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Régimen penitenciario y reinserción a la sociedad (página 2)


Partes: 1, 2

PENITENCIARIAS

PROCESADOS

CONDENADOS

POBLACIÓN TOTAL

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Penitenciaria Nacional

2.503

0

605

0

3.108

Penitenciaria Industrial La Esperanza

0

0

269

0

269

Penitenciaria Regional de Encarnación

267

15

177

7

466

Penitenciaria Regional de Misiones

80

1

94

2

177

Penitenciaria Regional de Concepción

157

2

136

7

302

Penitenciaria Regional de Coronel Oviedo

294

13

111

9

427

Penitenciaria Regional de San Pedro

61

1

46

2

110

Penitenciaria Regional de Villarrica

117

3

55

0

175

Penitenciaria Regional de Pedro J. Caballero

150

6

39

1

196

Penitenciaria Regional de Ciudad del Este

555

0

107

0

662

Correc. de Mujeres "Casa del Buen Pastor"

0

107

0

83

190

Correc. de Mujeres "Juana María de Lara"

0

42

0

10

52

Granja Semi abiertaItaPora

0

0

4

0

4

Granja Semi abierta KoePyahu

0

0

8

0

8

TOTAL

4.184

190

1.651

121

6.146

(www.mjt.gov.com.py – consultado el 22 de Junio de 2012).

La población penal total del Paraguay no asciende a 7.000 personas, los menores están recluidos en el Centro Educativo de Itauguá y en menor número en algunas penitenciarias regionales, como en el Centro Educativo "Sembrador" de la ciudad de Villarrica. Ni siquiera la mitad de las personas recluidas se hallan con condena. Existe una gran cantidad de personas procesadas que guardan reclusión en las instituciones penitenciarias, quienes de acuerdo al principio de inocencia presunta, potencialmente podrían ser absueltos en sus procesos, pero sin embargo guardan reclusión desde hace años, en algunos casos. Esta situación revela por una parte la lentitud e ineficacia de la justicia paraguaya, pero lo más grave es que tanto procesados como condenados se encuentran recluidos en total promiscuidad en la mayoría de las cárceles del Paraguay, sin ningún tipo de diferenciación entre los mismos.

El sistema penitenciario paraguayo tiene graves deficiencias para fomentar la reinserción social del presunto delincuente; la falta de trabajo es una característica de todas las cárceles. Las actividades que se desarrollan son llevadas por propia cuenta de los reclusos, careciéndose en un gran porcentaje de planes de trabajo organizados y dirigidos por la institución.

(V Informe sobre Derechos Humanos, Sistema Penitenciario de Guillermo Escobar – Trama editorial, 2007)

Se cuenta con una penitenciaría nacional, varias penitenciarias regionales (Emboscada, Encarnación, Ciudad del Este, Coronel Oviedo, Concepción, Pedro Juan Caballero, Misiones, Villarrica y San Pedro). En cuanto a números de delitos, los homicidios, robos agravados, hurtos, abigeatos, estafa, coacción sexual etc., se dan en mayor cuantía.

La mayoría de los edificios que fungen de establecimientos penitenciarios presentan graves deficiencias en cuanto su idoneidad para establecimientos carcelarios. Casi todos ellos no constituyen estructuras adecuadas para ser cárceles, lo que facilita su destrucción en caso de motines, con pésimas instalaciones eléctricas y servicios sanitarios en muy mal estado; asimismo, en casi todas las prisiones existen muy pocos espacios para la práctica de deportes o el esparcimiento.

(V Informe sobre Derechos Humanos, Sistema Penitenciario de Guillermo Escobar – Trama editorial, 2007)

La infraestructura física de las instituciones penitenciarias tiene una repercusión directa en otra de las deficiencias acuciantes del sistema carcelario, que es la superpoblación. Por ejemplo, en cada una de las 300 celdas existentes en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, sólo se puede albergar a tres reclusos, aunque en la práctica se alojan entre seis y ocho internos, de acuerdo a cálculos hechos en base a la información oficial del Estado, el sistema carcelario se halla visiblemente sobrepasado en relación a su capacidad de albergue, presentando algunas cárceles situaciones realmente críticas de hacinamiento y promiscuidad. El hacinamiento, lógicamente, causa un estado de exacerbación e irascibilidad de los reclusos que puede explotar en cualquier momento.

