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Teoría de Mercados Oligopólicos y Economías de Escala (página 2)


Partes: 1, 2

Bienes homogéneos

Las AFP proveen un servicio homogéneo. Todas se dedican únicamente a la administración de cuentas de capitalización individual. Todas se rigen por criterios de inversión similares, dentro de los límites de inversión establecidos por la Superintendencia de Banca y Seguros y el Banco Central de Reserva. Debido a la presencia de estos límites y el pequeño tamaño del mercado de valores doméstico, las diferencias entre las carteras administradas por las AFP deberían ser mínimas.

De manera similar, existe poca dispersión entre las rentabilidades que exhiben los fondos administrados por cada una de estas instituciones. Un factor que contribuye a ello, son las regulaciones de rentabilidad mínima a las que están sujetas.

Finalmente, el retardo en la implementación del esquema de multifondos, es un factor por el cual aún no es posible diferenciar significativamente el servicio brindado por una u otra administradora.

Inexistencia de barreras a la entrada

A diferencia de lo que ocurrió en Bolivia, donde la provisión del servicio Pre-visional fue licitada y otorgada en exclusividad a dos AFP, en Perú las autoridades no fijaron un límite al número de instituciones que podían participar en el mercado. La única regulación importante en relación a este tema es que las AFP deben tener como único objeto social administrar el Fondo de Pensiones. El objeto de esta disposición es proteger al Fondo de Pensiones de los conflictos de intereses que pueden presentarse en el ámbito comercial o en el manejo de la cartera. Así, una AFP no puede ser una empresa filial de un banco o de otro intermediario financiero, sin embargo, los accionistas de una entidad financiera pueden constituir una AFP.

Información completa y vigente

Las AFP están obligadas a reportar a la SBS la siguiente información de publicación mensual: número de afiliados activos, número de cotizantes, número de pensionistas (por modalidad de jubilación, incluidos los montos de pensión), solicitudes de traspaso (presentadas, aprobadas y traspasos efectivos), composición de la cartera administrada (por instrumento financiero, emisor, categoría de riesgo equivalente,

etc), rentabilidad obtenida por el Fondo (nominal, real, acumulada y anualizada), balance general del Fondo de Pensiones, balance general de las AFP, estados de ganancias y pérdidas de las AFP, comisiones y primas cobradas, etc. Como se ve, tanto los trabajadores como los empresarios interesados en entrar al sistema tienen acceso a información sobre las variables claves para la toma de decisiones.

Bajos costos de búsqueda

Los costos de búsqueda son bajos, la información es accesible tanto para los afiliados como para los inversionistas interesados en el SPP.

Interacción frecuente

La interacción entre AFP y afiliado que puede llevar a disciplina en precios se encuentra regulada. Los afiliados no pueden movilizarse con total libertad entre las distintas administradoras que proveen el servicio. Existe un requisito mínimo de permanencia de 6 meses para poder solicitar el traspaso de una AFP a otra. Aunque esta regulación no puede considerarse exageradamente restrictiva sí es

entorpecedora.10 Los trabajadores realmente interesados en traspasarse pueden hacerlo, sin embargo su capacidad de reacción se ve rezagada.

Existencia de rigideces en los precios y rentabilidades

Existe un rezago entre el momento en que se decide bajar las comisiones y la entrada en vigencia de los menores precios. El artículo 102 del Reglamento de la

Ley del Sistema Privado de Pensiones establece que las AFP deben informar a la

SBS la tasa de comisión, su estructura y modalidad de cobro, las cuales entran en vigencia a los ochenta días de dicha información.

Como se ve, no nos encontramos en un mercado que sea perfectamente competitivo, tampoco nos encontramos en un mercado que tienda a exhibir conductas y resultados similares a un monopolio. Estamos hablando de un mercado que presenta una configuración industrial oligopólica, donde se distinguen algunos elementos de competencia (bienes homogéneos, información perfecta, ausencia de barreras), sin embargo, otros están ausentes o son débiles (costos del menú altos, interacción infrecuente). La tarea de las autoridades debería estar orientada a promover o potenciar los elementos que contribuyen a la disciplina en precios.

Con todo, todavía quedan algunas preguntas por responder. ¿Realmente es posible encontrar competencia en un mercado oligopólico? ¿Qué tan competitivo puede ser este?

