Indice1. La Teoría De La Justicia En Rawls 2. La prioridad de la justicia como imparcialidad 3. La "posición original" , el "velo de la ignorancia", la "sociedad bien ordenada", el "equilibrio reflexivo". 4. Los principios de la justicia
1. La Teoría De La Justicia En Rawls
El autor presenta una teoría de la justicia que lleva a un alto nivel de abstracción el concepto del contrato social en el que se reemplaza el pacto de la sociedad a un esquema en que una sociedad justa no esta sometida a la negociación política ni al calculo de interés social. Rawls se opone a la teoría utilitarista clásica e institucionalista de la justicia en la que la moral es contractual y afirma que al ser las primeras virtudes humanas ;la verdad y la justicia no pueden ser transables. Es un filosofo basado en la moral de kant, rousseau y looke. La justicia hemos afirmado se la considera como la primera de las virtudes de la sociedad; cada uno tiene el derecho de inviolabilidad basado en el principio de la justicia que, ni siquiera el bienestar de la sociedad puede oponerse. Respecto a los principios de la justicia social estos proveen de un mecanismo que establece derechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad y definen el reparto equitativo entre beneficios y cargas de la cooperación social. El rol de los principios de la justicia social ayudan a determinar los deberes y derechos de los individuos que, al tener concepciones diferentes de justicia , reconocen un denominador comun en ellos. Pero no solo este denominar común es el único requisito para una comunidad viable, existen otros problemas sociales como los de coordinación, eficacia y estabilidad que se deben analizar en torno a la justicia y no solamente su papel distributivo dentro de la sociedad. Para determinar el objeto de la justicia analizaremos los principios de la justicia social que están esencialmente dirigidos a las desigualdades de la sociedad a través de sus diferentes instituciones como la propiedad privada, la familia, la competencia mercantil, etc.; que contiene varias posiciones sociales con diferentes expectativas de vida, determinadas en parte por las circunstancias económico sociales y por el sistema político Estos principios se basan en la justa asignación de deberes y derechos fundamentales así como de las oportunidades económicas y las condiciones sociales en la diferentes gamas de la sociedad. La investigación del autor enfoca el problema de la justicia tratando de formular una concepción de justicia para la estructura básica de la sociedad concebida como un sistema bien ordenado y aislado a otras sociedades ; y evalúa los aspectos distributivos de esa estructura básica y de cooperación social. El autor concibe también a la justicia como un ideal social. Aristóteles ya concebía a la justicia como la acción de abstenerse de la pleonexia, es decir de obtener ventaja apoderarse de lo que le pertenece a otro ,sus propiedades, su empleo ,etc.; o negarle a una persona lo que le es debido; son estos derechos que derivan de instituciones sociales.
2. La prioridad de la justicia como imparcialidad
El autor, considera la justicia como imparcialidad, en donde los principios fundamentales se pactan en una situación inicial que es justa y de igualdad como condición de la asociación de los individuos. Esta posición inicial de igualdad corresponde al estado de naturaleza en la teoría tradicional del contrato social, por ello se afirma que rawls llevo a un nivel de abstracción la teoría del contrato social encontrada en locke, rousseau y kant. Este estado de naturaleza es hipotético en donde nadie sabe cual es su lugar en la sociedad ni su distribución de ventajas y capacidades naturales, estas se escogen tras el velo de la ignorancia; y al ser todos iguales los principios de la justicia se pactaran de manera justa, y las instituciones sociales actuarían con leyes equitativas. El aceptar este hecho proporcionaría la base para una aceptación publica de los correspondientes principios de la justicia.
La justicia como imparcialidad es un ejemplo de la teoría contractual en donde ciertos principios serian aceptados de manera racional en una situación inicial bien definida en donde la división correcta de ventajas tiene que hacerse conforme a principios aceptables para todas las partes. Sin embargo la teoría de la justicia no es una teoría contractual completa, por que no incluye principios para todas las virtudes solo se ocupa de la justicia.
