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La influencia del discurso religioso en la filosofía política de Rousseau

Enviado por federicoast


    1. Contexto de aparición de la religión en el planteo rousseauniano
    2. Desajuste I: incapacidad legislativa del soberano
    3. Solución al primer desajuste: el legislador "externo"
    4. Desajuste II: la falta de autoridad del legislador
    5. Solución al segundo desajuste: introducción del discurso religioso
    6. Desajuste III: conflicto de leyes producido por el discurso religioso
    7. Solución al desajuste III: la religión civil
    8. Bibliografía

    Habitualmente, se sostiene que en la modernidad, la filosofía se emancipa del discurso religioso en la legitimación de las instituciones políticas. Y efectivamente, se observa que en esta época surgen diversos intentos por legitimar el orden estatal sin recurrir a la vieja fórmula medieval "el poder viene de Dios". Filósofos como Hobbes y Locke, si bien no se encuentran completamente desligados del discurso religioso, tampoco lo erigen en un sitio central dentro de sus intentos por justificar el orden político.

    Ahora bien, a continuación me propongo demostrar que, en el caso de Rousseau, el discurso religioso sí consiste en un aspecto esencial de su teoría política hasta un punto tal que su estructura argumentativa no podría funcionar sin recurrir a él.

    En primer lugar, señalaré que el discurso religioso irrumpe inicialmente como un modo de justificar la autoridad del legislador para dictar leyes en los primeros tiempos de la vida de un Estado.

    En segundo lugar, se demostrará que la estrecha relación entre política y religión necesaria en ese momento de la argumentación, engendra luego una segunda problemática cuya solución no llega a través de una disociación entre política y religión sino mediante una profundización de sus vínculos.

    En la exposición, se utilizará un aparato conceptual similar al de los "desajustes" althusserianos para estudiar el peso del discurso religioso en la teoría política rousseauniana. Se verá que existe un primer desajuste cuya resolución conduce a un segundo y luego éste lleva a un tercero donde, a diferencia del caso de Althusser se produce un momento conciliatorio entre política y religión.

    Contexto de aparición de la religión en el planteo rousseauniano.

    Durante todo el libro I y buena parte del libro II del Contrato Social, Rousseau se propone legitimar el orden político de un modo independiente de la religión. Las alusiones religiosas son escasas y hasta irónicas: "Toute puissance vient de Dieu, je l’avoue; mais toute maladie vient aussi" (Libro I, capítulo 3); "Toute justice vient de Dieu, lui seul est la source; mais si nous savions la recevoir de si haut, nous n’aurions besoin de gouvernement ni de lois" (Libro II, capítulo 4).

    Es decir, ya desde el principio se rechaza la posibilidad de fundamentar las instituciones políticas sobre el discurso religioso. En efecto, la religión no cumple ninguna función en el momento del pacto. Las instituciones políticas son fundadas por los hombres y para los hombres. Entonces, el resultado del pacto es la creación de un ente estatal laico.

    Desajuste I: incapacidad legislativa del soberano

    Una vez que el pacto ha dado vida al cuerpo político, se vuelve necesario dotarlo de movimiento y voluntad a través de la legislación. Y aquí Rousseau se enfrenta con un problema: el pacto ha otorgado al pueblo la autoridad de crear las leyes a la que estará sometido.

    Pero los hombres no se encuentran facultados para crear leyes conformes a la voluntad general porque en los primeros tiempos de la vida de un Estado, no han alcanzado el grado de ilustración necesario para "ver" la voluntad general y legislar en base a ésta.

    Este punto se deriva de los supuestos antropológicos rousseaunianos. Según Rousseau, no existe una naturaleza humana inmutable sino que ésta varía a lo largo de las sucesivas etapas de la civilización (como se describe en el Discurso sobre la Desigualdad).

    A continuación, me guiaré por la interpretación de Fernández Santillán que supone que el contrato social se produce para salir de un estado civil corrupto (según Fernández Santillán, cuando en el Contrato Social Rousseau habla del "estado de naturaleza" se estaría refiriendo a un estado ya civil pero pre-político). De todas formas, a los efectos de esta investigación, es irrelevante qué término se utilice para designar al estado anterior al pacto. Lo importante es señalar que al haber sido educados en una sociedad corrupta, los hombres son corruptos y, por lo tanto, incapaces para orientarse por la voluntad general en la creación de leyes.

    Por lo tanto, nótese el desajuste que se produce en el argumento: se ha creado un Estado que necesita leyes. Pero el único con la autoridad para dictarlas (el pueblo) carece de la prudencia para formularlas. Ergo, si el pueblo se aboca a la tarea legislativa con tan escasa ilustración, el resultado será un Estado con malas leyes. Y, según Rousseau, un Estado con malas leyes está condenado a perecer.

    Pero justamente los individuos han pactado porque habían llegado a un punto en que los obstáculos para su conservación en su estado anterior amenazaban con superar sus fuerzas para mantenerse en dicho estado (Libro I, capítulo VI). Es decir, de no salir de ese estado, la especie humana se encaminaba a la extinción.

