Salvataje económico a la empresa metalúrgica Doe Run Perú SRL – Perú (página 2)
Enviado por Ing. Agust�n Mamani Mayta
La empresa Doe Run Perú S.R.L, como una empresa transnacional subsidiaria del grupo RENCO; el Accionista Principal o la Junta General de Accionistas debieron tomar las medidas correctivas oportunamente en el interior de su organización empresarial frente a la insolvencia económica que se avecinaba, desde el mes de setiembre del año pasado Doe Run Perú S.R.L tenía la calificación de "riesgo medio alto".
Como empresa conoce la marcha de su institución y sus proyecciones a corto, mediano y largo plazo, las comunicaciones internas son a tiempo real dentro de la organización (La Oroya-Cobriza-Lima-Missouri) en lo que respecta al aspecto operacional, laboral, comercialización, estado financiero, etc.
Así, cuando el CMLO generó utilidades, dichos resultados fueron transferidos a la casa matriz del Grupo RENCO. Dentro de esa crisis ficticia, es inconcebible que la casa Matriz no activó su Plan de contingencias, para salvaguardar la producción y compromisos de venta asumidas con anterioridad; sino, simplemente busca solución cómoda, recurriendo a un salvataje o la participación de INDECOPI para lograr otros beneficios para el Grupo RENCO. La estratagema de cerrar o paralizar las operaciones le está generando buenos dividendos en el Perú.
Fuente: J. Aste; Empresas trasnacionales, estado y desarrollo sostenible, caso Doe Run y Complejo metalúrgico, marzo 2002.
Empresarios peruanos en minería, proveedores de concentrados al complejo metalúrgico en mayor proporción: Volcan Compañía Minera SAA; Sociedad Minera El Brocal SAA, Compañía de Minas Buenaventura, Glencore, Cormin Callao SAC, para evitar que Doe Run Perú S.R.L. fuese declarado en insolvencia económica por INDECOPI, se comprometen a:
Avalar un crédito bancario revolvente de US$ 75 millones, cuya vigencia considera hasta que Doe Run Perú S.R.L. pueda cumplir con sus pagos o hasta por un plazo máximo de dos años;
Entregar un crédito por US$ 100 millones en recursos mineros, para que Doe Run Perú S.R.L. pueda empezar a operar.
Para ello, DRP deberá necesariamente capitalizar una deuda de US$ 156 millones que tiene con sus empresas afiliadas. La Junta General de Accionistas, deben aprobar la capitalización de las acreencias y ponerlas a disposición del estado peruano por si no cumple con el PAMA del CMLO. De solucionarse estos inconvenientes, el CMLO estaría reanudando sus operaciones fines del mes de abril de 2009.
Con fecha 27/03/2009, Doe Run Perú S.R.L y sus empresas matrices firmaron un Memorando de Entendimiento con el gobierno peruano, estipulándose que la matriz de Doe Run Perú S.R.L debe capitalizar las deudas pendientes con sus afiliadas como parte de la solución integral así como la conversión de deuda a capital, por otra parte existe un compromiso de parte del Estado Peruano, materializar sus esfuerzos con medidas concretas, proponiendo una "solución viable y satisfactoria" a la empresa para cumplir con sus obligaciones del PAMA (El comercio, 24/05/2009)
A fines del mes de marzo, los productores mineros involucrados en el apoyo a la empresa Doe Run Perú S.R.L, firman un acuerdo para reinicio de las operaciones del CMLO, dentro de estos acuerdos se consideraba la capitalización de sus deudas y entregar al Estado el 100% de sus acciones en garantía por el cumplimiento de su PAMA; en esas circunstancias, como paso siguiente las empresas mineras proseguían con el préstamo de US$ 100 millones y firma de las garantías ante entidades financieras por US$ 75 millones.