3. La "posición original" , el "velo de la ignorancia", la "sociedad bien ordenada", el "equilibrio reflexivo".
La posición original es el status quo inicial que asegura que los acuerdos fundamentales sean imparciales. Surge la interrogante de que principios seria racional adoptarlos dada la situación contractual. El ejemplo que ilustra mejor el tema es el de un hombre rico que pediría se declare injusto algo que afecte sus intereses, y en sentido contrario el hombre pobre; para evitar la escojencia de cual principio primaria la teoría imagina una situación en la que todos están desprovistos de esta información. De esta manera se llega al velo de la ignorancia de un modo natural, que se concibe como la capacidad de colocarse en la posición original en donde los grupos son iguales en tanto son personas morales, de acuerdo a cierto procedimiento argumentando en favor de los principios de la justicia . Como afirma rawls, el equilibrio reflexivo se da entre los principios y juicios que coinciden; ajustatandolos mediante juicios reflexivos.
El utilitarismo clásico El autor tiene como propósito elaborar una teoría que represente una opción frente al utilitarismo clásico. El bienestar de la sociedad se formaría a partir de la satisfacción de los sistemas de deseos de los muchos individuos que la conforman, es decir realizar en la mayor medida el sistema general de deseos al que se llega a partir de los deseos de sus diferentes miembros. Llegamos así al concepto del principio de utilidad en que una sociedad esta ordenada cuando sus instituciones maximizan el equilibrio neto de satisfacción. La justicia social es el principio de prudencia racional aplicado a una concepción colectiva del bienestar del grupo. El autor interpreta el principio de utilidad en su forma clásica, concebida como la satisfacción del deseo racional. Para el utilitarismo la distribución correcta en cada caso es la que produce la máxima satisfacción. El utilitarismo por tanto no considera la distinción entre personas, el concepto de cooperación social es consecuencia de extender a la sociedad el principio de elección del individuo esta extensión es valida para todas las personas que se funden en una sola; por medio de hechos imaginativos del espectador imparcial. La justicia como imparcialidad demuestra que los principios que se escogen son originados en la posición original
Algunos contrastes relacionados Se concluye que en una sociedad justa las libertades son un hecho y la justicia asegura los derechos ,y estos no están sujetos a los intereses políticos. La doctrina contractual acepta la prioridad de la justicia sin embargo para el utilitarismo las convicciones de la prioridad de la justicia , se explican como una ilusión socialmente útil. El autor afirma que para el utilitarismo la sociedad hace extensivo el principio de elección por cada hombre , la justicia como imparcialidad por ser una visión contractual supone que los principios de justicia son el resultado del acuerdo original. Por que habría de pensarse que los principios que regulan una asociación de hombres sean una extensión del principio de elección por un solo hombre. El utilitarismo es una teoria teologica y la justcia como imparcialidad no, es una teoria deontologica.
4. Los principios de la justicia
La teoría de la justicia puede dividirse en dos partes: la interpretación de la situación inicial y los principios formulados; y el razonamiento para determinar cual de estos principios se adoptara. Para las instituciones hay dos principios y para los individuos hay varios. Instituciones y justicia formal El objeto primario de la los principios de la justicia social es la estructura básica de la sociedad, en donde las instituciones sociales se rigen por un esquema de cooperación. Existe una clara diferencia entre instituciones e individuos con respecto a los principios de cada uno, las instituciones son un sistema publico de reglas que definen cargos y posiciones con sus derechos y deberes, poderes e inmunidades, etc. ejemplo de ello son el mercado, parlamento, sistemas de propiedad, etc. una institución requiere de un acuerdo publico con reglas que la defienden y que son conocidas por todos o se supone que todos las aceptan, por ello que los principios de la justicia son escogidos a condición de que han de ser públicos como condición natural en la teoría contractual. Existe una diferenciación entre las reglas constitutivas de una institución y las estrategias de las mismas para propósitos particulares. idealmente las reglas deben ser establecidas para que los hombres sean guiados por sus intereses predominantes , de manera que promuevan fines socialmente deseables, la conducta de los individuos al ser guiada hacia la justicia social aun no prevista por ellos , es una coordinación a la que smith llamo obra de la mano invisible. La justicia formal es la administración imparcial de las leyes e instituciones que se aplican de forma igualitaria, es decir la obediencia al sistema, es el imperio del derecho que apoya las expectativas legitimas.