¿Qué factores limitan el resultado en precios que exhiba este mercado? ¿Cómo operan los incentivos de los productores y consumidores? ¿Existen riesgos asociados a la presencia de un número reducido de participantes? ¿Siempre habrá colusión?

Por el momento, podemos señalar que en el caso que en un mercado compuesto por unas pocas empresas, existirá un alto grado de dependencia, las decisiones de una de ellas afectará a los demás. Un mercado reducido, puede exhibir incentivos para la colusión y la concertación de precios elevados que permitan obtener mayores utilidades Sin embargo, también puede exhibir incentivos para una fuerte competencia en precios. ¿De qué depende cuál sea el resultado? En la siguiente sección veremos algunos modelos que nos ayudarán a entender cómo operan los incentivos en la determinación de precios dentro del mercado

oligopólico.

2. ¿Es posible la competencia en precios en un mercado oligopólico como el de las AFP?

2.1 El modelo de Bertrand:

Nos señala que un mercado oligopólico puede exhibir un precio competitivo si se cumplen las siguiente condiciones:

• Las n firmas que participan en el mercado ofrecen bienes idénticos (no diferenciables).

• Las empresas presentan costos de producción constantes de c por unidad. Asimismo, exhiben retornos constantes a escala.

• Existe un solo periodo de tiempo en que las empresas interactúan.

No existen restricciones de capacidad. Cualquiera de las empresas puede abastecer a toda la demanda del mercado.

Para empezar, la primera condición implica que, desde el punto de vista del consumidor los bienes producidos por las distintas empresas de esta industria sean considerados sustitutos perfectos. Por tanto, el consumidor simplemente comprará al productor que cargue el precio más bajo.

Supongamos que la demanda del mercado es una función del precio tal como q=D(p) . En una situación en que las n empresas carguen el mismo precio (sea cual fuera el nivel de este), se repartirán la demanda del mercado en igual proporción. Es decir cada una enfrentará una demanda 1/n D(p).

Sin embargo, las empresas conocedoras de que ofrecen un bien homogéneo y sabiendo que el consumidor trasladará su consumo a aquella que cargue el menor precio, tendrán incentivos a fijar un precio inferior al que podrían fijar sus pares. Así ellas lograrían llevarse toda la demanda del mercado D(p), mientras sus competidoras que exhiben un precio superior perderían por completo el mercado, es decir enfrentarían una demanda igual a cero.

Para simplificar el análisis supongamos que existen sólo 2 empresas. La demanda que captarían estas dos empresas ante diferentes escenarios de precios se resume de la siguiente

manera.

Los beneficios que podrían obtener dichas empresas están expresados por:

 

El beneficio agregado de las empresas que componen este mercado nunca será mayor al beneficio que obtendría un monopolista (Πm).

La explicación está en el hecho que las firmas escogen sus precios óptimos (p1*, p2*) de forma tal que maximizan sus beneficios dado el precio adoptado por la otra empresa. En el caso de un mercado como el descrito, en un intento por obtener toda la demanda, ambas empresas reducirán sus precios lo más posible para ganarle el mercado a la otra.

Finalmente, ambas terminarán cargando simultáneamente el mismo precio, que será igual al costo de producción del bien en cuestión: p1* = p2* = c. Es decir, sin proponérselo, ambas firmas terminarán cobrando el precio competitivo, que corresponde al equilibrio de Nash.11

Para probar la veracidad de esta afirmación veamos que es lo que pasa en algunas situaciones distintas a este equilibrio.

Si p1*>p2*>c la empresa 1 se quedaría sin demanda, por lo tanto su beneficio sería Π1=0.

Mientras que si c<p1*<p2* la empresa 1 capturaría toda la demanda del mercado y su beneficio sería Π1=(P1-C).D(p1) puesto que tiene un margen de ganancia positivo igual a

(p1*-c)>0. Queda claro entonces que existe un incentivo a cargar el menor precio y obtener beneficios positivos.

Ahora supongamos que p1*=p2*>c ambas empresas se repartirían el mercado equitativamente, con lo cual la empresa 1 obtendría un beneficio de Π1=(P1-c).½ D(p*). Sin embargo, si la empresa 1 cargase un precio ligeramente menor p1*-ε sus beneficios serían

Π1= (P1-ε-c).D(p1-ε), mayores a los del caso anterior. Mientras tanto, la firma 2 obtendría beneficios Π2=0. Por tanto, la empresa 2 estaría interesada en reducir su precio. Sin embargo existe un límite inferior para la reducción en los precios. El precio debe por lo menos cubrir el costo de producción del bien transado. Por tanto ambas firmas cargarán exactamente p*=c.

