Esto ha desequilibrado a los pueblos y las razas, hasta que se estableció el reinado del espíritu de concordia en el tribunal de la Haya. Sí, aquel tribunal, es el primer artículo dado por los espíritus de paz, para restablecer la armonía y el reinado del espíritu y la razón.
Hermanos míos: es hora de hacer algo grande y hermoso y sólo puede ser esto, el afianzamiento de la razón, por el arbitraje hoy; mañana por la convicción propia y saldrá el bello ideal de la paz universal, sin armas mortíferas que arruina el erario público y privado.
Hagamos un algo hermoso, ora como hombres, ora como espíritus, u ora como mujeres. Y, entended, que hago este llamado a la mujer, porque es, la parte principal y primera en el equilibrio universal, pues ella, puede dar al niño en el néctar de sus pechos el principio de amor y de paz. Es hora que la mujer no sea como el cubo que sigue a la cuerda, porque es un desequilibrio de la sociología; la mujer es la cuerda y no el cubo, por derecho propio; si fría y serenamente estudiáis su fisiología.
El hombre y la mujer, son el cubo y la cuerda; no es el uno más que el otro y los dos son necesarios; los dos se complementan, por que son partes integrantes de la familia y de la sociedad.
Estudiemos otra parte del desequilibrio. ¿Qué hacen esos hombres que custodian las puertas del cuartel con arma mortífera al brazo? Si tuvieran en cuenta la ley de amor, no estaría sembrando el terror con el cañón de esas armas, y las terribles bombas de la artillería; así mantenéis una paz que abochorna; pero todavía en la actualidad, esa fuerza se precisa; pero esa fuerza, formada por las juventudes del "Bajo pueblo", de la "Clase ínfima" que inicuamente llamáis, son brazos robustos que robáis a la industria, a la agricultura hay necesidad de gravar cada día más con mayores sacrificios el producto del trabajo para mantener esa fuerzas y el trabajador no puede cubrir sus necesidades por la escasez de la producción y el aumento de población que se acentúan con el robo de los brazos jóvenes y el gravamen a los pocos que trabajan.
¿Pero a quién sirve esa fuerza? No sirve al pueblo, no. El pueblo tiene bastantes cadenas con la necesidad del trabajo. Entonces, esa fuerza sirve a esos hombres sin conciencia, amigos de la supremacía; a los que fanatizan al hombre sin conciencia, y lo mantienen en la ignorancia; sirven la conveniencia de unos pocos, con perjuicio de los más y esto está prohibido por el Padre.
Pero hay una cosa que el hombre se abroga y lo lleva al olvido de que sus actos son punibles; la supremacía. Este grave error nacido en el fanatismo de Patria y el desconocimiento de la misión de cada Estado, les lleva a faltar al pequeño y a arredrarlo con la superioridad, haciendo suyo por esta superioridad lo de su pueblo vecino y por la fuerza mata y usurpa. Más, otro Tribunal nacerá con bases de Fraternidad" (nació en 1921).
Obviando lo protocolar, al referéndum y pasando del adagio "para muestra basta un botón". Los pueblos mandan su adhesión y representación, para proseguir hasta el fin; hasta la realización del sueño dorado de la unión fraternal, conforme al "Referéndum" que hacen suyo.
Hemos aceptado el mandato: y este hijo que hemos gestado y ya hecho hombre y como bueno aceptado de erigir a todos los pueblos de la raza como juez fraterno con toda la alta autoridad de "Constitución internacional del derecho" en la más equitativa justicia. Helo aquí.
Texto del "Referéndum" básico para la "Unión Hispano-Américo-Oceánica".
En Buenos Aires, Argentina el día 12 de Octubre de 1921: Día memorable y epopéyico para siempre en el que España, la más proficua Madre de Naciones, sembró en la virgen América su idioma y su raza y su ideal inmortal, para agradecerse en justa ley de libertad.
A la luz del sol cuyos rayos ilumina siempre los sembradores de España: Ante todas las naciones y razas de la tierra que presencian este acto, el más sublime de fraternidad, paz y amor universal.
Acto supremo engendrado en el más puro y grande principio de puras doctrinas de paz y amor fraternal para toda la familia humana; y,
Entendiendo por hechos indiscutibles que la Raza Hispana extendida en más de medio globo terrestre y que el Idioma Español, por su fuerza natural, convenció a todos los otros pueblos a reconocerlo y aceptado por idioma universal, estudiándose hoy en todo el mundo; y
Considerando: que por todo lo dicho y cuanto más puede decirse, que la unidad y la paz de la tierra han de empezar por una raza capaz de fundir en sí misma toda las razas haciendo una sola raza, llegando por esto toda la tierra a ser una sola familia; lo que necesariamente destruye para siempre la causa de la guerra.