Dos principios de la justicia (en los que existe relación directa con la posición original) Primero: cada persona ha de tener un derecho igual al esquema mas extenso de libertades básicas que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás. Segundo: las desigualdades sociales y económicas habrán de ser conformadas de modo tal que a la vez se espere razonablemente que sean ventajosas para todos y se vinculen a empleos y cargos asequibles para todos. Ambos principios se aplican a la estructura básica de la sociedad y rigen a la asignación de derechos y deberes regulando la distribución de las ventajas económicas y sociales. Para su formulación el autor explica que la estructura social se puede dividir en dos partes en donde el primer principio se aplica a la parte social que define y asegura las libertades básicas (libertad política, de expresión y reunión, de conciencia y pensamiento, de persona que comprende la libertad frente a la opresión psicológica, agresión física; el derecho a la propiedad personal y a la libertad respecto al arresto arbitrario). El segundo principio se aplica a los aspectos que establecen desigualdades económicas y sociales como la distribución de ingreso y riqueza que no tiene que ser igual para todos pero si ventajosa, y de las instituciones que usan su autoridad y responsabilidad para definirlas, en donde estos mandos deben ser accesibles a todos, y el beneficio sea igual a pesar de las desigualdades planteadas. El primer principio tiene prioridad sobre el segundo, por que al ser transgredidas las libertades básicas no pueden justificarse ni compensarse con mayores beneficios sociales y económicos, tampoco son absolutas por que pueden entran en conflicto entre si, forman un sistema que es para todos. El primer principio requiere que las reglas que definen las libertades básicas se apliquen equitativamente y que permitan la mayor extensión de libertad compatible con la de todos. Estos principios al referirse a las personas las considera como representativas de la sociedad con diversas posiciones sociales dentro de la estructura básica. ambos principios no se aplican a individuos particulares o a la distribución de bienes particulares.
Los principios llevan al planteamiento del concepto de la justicia como: Todos los valores sociales-libertades y oportunidad, ingreso y riqueza, así como las bases del respeto a sí mismo –habrán de ser distribuidos igualitariamente a menos que una distribución desigual de alguno o de todos estos valores redunde en una ventaja para todos. En donde la injusticia seria aquellas desigualdades que no benefician a todos. La justicia no impone restricciones al tipo de desigualdades que son permisibles , simplemente exige que se mejore la posición de cada uno.
El principio de la diferencia El autor ilustra el tema planteando que existen 2 hombres, uno que inicia su vida como miembro de la clase empresarial y el otro en la clase de obrero no calificado, el que tendrá mejores perspectivas será el primero. Que es lo que justifica ello? Para el principio de la diferencia solo es justificable si la diferencia de expectativas funciona en beneficio del de peores expectativas, es decir el segundo. dado el principio de libertad y de asequibilidad de puestos, las mayores perspectivas otorgadas a los empresarios actúan como estímulos para mejorar las expectativas de la clase laboral, originándose un esquema perfectamente justo. Pero al descender las expectativas de los primeros ocasionaría que desciendan también la de los menos aventajados, por ello se afirma que el esquema es injusto cuando una o mas de las mayores expectativas son excesivas y se violan otros principios como el de la justa igualdad de oportunidades. Existe una relación estrecha entre el principio de la diferencia y de la eficiencia en un esquema perfectamente justo. La suposición que las desigualdades están encadenadas esto es si una ventaja aumenta las expectativas de la posición mas baja, entonces aumenta la de todas las posiciones intermedias. Es decir ningún eslabón se mueve libremente sin la conexión en cadena con respecto a las expectativas que deben maximizarse de los menos aventajados. El autor desarrolla el segundo principio de justicia enfatizando que pueden servir de base para la doctrina de economía política. además estos principios tienen valores de la comunidad inmersos en si. en el análisis de tema de las porciones distributivas explica los preceptos comunes de la justicia tema del segundo principio y finalmente en este capitulo, se analiza el perfeccionismo e intuicionismo como teorías de la justicia distributiva.
