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Factores que se deben tomar en cuenta para llegar a la culpabilidad del sujeto” (página 3)


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He tenido que estudiar muchas veces (empiezo a pensar que demasiadas veces) el caso de hombres que, llevados por su mala socialización, han dado muerte a sus compañeras. Es muy común entre ellos, cultos o incultos, ricos o pobres, el acabar haciendo confesiones del siguiente tenor: <<La maté porque no me respetaba. Y mi padre enseñó que el hombre se hace respetar por su mujer es>>. La falta de respeto puede consistir en no tenerle preparada la comida a punto o no tener ganas de sexo cuando a él le apetece, o (algo creciente en nuestros días) decidir abandonarle. <<¿Cómo es posible que algo mío quiera dejar de serlo? Lo mío es mío, y de nadie más>>, piensan éstos maltratadores que recurrirán al asesinato antes de aceptar la libertad de sus compañeras. Y las estadísticas me dan, desgraciadamente, la razón: gran parte de los asesinatos <<domésticos>> de mujeres ocurren durante la fase de tramitación de la separación o en el primer año de separados. Y las estadísticas también me dan la razón en otro aspecto: la justicia, que conoce este hecho, no ésta haciendo lo suficiente para combatirlo.

En definitiva, no son los celos patológicos los que incitan al agresor doméstico a maltratar a su compañera. Es su socialización sexista. Ésta le hace ver a la mujer como propiedad. Y es la percepción de la mujer como algo propio lo que lleva a los celos: << porque me pertenece, no puede seguir coqueteando con fulanito>>. Unos coqueteos que, habitualmente, sólo existen en su imaginación. No es, pues la pasión que está por detrás de los celos: es la obsesión por retener lo que se considera propiedad de uno, controlándolo hasta el extremo de lo posible.

Es cierto que el agresor doméstico presenta otras características que recuerdan, en cierto sentido, a las propias de un psicópata. Pero eso no quiere decir que sean psicópatas. Desgraciadamente hay algunos sectores de la psicología que se empeñan en ver psicópatas por doquier y, con ello, a lo que atribuyen es a la devaluación del concepto. Es cierto que, como los psicópatas, los agresores domésticos son manipuladores, y seguro que entre los agresores domésticos hay psicópatas. Pero de ahí a diagnosticar como psicópatas a los agresores domésticos o a ver grandes porcentajes de los mismos entre éstos hay un enorme trecho que sólo debería recorrerse con permiso de la metodología más rigurosa.

Sea como fuere, la manipulación que ejercen los agresores domésticos sobre su entorno nace también de su socialización sexista y el ansia de control. Para poder controlar lo que se considera suyo –su compañera-, el agresor doméstico tiende a aislarla rompiendo sus conexiones con vecinos y familiares. Manipulará a éstos, presentándose ante ellos como una persona cabal frente a la <<histérica>> de su compañera. Pero no terminarán ahí sus afanes. Tratará de manipular incluso a su propia compañera, cuando la esté maltratando: intentará hacerle ver que todo es por su culpa, por sus continuas provocaciones. Y, si llega a ser denunciado y detenido, intentará lo mismo con psicólogos y otros profesionales. Es habitual, por ejemplo, que el agresor intente hacer creer a su psicoterapeuta que ya está cuando tras asistir a un par de sesiones.

Me gustaría añadir algo más sobre este punto. Se trata de una mera sospecha, de algo, pues que no alcanza siquiera el estatus de hipótesis científica. En los últimos tiempos, al menos en España, los asesinatos de mujeres a manos de sus parejas han saltado de los boletines de información a los llamados <<magazines>>. En éstos, buscándose más el sensacionalismo morboso que la rigurosidad, suele presentarse el crimen como un espectáculo al que no son ajenos los familiares de la víctima y del asesino, vecinos y quien tenga algo que contar y quiera ponerse ante la cámara para dar a conocer su especial versión de los hechos. Esta presentación del asesinato, acompañada de datos relativas a las penas que suelen aplicarse, mucho me temo que estén dando ideas de cómo comportarse a más de uno de esos individuos que albergan en su interior la intención de resolver violentamente el conflicto que puedan tener con su pareja.

4.11 SOBRE EL DESEMPLEO

Pero, si malo es tener una educación sexista, tan malo o peor parece no tener formación suficiente. En un reciente estudio realizado por el Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia sobre todos los casos de maltrato infantil registrados por los Servicios Sociales de España, hemos encontrado que nueve de cada diez agresores de niños de niños tiene sólo estudios primarios o no tienen ningún estudio. Interpreto la relevancia de este hecho en el sentido siguiente. Tener estudios no es importante porque la erudición lo sea. Los estudios tienen valor que, más que añadido, parece ser fundamental: forman en el autocontrol y permiten el desarrollo de habilidades sociales para la interacción con lo demás. Y eso es precisamente lo que echamos en falta entre las personas que maltratan a sus hijos: suelen carecer de la capacidad para controlar el estrés que, normalmente, surge en el marco de las relaciones paterno-filiales.

