de dinero y el estado de sus deudas.
El activo de la empresa está formado por el dinero que tiene en caja y en los bancos, las cuentas por cobrar, las materias primas, las máquinas, los vehículos, los edificios y los terrenos. El pasivo, en cambio, se compone por las deudas, las obligaciones bancarias y los impuestos por pagar, entre otras cuestiones.
Cabe destacar que el balance general también se conoce como estado de situación patrimonial. El documento suele presentar distintas columnas, que organizan los valores según sean activos o pasivos. La diferencia entre estos es el patrimonio neto, es decir, la diferencia entre lo que la compañía tiene y lo que debe.
Más allá de que los balances son útiles para los dueños de las empresas, su elaboración suele estar a cargo de especialistas en contabilidad. Los contadores se encargan de analizar los números y volcarlos al balance. Una vez cerrado el balance, es presentado al empresario o al directivo pertinente, quien es el tomará las decisiones correspondientes para la gestión de la empresa.
Las formas de presentación del balance general.
La situación financiera en que se encuentra la empresa en una fecha determinada se muestra mediante la descripción de su activó, pasivo y capital contable, estos son identificados como elementos de balance; Los elementos del balance pueden ser representados en dos diferentes formas que se denominan:
Balance general en forma de cuenta: se le denomina al balance que muestra sus elementos destacando igualdad entre el activo y la suma del pasivo más el capital contable en posición horizontal.
Balance general en forma de reporte: se le denomina al balance que muestra sus elementos, destacando el capital contable como diferencia entre el activo y el pasivo, en posición vertical.
Conclusión
Al finalizar este informe podemos concluir que los Documentos Mercantiles son documentos de crédito de mucha importancia para realizar las transacciones legales en cualquier país. Tanto la Letra de Cambio, el Pagaré como el Cheque son documentos de crédito son de mucha importancia ya que los mismos conforman una garantía de recuperación del valor de la prestación de un servicio o de la venta de algún bien, ya sea mueble o inmueble; puesto que mediante su emisión, el tomador puede recurrir a fuentes legales establecidas, para hacer efectivo su pago.
Autor:
Valeska Alvarado
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