El concepto de justicia en la economía política Los principios de la justicia son conceptos de economía política como el bienestar económico, sin embargo este termino de "bienestar" hace referencia a un concepto moral implícito utilitario; por tanto el autor escoge el termino "elección social" e incluye el de bien publico. La relación es estrecha entre la legislación económico –social que determina la estructura de la sociedad. por lo que la elección del sistema económico debe ser hecha sobre bases morales, políticas y económicas, y la economía política debe investigar este problema. La teoría de la justicia presupone una teoría del bien, sin embargo la doctrina contractual establece limites al concepto del bien, derivados de la prioridad de la justicia sobre la eficiencia, y de la prioridad de la libertad sobre las ventajas económicas y sociales. La justicia como imparcialidad no depende de estos deseos e intereses presentes en la teoría contractual. el ideal de la justicia se basa en fomentar tal virtud y combatir los deseos y aspiraciones incompatibles con ella. Es perfeccionista por que establece un idéala de la persona que limita la búsqueda de los deseos existentes. Por tanto esta teoría, se opone al utilitarismo conjuntamente con el perfeccionismo y es anticontractual. La posición original hace posible la unanimidad; la decisión de uno es de todos y sirve para los juicios de los ciudadanos de una sociedad bien ordenada y regulada por los principios de la justicia; esto llevaría a pensar que esa unanimidad conduce al idealismo propio del contractualismo pero no, ese consenso es parte de la posición original y representa un limite a tales argumentos, tiene afinidad con en idealismo por su relación con kant.
Consideraciones acerca de sistemas económicos Se analizan los problemas morales de economía política como el tema del ahorro, la tributación . La propiedad, etc.el problema ético presupone estas consideraciones sobre estos hechos por que el ciudadano intenta organizar sus juicios referentes a la justicia de las instituciones económicas. Tanto e sistema de libre mercado como el socialista tienen sus diferencias respecto a la función de precios, distribución, propiedad de los medios de producción entre otros, lo que analiza la teoría de la justicia no es si un sistema es mas optimo que otro, ella da los lineamientos de un sistema económico justo que admita variaciones. Sin embargo el esquema general descrito utiliza el mercado, obtiene las ventajas de la eficiencia y protege la libertad de elección de ocupación con las implicancias de las injusticias que se presentan y desde luego lo mismo ocurre en el socialismo.
Las instituciones básicas para una justicia distributiva El principal problema de esta justicia es elegir el sistema social en el cual la distribución sea justa. esta estructuración ha de componerse de instituciones políticas legales que establezcan procesos económicos sociales justos. Existen varias instituciones de apoyo que al respecto trata el autor, como el de la renta total de los menos favorecidos sea tal que maximice sus expectativas a largo plazo . Otra rama es la distribución (todo esto bajo una óptica de un estado democrático en donde se permite la propiedad privada del capital y de los recursos naturales), su tarea es conservar una justicia aproximada de las porciones distributivas mediante la tributación y los ajustes necesarios de la propiedad con el fin de corregir gradualmente la distribución de riqueza y prevenir las concentraciones de poder que se oponen a la equidad de la libertad política y de la justa igualdad de oportunidades. El objeto de la función distributiva no es maximizar el balance neto de la satisfacción, sino de establecer instituciones básicas juntases problema de los utilitarios es la utilidad individual, y no del a teoría contractual. La teoría del a justicia no favorece por si misma a cualquiera de los regímenes sea de mercado o socialista sin embargo el régimen liberal socialista se adapta faciliten a los dos principios de la justicia enunciados con anterioridad, que suponen un limite a la fuerza de la motivación social y altruista. el autor deja en claro que una sociedad en que todos pueden obtener un máximo de bienestar , donde no surgen demandas conflictivas va mas allá de la justicia, esta sociedad ideal no es de interés para el estudio.
