I N T R O D U C C I O N METODOLOGIA: Estudio exegético de cada procedimiento a la luz de la doctrina y jurisprudencia comparadas, con el debate de casos prácticos aplicables a cada especie.
1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES A. LEGALIDAD: Parte Especial del CPP; Libro II, Título I, Arts. 354 – 358 B. FUNDAMENTOS: La poca monta de los casos amerita simplicidad y celeridad
C. ANTECEDENTES: En el antiguo Israel, Jetro aconsejó a Moisés la delegación para manejar asuntos menores. Se aplicó en Roma y otras civilizaciones antiguas, los bárbaros, los indígenas, también seguían el método. Jueces legos, de paz (Francia conserva algunos). 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
D. JURISDICCIONALIDAD: Juez de Paz E. PROCEDIMIENTO: Acusación: La victima Ministerio Publico Funcionario Encargado 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
F. PARTICULARIDADES: Las propias de la poca gravedad que implican. Los pagos administrativos. El imputado puede designar un defensor, pero no son aplicables en esta materia las normas sobre la defensa pública. No se aplican medidas de coerción, salvo el arresto, el cual no puede exceder en ningún caso las doce horas. 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
G. RIESGOS Y ADVERTENCIAS: Excesiva Confiabilidad en los agentes que las persiguen. Necesidad de aplicar un proceso realmente sumario. 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA A. LEGALIDAD: Parte Especial de CCP, Libro II, Título II, Arts. 32, 359 – 362
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA CASOS: Violación de propiedad; Difamación e injuria; Violación de la propiedad industrial; Violación a la ley de cheques.
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA Conversión de APIP en AP (Art. 33) Decisión del Fiscal
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA B. FUNDAMENTOS: El reclamo e impulso de los casos que no afectan sensiblemente la sociedad, quedan al criterio exclusivo de los afectados. El interés es la medida de la acción. Se busca reducir la sobrecarga al M. P. y a la vez permitir al afectado conducir su propio caso.
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA C. ANTECEDENTES: El modelo acusatorio original (Duelo entre las partes) Devolución del litigio al interesado. Roma: la defensa personal, desarrollo de la oratoria y los jurisconsultos.
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA D. JURISDICCIONALIDAD Juez de la Cámara Penal (Unipersonal)
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA Acusación Auxilio judicial previo. Conciliación Abandono de Acusación E. PROCEDIMIENTO:
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA F. PARTICULARIDADES: Querella – acusación (…) El acopio de probanzas (civil y penal) corresponde a la Víctima. El litigio pertenece a las partes Hay conciliación previa (conciliación =/= retractación) En Argentina la Víctima debe depositar fondos para los gastos Ministerio Público pasivo, salvo requerimientos especiales (Art. 360)
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA G. RIESGOS Un Ministerio Público muy activo o totalmente pasivo. El M. P. es el asesor natural de las víctimas para el reclamo de sus derechos.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO A. LEGALIDAD: Parte Especial del CPP, Libro II, Título III, Arts. 301, 363 – 368
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO B. FUNDAMENTOS: Es mejor un mal arreglo que un buen pleito. Lo que se procura es restablecer el orden y reducir los niveles de violencia. Papel del M. P. como catalizador de las tensiones. Ver SANCHEZ FALLAS, Pag. 165.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO POLEMICA DE ALBERTO BOVINO Y JOSE CAFERATA NORES: “Justicia Pronta y mecanismos alternativos de Ronald Salazar Murillo”: Pags. 246 y siguientes. SOBRE EL PAPEL DE LAS PARTES Y LA RENUNCIA DE DERECHOS: “El juicio Abreviado” del mismo autor: Pags. 94 y siguientes.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO C. ANTECEDENTES: Confesiones durante la inquisición. Alemania ante la imposibilidad de perseguir a todos.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO D. JURISDICCIONALIDAD Acuerdo Pleno Juez de la Instrucción (art. 363) Acuerdo Parcial 1ra. Instancia unipersonal penas de hasta dos años (art. 72) 1ra. Instancia colegiado penas de mas de dos años (art. 72, in fine)
