Descargar

Derechos Humanos y Sistemas de Protección


Partes: 1, 2, 3

  1. Objetivos
  2. Introducción
  3. Los Derechos Humanos
  4. Antecedentes Históricos
  5. El Acta de Hábeas Corpus, en Inglaterra en 1679
  6. La declaración de Derechos; en Inglaterra en 1689
  7. La revolución francesa el 14 de julio de 1789, bajo los principios de Libertad, Igualdad y fraternidad
  8. La Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano, el 26 de agosto de 1789
  9. La declaración americana de los derechos y deberes del hombre
  10. Características de los Derechos Humanos
  11. Artículos de la Constitución de la República del Ecuador relacionados con los Derechos Humanos
  12. Concordancias de la Constitución de la República con la Declaración Universal de Derechos Humanos
  13. Casos de violación de los Derechos Humanos en el Ecuador
  14. Conclusiones
  15. Bibliografía

Objetivos

OBJETIVO GENERAL

  • 1. Comprender, analizar, y examinar, los derechos, consagrados en la declaración universal de derechos humanos de 1948, sus orígenes, su aplicación al marco legal nacional, y las proyecciones del respeto a los mismos, consagradas en el orden jurídico de la República del Ecuador.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  • 1. Conocer las tres generaciones de derechos humanos existentes.

  • 2. Analizar las distintas formas de irrespeto a los derechos civiles y políticos en el Ecuador.

  • 3. Conocer los derechos económicos, sociales y culturales que consagra la declaración universal de derechos humanos.

  • 4. Analizar las concordancias entre las declaraciones internacionales de derechos humanos y la carta constitucional del Ecuador.

  • 5. Diferenciar claramente las tres generaciones de derechos humanos, para entender los derechos a los cuales estas están referidas.

Introducción

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

edu.red

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

Los Derechos Humanos

Los derechos humanos son un conjunto de atributos y facultades consustanciales del hombre que protegen y tutelan su vida, su libertad y su dignidad, y que consagrados en un determinado ordenamiento jurídico, promueven una adecuada convivencia social, económica y política.

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.

Partes: 1, 2, 3
Página siguiente