Las conclusiones de este modelo son

1) Las empresas cobran un precio igual al costo marginal de producción.

2) Las empresas no obtienen beneficios económicos.

Estas conclusiones sugieren que basta con que exista un duopolio para que se restaure la competencia. Por ello, este resultado recibe el nombre de paradoja de Bertrand.

Sin embargo, es difícil creer que en una industria que cuenta con pocas empresas, éstas no tengan éxito en manipular el precio del mercado con el objetivo de obtener beneficios. En el caso de las AFP uno podría preguntarse ¿Por qué habrían de entrar al mercado si no van a obtener beneficios?

Existe una serie de factores que van a alterar los resultados de este juego, entre ellas se encuentran las restricciones de capacidad de producción. En el caso de las AFP, la ausencia de retornos decrecientes a escala y el rezago con el cual una empresa puede modificar sus precios son dos factores que desalentarán la colusión. Debido a que las AFP tienen retornos crecientes a escala, ellas podrán recortar los precios si aumentan significativamente el volumen de afiliados. El incentivo para disminuir los precios se verá reforzado si con ello es posible robar mercado a las otras, que solo pueden modificar precios de manera rezagada.

2.2 Las restricciones de capacidad y retornos de escala en la producción

La literatura existente que analiza el problema de costos de los sistemas pre-visionales señala que las AFP no han podido reducir sus costos debido a que aún no presentan economías (crecientes) de escala o por el contrario sustentan que los costos se verán reducidos conforme los sistemas pre-visionales alcancen dichas economías de escala. Pero

¿a qué se refieren con el término economías (crecientes) de escala y cómo éstas se relacionan con los costos?

Economías de escala es el término utilizado para referirse a la forma en que varía la producción al incrementar los factores que intervienen en la función de producción de todos los bienes. Las empresas que requieren incrementar sus insumos productivos en cada vez mayores proporciones para mantener un incremento constante en sus niveles de producción presentan retornos a escala decrecientes. Por el contrario, aquellas que necesitan contratar cada vez menos factores para incrementar la producción a un ritmo constante presentan retornos a escala decrecientes. En términos de costos, las primeras empresas exhibirán costos marginales crecientes mientras las segundas incurrirán en costos marginales decrecientes.

Estudios efectuados sobre la industria pre-visional y el sistema de capitalización individual a nivel regional, revelan que las AFP presentan retornos decrecientes a escala. Debido a esto, conforme presten servicios a un mayor número de afiliados y administren un fondo

Pre-visional mayor, podrán cobrar comisiones menores para los afiliados.

No obstante, nos interesaría saber qué tan bajas podrán llegar a ser estas comisiones. ¿Las

AFP que presentan estas características de producción realmente fijarán precio (comisiones) excesivos similares al precio que impondría un monopolista? ¿Las comisiones podrán llegar a ser tan bajas como el precio que exhibiría un mercado perfectamente competitivo?

En términos del modelo de competencia de precios en un mercado oligopólico, se puede dar respuestas a todas estas preguntas una vez que incorporemos restricciones a la capacidad dentro de un modelo de competencia en precios para un mercado oligopólico.

Las restricciones de capacidad que presentan las empresas vienen definidas por el tipo de economías de escala que exhiben las firmas.

De hecho, a diferencia de lo contemplado por el modelo de Bertrand, en el mundo real las empresas enfrentan restricciones de capacidad. Las empresas no pueden producir una cantidad infinita de bienes incurriendo en un costo marginal constante. Por el contrario, es mucho más común encontrar empresas que presentan costos marginales crecientes (rendimientos decrecientes a escala) o, que como las AFP, presentan costos marginales decrecientes (rendimientos crecientes a escala). Analicemos las implicancias que tendrán estas características de la producción sobre el nivel de precios que exhibirá el mercado de

AFP.

2.2.1 Las AFP y los rendimientos crecientes a escala

Como habíamos mencionado, el equilibrio de Bertrand descrito en la sección anterior tiene limitaciones, especialmente cuando consideramos un mercado que, como el SPP, transa un bien homogéneo. Precisamente una de las mayores dificultades es que con bienes homogéneos o sustitutos cercanos, el equilibrio de Bertrand similar al competitivo p*=CMg no existirá una vez que se remueva el supuesto de costos marginales constantes.

