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Principios registrales: Un estudio de derecho registral comparado (página 2)


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Además de éstos principios registrales se encuentra consagrado en el derecho peruano el principio registral de oponibilidad, sin embargo, pocos autores han estudiado este tema, y lo mismo ocurre con el principio de inatacabilidad, al menos dentro del derecho peruano. Estos principios se encuentran consagrados en el código sustantivo citado en el párrafo anterior. Estos principios han sido mas estudiados en el derecho extranjero, al cual se debe recurrir para estudiar los mismos y por supuesto para hacer derecho comparado, pudiendo no sólo compararse, sino también recepcionarse al derecho peruano.

4. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL COLOMBIANO

En el derecho registral colombiano se regulan los siguientes principios registrales:

1) Principio de inscripción.

2) Principio del consentimiento.

3) Principio de prioridad.

4) Principio de rogaciòn.

5) Principio de tracto sucesivo.

6) Principio de especialidad.

7) Principio de legalidad.

5. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL ESPAÑOL

En el derecho registral español se regulan los siguientes principios registrales:

1) Principio de inscripción.

2) Principio de legitimación registral.

3) Principio de inoponibilidad.

4) Principio de fè pùblica registral.

5) Principio de prioridad.

6) Principio de usucapion.

7) Principio de exclusión de la usucapion.

8) Principio de rogaciòn.

9) Principio de voluntariedad.

10) Principio de negocio causal.

11) Principio de tracto sucesivo.

12) Principio de legalidad.

13) Principio de especialidad.

6. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL FRANCES

En el derecho francès se regulan entre otros los siguientes principios registrales:

1) Principio de legalidad.

2) Principio de titulaciòn autèntica.

3) Principio de inoponibilidad.

4) Principio de publicidad relativa.

5) Principio de legitimación.

6) Principio de especialidad.

7) Principio de prioridad.

8) Principio de tracto sucesivo.

7. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL PORTUGUES

Por su parte en el derecho portuguès se regulan los siguientes principios hipotecarios:

  • 1) Principio de transmisión por el consentimiento.

  • 2) Principio de inscripción no constitutiva.

  • 3)  Principio de legitimación registral.

  • 4) Principio de inopobilidad.

  • 5) Principio de fe pùblica registral.

  • 6) Principio de prioridad.

  • 7) Principio de rogaciòn.

  • 8) Principio de legalidad.

  • 9) Principio de tracto sucesivo.

  • 10) Principio de especialidad

  • 11) Principio de publicad.

8. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL ITALIANO

Los principios registrales en el sistema registral italiano son los siguientes:

1) Principio de especialidad.

2) Principio de oponibilidad.

3) Principio de continuidad.

9. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL BELGA

En el sistema registral belga se consagra el principio de oponibilidad y es muy parecido, semejante al sistema registral francès. Por lo cual, cuando se estudia los principios registrales de este sistema se debe estudiar los de este ùltimo sistema registral.

10. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL ALEMAN

En el sistema registral alemàn se siguen los siguientes principios registrales:

1) Principio de consentimiento material.

2) Principio de consetimiento formal.

3) Principio de instancia.

4) Principio de previa inscripción.

5) Principio de legitimación.

6) Principio de fè pùblica registral.

7) Principio de prioridad.

8) Principio de rango.

9) Principio de especialidad.

10) Principio de calificación registral.

11) Principio de inscripción.

12) Principio de tracto continuo.

13) Principio de legalidad.

11. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL SUIZO

El sistema registral suizo consagra los siguientes principìos registrales:

  • 1) Principio de negocio real causal.

  • 2) Principio de legitimación.

  • 3) Principio de fè pùblica registral.

  • 4) Principio de prioridad.

  • 5) Principio de especialidad.

  • 6) Principio de calificación registral.

En cuanto al principio de publicidad es necesario tener en cuenta el artìculo 970 del còdigo civil suizo, el cual precisa que el registro de la propiedad es pùblico, pero no de una forma ilimitada, sino respecto a cualquiera que justifique o acredite un interès. Es decir, este principio es distinto en el sistema registral peruano y en el sistema registral suizo.

12. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL AUSTRIACO

En cuanto al sistema austrìaco debe tenerse en cuenta los siguientes principios registrales:

1) Principio de negocio causal.

