6. El acceso a la atención hospitalaria inmediata en caso de emergencia.
7. La protección contra toda forma de explotación y respeto a su integridad física y psicoemocional.
8. Recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial y administrativo que la involucre.
9. Acceder a condiciones apropiadas de reclusión cuando se encuentre privada de su libertad.
10. Vivir en una sociedad sensibilizada con respeto a sus problemas, sus méritos, sus responsabilidades, sus capacidades y experiencias. Ley de las Personas Adultas Mayores Página 2
11. Realizar labores o tareas de acorde a su capacidad física o intelectual. No será explotada física, mental ni económicamente.
12. La información adecuada y oportuna en los trámites para su jubilación.
13. No ser discriminada en ningún lugar público o privado.
REGLAMENTO DE LA LEY DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES – D.S. N° 013-2006-MIMDES
Artículo 1º.- Objeto
El presente Reglamento determina los procedimientos a que se sujetarán las entidades
responsables de la implementación de la ley y establece los mecanismos legales para hacer efectivo el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores reconocidos en la Constitución Política del Perú, en los Tratados Internacionales vigentes y en la Ley Nº 28803.
Artículo 2º.- Referencia
Cuando en el presente Reglamento se mencione la palabra "Ley" se entenderá que se está haciendo referencia a la Ley Nº 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores.
Artículo 3º.- Definiciones
Atención Preferente a la Persona Adulta Mayor: Práctica que comprende priorizar la atención a la persona adulta mayor mediante un trato adecuado. Ello implica ofrecer a la persona adulta mayor, cuando es usuario del servicio, que se presta, un trato cordial, respetuoso, estando atento a sus necesidades, proporcionándole información oportuna y procurando que comprenda los procedimientos y acciones a realizar para lograr su interés.
Calidad de vida: Según la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS) propuesta en el año 1994, la calidad de vida es la percepción personal de un individuo de su situación en la vida, dentro del contexto cultural y de valores en que vive, y en relación con sus objetivos, expectativas, valores e intereses.
Cultura Provisional: La incorporación de patrones de comportamiento que privilegian el ahorro individual para hacer frente, y por anticipado, a las diversas contingencias que se pudieran presentar o se van a presentar a lo largo de la vida, como estudios, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
Discriminación: Trato diferenciado que se da a una personas por determinadas cuestiones, que no obedece a parámetros objetivos ni a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, lo que imposibilita su acceso a oportunidades esenciales a las que otros, en su misma condición acceden.
Entidad: Persona Jurídica de derecho público o de derecho privado constituida de acuerdo al marco legal vigente.
Familia: Institución natural, conformada por un grupo de personas unidas por vínculos de parentesco. Es la célula básica de la sociedad.
Tratado Internacional: Acuerdo suscrito entre dos o más Estados.
Conclusiones
En nuestro país la idea que se tiene sobre el adulto mayor no es la más adecuada que digamos, ya que envejecer no significa tener menos capacidades sino mas bien temer mayores experiencias y poder brindar un gran apoyo a la familia y a la sociedad.
La vejez es un proceso natural e irreversible del ser humano, y con el pasar de los años va marcando a las personas no sólo físicamente sino también cognitivamente a los que sólo se llega mediante la experiencia.
Sin embargo en sociedades como la nuestra los adultos mayores son percibidos como una carga económica y social y lo peor de todo es que son vistos como incapaces de valerse por sí mismos y de participar en actividades productivas lo que lo hace en una población grave. Según nuestra constitución en su artículo 4 que rechaza todo tipo de discriminación nos menciona que la comunidad y el estado protegen especialmente al niño, al adolescente a la madre y al anciano en situación de abandono.
De este artículo se desprende la ley del adulto mayor donde se menciona sus derechos como son:
Derecho a la igualdad de oportunidades y una vida digna
Derecho a recibir apoyo familiar y social y elevar su autoestima
Derecho a la atención preferente en salud, transporte y demás actividades
Derecho a la información adecuada para su jubilación
Derecho a participar en la vida social, económica, cultural y política del país
Todo esto debería cumplirse pero nuestra realidad es otra, o mejor dicho la realidad para el adulto mayor es otra, en al año 2010 los centros de emergencia del ministerio de la mujer y del desarrollo social recibió 2 mil casos contra adultos mayores, donde el 90% se dieron dentro de la casa, ahora el crecimiento poblacional del adulto mayor en Europa como en nuestro país es la misma, pero la gran diferencia es que en Europa se tiene los medios para que esa población pueda subsistir, lo que no ocurre en nuestro país, ya que no tienen acceso a salud ni bienestar social si tenemos en cuenta que de cada 10 adultos mayores 3 tiene el acceso a la atención en salud.