En cambio, un mercado oligopólico como el SPP, donde las AFP exhiben rendimientos crecientes a escala, tendrá como resultado precios menores a los de monopolio pero mayores a los de competencia perfecta (P*<P<Pm). Las estrategias que siguen los participantes de dicho mercado al determinar los precios y la dinámica por la cual se llega al equilibrio es mucho más compleja que en el simple modelo de Bertrand.

Empecemos analizando las características de las funciones de costo de este mercado. El que las AFP presentan retornos crecientes a escala en la producción significa que los costos totales de producción (de brindar el servicio de administración de fondos previsionales) aumentan a un ritmo menor conforme el número de unidades producidas es mayor (conforme se atiende a un mayor número de afiliados y se administra un fondo más grande).

Debido a estas características de la producción, la función de costo total de las administradoras CT= Ci(qi) será creciente y cóncava. Ello implica que los costos marginales CMg=Ci’(qi) (el costo asociado a la última CIC administrada) y los costos promedio (el costo unitario) CMe=Ci(qi)/qi disminuyen conforme se atiende a un nuevo afiliado.

Costos totales CT= Ci(qi) Costos marginales CMg=Ci’(qi)

Ci’(qi)>0 Ci’’(qi)<0 Costos medios CMe=Ci(qi)/qi

Específicamente en el caso de empresas que presentan retornos crecientes a escala, la teoría señala que se dará una competencia destructiva en precios que los reducirá al nivel de los costos marginales.14 Nótese que una empresa que cuenta con CMg decrecientes, puede obtener ahorros significativos de costos si opera a gran escala. Por ello será capaz de reducir precios significativamente si produce en grandes volúmenes. Habrá por tanto un incentivo a reducir precios para asegurar el abastecimiento a una gran porción del mercado.

Sin embargo, p=C’(q) (el nivel de precios de competencia perfecta) no podrá ser un equilibrio en el mercado oligopólico ya que a dicho nivel las empresas no cubrirán sus costos medios e incurrirían en pérdidas. (Ver gráfico anterior). Debido a que esta situación va a producirse siempre, llama la atención que las empresas participen en el mercado. Así, el modelo de Bertrand con economías crecientes de escala falla al no señalar un equilibrio.

Debido a que la teoría de los oligopolios es más relevante en el caso de mercados con economías de escala significativas, esta falta de existencia de equilibrio es un serio inconveniente. Sin embargo, el problema de no existencia es resuelto una vez que se reinterpreta el momento en que se produce y eligen los precios. En la literatura ello se discute en la literatura de mercados contestables. Como veremos a continuación, la clave es que la empresa no necesita incurrir en los costos fijos a menos que realmente tenga éxito en capturar el mercado.

2.2.2 Lecciones de la teoría de mercados contestables

El modelo de mercados contestables pertenece a la familia de modelos que analizan industrias que presentan barreras naturales a la entrada. De acuerdo a estos modelos, los rendimientos crecientes a escala exhibidos por industrias como el SPP explican la estructura de mercado imperfectamente competitiva. Debido a que este tipo de industrias requiere de grandes costos fijos para la producción del bien ofrecido, los participantes potenciales se ven desalentados de entrar. No obstante, la existencia de restricciones naturales a la entrada no es sinónimo de la existencia de los beneficios supranormales de los que se acusa a las AFP.

Por un lado, Bain (1956) señala que si bien las economías crecientes a escala implican altos costos fijos de inicio de operaciones que desalientan el ingreso de nuevos participantes, también implican que las empresas tendrán incentivos a producir en gran escala de manera que los costos fijos se diluyan entre el número de unidades producidas. En consecuencia, si la escala mínima eficiente implica producir para una porción significativa de la demanda, el mercado podrá estar compuesto de sólo unas pocas firmas.

Sin embargo, Baumol, Panzar y Willig (1982) argumentan que la existencia de una o de un número limitado de firmas no significa que no haya competencia en precios y que tan solo el hecho de que potencialmente exista competencia (es decir solo la amenaza de entrada de nuevos participantes) serviría para disciplinar a las firmas ya establecidas. Veamos por qué ocurre esto.

Consideremos una industria compuesta por n empresas que ofertan un bien homogéneo.

