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El sistema jurídico administrativo de la rehabilitación juvenil en Perú


Partes: 1, 2

  1. Presentación
  2. Introducción
  3. Antecedentes
  4. Marco institucional
  5. Marco legal de la Ejecución de las medidas socioeducativas
  6. Sistema de Rehabilitación juvenil
  7. Centro Juvenil de Diagnóstico y rehabilitación Marcavalle
  8. Problemática actual
  9. Conclusiones
  10. Bibliografía

Estudios del Centro Juvenil de Rehabilitación y diagnóstico Marcavalle de Cusco

Presentación

El presente trabajo ha sido realizado recopilando información de la Internet y en menor medida bibliográfica, ya que existen pocas publicaciones al respecto.

Al hacer la visita al Centro Juvenil de Marcavalle, nos encontramos con la ingrata sorpresa de la actitud de reserva frente a todo agente externo del mismo, tal cual un penal, no se nos permitió el acceso al centro, y de primera impresión hemos tenido la imagen de una institución arcaica y que no cumple con los fines establecidos en la normativa vigente o en la doctrina de la protección integral del niño.

Pero luego de una breve entrevista con el director del Centro Juvenil, Dr. Gian Franco Vacchelli Sicheri, el mismo nos facilitó gustosamente sus trabajos que ya estaban publicados en el internet, de los cuales en esta monografía se ha extraído bastante.

Gracias a ello y una recopilación de otros textos de internet o entregamos un trabajo que hace un primer esbozo para acercarnos a una exposición jurídica del Centro Juvenil de Marcavalle.

También pido las disculpas del caso al Dr. Gian Franco Vacchelli Sicheri por no citar con exactitud los párrafos de su trabajo que el mismo nos autorizo a utilizarlo.

Introducción

Este trabajo sobre del Centro Juvenil de Marcavalle, contiene una aproximación general del marco normativo e institucional de este ente público, al cual el Estado a encargado el internamiento y rehabilitación de los menores infractores de la ley Penal.

Primero presento un esbozo de sus antecedentes y la trayectoria de esta institución para luego establecer el marco institucional, es decir las instituciones u organismos competentes dentro de los cuales esta integrado este Centro Juvenil.

Luego desarrollamos el marco jurídico, basado en los instrumentos internacionales y nacionales que establecen, bajo un sustento de derechos fundamentales, ciertos principios y directrices de aplicar en la rehabilitación juvenil.

Enseguida se desarrolla una descripción de los programas de rehabilitación, que no es de nuestro dominio pero al estar establecido por normas administrativas conforma parte del marco jurídico.

Finalmente dejamos la teoría para desarrollamos algunos aspectos que nos permiten conocer la realidad de este centro juvenil, hablando de sus historia, su organización interna, sus programas y las características de su población.

Cusco, noviembre del 2009

CENTRO JUVENIL DE DIAGNOSTICO Y REHABILITACION MARCAVALLE

Antecedentes

Años atrás la justicia penal juvenil en nuestro país centraba su atención sobre todo a sectores de jóvenes internos de los llamados "reformatorios", principalmente hacía aquellos que estaban bajo privación de la libertad.

Las medidas socioeducativas de tipo medio abierto (fuera de los reformatorios) no estaban muy difundidas que digamos, o solo se aplicaban en la ciudad de Lima, por ejemplo se tenía la Libertad Vigilada en el distrito del Rímac, donde existía un único local para este tipo de medida, que implica otro tipo de servicios y tratamiento.

Desde la creación de la Correccional de Menores en (1902, en la administración de los centros juveniles se han sucedido diversas instituciones de diverso orden pasando del religioso, militar – castrense y público[1]sin que ninguna de ellas pueda establecer una política coherente o continua de intervención.

La predominancia del régimen cerrado obedecía a un criterio reclusorio y a la vez proteccionista de la sociedad: "manteniéndolos encerrados nos sentimos más seguros" o "ellos no van a cambiar".

Cuando se transfirieron todos los centros juveniles del Instituto Nacional de Bienestar Familiar (INABIF) a la administración del Poder Judicial en 1996, entonces el panorama era desalentador y preocupante: instituciones en crisis, desgobierno, falta de autoridad, personal desmotivado, desorden administrativo y un clima de violencia constante en su interior. Los titulares de los periódicos se llenaban de noticias de motines, desordenes y el malestar de la población aledaña a estos centros.

Po otro lado había que adicionar a ello la inexperiencia del Poder Judicial, entidad encargada de administrar justicia ahora tenia que encargarse de la dirección de unidades de ejecución.

Para hacer efectiva lo que la normativa de menores establece textualmente en realidad se tuvo que estructurar una nueva gerencia , convocar a profesionales de especialidad y con buena experiencia, que este dispuesto a innovar. Por que no decir para revolucionar la intervención en los jóvenes adolescentes y menores infractores de la ley.

Hoy en día, en concordancia con las normas nacionales e internacionales en materia de derechos de menores, se trata de darle un perfil más educacional y preventivo a este sistema.

Los centros juveniles como instituciones protectoras y de custodia, han tenido una trayectoria[2]institucional diversa, pues han estado a cargo de diversas entidades:

  • Ministerio de Justicia (1902)

  • Partes: 1, 2
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