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO E. PROCEDIMIENTO: ACUERDO PLENO (Capítulo 1) Art. 363. Antes de la apertura de juicio
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO Art. 364. Acusación con los detalles acordados Art. 365. Juez puede rechazarlo… se sigue el procedimiento ordinario
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO ACUERDO PARCIAL (Capítulo 2) Art. 366. En cualquier caso… acuerdo sobre los hechos
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO Art. 367. …audiencia para dirimir la pena …reglas para la division de juicio Sentencia se pronuncia ordinariamente Arts. 353 y 335
CONT. DEL TEMA SOBRE EL ACUERDO PARCIAL F. PARTICULARIDADES: Pronta solución del caso. No hay juicio oral, público y contradictorio No obstante es apelable Las garantías se relativizan El M. P. negocia una “pena inferior de segura imposición” El Actor Civil y el 3ro. Civilmente responsable deben participar de los acuerdos (301, parte in fine) ¿HAY ABREVIADO EN ACCION PRIVADA? 3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO G. RIESGOS Y ADVERTENCIAS: Acuerdos bajo presión Imputados inocentes Casos de violencia intrafamiliar (Posibles violencias ulteriores) Si el M. P. no aporta prueba alguna habría que afrontar el principio de que no se puede condenar al imputado por su sola declaración, lo cual puede ser grave, especialmente ante una apelación del imputado.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS A. LEGALIDAD: Parte Especial del CCP, Libro II, Título IV, Arts. 369 – 373
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS B. FUNDAMENTOS: La complejidad requiere más tiempo, mayor esfuerzo y sistemas mas sofisticados. La eventual comisión de los hechos o la depuración misma para determinar la responsabilidad o inocencia implica similares complicaciones.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS C. ANTECEDENTES: 1ra. Instancia, Unipersonal o Colegiado según el monto de la pena. D. JURISDICCIONALIDAD:
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS Se solicita antes del requerimiento conclusivo E. PROCEDIMIENTO:
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS EFECTOS: El plazo máximo de duración del proceso es de 4 años. La prisión preventiva se extiende hasta un máximo de 18 meses. En caso de haber recaído sentencia condenatoria, hasta 6 meses más. El plazo para concluir el procedimiento es de 8 meses. De 12 meses si se ha dictado cualquier otra de las medidas. La prórroga puede ser de 4 meses más.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS CONT. EFECTOS: El plazo máximo de la deliberación se extiende a 5 días y el de redacción de la motivación de la sentencia a 10. Cuando la duración del debate sea mayor, esos plazo son de 10 y 20 días respectivamente. Los plazos para la presentación de los recursos se duplican. Criterio de oportunidad. En todos los casos rigen las normas de retardo de justicia.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS OTROS EFECTOS –Producción de Prueba Masiva. Se autoriza a realizar los interrogatorios. Interviene un representante común de todos los querellantes.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS MAS EFECTOS . Investigadores bajo reservas. . Acusadores por contrato
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS Largas jornadas de trabajo Prensa Presiones Opiniones Criterio de Oportunidad por cooperación… …debe ser autorizado por sentencia (Art. 370) F. PARTICULARIDADES:
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS Nunca acabar. Descuido de los plazos. No advertir a tiempo. Afrontar las presiones G. RIESGOS Y ADVERTENCIAS
5. PROCEDIMIENTO PARA INIMPUTABLES Parte Especial del CPP, Libro II, Título V. Arts. 374 – 376. A. LEGALIDAD: A Solicitud del Ministerio Público o del Querellante. Circunstancia personales del imputado. El imputado puede solicitar la aplicación de este procedimiento
5. PROCEDIMIENTO PARA INIMPUTABLES CUESTION DE VOLUNTAD “ES INIMPUTABLE: EL ENAJENADO Y EL QUE SE HALLE EN TRASTORNO MENTAL TRANSITORIO, CUANDO NO PUEDA DISCRIMINAR LA NATURALEZA ILÍCITA DE SUS ACCIONES E INHIBIR SUS IMPULSOS DELICTIVOS” (LUIS JIMENEZ D` ASÚA)
(REPASO A LA PRESENTACION DE LA ACUSACION EN EL PROC. PREPARATORIO) Art. 293. Actos Conclusivos. Acusación: Alternativa o subsidiaria. Notificación de la acusación. Pretensiones de actor civil.
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