El problema de la justicia entre generaciones Surge del contexto de que si el sistema social global, la economía competitiva junto con las instituciones básicas, puede estructurarse a fin de que satisfaga los principios de la justicia. La respuesta depende del mínimo social que se fije. y esto se conecta con el custionamiento de que, si la generación presente esta obligada a respetar las demandas de sus antepasados. Este mínimo social ha de aplicar el principio de diferencia en la que las perspectivas de los menos favorecidos se extienda a las generaciones futuras. Cada generación debe a parte de mantener sus instituciones justas que se han establecido, realizar una acumulación de capital real definido por un principio de ahorro justo que se realiza como retribución a lo que se recibe de las anteriores y aporta a las venideras para que disfruten una sociedad mas justa. Ahora bien, esta afirmación tiene sus limitantes por que el principio del ahorro justo no puede ser adoptado democráticamente en su totalidad; como nadie sabe a que generación pertenece, el problema es considerado de manera individual para la teoría contractual y surge la posición original que representa todas las generaciones, respecto a que lo que le toca a todos concierne a todos. Así una sociedad cumple con su obligación de justicia al mantener instituciones justas y conservar su base material., Los principios justos de ahorro como afirma el autor; se aplican a lo que una sociedad debe ahorrar como principio de justicia. Ninguna generación tiene mayores derechos que otra. Las personas que la conforman tienen un esquema de cooperación en un momento dado en donde el principio de justicia regula la cooperación de ellos. Se exige el ahorro como condición de conseguir instituciones justas .la relación del principio del ahorro justo con los dos principios de la justicia radica en los menos aventajados de cada generación. Limitando así el principio de diferencia. Las personas en diferentes generaciones tienen diversas obligaciones y deberes sujetas a la posición original.
La preferencia en el tiempo Para la teoría contractual la preferencia en el tiempo es irracional por que la posición original rechaza tratar a la justicia en beneficio de las generaciones presentes o pasadas; de esta manera al elegir un principio económico no se prefiere un tiempo preciso. De esta manera el principio de ahorro (concebido el ahorro justo como capital, maquinaria, conocimiento, cultura, tecnologías y practicas que hacen posible las instituciones justas y la libertad); no debe estar afectado por la preferencia del tiempo , el fundamento es la posición original que con el velo de la ignorancia no consideraran ventajas frente al tiempo como base para la elección social. A diferencia del principio de igualdad, la preferencia en el tiempo no tiene una referencia ética intrinsica, se expone para expresar las consecuencias del criterio de utilidad.
Otros casos de prioridad El principio del ahorro justo impone un limite sobre la proporción de acumulación, cada generación logra conseguir instituciones justas y un valor justo de libertad; pero tiene un limite con respecto a otorgar a las generaciones futuras estos logros. La prioridad de la igualdad de oportunidades como en el caso de la prioridad de la libertad, significa que debemos recurrir a las oportunidades dadas a aquellos con menores probabilidades.
Principios de la justicia para las instituciones Primer principio Cada persona ha de tener un derecho igual al mas extenso sistema total de libertades básicas compatibles con un sistema similar de libertad para todos.
Segundo principio Las desigualdades económicas y sociales han de ser estructuradas de manera que sean para: A)mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un principio de ahorro justo, y B)unidos a los cargos y las funciones asequibles a todos, en condiciones de justa igualdad de oportunidades.
Primera norma de prioridad (la prioridad de la libertad) Los principios de la justicia han de ser clasificados en un orden lexicografico, y por tanto, las libertades básicas solo pueden ser restringidas en favor de la libertad. Hay dos casos: A)una libertad menos extensa debe reforzar el sistema total de libertades compartido por todos; B)una libertad menor que la libertad igual debe ser aceptable para los que tiene una libertad menor.
Segunda norma de prioridad (la prioridad de la justicia sobre la eficiencia y el bienestar) El segundo principio de la justicia lexicograficamente anterior al principio de la eficiencia,y al de maximizar la suma de ventajas la igualdad de oportunidades es anterior al principio de la diferencia. hay dos casos: A)la desigualdad de oportunidades debe aumentar las oportunidades de aquellos que tengan menos; B)una cantidad excesiva de ahorro debe, de acuerdo con un examen previo, mitigar el peso de aquellos que soportan esta carga. Nota: los puntos 3 y 5 pueden ser leídos in extensu en el trabajo enviado por María Elena Cabrera quien hace un explicación preliminar de tema asignado.
Autor:
Ma. Elena Lavaud. Ninoska Litchenka Arellano Carlos Alberto Marcano