Principios registrales: Un estudio de derecho registral comparado
Enviado por Fernando Jesús Torres Manrique
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- Bibliografía
Los principios registrales constituye un tema de vital importancia en el derecho registral y en otras disciplinas jurídicas, no sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero, por lo tanto, se debe investigar este tema con mucho cuidado a efecto de conocer mejor sus alcances y sugerir la publicación de nuevas investigaciones jurídicas sobre este importante tema, como es por cierto los principios registrales en el derecho comparado.
Los principios registrales en el derecho comparado constituye un tema de vital importancia porque permite efectuar propuestas legislativas aplicables a todos los sistemas registrales, por lo tanto, aprovechamos la sede para proponer que se cree un nuevo registro que sería para nuevos actos registrables, dentro de los cuales podemos señalar los siguientes.
Todo lo cual traería como consecuencia que se aprovecharían de manera más óptima las ventajas de los registros públicos, lo cual a simple vista parece un disparate, sin embargo, lo mismo ocurría con la publicidad registral en el derecho romano antiguo y en el incanato, también es necesario tener en cuenta que el registro de garantía mobiliaria es reciente y hace quince años era complejo imaginarnos su existencia, y para ser mas claros y explicativos se requiere tener en cuenta los antecedentes de la publicidad registral, lo cual demuestra que la misma no aparece como algo completamente acabado, sino que evolucionó, evoluciona y evolucionará, en tal sentido, consideramos dentro del último supuesto los nuevos actos registrables propuestos, lo cual para muchos resulta complejo imaginarnos su existencia, es decir, la historia se repite.
Incluso somos del criterio que dentro de poco existirá libros de doctrina publicados que desarrollen los nuevos actos registrables propuestos, y en este sentido, esperamos que sea del agrado de todos, información que brindamos con mucho cariño, para todos los investigadores jurídicos, al igual que para todos los lectores, los cuales hacen posible que el autor del presente continúe publicando y que sus esfuerzos tengan una justificación. Es decir, sino se estudia el presente su publicación sería infructuosa, lo cual traería como consecuencia que deberíamos pensar de manera mas atenta antes de proponer otra novedad legislativa.
Es decir, lo que se necesita en los sistemas registrales son correctores, que en algunos casos son legales y en otros jurisprudenciales y de otro tipo a efecto de mejorar el mercado, el cual no sólo es peruano, sino que existe en todos los países.
El tema materia del presente trabajo se ubica en el derecho registral, el cual es considerado por muchos en el derecho peruano como una rama dentro del derecho, con lo cual discrepamos. Incluso hasta cierto punto puede afirmarse que el derecho registral y el derecho civil son ramas del derecho totalmente diferentes y para ser mas exactos podemos afirmar que son ramas del derecho completamente autónomas, sin embargo, las mismas se relacionan entre si.
3. PRINCIPIOS REGISTRALES EN EL DERECHO REGISTRAL PERUANO
Los principios registrales consagrados expresamente en ordenamiento jurídico peruano, son los que a continuación se enumeran:
1) Principio de Legalidad.
2) Principio de Rogación.
3) Principio de Especialidad.
4) Principio de Titulación Auténtica.
5) Principio de Publicidad.
6) Principio de Legitimación.
7) Principio de Fe Pública Registral.
8) Principio de Tracto Sucesivo.
9) Principio de Prioridad Excluyente.
10) Principio de Prioridad Preferente.
Es discutible, que se encuentre regulado en el derecho positivo peruano el principio de causalidad, el cual desarrollamos mas adelante, a efecto de estar al dìa con las ùltimas novedades del derecho registral peruano. Por ello, es que no lo enumeramos y en todo caso en el còdigo civil peruano de 1984 especìficamente en su libro de derecho registral ni en el tìtulo preliminar del reglamento general de registros pùblicos peruano vigente, aparece el mismo.
Estos principios se encuentran consagrados en el Título Preliminar del Reglamento General de los Registros Públicos y en el Título I del Libro IX del Código Civil (a excepción del Principio de Especialidad), además se consagran principios registrales en el Título Preliminar del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 200-2001-SUNARP/SN, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de julio del 2001, a los que haremos referencia mas adelante. En los Reglamentos Registrales especiales y otras normas también se consagran principios registrales.
Si se compara que principios registrales están consagrados en el Código Civil y en las otras normas citadas, se determina que en el Libro IX del primero no se encuentra consagrado el Principio de Especialidad.
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