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Estudio comparativo constitucional de los principios tributarios venezolanos (página 2)


Partes: 1, 2

La igualdad del impuesto (art. 56 C.N.), se alcanza cuando la carga es distribuida en conformidad con los criterios objetivos de la "capacidad económica del contribuyente" o sujeto pasivo de la obligación tributaria, en proporción a la riqueza de éste en particular; y en base a criterios subjetivos, como lo es la progresividad del sistema en su conjunto. Se refiere entonces el constituyente a que no podrá crearse desigualdades entre contribuyentes de una misma categoría.

Conocidas estas nociones fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico en cuanto a la materia tributaria de rango Constitucional, entraremos de lleno a la materia que nos convoca, como lo es el estudio constitucional comparado desde 1.811 hasta 1.953 con lo visto anteriormente.

Constitución Federal de 1.811 para los Estados de Venezuela

En esta Constitución observamos como los constituyentistas le dieron primosdial importancia a la "forma" del Estado, verdaderamente originario para aquel entonces, y con solo una disposición en cuanto al tema que nos ocupa.

En la sección tercera establece los "Deberes del Hombre en Sociedad" se establece por primera vez dentro del artículo 194 como un deber de cada individuo contribuir a los gastos públicos.

El principio de legalidad se estableció en el artículo 5°, otrogandole la potestad de su creación a la Cámara de Representantes de aquel entonces.

Constitución de 1.819

Esta Constitución le otorga una importancia solemne a los derechos y deberes del hombre y del ciudadano y en cuanto a la actividad tributaria del Estado observamos el establecimiento, en primer lugar, del Derecho de Propiedad y en segundo término al principio de legalidad.

Art. 7° del Título V: "Son atribuciones esclusivamente propias del Congreso:

(…)

Tercera: Establecer toda suerte de impuestos, derechos o contribuciones…".

CONSTITUCION DE 1.821

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

Resalta en este ordenamiento jurídico, la participación del Libertador Simón Bolivar en su redacción y de la cual se desprende el ideal Bolivariano de integración y de la amplitud de la nacionalidad de los individuos.

En cuanto a los tributos, observamos que este instrumento es similar encuanto el establecimiento del principio de legalidad tributaria, siendo esta potestad del Congreso al concederle la exclusividad de creación de leyes tributarias.

CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DE VENEZUELA

24 DE SEPTIEMBRE DE 1.830

Al dividirse la Venezuela de la Gran Colombia, los constituyentistas patrios manifiestan en la C.N. de aquel año, la importancia de la Nación Venezolana en cuanto a su territorio y la nacionalidad de sus habitantes.

Se mantiene el principio de legalidad tributaria con la potestad única otorgada al Poder Legislativo de la creación de leyes de contenido tributario.

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

18 DE ABRIL DE 1.857

Continúa sin variar el concepto de legalidad tributaria, de forma idéntica a como se desarrollo en la constitución de 1.830. añadiendose la posibilidad potestativa al Primer Mandatario Nacional de la creación de lo que se conoce actualmete como "impuestos de Guerra".

Art. 54 C.N.:" En los casos en que con fundamento se tema conmoción interior, o que la paz pública sea amenazada desde el exterior, el Poder Ejecutivo ocurrirá al Congreso (…) para que este le conceda facultades extraordinarias que juzgue convenientes de las comprendidas en los números siguientes:

(…)

2°: Exigir anticipadamente las contribuciones y contratar emprestitos …" (Cursivas nuestras)

Igualmente se introduce el fundamento constitucional de generalidad ligado con el de legalidadm tal como lo conocemos hoy en día al incluir dentro de su articulado lo siguiente:

Título XIX

De los deberes de los venezolanos

Art. 96: "Son deberes de los venezolanos:

(…)

Contribuir a los gastos públicos, satisfaciendo cumplidamente los impuestos que establezca la Ley." (Cursivas nuestras)

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

22 DE ABRIL DE 1.864

Este ordenamiento constitucional, un poco menos elaborado que el anterior incluye en su texto en cuanto a la potestad tributaria del Poder Público la limitación a los Estados a gravar materias de competencia Nacional, observandose a través de este estudio el origen de la voracidad fiscal de los Municipios, cuando instuímos que en aquella época ya se desbocaban los entes regionales en su afan fiscalista.

Se mantienen inmutables los principios de legalidad y de creación de los impuestos por parte del Poder Legislativo.

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

27 DE MAYO DE 1.874

Esta Constitución refrendada por Guzmán Blanco consagra las bases de la unión de lo que se vislumbra como un Estado Federal fundamentado en la unión de cada uno de los Estados conformantes de ésta, respetando la autonomía de cada entidad política y su soberanía.

Se mantiene la prohibición de confiscación de confiscación de la propiedad privada como Garantía del Estado a los ciudadanos venezolanos.