Digamos AFP que ofrecen servicios de administración de fondos de pensiones. Todas las

AFP tienen la misma tecnología y exhiben la misma función de costos C(q). Supongamos además que si la producción es nula, los costos son cero. Separemos las empresas en dos grupos: (i) las cuatro AFP que ya se encuentran operando y (ii) n-4 AFP aspirantes que estarían interesadas en entrar al mercado en algún momento. Supongamos además que la configuración del mercado es tal que a un precio p, las 4 AFP se dan abasto para atender a todo el mercado. Este supuesto es bastante cercano a la realidad ya que existe la obligatoriedad de afiliación al sistema para los trabajadores formales, y el volumen de afiliados a las AFP incluso supera en número a los trabajadores que operan en dicho segmento del mercado de trabajo. Los trabajadores informales no participan en este mercado pues para ellos no existe obligatoriedad.

Dados los niveles de comisión vigentes p, el nivel de producción alcanzado en conjunto por las AFP iguala a la demanda de mercado que existe por dicho servicio q1+q2+q3+q4=D(p).

Además, a dicho precio cada una de las AFP obtiene beneficios positivos pqi≥C(qi).

La teoría económica predice que dichos beneficios serán sostenibles si no existe la posibilidad de que alguna aspirante entre al mercado y obtenga beneficios dado el nivel de comisiones vigente. Es decir, si las aspirantes a AFP saben que no existe oportunidad de que, cobrando comisiones menores a las vigentes pe<p y produciendo una cantidad

qe≤D(pe), puedan obtener beneficios peqe>C(qe) en el mercado del SPP.

Por el contrario, en caso de que la amenaza de nuevos participantes fuese creíble (si

peqe>C(qe)), la competencia potencial introducida por las aspirantes sería suficiente para imponer una disciplina sobre los precios y sobre los beneficios que obtienen aquellas AFP que se encuentran operando en el mercado.

Así, la teoría de los mercados contestables señala que en mercados oligopólicos (incluso en los monopólicos) la competencia no está en el número de firmas que operan sino en la facilidad con la cual firmas nuevas pueden entrar (y salir) al (del) mercado y desafiar una participación del mercado.

Para ilustrar estas ideas supongamos el siguiente ejemplo de tecnologías con retornos crecientes a escala.

C(q)=fq-cq2

C’(q)=f-c/2q

C’(q)/q= f-cq

Dejemos que ΠM=max P(q)q-C(q) represente los máximos beneficios que puede obtener el monopolista. La figura muestra la única configuración sostenible en esta industria.

Como habíamos señalado anteriormente al precio competitivo p*=C’(q) las AFP estarían obteniendo pérdidas. Las AFP que operan en el mercado cargarán un precio pc y ofrecerán una cantidad como qc. El par (pc, qc) es obtenido de la intersección de la curva de costo medio con la curva de demanda. A ese nivel de precio los beneficios que obtendrá la AFP serán:

Π= pc D(pc) – C(qc) = 0

Pc es el precio contestable. A dicho precio no existe la amenaza del ingreso de nuevos participantes al mercado. Una aspirante a AFP que cobrase un precio menor a pc y produjera una cantidad positiva perdería dinero debido a que su precio no alcanzaría para cubrir los costos marginales de producción C’(qc). Por otro lado, del gráfico se desprende que el precio contestable va a ser siempre menor al precio de monopolio pm.

Uno podría sostener que las AFP van a aprovechar de su estructura de mercado para cargar precios superiores a p>pc para un nivel de producción qc y así obtener beneficios. Sin embargo ello no podría ser una estrategia sostenible. Una aspirante podría recortar este precio ligeramente y obtener beneficios positivos, quitándole a las otras parte del mercado.

La teoría de los mercados contestables concluiría por tanto, que las firmas que operan en la industria son tecnológicamente eficientes y que obtienen un beneficio económico nulo15.

Además, la teoría predice que las empresas fijarán un precio igual al costo medio. Este resultado es el más eficiente que se puede obtener dado que no existe un subsidio que les permita producir a un precio como P*=CMg sin producir pérdidas.

Dado que en el transcurso de los 10 años de funcionamiento del SPP hemos observado una tendencia hacia la fusión de administradoras y no al ingreso de nuevas AFP, podemos intuir que las AFP están operando con un nivel de precios como pc=CMe(qc), que es el precio mínimo que pueden cargar dadas las características de la función de producción.