Considerando: que es un hecho innegable que por el idioma, idiosincrasia y etnicismo, en las naciones de habla y raza española, todos los hombres de todas la razas que llegan se identifican y se funden en nuestras virtudes y defectos: prueba eficiente de la fuerza del idioma y vitalidad de la raza.
Los que firman al pie del Referéndum popular y epopéyico, en nombre y representación del pueblo de su Patria Nación, moral, material, espiritual y aun políticamente, bajo el derecho inalienable de la soberanía que radica en cada ciudadano dentro de la sociedad en cada Nación: y que, cuando como en esta acto se reúnen esos ciudadanos públicamente, se constituyen en asamblea universal y representan legalmente a sus naciones o territorios naturales bajo cuyos Pabellones nos congregamos, cobijados todos por una nueva bandera universal, emblema de la unidad fraternal humana que la enarbola la escuela promotora de este acto decisivo de fraternidad y unidad de intereses morales, materiales y espirituales: Ante el Mundo todo y ante el creador de todo: Queremos y Acordamos:
Artículo 1ª- Desde hoy, nos consideramos un solo pueblo, moral, material, espiritual y aun políticamente, como una sola gran familia y sin perjuicio para nadie, todos lo pueblos y territorios de habla española: importando este acuerdo, la anulación de la guerra entre nosotros y decretamos: que los pueblos de esta Unión no llevan la ofensiva a ningún estado, pero juramos:
(A – Que cualquiera ofensa, de cualquier especie que cualquiera infiera a uno de nuestros pueblos, es hecha a todos juntos.
(B- Que ninguno de los pueblos aquí firmados bajo el acuerdo pueden declararse la guerra por ningún concepto, ni cerrarle las fronteras al otro, sino por causas morales; pero bajo sentencia correctiva exclusivamente, por el tribunal permanente de la Unión Hispano-Américo- Oceánica, que se crea al efecto.
(C – Que todos los individuos de estas naciones son libres de circular por todos estos estado y radicarse donde les convenga, no estando inhabilitados por sentencia judicial por su estado natal u otro estado de la Unión, adquiriendo todos los derechos civiles y políticos, acreditando dos años de residencia; y todo esto sin necesidad de renunciar a su ciudadanía nativa.
(D – Que todos los productos de los pueblos de la Unión circulen libremente de unos a otros pueblos sin gravamen aduanero ni otras contribuciones, siempre que ellos sean para el consumo del pueblo hermano que los pidiera.
(E – Que todos los títulos uni9versitarios, como igualmente la propiedad literaria, artística e industrial de todo género adquiridos en uno de estos estados, son válidos en todos los estados de la Unión.
(F – Que a prorrateo, a tanto por habitante de cada estado y sufragado por los gobiernos, se construya o unifique un ferrocarril, que una todas las naciones, desde la Argentina hasta México, con ferriboat a trasbordo en Panamá: pero quedan excluidos los capitales extraños que, si los hubiera, están sujetos a las pérdidas y ganancias igual a la equivalencia de a que corresponda al prorrateo de cada ciudadano de la Unión: este ferrocarril se denominará: Rúbrica de la Unión Hispano-Américo-Oceánica.
(G – Que el tribunal de la Unión, en todos los asuntos de ésta, es la suprema autoridad de justicia y sólo le es superior una asamblea compuesta por todos los jefes de los estados; pero es superior a ésta la soberanía del pueblo, manifestada en libre y abierto plebiscito. Este tribunal no es político ni religioso, y se compondrá de cuatro miembros nombrados por el gobierno de cada estado, así: Uno por la intelectualidad, ciencias, derecho, etc.; uno por las industrias, carreras, obras etc.: uno por el trabajo de oficios y ocupaciones asalariadas y no por el Comercio y Agricultura en general: siendo en rigor un intelectual, un ingeniero, un obrero manual y un comerciante, o buen agricultor.
(H – Que este tribunal de justicia, es el árbitro en todo: sus fallos inapelables, y sus dictados cumplidos por todos los pueblos de la unión, publicándolos para el pueblo, a la vez que los consulta para el pueblo.
(I – Que prorrogativa objetiva del tribunal de la unión es conservar la unidad y a toda costa la paz entre todos los pueblos de habla española y sus adheridos: siendo además el árbitro de las contiendas, revoluciones, guerras civiles y huelgas generales que puedan ocurrir en cada una de las naciones representadas en el tribunal.
(J – Que el tribunal tendrá su sede en uno de los puntos equidistantes entre Buenos Aires y México, indicándose Venezuela por más céntrico para España, América y Oceanía.
(K – Este pacto no quita ninguna prerrogativa a ningún estado dentro de sus fronteras, salvo lo pactado, es decir, que así como cada ciudadano, es soberano dentro de la sociedad de naciones Autónomas en sí mismas, pero obligadas al progreso mayor cada día para bien de todos: quedando por esto, desconocido y sin valor todo pacto, convenio o tratado secreto.