A la fecha, Doe Run Perú S.R.L. no cumple con dicho compromiso aduciendo que el Memorando de Entendimiento no está siendo asumida por el estado Peruano, como es la solución viable y satisfactoria, que comprendería como punto principal una nueva prorroga de parte del Gobierno para el cumplimiento del PAMA, que vence indefectiblemente en octubre próximo. Además, según la empresa queda por invertirse US$ 73 millones en la ejecución del PAMA en concordancia a la Resolución Ministerial Nº 257-2006-MEM/DGM; habiéndose ya invertido alrededor de US$ 307 millones, del cual no se tiene información oficial de parte del estado por intermedio de SUNAT y CONASEV al respecto.
La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), como entidad representativa del mundo minero, toma conocimiento (13/03/2009) de las dificultades financieras de la empresa Doe Run Perú S.R.L, respecto a la marcha operativa y cumplimiento del PAMA; lamentando que la empresa no se esta mostrando una firme vocación y decisión de solucionar el problema (nota de prensa, SNMPE, 19/05/2009) e incumpliendo el Código de Conducta de la institución, del cual forma parte la empresa minera metalúrgica
Según comentario del Sr. Luis Pablo Castillo, presidente de la Federación Minera y representante de los trabajadores de Doe Run Perú S.R.L., manifestó que la línea del circuito de zinc no está funcionando; mientras que los circuitos de plomo y de cobre se encuentran en una capacidad productiva de 30% y 35%, respectivamente, con adquisición limitada de concentrados al contado.
El Ministerio de Energía y Minas emite un comunicado en el que la empresa DRP deberá cumplir la prorroga de su PAMA de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 257-2006-MEM/DGM, igualmente la empresa DRP en un comunicado publicado en el diario El Comercio (05-04-2009) afirma que cumplirá el PAMA y normas ambiéntales dentro del marco de la ley.
De todas estas ocurrencias quedan varias lecciones:
El estado peruano al promover una licitación pública internacional, debe fiscalizar y evaluar correctamente quien o quienes son los nuevos empresarios que ingresaran al mercado peruano, para evitar este tipo de inconvenientes.
El estado peruano dispone de instrumentos legales y de gestión pertinentes; pero en el aspecto de fiscalización todavía es débil, se requiere mayor presencia y acciones coercitivas eficientes para hacer prevalecer la valía del estado, sin ir a extremos.
La participación de las comunidades campesinas, sociedad civil organizada, gobierno local y regional debe ser fundamental para evitar conflictos, frente al inicio de una actividad minero metalúrgico en la zona geográfica, durante el desarrollo del ciclo de vida del proyecto minero.
Mejoras normativas de estrategias para que un trabajador de una empresa minera, aparte de defender su fuente de trabajo, como es normal; no interfiera ni obstaculice las acciones de participación ciudadana (fiscalizaciones, monitoreos, etc.) y del estado peruano.
El estado, La población y los gobiernos local y regional, están en la imperiosa necesidad de velar por la salud y mejor calidad de vida de los pobladores de la localidad y la región; exigir que la empresa Doe Run Perú S.R.L., cumpla sus compromisos contraídos conforme a la Resolución Ministerial Nº 257-2006-MEM/DGM y cumplimiento de las normas vigentes para el caso ante la población oroina y regional, que vence el mes de octubre de 2009 y que una nueva prorroga de las varias en que el estado les concedió, solo traerá problemas sociales y ambientales a la región central del Perú, como la de seguir soportando las emisiones de la mega fuente (complejo metalúrgico) al ambiente de Dióxido de azufre y material particulado con contenido de metales pesados por encima de los limites máximos permisibles, afectando a la región central en su biodiversidad y la salud humana, activos inconmensurables que merecen respeto y consideración.
Por el bienestar de la población y de los 3 500 trabajadores, dependientes directos de la empresa a atenuar su preocupación. La empresa debe definir su posición con transparencia frente a sus compromisos contraídos y cumplimiento de las normas ambientales en vigencia.
Autor:
Ing. Agustín Mamani Mayta
Mayo 2009
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