    Por lo tanto, llevando el razonamiento hasta sus últimas consecuencias, se sigue que, al no poder los hombres elaborar leyes de acuerdo a la voluntad general, el Estado es incapaz de perdurar y los individuos regresan a un estado en que no pueden subsistir. Ergo, la incapacidad de los hombres para crear leyes de acuerdo a la voluntad general conduce a la extinción del género humano.

    Solución al primer desajuste: el legislador "externo".

    Este razonamiento muestra claramente el grave problema que representa para la economía argumentativa rousseauniana el hecho de que los hombres carezcan de la ilustración necesaria para legislar. Según Rousseau, el pueblo sólo podrá adquirir prudencia si vive en un Estado con buenas leyes. Las buenas leyes modifican las costumbres hasta que en el futuro los hombres adquieran la prudencia necesaria.

    Sin embargo, el Estado no nace con leyes y el pueblo es incapaz de formularlas convenientemente. Ergo, siendo imprudente, no puede darse prudencia a sí mismo.

    Entonces, Rousseau plantea la necesidad de que un legislador sabio imponga buenas leyes que transformen gradualmente a los hombres hasta llegar al punto de que éstos puedan legislar en base al bien común. Entonces, puede comprenderse al legislador como una suerte de intermediario entre el hombre corrupto y el ciudadano virtuoso. Sin embargo, esta solución conduce a un segundo desajuste.

    Desajuste II: la falta de autoridad del legislador.

    Ahora bien, se ha visto que la introducción del legislador resulta fundamental para la formulación de buenas leyes. Sin embargo, esto deriva en una paradoja: aquél que cuenta con la autoridad para dictar las leyes (el pueblo) carece de la prudencia. Pero aquél que cuenta con la prudencia, carece de autoridad (el legislador).

    En efecto, el contrato otorga únicamente a la asamblea soberana la autoridad para formular leyes. Y, por otro lado, la soberanía es intransferible.

    Por lo tanto, aun si en un hipotético gesto de humildad el pueblo reconociera su propia ignorancia y estuviera dispuesto a someterse a las leyes del legislador, esto sería imposible porque implicaría una violación del pacto y el derrumbe del Estado.

    Pero si los ciudadanos no transfieren su facultad de legislar, ocurre el siguiente problema: cuando un legislador externo pretenda imponer una ley, ésta será ilegítima y los súbditos no estarán obligados a obedecerla. Y si las leyes no son obedecidas, el Estado se derrumba.

    Por lo tanto, aquí se observa que en el marco de la economía argumentativa de Rousseau resulta imposible otorgar la autoridad política que el legislador necesita para reformar al pueblo.

    Solución al segundo desajuste: introducción del discurso religioso.

    Se ha visto que el legislador carece (y debe carecer) de autoridad política para imponer las buenas leyes que el Estado necesita. Sin embargo, esta autoridad debe provenir de algún lado. Y Rousseau sostiene que su origen es el discurso religioso.

    En todos los tiempos, los padres de las naciones han alegado la autoría divina de las leyes para que el pueblo las aceptara. Moisés presenta a sus Tablas como escritas por Dios. Y como el pueblo le ha creído, las ha obedecido. Entonces, la nula autoridad "civil" del legislador resulta compensada por una autoridad de orden divino.

    De este modo, se ve que la solución propuesta por Rousseau para la paradoja radica en eludirla. No es posible otorgar prudencia al pueblo ni autoridad política al legislador. Entonces, la autoridad será religiosa.

    Desajuste III: conflicto de leyes producido por el discurso religioso.

    Ya ha sido demostrado que el discurso religioso es un elemento útil y positivo para la buena marcha del orden político rousseauniano. Sin embargo, ahora se verá en qué sentido lo que en un primer momento resulta necesario para resolver un desajuste, se convierte en una "navaja de doble filo" al entrar en conflicto las leyes fundadas en la autoridad divina con aquellas creadas por la verdadera autoridad: la asamblea soberana.

    Ahora bien, el problema se plantea de la manera siguiente: en los primeros tiempos de la vida de un Estado, los hombres se encuentran incapacitados para ver la voluntad general en sus deliberaciones y legislar en base a ella.

    Entonces, es necesaria la introducción del discurso religioso para otorgar autoridad al legislador e imponer buenas leyes.

    Y una vez introducido dicho fundamento, no es tan sencillo deshacerse de él. En efecto, una vez que se ha reconocido a Dios la autoría de las leyes, ¿cómo quitarle este privilegio para depositarlo exclusivamente en manos de la asamblea soberana (legítima poseedora de ese derecho en virtud del contrato)?

    Ahora bien, esta cuestión no sería tan acuciante si las leyes divinas coincidieran exactamente con las civiles. Y esto es lo que ocurre en los primeros tiempos porque el legislador sostenía que las leyes provenían de Dios. Es decir, en un Estado teocrático, ley civil y divina son una misma cosa.

    Pero si bien ha sido útil en los primeros tiempos, no puede esperarse que el legislador sabio siga dictando las leyes durante toda la vida del Estado (pues en ese caso, no se comprendería cuál ha sido la necesidad del contrato ni de la institución de una asamblea soberana). Justamente, el legislador ha sido necesario para reformar al pueblo, para otorgarle la prudencia necesaria para que éste dicte leyes tendientes al interés común.