Si fuese verdad que las AFP cobran precios elevados (p>pc) y obtienen utilidades excesivas, existirían grandes incentivos para el ingreso de nuevas administradoras al mercado. Como ello no ha ocurrido, la teoría económica nos diría que dichas acusaciones carecen de fundamento.

Así, podemos señalar que el solo hecho de que exista la posibilidad de entrada de nuevas administradoras16 debería estar ejerciendo un efecto disciplinario en el comportamiento de las AFP que se encuentran operativas. Las AFP se comportan de una manera competitiva dentro de los límites impuestos por su estructura de costos.

Si tal industria se comportara como un mercado perfectamente contestable, estaría mucho más cerca de cobrar el precio competitivo p*=C’(q). Sin embargo, en la ausencia de competencia real, las posibilidades de que surja competencia son bastante efectivas para disciplinar el mercado.

Como se ve, el desarrollo de la teoría de los mercados contestables ha tenido un gran impacto en el análisis económico. Durante un largo tiempo se creyó que una industria que exhibía considerables retornos crecientes a escala no podía operar competitivamente y por tanto tenía que ser nacionalizada o severamente regulada. Hoy sabemos que ello no es cierto. La presencia de industrias con retornos crecientes a escala es menos problemática de lo que podría parecer a primera vista.

Resumen

Las lecciones desprendidas del análisis pueden ser resumidas en lo siguiente:

El número de participantes es determinado por la combinación de la tecnología de producción y el tamaño de la demanda. El hecho de que el SPP haya experimentado fusiones de las empresas participantes, con lo cual paso de tener 8 a 4 administradoras, no responde a "estrategias" para concentrar el poder de mercado sino a causas naturales.

Suponiendo que las AFP están operando con eficiencia en costos, la teoría económica predice que en un mercado que enfrenta una demanda potencial de 2.7 millones de trabajadores no hay espacio para mas de 4 participantes que obtienen beneficios económicos nulos, es decir, que no generan rentabilidades superiores a otras alternativas de inversión existentes.

El sistema de incentivos para la competencia tiene componentes que van más allá del número de participantes. Si bien el mercado de AFP tiene una composición oligopólica, el grado de competencia que presente el mercado va a depender de la combinación de esta característica y la existencia de barreras a la entrada, rigideces en los precios, información completa, etc.

Un mercado oligopólico puede exhibir el mismo resultado de competencia perfecta. De acuerdo a la teoría económica, es incorrecto afirmar que en un mercado oligopólico como el de las AFP no existe competencia en precios. De hecho, la teoría económica predice que en un mercado oligopólico que exhibe costos marginales constantes, donde pocas empresas ofrecen un bien que sustituye perfectamente a los que producen sus adversarias, la única señal que distingue a una empresa de otra es el nivel de precios que carga por sus productos. Por tanto, en un esfuerzo por abarcar un mayor segmento de la demanda, termina desencadenándose una competencia en precios.

Ante la existencia de economías de escala, el precio exhibido por el mercado oligopólico

no podrá igualar al de competencia perfecta, pero ello no es sinónimo de ausencia de competencia en precios. Dadas las características de la función de producción con economías de escala que exhiben las AFP, el menor precio que puedan cargar estas empresas no podrá ser similar a los niveles que se observaría en un mercado competitivo.

Mientras el mercado competitivo carga un P=CMg el mercado oligopólico con economías de escala cobrará P=CMe>CMg. Sin embargo, las AFP enfrentan competencia dentro del mercado oligopólico y tendrán incentivos a cobrar el menor precio posible, en este caso su costo medio. Este hallazgo tiene implicancias en términos de regulación. Bajo el supuesto que las AFP operan eficientemente, la única manera de reducir los precios es permitiéndoles reducir sus costos medios. Ello podría lograrse, por ejemplo, fomentando la ampliación de la base de afiliados.

Los grandes costos fijos de operar en el mercado constituyen una barrera natural a la entrada, pero ello no implica la existencia de beneficios supranormales. Si las AFP estuvieran generando utilidades excesivas, existirían grandes incentivos para el ingreso de nuevas administradoras al mercado. Como ello no ha ocurrido, es probable que dichos incentivos no existan.

Sin embargo, la sola amenaza de entrada de nuevos participantes, lleva a que las empresas participantes cobren el menor nivel de precios que les permite mantenerse en el mercado. El grado de competencia no se debe medir por el número de administradoras existentes, sino por la facilidad con que AFP nuevas podrían entrar.

 

David Andrade Valladares

 

Partes: 1, 2
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