(L – Que es un deber de la Unión patrocinar la independencia política de todos lo territorios que fueron o sean colonias Españolas y quieran ser miembros y hermanos de esta familia de Naciones y que demuestren capacidad de administrarse autónomamente, conforme al progreso que impone nuestra Unión: condición que se extiende a todos los territorios del mundo, pues nuestra misión es unificarlo todo y así es el derecho de gentes.
(M – Que todos los tratados de todos los ordenes que tienen hoy las naciones de la Unión serán revisados por el tribunal de la Unión, a pedido de cada estado y propondrá los arreglos de justicia equitativa para que nadie se perjudique, o los anulará de común acuerdo, cuando se desprenda claro que fueron hechos sin conocimiento del pueblo y sugeridos o impuestos por cualquier causa de fuerza injusta.
(N – Que todos los estados no adheridos a la Unión quedan excluidos de los beneficios de este pacto: y cuando pretendan cualquier concesión, arreglo y reclamación en cualquiera de los estados de esta Unión, lo pedirán únicamente al tribunal, el que acordará o negará inapelablemente.
(Art. 2ª – Bajo la aceptación de todo los que antecede y por justicia histórica, se admite en la Unión a Brasil y Portugal, bajo la denominación "Unión Ibérica" a la hispano Américo-Oceánica.
(Art. 3ª – Al tenor del artículo 2ª, se acepta la adhesión de Italia y Francia y Países Bajos, pudiendo hacerlo cada uno por separado o por medio de España, la que los presentará apadrinados al Tribunal de la Unión: no pudiendo admitir el nombre de nación latina, porque el latín no tiene nacionalidad y es lengua muerta.
(Art. 4ª – Por el mismo tenor del artículo 2ª, recibiremos la adhesión de todas las naciones del mundo, sin distinción ninguna: – pues nuestro alto fin y pensamiento es hacer de todo el mundo una sola familia, con un solo principio y una sola ley.
(Art. 5ª – Toda adhesión significa reconocimiento del idioma español como oficial, en que únicamente escribirá el tribunal sus acuerdos, ordenes y sentencias.
(6ª – Todo el articulado es fundamental y orgánico del convenio: pero queremos y propendemos a una mayor y total de extensión de la unión, en todos los puntos morales, materiales, científico-económico, político y espirituales, y al efecto, el tribunal estudiará y propondrá siempre mayores estudios propendiendo a su mayor unión y reglamentará cada artículo de este documento fundamental.
(7ª – La ejecución empieza desde este momento en que firmamos, para todo lo que no necesita presupuesto de los gobiernos, constituyendo el tribunal provisorio, los firmantes; que cuando sea necesario reunirse, lo harán en el recito de Buenos Aires hasta la ratificación posesión del tribunal ejecutivo, que debería ser el 12 de Octubre de 1923 en este mismo recinto de Buenos Aires. Pero desde hoy queremos que ninguna nación de habla española declare guerra, ni cierre su frontera a otra: para lo cual gritamos fraternalmente: ¡Viva la paz en nuestra Unión! Y extiéndase a todo el mundo!
Los que firmamos y requerimos la ratificación de nuestros respectivos gobiernos.
Buenos Aires, 12 de Octubre de 1921.
Por la Escuela Promotora y Comisión pro 12 de Octubre y Unión Universal.
JOAQUIN TRINCADO
Secretario General
Nota: No queremos nosotros, ser jueces de nuestra obra. Sólo somos los expositores de nuestra idea, llevada a todos los pueblos a principio de Derecho. Este "Referedum" es buena Constitución para resolver todos los asuntos internacionales de fraternidad, sin promover conflictos. Por lo que decimos que, si no hubiera desaparecido en el año de 1935, el Secretario General, otro gallo cantaría; por que, además de haber sido él promotor y arquitecto de esta gran idea como Maestro y mesías universal, y quien agotó todos sus recursos, salud y esfuerzos en la promoción y divulgación su magno proyecto, ni aun la guerra de Hithler hubiera sido; cuánto menos, lo que hoy padece nuestros países de este continente de América. Pero como dijo Napoleón, quien fue apóstol de Jesús; volví con la "espada" por que aun no era tiempo del "amor"; al igual que Bolívar, Sandino y tantos otros quienes han contribuido a tumbar los cuernos (reinados) al dragón de la bestia 666 del Apocalipsis la que sigue tirando sus coletazos, porque está herida de muerte y se la tragará el Tiber, al cumplimiento de la profecía.
He trascrito lo del Referéndum textualmente; ya que, será adaptado al tiempo de nueva Promoción; pues, es un acuerdo de hermandad del gobierno del Creador.
Autor:
Pedro Sandrea
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