    Gracias al gradual proceso de ilustración, los hombres han adquirido la prudencia para legislar en base al interés común.

    Sin embargo, esto no implica que las leyes fundadas en la religión sean inmediatamente abandonadas. En efecto, la religión sigue influyendo sobre los hombres aunque ahora de modo negativo al desviarlos del cumplimiento de las leyes del soberano. Y aquí se plantea un serio problema porque cuando los súbditos escogen obedecer las leyes religiosas por encima de las civiles, el Estado se dirige inexorablemente a la ruina.

    Por lo tanto, al haber admitido el discurso religioso como fundamento para las leyes en sus primeros tiempos, dicho en términos marxistas, el Estado ha sembrado el germen de su propia destrucción. Ergo, es necesaria una instancia superadora, esta vez expresado hegelianamente, es necesaria una conciliación entre el discurso político y el religioso, entre leyes civiles y divinas. Y el momento conciliador se produce con la propuesta de una "religión civil".

    Solución al desajuste III: la religión civil

    Se ha visto que para asegurar la supervivencia del Estado, es necesario que la religión no interfiera con el cumplimiento de las leyes civiles. ¿Y qué mejor forma de asegurar la no-interferencia entre ambas que haciéndolas coincidir?

    Esta es, desde mi punto de vista, la estrategia rousseauniana. Consciente de que difícilmente podría abolirse el sentimiento religioso del pueblo, Rousseau no se propone acometer esa tarea sino poner a la religión al servicio del Estado.

    Entonces, su propuesta consistirá en tolerar todas las religiones que presenten una serie de características útiles para el Estado. No interesan las creencias particulares de los individuos siempre y cuando éstos se comporten como buenos ciudadanos.

    Por lo tanto, Rousseau propone la creación de una religión civil que tenga por dogmas positivos el respeto por las leyes y el contrato.

    Por lo tanto, toda religión particular que pregone el cumplimiento de las leyes civiles será aceptada. Todos los adeptos a religiones que ubiquen a sus propias leyes por encima de las civiles serán desterrados del Estado. Nótese el término: "desterrados".

    ¿Qué queda entonces dentro del Estado? Religiones acordes con los dogmas civiles, es decir, que inducen a aceptar las leyes del soberano. Y aquí es donde se cierra el círculo: las leyes religiosas coinciden con las civiles al igual que en los primeros tiempos del Estado. Así se llega a la conciliación de la contradicción y se neutraliza el germen autodestructivo sembrado por el legislador.

    Es de notar que Rousseau ha invertido la relación entre leyes civiles y religiosas. En efecto, en los primeros tiempos del Estado, las leyes civiles se fundaban sobre la religión pues ésta le brindaba autoridad al legislador y en base a esta autoridad eran obedecidas.

    Sin embargo, desde el surgimiento de la religión civil, ocurre lo contrario. El fundamento de las leyes radica en la autoridad que el pacto brinda a la asamblea soberana.

    Es decir, la legitimidad de las leyes es exclusivamente política. La religión civil es un factor que induce a los súbditos a ser buenos ciudadanos, a ser libres obedeciendo las leyes que ellos mismos se han dado.

    Conclusión

    A modo de conclusión, podemos afirmar que ha sido probada la hipótesis planteada: el discurso religioso es inescindible de la teoría política rousseauniana.

    En primer lugar, se ha visto que el discurso religioso no interviene estrictamente en la formación de una comunidad política (el Estado se funda sobre unos cimientos laicos).

    Sin embargo, el Estado sí requiere del discurso religioso para funcionar en sus primeros tiempos, cuando el pueblo no se encuentra facultado para legislar.

    Es decir, sin la intervención del discurso religioso para fundamentar la autoridad del legislador, el Estado se derrumba y los individuos regresan al estado de naturaleza. En segundo lugar, se ha señalado que la apelación al discurso religioso genera un problema pues las leyes divinas pueden interferir con las civiles hasta el punto de ocasionar la ruina del cuerpo político. Y el remedio propuesto para este germen es típicamente rousseauniano: si el problema de la política es la religión, la solución es poner más religión. Y así surge la propuesta de la religión civil.

    Entonces, se observa que lo que en un primer momento era útil para legitimar leyes creadas por un legislador externo, luego sirve como un factor para convencer al pueblo a obedecer las leyes creadas por él mismo. Es decir, el discurso religioso acaba siendo central para que los ciudadanos sean libres.

    Bibliografía

    • Jean Jacques Rousseau, Discurso sobre el origen de la desigualdad
    • Jean Jacques Rousseau, El Contrato Social
    • José Fernández Santillán, Hobbes y Rousseau: entre la autocracia y la democracia
    • L. Althusser, Lectura de Rousseau, los desajustes del discurso en el Contrato Social

    Federico Ast

    Lic. en Economía y estudiante de Filosofía (Universidad de Buenos Aires)

    federicoast[arroba]yahoo.com.ar