Pero, en el mencionado estudio, publicado bajo el título de Maltrato Infantil en la Familia. España (1997-1998) (Documentos del Centro Reina Sofía, n.° 4, 2002), hemos obtenido otros datos que deben hacernos meditar. La mayor parte, exactamente ocho de cada diez personas que maltratan a sus hijos, están desempleadas.

Obviamente, carecer de empleo y, en consecuencia, tener problemas económicos es un factor que, en general, incrementa el nivel de estrés del afectado y, en circunstancias particulares, puede llevarle conscientemente a delinquir para poder salir a adelante.

Imaginaremos, en este sentido, una mujer que carezca de la formación adecuada, que esté desempleada, y que, en muchos casos, esté siendo maltratada por su pareja y consuma algún tipo de substancia tóxica. Esta mujer, ¿sería, o no, proclive a comportarse violentamente? Obviamente, sí. Pues bien, no hay nada que imaginar. Ése es, precisamente, el perfil dominante entre quienes maltratan a sus hijos en España: se trata, mayoritariamente, de mujeres a las que el consumo de sustancias tóxicas altera el equilibrio neurotransmisor; y a las que el desempleo genera estrés que no pueden controlar por su carencia de formación y el maltrato al que están sujetas.

Considero preciso hacer una matización a este respecto. Estas mujeres son responsables, ante todo, del maltrato infantil de tipo pasivo: la negligencia. Maltratan a sus hijos porque no hacen algo que deberían realizar, por ejemplo, llevar al día su cartilla de vacunación. Maltratan por omisión. En cambio el maltrato por acción –la paliza o el abuso sexual– es cosa de los padres (así, en masculino). Además, personalmente, veo en esas mujeres víctimas que victimizan. Por eso, para que dejen de victimizar habría que sacarlas, antes, de su situación de víctimas.

Propuesta de reforma

PROPUESTA

Si viene cierto que el hombre por su naturaleza no puede vivir aislado de los demás seres humanos, también lo es, que necesita tener reglas y normas para vivir en armonía, y por ende en sociedad; sin embargo, en algunos casos el mismo ser humano se ve orillado al caer en un abismó por la propia vida que ha llevado, y esto lo lleva a cometer una conducta prohibida por la norma que regula a toda una sociedad, esto es un delito, pero parecería que es una justificación la vida que llevó para cometer un ilícito, como por ejemplo el homicidio culposo, que no tuvo un deber de cuidado que objetivamente era necesario observar para prevenir la conducta delictuosa, voy más allá, en la praxis nos encontramos con caso reales, en los que en la conducta delictiva se ve reflejado que no basta con un no quise hacerlo, sino más bien, en la situación en la que se encontraba se vio en un abismó sin salida y por ende no tenía otra alternativa que cometer un crimen; mi propuesta en si es la siguiente:

Si estamos en presencia de un caso concreto en donde supongamos que una joven de 20 años de edad con la carga de sostener a su familia papá, mamá, y cinco hermanos de 4, 5 ,9 10 y 13 años de edades, misma chica que trabajando y estudiando por querer salir adelante, se verifica con investigación que siempre fue maltratada humillada y que el casero que le renta siempre quería abusar de ella, en la escena del crimen el tipo además de hacerla sentir con palabras ofensivas y denigrantes mal, quiso maltratar a su familia, la cual, para ella tiene un valor indescriptible, en ese momento es en donde se ve envuelta en el abismo del sufrimiento y por ende pese a que encontrándose con el casero y ofendiéndola a ella y a su familia, priva de la vida a este y después de haber cometido la conducta delictiva es condenada a prisión por la leyes que nos rigen, pero en este caso en particular, y atendiendo que el sistema penitenciario en México no funciona, me parece que se debe de sancionar al inculpado, pues no es una justificación por haber cometido un delito, pero tomando en cuenta ciertos aspectos que la llevaron a cometerlo, creo que sólo en estos casos y en el delito de homicidio, se sancionen con tres años al servicio del estado y en libertad, esto es pintando bardas, banquetas, arreglando carreteras etc..;.

Mi propuesta del tema de tesis sobre el inculpado en homicidio, el cual es motivo de mi preocupación, así como de importancia trascendental que tiene en la sociedad, es porque no estamos en presencia de un delincuente sino que estamos en presencia de una persona que pese a querer salir adelante, se vio envuelto en una conducta que no tuvo salida, porque no estamos en presencia de un homicidio culposos va más allá, pues al entrar a las cárceles que existen en nuestro País y ser un fracaso rotundo el sistema penitenciario, salen con coraje sed de venganza y creo que en vez de ayudar empeoraría las cosas, me parece que reiterando sólo en estos casos y en el delito de homicidio en donde se demuestre con investigación profesional perfectamente la conducta en la cual no tuvo otra salida, se sancione como ya dije a tres años y en libertad al servicio del Estado, pues creo que podemos frenar el abuso de las supuestas víctimas y así ayudar a las que realmente fueron víctimas.