Cambia el principio de generalidad contributiva, apareciendo ésta como "el deber de servir a la Nación (…) haciendo el sacrificio de sus bienes y su vida, si fuere necesario, para defenderla".

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

27 DE ABRIL DE 1.881

Se evidencia a través de la lectura de esta Constitución la gran necesidad del legislativo de instar a la unión de los Estados miembros de la Nación, más no observamos trascendencia alguna dentro de ella en cuanto a la materia tributaria objeto del presente trabajo.

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

16 DE ABRIL DE 1.891

La parte Dogmática de esta Constitución se ve arropada por la parte Orgánica, dada la nesecidad (suponemos) de organizar eficientemente a la Nación y de evitar a toda costa el agrupamiento de "montoneros" con las que se ha caracterizado nuestra historia hasta hoy en día inclusive.

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

21 DE JUNIO DE 1.893

Se establece el principio de "Igualdad Tributaria" de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 el que copiado a la letra dice:

Título IV

Derecho de los Venezolanos

Artículo 14°: La Nación garantiza a los venezolanos la efectividad de los siguientes derechos:

(…)

15. La igualdad en virtud de la cual:

  • 1) Todos deben ser juzgados por una misma leyes y sometidos a iguales deberes, servicios y contribuciones. (Cursivas nuestras)

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

29 DE MARZO DE 1.901

Nuestra primera constitución de este siglo, establece en cuanto a la materia tributaria el de la legalidad, a través de la formación de las leyes que establescan impuestos nacionales por parte del Congreso y designa los impuestos que serán administrados por los Estados y Municipios, asunto poco atractivo al desarrollo del presente trabajo.

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

27 DE ABRIL DE 1.904

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

5 DE AGOSTO DE 1.909

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

19 DE JUNIO DE 1.914

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

24 DE JUNIO DE 1.922

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

29 DE JUNIO DE 1.925

De las Constituciones de 1.904 a la de 1.925 hemos estimado inconveniente debido al objeto y la seriedad pretendidas del presente trabajo no realizar estudio alguno al respecto, debido fundamentalmente a que estas Constituciones no aportaron absolutamente nada al desarrollo de la materia tributaria ya que el país estaba bajo el yugo de Juan Vicente Goméz, causante principal, a nuestro entender, del atraso económico, cultural y judicial que vive nuestra patria, lo que nos ha imbuido en el tercer mundismo que hoy nos agobia.

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

20 DE JULIO DE 1.936

Se atribuyen a los estados potestades tributarias en lo relativo a la organización, cobro e inversión de los impuestos de estampillas, cigarrillos, tabaco, aguardiente y licores. Adicionalmente al Estado se reserva los derechos sobre el producto de las actividades mineras, ya que comenzaba en el territorio le famoso bum! Petrolero.

CONSTITUCION NACIONAL DE VENEZUELA

5 DE MAYO DE 1.947

Se establece un amplio cuerpo de garantías individuales, de asociación y sindicalización, el derecho de propiedad y de contribución de acuerdo a la capacidad y fines de utilidad pública o de interés general.

Se condicionan ampliamente los derechos de propiedad, haciendose evidente el alto grado de incidencia confiscatoria que influyó al gobierno establecido para aquel entonces.

Aunque se amplía el contenido del magno instrumento, no hubo aportes ciertos al desarrollo tributario y por ende al desarrollo de una cultura tributaria de nuestros ciudadanos.

CONSTITUCION DE VENEZUELA

1953

Se establece organización del Poder Público tal como lo conocemos hoy en día, pero no se desarrollan principios tributaris que valga la pena resaltar.

Conclusión

Es nuestra apreciación el afirmar que en el siglo pasado, exepto por lo establecido en la Constitución de 1.811 y la de 1.821, en la que se distinguen las luces de sus redactores y posteriormente en la de 1.857 donde el constituyente inserta el principio de generalidad del tributo no se desarrolla suficientemente la legalidad de la actividad tributaria como la conocemos hoy.

Observamos además que nuestro país ha estado signado por una actividad eminentemente portuaria (lo que conocemos hoy en día como economía de puersto), ya que no se estimuló el impuesto a la renta paro si se observa una amplia referencia a los impuestos aduaneros y de navegación.

Al igual que el siglo pasado, en los primeros años de este siglo no se incorporaron a nuestra Carta Magna sino aquellos principios desarrollados en el siglo pasado.

No fue sino hasta el desarrollo de la industria petrolera, en que nuestro país se insertó en la más moderna técnica legislativa de creación de tributos y por cuanto a otorgarle importancia y rango Constitucional a los principios que conocemos hoy en día.

Tal es el caso de la "moribunda", donde se insertan los principios garantes de la propiedad, la no confiscatoriedad y los mencionados al principio de este trabajo, tales como la legalidad, la igualdad y seguridad jurídica conocidos en cualquier país desarrollado donde se mantenga vigente un estado de derecho.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Luis Rafael Palacios Ochoa

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