Si bien es cierto que existen programas a favor del adulto mayor pero no es suficiente ya que lo único que han logrado hacer es tratar de concientizar a las demás personas sobre el adulto mayor, esto se refleja cuando un adulto mayor sube a un micro el boletero tiene que hablar fuerte "asientos reservados" para que alguien se pare y seda el asiento, y aún así parece que los adultos mayores provocan sueño porque cada vez que suben a los micros las demás personas que están sentadas empiezan a dormir, por lo tanto dichos programas no son suficientes, no hay leyes que les permita mejorar sus derechos.
Pero si hay adultos mayores que no pueden acceder a salud, podrían optar por el SIS, hay que tener en cuenta que el adulto mayor es un alto consumidor de la salud y por lo tanto el SIS no tiene todo lo que requiere un adulto mayor no va a poder solventarlo en todo, por eso que estos adultos mayores terminan en los centros geriátricos donde dichas instituciones cuentan con sus propios recursos que lo obtienen de alquiler de inmuebles y de cementerios ya que son parte de la beneficencia, me acuerdo que por los año 80"s, 90"s los adultos mayores participaban en la elaboración de leyes y hoy desde que apareció el MINDES esto ya no ocurre porque ellos piensa por los adultos mayores han sido relegados de su participación.
En el gobierno actual, cuenta con la alternativa de Pensión 65 para aquellos adultos mayores en extrema pobreza, que debería ser para ellos pero eso no es así ya que es mal utilizado por los mismos integrantes del gobierno acordémonos lo que salió en la televisión un informe periodístico sobre la segunda vicepresidenta del actual gobierno había inscrito a su abuela en el Programa de Pensión 65 cuando la segunda vicepresidenta con el gran sueldo que ganaba la podía ayudar o sea se dan leyes, programas pensando en ellos mismos mas no en los demás.
Recomendaciones
En el Perú los adultos mayores de 60 años representan el 10% de nuestra población y que en los próximos años va en aumento ya que según el INEI para el año 2025 la población representará el 25% mientras que para el año 2050 representara el doble de la personas que tengan 15 años, datos que debemos tener en cuenta para el futuro.
En investigaciones del MINDES se ha comprobado que los adultos mayores aportan en gran parte a los demás grupos etáreos ya sea con su pensión por más mínima que sea es un aporte valioso mientras que otro grupo lo hace con la atención de nietos nietos, lo que determina que ellos no representa una carga social ni económica ya que deberíamos ponerle más atención y darles más actividades sociales y protegerlos con leyes que los protege verdaderamente contra el maltrato y agresión social y familiar.
Se debe invertir más en programas e instituciones cono el SIS, INABIF, Centros Geriátricos para que den un gran soporte a esta población que va en aumento de acuerdo al INEI ¿cómo? Con leyes radicales que permitan reducir el sueldo a los congresistas que aparte de ganar bien todavía se dedican a robar, con ese dinero se puede apoyar a dichos programas e instituciones sobre todo a los centros geriátricos que no reciben ni un sol por parte del estado.
Deberían hacerlos más participativos como por ejemplo puede ayudar en la alfabetización que gran falta nos hace , claro, aquellos adultos mayores que hayan tenido una profesión, otros puede ayudar más en labores manuales, en la elaboración de leyes como anteriormente se hacían para que ellos elaboren leyes pensando en ellos mismos y no los políticos piensen por ellos, en otras palabras hay que revalorar el rol del adulto mayor para convertirnos en un país que valora el peso de los años y su experiencia y sobre todo ser una sociedad inclusiva para todas las edades, y no pensar en nosotros políticamente tratar se beneficiarse así mismos como es el caso de Pensión 65 que debe ser transparente ya que el dinero no sólo les sirva para comer sino también para capacitarse u poder generar ingresos para sus familias.
Bibliografía
CIAM: CENTROS INTEGRALES DE ATENCION INTEGRAL AL ADULTO MAYOR
http://www.mimp.gob.pe/files/direcciones/dgfc/diapam/PAUTAS_CIAM.pdf
DEFENSORIA DEL PUEBLO
http://www.ohchr.org/Documents/Issues/OlderPersons/Submissions/DefensoriadelPueblo(Peru).pdf
DIARIO EL PERUANO
http://www.elperuano.com.pe/edicion/noticia-derechos-y-dignidad-del-adulto-mayor-2493.aspx#.U5g4nnJ5P4g
EL ADULTO MAYOR EN EL PERU
http://www.monografias.com/trabajos15/adulto-mayor/adulto-mayor
LEYES DEL CONGRESO
http://www.cesen.ipifap.org/pdf/ley.pdf
MAIS ADULTO MATOR. Dr. WILFREDO PINO CHAVEZ
NORMAS LEGALES
http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/28803.pdf
NORMATIVA NACIONAL
http://www.caritas.org.pe/documentos/adulto_mayor.pdf
YING YANG PERU
http://www.yinyangperu.com/derechos_del_adulto_mayor.html
Autor:
Mg. Henry C. Vilca Zegarra
DOCENTE: Dr. WILFREDO PINO CHÁVEZ
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN
ESCUELA DE POSGRADO
DOCTORADO EN CIENCIAS: SALUD PUBLICA
AREQUIPA – PERU
2014
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