Atendiendo a lo anterior, me parecer que van cambiando aspectos culturales y sociales, por lo cual, debemos de no ser tan cuadrados para la aplicación de nuestras leyes y contribuir para que el sistema penitenciario en México funciones.

Conclusiones

PRIMERA. El hombre por su propia naturaleza no puede vivir aislado de los demás seres humanos y para poder vivir en armonía y sociedad es necesario que existan leyes que contemplen el orden social, es decir la regla de Norberto Bobbio lo no prohibido está permitido. Por lo que los fines del Estado sea la salvaguarda de los derechos de sus habitantes.

SEGUNDA. El sistema penitenciario en México no funciona, pues cada día nos damos cuenta que salen no rehabilitados para incorporarse a la sociedad, sino que estamos en presencia de delincuentes profesionales, entendiendo que es una escuela en donde perfeccionan su peligrosidad, dado a que este sistema penitenciario carece de estrategias funcionales para rehabilitarlos, además de que partimos de que el ocio es la madre de todos los vicios y en definitiva la mayoría de los inculpados no hacen nada dentro de ellos sino todo lo contrario.

TERCERA. En la sociedad hay tres clases sociales, la alta, media y baja, pero además de cómo está compuesta la sociedad, partimos de que el rose social en el que se desenvuelve el ser humano es muy importante, así como la integración de su familia, de tal forma que si estamos en presencia de una persona que luchando para salir adelante y manteniendo a su familia tiene que integrarse a la sociedad y aprenden a vivir en armonía y respetar la normas que nos regulan.

CUARTA. El ser humano tiende a tener diversas conductas y comportamientos de acuerdo al estado de ánimo en el que se encuentra, pero además en casos específicos ciertas conductas agresivas son delitos, mismos que el inculpado en el momento de los hechos no tuvo otra alternativa que efectuarla, entendiéndose que no se está en presencia de una conducta culposa sino mas bien que tomando en cuenta diversos aspectos se vio en ese momento envuelto en sus propias cadenas depresivas por l vida que ha vivido.

QUINTA. Se debe de sancionar al individuo que cometió un delito, pues no es una justificación las experiencias que vivió al paso del tiempo, pero tomando en cuenta que hay varios elementos que lo llevaron a comerlo y que además de ser el delincuente se demuestra que es en realidad la víctima, creo que sólo en estos casos y en el delito de homicidio, se sancionen con tres años al servicio del estado y en libertad, esto es pintando bardas, banquetas, arreglando carreteras etc..;.

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Autor:

Valeria Aguilar Andrade

 

[1] EDUARDO LÓPEZ Betancourt, Teoría del Delito, Séptima Edición, Editorial Porrúa, México 1999, Pág. 65

[2] DE PINA VARA Rafael, Diccionario de Derecho, Trigésima Primera Edición, Editorial Porrúa, México 2003, Pág. 219

[3] CODIGO PENAL FEDERAL, GRUPO ISEF, Ediciones fiscales ISEF, S.A. Vigésima Sexta Edición, México 2010, Pág. 4

[4] WIKIPEDIA http://es.wikipedia.org/wiki/Delito

[5] JIMÉNEZ DE ASÚA, Luis, Principios de Derecho Penal. La Ley y el Delito, Ed. Sudamericana, Buenos Aires, 1990, p. 216.

[6] LOPÉZ BETANCOURT, Eduardo, Teoría del Delito, 7° ed., Editorial Porrúa, México 1999, Pág. 275

[7] Ibídem. Pág. 215

[8] LOPEZ, BETANCOURT, Eduardo, Op. Cit. Pág. 276

[9] JIMÉNEZ DE ASÚA, Luis, Principios de Derecho Penal. La Ley y el Delito, 3° ed., Ed. Sudamericana, Buenos Aires, 1990, Pág. 215

[10] Ibídem. Pág. 215

[11] LOPÉZ BETANCOURT, Eduardo, Op. Cit. Pág. 276

[12] JIMÉNEZ DE ASÚA, Luis, Ibídem. Pág. 215

[13] Ibídem. Pág. 215

[14] LOPÉZ BETANCOURT, Eduardo, Op. Cit. Pág. 277

[15] Ibídem. Pág. 277

[16]

[17] LOPÉZ BETANCOURT, Eduardo, Op. Cit. Pág. 278

[18] Ibídem. Pág. 278

[19] CUELLO CALÓN, Eugenio, Derecho Penal. Parte General, 9° ed., Ed. Editoria Nacional, México, 1961, Pág. 266

[20] Ibídem. Pág. 266

[21] CUELLO CALÓN, Eugenio, Ibídem. Pág. 267

[22] CUELLO CALÓN, Eugenio, Ibídem. Pág. 268

[23] Ibídem. Pág. 269

[24] Ibídem. Pág. 271

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