- Resumen del trabajo
- Objetivos
- Hipótesis
- Planteamiento del problema
- Justificación
- El estado social de Derecho, origen concepciones actuales
- Origen y evolución del Derecho contencioso – administrativo
- El sistema contencioso – administrativo vigente en Nicaragua
- El recurso de inconstitucionalidad promovido contra Ley Nº 350
- Análisis de resultados
- Conclusiones
- Recomendaciones
- Bibliografía
TRASCENDENCIA JURÍDICA QUE REPRESENTA LA DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY No. 350 "LEY DE REGULACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO", EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO NICARAGÜENSE
RESUMEN DEL TRABAJO
En este trabajo se analiza el impacto que tiene sobre el ordenamiento jurídico (específicamente sobre los derechos procésales de los nicaragüense) la declaración de inconstitucionalidad de 33 artículos de la Ley No. 350 "Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo", esta inconstitucionalidad fue declarada a través de la Sentencia No. 40 de la Corte Suprema de Justicia del día 10 de Junio del año 2002.
El trabajo inicia haciendo un recorrido por la historia del derecho hasta llegar al surgimiento del Derecho Administrativo en general y el derecho Contencioso Administrativo en lo especifico tanto en el mundo como en Nicaragua, para finalizar con el análisis propiamente dicho de la Inconstitucionalidad de los artículos de la Ley No. 350.
INTRODUCCIÓN
La declaración de inconstitucionalidad de la Ley No. 350, deja desprotegido a los particulares frente a la administración pública al dejar como única instancia a la CSJ, en la Sala de lo Contencioso Administrativo para acudir a demandar a los encargados de la administración pública, y admiten de manera tacita las actuaciones en los actos de carácter general.
Enmarcados en la parte resolutiva de dicha sentencia y considerando que nuestra Constitución Política define a la nación nicaragüense como un Estado Social de Derecho, hemos decidido profundizar en el tema para determinar si al ciudadano no se le cercenado los derechos adquiridos según el texto Constitucional a la luz de la resolución antes mencionada, ya que el derecho contencioso-administrativo viene a llenar la necesidad que tenían los ciudadanos de poder reclamar y recurrir a la justicia cuando consideraran que están siendo vulnerado sus derechos por la administración pública en actos derivados y revestidos del imperium público.
En este sentido, nos situamos en la conveniencia de estudiar y establecer en primer término los orígenes y evolución del Estado hasta convertirse en uno garantista, para luego adentrarnos en los motivos y la evolución del derecho contencioso-administrativo hasta llegar a nuestro modelo jurídico concentrado en la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo".
Es trascendental para la presente investigación profundizar en el estudio del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra los artículos 19 inciso 2, 25, 49, 54, 62 párrafo primero, 65 ultima línea, 72 párrafo segundo, 96, 99 ultima línea segundo párrafo, 105, 106 párrafo segundo, 107, 108, 109, 110 primer párrafo, 111, 117 primera línea, 118, 119 segunda línea, 130, 131, 132, 133, 136 de la Ley No. 350, y así analizar la veracidad de la inconstitucionalidad alegada basados en nuestros conocimientos teóricos, la doctrina y por supuesto en nuestra Carta Magna.
El presente estudio esta dividido en cuatro capítulos: 1. El Estado Social de Derecho, Origen y Concepciones Actuales, 2. Origen y Evolución del Derecho Contencioso Administrativo, 3. El Sistema Contencioso Administrativo Vigente en Nicaragua y por último estudiaremos, 4. El Recurso de Inconstitucionalidad Promovido contra la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la Jurisdicción Contencioso Administrativo", Análisis y Comentarios, para luego realizar el análisis de los resultados obtenidos de nuestra investigación en donde daremos cumplimiento a nuestros objetivos planteados y finalizar con las conclusiones y recomendaciones.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL.
Analizar la trascendencia en nuestro ordenamiento jurídico de la declaración de inconstitucionalidad de la Ley No. 350.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
- Definir la naturaleza jurídica del Contencioso Administrativo en Nicaragua. ¿Recurso o Proceso?.
- Resaltar la importancia que tiene para nuestro Estado Social de Derecho, la Ley No. 350 ,"Ley de Regulación de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo", en la tutela de los derechos humanos de los nicaragüenses.
- Determinar si la Sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia sobre el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo", Es apegada a Derecho.
- Establecer que efectos Jurídicos ha provocado la Declaración de Inconstitucionalidad de treinta y un artículos de la Ley No. 350.
HIPÓTESIS
La Ley 350 "Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo" en Nicaragua", sufrió una segregación de su texto jurídico debido a la Declaración de Inconstitucionalidad.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
La trascendencia jurídica que presenta la Declaración de Inconstitucionalidad de treinta y un artículos de la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo" en nuestro Estado Social de Derecho, radica principalmente en que con la sentencia numero 40 eliminó derechos y garantías procésales consignadas en nuestra Constitución Política, lo que garantizaba el pronto acceso ala justicia de todo aquel ciudadano que consideraba que la administración pública en el ejercicio propio de sus funciones había violentado sus derechos.
Esto dejo como contencioso administrativo que presenta múltiples lagunas legales en su texto jurídico, que discrepan de su concepción original y del modelo Constitucional que tenemos por Estado los nicaragüenses.
En este sentido es valido preguntarse: ¿Cuál es la trascendencia jurídica que representa para el ordenamiento jurídico nicaragüense, la declaración de inconstitucionalidad de la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo?.
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