2.1.4. Dirección Nacional de Establecimientos Penitenciarios y Ejecución Penal

En búsqueda de Reinserción Social segura, la Dirección de Establecimientos Penitenciarios ha desarrollado acciones tendientes a instalar capacidades a las personas privadas de su libertad para su posterior reinserción social, como planes de capacitación y apoyo psicosocial de igual naturaleza, estos datos corresponden al informe de gestión del mes de Julio del año 2.009. Citamos a continuación las actividades desarrolladas en cuanto a:

  • Capacitación: Alfabetización, Plomería, Azulejista, Técnico informática, Carpintería, tapicería, Electricidad, Educación Física, Escuela, Manualidades.

  • Actividades Laborales: Marroquinerías, Panadería, Lavandería, Cocina, Chacra – Chanchería, Mecánica y Carpintería, Arte Mecánica, Confecciones, Huerta – Ponedora, Cría de ponedora.

  • Actividades Culturales: Deportes – artístico, Expos. Culturales, Canto – humor, Obras teatrales, músicapoesía, Artes, Danza, teatro, canto.

  • Actividades Religiosas: Asistencia Espiritual, Culto Religiosos, Bautismos, Confirmaciones, Actos, Seminarios religiosos, Misas, Jornada Espirituales (www.mjt.gov.com.py – consultado el 22 de Junio de 2012).

La tabla siguiente muestra la cantidad de beneficiarios por penitenciarias o correccionales que accedieron al programa de reinserción social.

Población Total

Capacitación

Actividades Laborales

Actividades Culturales

Actividades Religiosas

Penitenciaria Nacional

3.108

730

400

1.200

1.550

Penitenciaria Industrial La Esperanza

269

58

75

207

120

Penitenciaria Regional de Encarnación

466

60

45

s/d

14

Penitenciaria Regional de Misiones

177

8

15

1

3

Penitenciaria Regional de Concepción

302

1

3

2

2

Penitenciaria Regional de Coronel Oviedo

427

31

17

35

80

Penitenciaria Regional de San Pedro

110

s/d

s/d

s/d

s/d

Penitenciaria Regional de Villarrica

175

3

30

20

100

Penitenciaria Regional de Pedro J. Caballero

196

60

30

s/d

s/d

Penitenciaria Regional de Ciudad del Este

662

s/d

s/d

s/d

s/d

Correc.de Mujeres "Casa del Buen Pastor"

190

35

40

100

150

Correccional de Mujeres "Juana María de Lara"

52

38

35

18

52

Granja Semiabierta Koe Pyahu

4

s/d

15

s/d

s/d

Granja Semiabierta Ita Pora

8

s/d

4

s/d

4

TOTALES

6.146

1.024

709

1.583

2.075

(www.mjt.gov.com.py – consultado el 22 de Junio de 2012).

2.1.5. Programas de Reinserción para adolescentes infractores:

El Ministerio de Justicia y Trabajo ha creado un órgano dependiente de la Dirección General de Penitenciarias y Ejecución Penal, cual es el Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor, y que tiene como objeto promover la educación y por ende la Reinserción Social en internos adolescentes en sus lugares de reclusión. En búsqueda de Reinserción Social segura, la SENAAI ha desarrollado acciones tendientes a instalar capacidades a los adolescentes infractores para su posterior reinserción social, como planes de capacitación, apoyo psicosocial y de igual naturaleza, la tabla muestra la cantidad de beneficiarios por Centros Educativos que accedieron al programa de capacitación para la reinserción social segura:

CENTROS EDUCATIVOS

Población Total

Capacitación

Cursos de Educación Básica

Actividades Laborales

Actividades Culturales

Actividades Religiosas

Centro Educativo de Itauguá

200

90

187

15

46

93

Centro Educativo La Esperanza

14

3

11

4

9

9

Centro Educativo Virgen del Fátima

21

21

21

0

7

21

Centro Educativo de Concepción

66

66

66

66

66

66

Centro Educativo El Sembrador

44

44

44

30

25

44

Área de menores de la Penit. Reg. de PJC

103

Área de Menores de la Penit. Regional de Encarnación

14

0

13

10

0

15

Área de Menores de la Penitenciaria Regional de Ciudad del Este

9

103

103

0

0

103

Se cita a continuación las actividades desarrolladas en cuanto a:

  • Capacitación: Informática, Electricidad, Artesanía, Panadería, Peluquería,

  • Manualidades, Cocina, Horticultura, Elaboración y Manejo de Títeres, Educación Física, Talleres de Salud, Etiqueta y Protocolo y Oleicultura

  • Actividades Laborales: Panadería – Cocina, Fontanería, Panadería, Electricidad, Huerta;

  • Actividades Culturales: Día de la juventud – día de las madres – día del padre – Cierre de actividades académicas y de formación laboral Salida a la Plaza – Practica de fútbol – Visita de zoológico y museos históricos, Cierre de año lectivo escolar y capacitación laboral. Cierre del Grupo de Terapia, teatro, etc.;

Actividades Religiosas: Catequesis de primera comunión y de confirmación, Cultos evangélicos, Centro de Adoración Familiar, Grupo Carismático misa dominical grupos juveniles, cultos religiosos, etc.(www.mjt.gov.com.py – consultado el 22 de Junio de 2012).

