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Reforma judicial en materia penal

Enviado por Natalia Díaz


Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. Antecedentes
    3. Desarrollo del tema
    4. Conclusiones
    5. Bibliografía

    Título original: REFORMA JUDICIAL EN MATERIA PENAL, MEDIACIÓN, ORALIDAD Y DESARROLLO INTERCULTURAL.

    Resumen

    La autora pretende exponer las características de la mediación y oralidad en la reforma judicial en materia penal que recientemente ha vivido nuestro país, así como la necesidad de considerar la interculturalidad para la instauración de un nuevo orden jurídico  acorde con la idiosincrasia y las necesidades de nuestro país con pleno respeto a los derechos humanos y en el contexto del desarrollo de las virtudes propias de la Abogacía tradicional frente a la modernidad en el siglo XXI.

    Palabras clave: reforma judicial, mediación, oralidad, interculturalidad, innovación.

    Introducción.

    Este trabajo ha sido diseñado para poder iniciar de forma constructiva y propositiva, el estudio de la reforma constitucional en materia penal que ha sufrido el sistema de Garantías Constitucionales enfocándolo hacia la mediación y la oralidad como los métodos a través de los cuales se hará valer el derecho de las personas en lo futuro, y  concatenándolo a su vez, hacia la interculturalidad como la base del respeto hacia las personas en una comunidad tan rica como la nuestra facilitando a su vez la generación de una nueva identidad en el ejercicio de la Abogacía en México con pleno apego a los valores tradicionales éticos y a la vez, de cara a la modernidad en el presente siglo.

    Antecedentes.

    Como es de dominio público, la Justicia en México ha iniciado un arduo camino tras la aprobación en el H. Congreso de la Unión de la reforma en materia constitucional penal. El proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue publicado en el sitio electrónico del Senado de la República con fecha 6 de marzo de 2008, en la cual fue aprobado por las Cámaras del Alto Representante de la Voluntad popular y remitido para su aprobación en las Legislaturas de los Estados. Asimismo, ha sido ya sancionada por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos  Mexicanos, de manera reciente y agregada ya al texto de la Carta Magna en el sitio electrónico de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    Los artículos sujetos a proceso de reforma constitucional son aquellos cuyos contenidos son la columna vertebral del sistema de protección jurídica y seguridad pública del Estado Mexicano, por lo que su análisis pormenorizado y cuidadoso es de la mayor importancia toda vez que la modificación de las garantías constitucionales en materia penal implica la construcción de una nueva cultura jurídica basada en la multiplicidad de medios para su aplicación, la generación de la adquisición de nuevas habilidades para la negociación jurídica y el enorme reto de capacitar a través de estrategias innovadoras a abogados, agentes de autoridad, ministerios públicos y expertos con pleno respeto de su individualidad, libre albedrío y procedencia cultural.

    Habida cuenta de la amplitud del tema, elegí la vertiente de la oralidad y la mediación, las cuales son vistas como las estrategias claves para la resolución de conflictos entre las personas, a efectos de prevenir la llegada a instancias judiciales. La alarmante sobrepoblación penitenciaria de nuestro país es uno de los elementos torales que fundaron la reforma constitucional en materia penal. Asimismo, la elevada impunidad y la inseguridad pública que en general aquejan a la colectividad, han puesto de relieve la necesidad de implementar nuevas soluciones para la satisfacción de la necesidad de Justicia, la cual es un derecho humano apremiante y una verdadera emergencia de seguridad nacional en el contexto histórico actual.

    Desarrollo del tema.

    a.    La Justificación de la Reforma Judicial Penal 2008, la oralidad y la mediación: ventajas y desventajas.

    Durante muchos años, en nuestro país rigió el sistema penal inquisitorio, cuyas premisas fundamentales eran la confesión como reina de las pruebas y la presunción de culpabilidad presente en todos los ordenamientos penales. El procedimiento es escrito y en muchas ocasiones, secreto. Ello a su vez, originó un sin número de injusticias e inequidades, donde los más desprotegidos son quienes carecen de recursos para una buena defensa penal, los inimputables, los menores y aquellos cuyas costumbres y cultura son distintos al predominio mestizo vigente en las grandes ciudades: es decir, los mexicanos procedentes de etnias, el propio entorno rural y urbano marginal. A la vez, vislumbramos en el escenario la cada vez más apremiante situación económica, de desempleo y subempleo así como inflación y carencia de oportunidades para la adquisición de competencias para la vida, aunados todos estos factores a la criminalidad organizada y la represión de grupos sociales, originan un escenario preocupante para la procuración de Justicia Mexicana.

    Partes: 1, 2
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