- El Aborto. Definición
- Clasificación del Aborto
- Regulación Jurídica del Aborto Ilícito en Cuba
- Conducta Médico Legal
- Conclusiones
- Bibliografía
Necesidad de despenalización en la Ley penal cubana
En el presente trabajo partimos de un estudio doctrinal, médico legal, del delito de Aborto Ilícito, así como de los procesos penales seguidos por este posible delito en la provincia de Ciego de Ávila, Cuba, pudiendo arribar a la conclusión que desde el año 1987 no existen procesamientos por tal conducta delictiva, verificando que de forma similar se comporta en el resto del país, proponiendo la despenalización del mismo, y con un tratamiento administrativo pudiera resultar suficiente para impedir su ocurrencia.
INTRODUCCIÓN
Muchas sociedades primitivas consideraban el aborto desde varias perspectivas. Las condiciones aceptables para inducir al aborto oscilaban desde el miedo al alumbramiento, hasta el embarazo como consecuencia del rapto o la maternidad impura. Evidentemente el aborto fue sancionado en aras de mantener el equilibrio de la sociedad. De modo gradual las razones sociales abrieron camino a las indicaciones médicas, que hicieron aceptable el aborto cuando el feto produjese una enfermedad en la madre o agravase ésta; la tecnología médica introdujo nuevos problemas, y las indicaciones médicas para el aborto se fueron limitando a algunos casos graves de enfermedades, y al mismo tiempo, el aborto provocado se hizo un procedimiento más seguro.
El aborto ha sido practicado desde que empezó a organizarse la sociedad. Una revisión histórica revela que las leyes sobre el aborto han sido promulgadas con el propósito esencial de preservar la estructura de la sociedad. El feto fue considerado como algo que no tenía derecho, y que podía amenazar algunos valores sociales definidos.
Los antiguos griegos creían que el feto no tenía alma. Platón menciona el incesto y la excesiva edad de los padres como indicadores del aborto. Se establecía que si el incesto había sido consumado, debían prescribirse "órdenes estrictas" para prevenir que el embrión saliera a la luz. Aristóteles sugirió incluso que el aborto debía practicarse cuando se tenía ya una cantidad razonable de hijos.
El aborto provocado es un tema que cala en todos los aspectos de las relaciones humanas y llega al fondo de la estructura de la sociedad. Como materia de discusión es difícil comentar sobre él; sin sentar las bases propias y personales, llega a ser un tema político social, religioso, moral, legal, médico, etcétera.
Con el presente artículo nos proponemos abordar el tema del aborto desde el punto de vista legal y médico, precisamente este tema está vinculado a la medicina legal, y en un tema como el escogido ambos aspectos, el médico y el legal, no pueden desligarse. No pretendemos agotar dicha temática, solo incursionar en algunos elementos de interés que aún resultan controvertidos, y que pueden servir de motivación para investigaciones más profundas. Se reflexiona con frecuencia sobre la siguiente interrogante. ¿ Será el aborto ilícito un problema jurídico para la sociedad cubana? A esta y otras interrogantes daremos respuesta en el desarrollo del presente artículo, de modo que permita la reflexión oportuna sobre la necesidad de despenalizar tal figura delictiva, a partir de la legalización que el aborto tiene en nuestra sociedad socialista.
DESARROLLO
El Aborto. Definición.
En términos médicos el aborto se define como "la interrupción del embarazo antes de la viabilidad del feto" o en otras palabras mas exactas, " la muerte del producto de la concepción antes de las 22 semanas de vida dentro del feto materno". Efectivamente un feto es difícilmente viable, fuera del feto antes de los 180 días de gestación.
Otros lo sintetizan a la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda desarrollar vida independiente. Se habla de parto prematuro si la salida del feto desde el útero tiene lugar cuando este ya es viable.
Generalidades.
En la antigüedad la realización de abortos era un método generalizado para el control de natalidad. Después fue restringido o prohibido por la mayoría de las religiones, pero no se consideró una acción ilegal hasta el siglo XIX. El aborto se prohibió para proteger a las mujeres de intervenciones quirúrgicas que, en aquella época, no estaban exentas de riesgo; la única situación en la que estaba permitida su práctica era cuando peligraba la vida de la madre. En ocasiones también se permitía el aborto cuando había riesgos para la salud materna.
Durante el siglo XX la legislación ha liberalizado la interrupción de embarazos no deseados en diversas situaciones médicas, sociales o particulares. Los abortos por voluntad expresa de la madre fueron legalizados primero en la Rusia posrevolucionaria de 1920; posteriormente se permitieron en Japón y en algunos países de la Europa del Este después de la II Guerra Mundial. A finales de la década de 1960 la despenalización del aborto se extendió a muchos países. Las razones de estos cambios legales fueron de tres tipos: 1) el infanticidio y la mortalidad materna asociada a la práctica de abortos ilegales; 2) la sobrepoblación mundial; 3) el auge del movimiento feminista. Hacia 1980, el 20% de la población mundial habitaba en países donde la legislación sólo permitía el aborto en situaciones de riesgo para la vida de la madre. Otro 40% de la población mundial residía en países en los que el aborto estaba permitido en ciertos supuestos —riesgo para la salud materna, situaciones de violación o incesto, presencia de alteraciones congénitas o genéticas en el feto— o en situaciones sociales especiales (madres solteras o con bajos ingresos). Otro 40% de la población mundial residía en países donde el aborto estaba liberalizado con las únicas condicionantes de los plazos legales para su realización. El movimiento de despenalización para ciertos supuestos, ha seguido creciendo desde entonces en todo el mundo y ha sido defendido en las conferencias mundiales sobre la mujer, especialmente en la de Pekín de 1995, aunque todavía hay países que sobre todo por razones religiosas se ven presionados a mantener legislaciones restrictivas y condenatorias con respecto al aborto.
La moral cristiana frente al aborto.
Podemos encontrar de forma muy clara la opinión cristiana en el "Catecismo de la Iglesia Católica" en los puntos 2270 a 2275 inclusive.
En dicho texto se resaltan los siguientes puntos:
* "La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde su concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano deben ser reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser humano a la vida."
*"Desde el siglo primero la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral."
* "La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con una pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. …Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a todo la sociedad."
* "Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano."
* Se deben considerar lícitas las intervenciones sobre el embrión humano siempre que respeten la vida y la integridad del embrión, que no lo expongan a riesgos desproporcionados que tengan como fin su curación, las mejoras en sus condiciones de salud o su supervivencia individual."
La moral cristiana moderna considera al aborto ante todo desde la fe y le repugna, porque ese modo de morir es indigno del hombre como lo son también el suicidio y la eutanasia. En la vida y en la muerte – enseña la fe a la inteligencia – el hombre está en diálogo con Dios; y en el fondo, solamente con El. De El las recibe y de nadie más, ni de si mismo ni de los otros. Por eso el hombre no puede disponer de su vida ni de su muerte; desde el principio hasta el final está en manos de Dios, su padre.
El Magisterio de la Iglesia, recordó de un modo constante a sus fieles el deber de respetar la vida humana "desde el momento mismo de la concepción hasta el de la muerte determinado por Dios", a fin de prevenirlos de cualquier error o contagio de error que pudiese alejarlos de esta doctrina original. Esto no se debió al propósito de mantener inflexible una tradición religiosa, a pesar de las objeciones presentadas por el progreso de las ciencias, sino a la convicción firme y plena, de que las ciencias, no obstante todo su desarrollo jamás llegarán a refutar los postulados de la Revelación sino, por el contrario deberán confirmarlos.
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