Conclusión

El régimen de privación de libertad en nuestro país es regulado por el Código Penal y la Constitución Nacional en sus artículos 38, 39, 40 y 20, 21 respectivamente, estos artículos señalan principalmente el objeto o fin de la pena privativa de libertad, las bases para su ejecución así como también su duración.

En este orden, el sistema penitenciario también dispone de la Ley 210/70, de Penitenciarías que es la normativa jurídica que actualmente regula en todos sus aspectos, nuestro régimen penitenciario.

La Ley Nº 210/70 comprende un total de 106 artículos que tiene por objeto organizar el régimen penitenciario en nuestro país, fomentando el tratamiento para la reeducación del interno camino a su posterior reinserción a la sociedad, que es el objetivo principal de la pena privativa de libertad.

Este tratamiento al recluso tiene cinco caracteres fundamentales en los cuales se basan los trabajos de readaptación, que es de carácter educativo, espiritual, terapéutico, asistencial y disciplinario.

Considerando estos caracteres básicos, y lo que se observa en la realidad de nuestro régimen penitenciario, el tratamiento que reciben los internos en lo que refiere a la educación y a las asistencias, difiere, o no abastece dentro de lo que pretende en el derecho positivo, la falta de recursos, la falta de personal instructor para el cumplimiento de estos fines, en la mayoría de los establecimientos penitenciarios de nuestro país impiden lograr la reinserción pretendida.

Con esto no se busca desmeritar lo que realiza el Estado para dar condiciones de vida dignas y acorde a lo que establecen las leyes a los internos, el Ministerio de Justicia y Trabajo ha hecho un despliegue bastante interesante para aplicar métodos que busquen llegar a la Reinserción Social verdadera, haciendo convenios con otros órganos e implementando el trabajo, la disciplina, la asistencia y la educación académica, cultural y moral para lograr este objetivo.

En cuanto a la reinserción social que la Ley 210/70, el Código Penal y la Constitución Nacional pretenden con la aplicación de la pena privativa de libertad, se evidencia que existen varios proyectos que se ocupan de la formación académica, espiritual y profesional de las personas privadas de su libertad que son implementadas por el Ministerio de Justicia y Trabajo a través de sus múltiples organismos encargados del tema.

La Dirección de Establecimientos Penitenciarios ha desarrollado acciones tendientes a instalar capacidades a las personas privadas de su libertad para su posterior reinserción social, como planes de capacitación como alfabetización, plomería, carpintería, electricidad, panadería, huertas, así como también la práctica de deportes y la realización de Jornadas Espirituales, como misas, bautismos, cultos religiosos.

De igual manera, el Ministerio de Justicia y Trabajo ha creado un órgano dependiente de la Dirección General de Penitenciarias, cual es la SENAAI (Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor), que tiene como objeto promover la Reinserción Social en internos adolescentes y que ha desarrollado acciones tendientes a instalar capacidades a los adolescentes infractores para su posterior reinserción social, como planes de capacitación en Informática, electricidad, panadería, peluquería, horticultura, así como también la realización de actividades culturales y actividades Religiosas.

Por todo lo expuesto se considera de un valor muy importante estos trabajos ya que es necesario fomentar la realización de estos tipos de actividades en pos del desarrollo del sistema penitenciario, y consecuentemente, para el logro de una reinserción social verdadera.

Bibliografía

Constitución Nacional del Paraguay del año1992 – editorial Vazpi

Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales del Director Víctor de Santo.

Ley N° 210/70delRégimen Penitenciario

Ley N° 1160/97 Código Penal Paraguayo

V Informe sobre Derechos Humanos, Sistema Penitenciario de Guillermo Escobar – Trama editorial, 2007

Páginas WEB visitadas:

http://periodismoenparaguay.blogspot.com

http://informe21.com/carceles-paraguay

http://www.paraguay.com

www.mjt.gov.com.py

www.senado.gov.py.

 

 

Autor:

Esmilce Cristina Galeano

Monografía presentada a la Facultad de Post Grado de la Universidad Técnica de Comercialización y Desarrollo

CAAGUAZU – Paraguay

JUNIO – 2011

Partes: 1, 2
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