2) Principio de fe pùblica registral.

3) Principio de tracto sucesivo.

4) Principio de especialidad.

5) Principio de prioridad.

13. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL SOVIETICO

El sistema registral de la Uniòn Soviètica consagra los siguientes principios registrales.

1) Principio de tracto sucesivo.

2) Principio de legalidad.

14. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL AUSTRALIANO

En el sistema registral australiano se consagra los siguientes principios registrales:

1) Principio de inatacabilidad.

2) Principio de tracto sucesivo.

3) Principio de fè pùblica registral.

15. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL ESTADOUNIDENSE

El sistema registral de Estados Unidos de Norteamérica establece los siguientes principios registrales:

  • 1) En algunos estados se establece el principio de buena fe.

  • 2) Principio de inoponibilidad.

16. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL ARGENTINO

En el sistema registral argentino se consagra los siguientes principios registrales:

  • 1) Principio de prioridad.

  • 2) Principio de especialidad.

  • 3) Principio de tracto sucesivo.

  • 4) Principio de rogación.

  • 5) Principio de legalidad.

En este sistema registral no se consagra los principios registrales de legitimación y fe pùblica registral, sin embargo, para otros autores esto se encuentra en discusión o es discutido en la doctrina, pero si observamos el elenco de principios registrales de la legislación registral estos dos principios registrales no aparecen en el derecho positivo argentino, lo cual lo diferencia notoriamente del sistema registral peruano.

17. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL BRASILEÑO

En cuanto al sistema registral brasileño se consagran los siguientes principios registrales:

1) Principio de inscripción.

2) Principio de negocio causal.

3) Principio de legitimación.

4) Principio de prioridad.

5) Principio de especialidad.

6) Principio de continuidad.

7) Principio de instancia.

8) Principio de calificación.

En este sistema registral no se consagra el principio de fe pùblica registral

18. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL VENEZOLANO

En el sistema registral venezolano rigen los siguientes principios registrales:

1) Principio de inoponibilidad.

2) Principio de previa inscripción.

No se regulan los principios de legitimación, especialidad y fe pública registral

19. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL MEXICANO

En el sistema registral mexicano se regulan los siguientes principios registrales:

1) Principio de oponibilidad.

2) Principio de prioridad.

3) Principio de especialidad.

No se regulan el principio de fe pública registral y legitimación.

20. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL DE PUERTO RICO

El sistema registral de Puerto Rico recoge el principio registral de inoponibilidad. En este sistema registral no hay principio de legalidad, por lo cual los autores de dicho país proponen su consagración legislativa. Es decir, si bien es cierto que los sistemas registrales[1]son parecidos entre sì, lo cual se se advierte al momento de estudiar los mismos, también es cierto que lo distinguen los principios registrales de cada uno de los primeros, por ejemplo, en el sistema registral peruano[2]no se encuentran consagrados los principios registrales de consentimiento formal e inscripción, lo cual lo distingue al mencionado de otros sistemas registrales que si los consagran como por ejemplo podemos citar al sistema registral español[3]entre otros. Tampoco el sistema registral peruano consagra el principio registral de buena fé, sin embargo, debemos tener en cuenta el artículo 2014 del código civil peruano de 1984, entre otras normas peruanas, el cual fue materia de un anteproyecto de reglamento general de los registros públicos en el derecho peruano. Sin embargo, existen otros principios registrales que se encuentran consagrados en casi todos los sistemas registrales como por ejemplo el principio de legalidad. Pero en todo caso debemos dejar constancia que no todos los principios registrales alcanzan consagración en todos los sistemas registrales. Incluso el principio registral de publicidad no se encuentra consagrado exactamente igual en todos los sistemas registrales. Sin embargo, algunos autores y conferencistas desconocen esto, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

21. BIBLIOGRAFIA

Para la redacción del presente se han consultado los siguientes libros:

  • 1) GARCIA GARCIA, José Manuel. Derecho Inmobiliario Registral o Hipotecario. Tomo I. Editorial Civitas. Madrid, España. Primera Edición. 1988.

  • 2) GONZALES BARRON, Gunther Hernán. Tratado de Derecho Registral Inmobiliario. Jurista Editores. Lima, Perú. Julio, 2002.

  • 3) GUZMÁN FERRER, Fernando. Código Civil.

  • 4) MAZEAUD, Jean, MAZEAUD, Henri y MAZEAUD León. Lecciones de Derecho Civil. Traducción de Luis Alcalá Zamora y Castillo. Ediciones Jurídicas Europa América. Buenos Aires, Argentina.

  • 5) PALACIO PIMENTEL, Gustavo. Elementos de Derecho Civil Peruano. Tomo I. Tipografía Sesator. Tercera Edición. 1979.

  • 6) PLANIOL, Marcel y RIPERT, Georges. Derecho Civil. Oxford University Press. Primera Serie. 1999. México.

  • 7) REVOREDO DE DEBAKEY, Delia. Código Civil.

  • 8) ROCA SASTRE, Derecho Hipotecario.

  • 9) TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Derecho Registral y Notarial. En línea: http://www.edukativos.com/apuntes/archives/884

  • 10) TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Diccionario de derecho registral y notarial. En línea: http://www.edukativos.com/apuntes/archives/669

  • 11) TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Post grados y otros en el Derecho Registral y Derecho Notarial. En línea: http://www.monografias.com/trabajos81/post-grados-derecho-registral/post-grados-derecho-registral.shtml

  • 12) TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Principios registrales. En línea: http://www.derechoycambiosocial.com/revista009/principios%20registrales.htm.

  • 13) TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Tratado de derecho comparado. En línea: http://www.edukativos.com/apuntes/archives/784

  • 14) TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Tratado de derecho empresarial. En línea: http://www.edukativos.com/apuntes/archives/782

 

 

 

Autor:

Fernando Jesús Torres Manrique

Ex Juez Titular Decano de Moyobamba. Ex Registrador Público Titular de la ex Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari. Ex Jefe Titular de la Oficina Registral de Huancavelica. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Doctorando en Derecho en la misma Universidad. Estudios parciales de Maestría en Derecho Empresarial en la Universidad Católica de Santa María. Participó como organizador, asesor y expositor en eventos académicos. Ha seguido distintos cursos de postgrado, diplomados, especializaciones, actualizaciones, entre otros. Ha publicado diversos artículos jurídicos, así como libros, i) Físicos: con la Sunarp (Obra colectiva: Temas de Derecho Registral), Ediciones Legales (Las Garantías en el Derecho Civil Peruano: A propósito de la Ley de Garantía Mobiliaria), Arco Legal (Obra colectiva: Estudios sobre la ley de garantía mobiliaria) y con el Instituto de Capacitación Jurídica (Derecho Inmobiliario y Urbanístico), principalmente; y ii) Virtuales: Diccionario de derecho registral y notarial, Derecho patrimonial, Derecho inmobiliario y urbanístico, Calificación registral de documentos judiciales, Responsabilidad civil, Análisis económico del derecho, Derecho y economía, Hipoteca, Arbitraje, conciliación y negociación, Comercio electrónico y derecho de internet y las Tics, Derecho temas actuales, Derecho comercial, Enseñanza del derecho, Garantías y crédito, Tratado de derecho comparado, Tratado de derecho empresarial; entre otros.

[1] Al igual que existen Sistemas Notariales, Sistemas Procesales en materia civil, en el Derecho Registral tambi?existen Sistemas Registrales o Sistemas de Publicidad Registral y ?os lo conforman los Principios Registrales, las Instituciones Registrales y los Reglamentos Registrales y otras normas Registrales. En cada Estado existe un Sistema Registral y podemos clasificar o agrupar a los Sistemas Registrales de los diferentes Estados y dichos Sistemas Registrales tienen caracteres que los hacen distintos entre si, por lo cual se pueden clasificar o agrupar los distintos Sistemas Registrales de cada Estado. En el Derecho Hipotecario o Derecho Registral Inmobiliario se denomina a los Sistemas Registrales como Sistemas Hipotecarios.

[2] El sistema registral peruano es el sistema registral que rige en el Estado Peruano o dicho de otro modo en la Rep?ica del Per?

[3] N?se que el sistema registral peruano tiene mucho parecido al sistema registral espa?, lo cual debe ser motivo para comparar los mismos, vali?ose para tal efecto de las herramientas del derecho comparado.

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