Biografía
Julián Viso nació en Valencia, Edo. Carabobo (Venezuela) en el año de 1822, realizó los estudios primarios y secundarios en su ciudad natal; con posterioridad se trasladó a Caracas, donde se graduó de doctor en derecho civil, el 15 de julio de 1851, en la Universidad Central de Venezuela. Ya graduado, procedió a elaborar unos comentarios al Código de Enjuiciamiento Judicial, conocido como Código Arándino, en colaboración con Pedro Pablo del Castillo; concluyó su Código de procedimiento y lo publicó en Valencia en 1851.
A partir de 1853, se abocó a la redacción de los proyectos de los Códigos Civil y Penal y sus respectivos procedimientos, con tal fin el Congreso Nacional dispuso asignarle 200 pesos mensuales. El 20 de enero de 1854, Viso presentó su proyecto de Código Civil, lo cual constituyó un notable esfuerzo por organizar las leyes del país en un conjunto sistemático. Tomó de modelo fundamental para su trabajo el Código francés, tal como lo menciona en la Exposición al presidente de la República, del mismo modo, dice haber tomado como base la legislación de Justiniano, la legislación española, los códigos civiles de Dos Sicilias, de Cerdeña, De Holanda y de Luisiana, las leyes hipotecarias de Grecia y Génova, la jurisprudencia establecida por varios decretos de la Corte de Casación de Francia y del Tribunal Supremo de Venezuela y la doctrina de algunos de los grandes tratadistas como Pothier, Merlin, Favard de Lenglade.
Este primer Código Civil quedó como simple proyecto, pues no fue discutido por el Congreso. Tal circunstancia no lo desanimó; continuo trabajando en cuestiones legislativas y en 1861 el gobierno del general José Antonio Páez lo comisionó junto a Elías Acosta, para preparar unos nuevos proyectos de códigos Civil y Penal. El texto del Código Civil, revisado por una comisión integrada por Francisco Conde, Pedro Nuñez de Cáceres y Juan Martínez, fue promulgado en octubre de 1862.
Hay que destacar que siendo Viso Oficial Mayor de Interior y de Justicia, fue nombrado Canciller el día 20 de enero de 1855, debido a la renuncia de Simón Planas, en este cargo duró sólo seis días.
Viso presentó también un proyecto de código Penal, basado en el correspondiente español y uno de Procedimiento Criminal; ambos fueron sancionados en abril de 1863. En 1867, formó parte de la comisión designada por el Congreso para elaborar un nuevo Código Civil, el cual fue aprobado el mismo año. Participó en las polémicas de la época sobre la organización constitucional de la República; con tal propósito elaboró un proyecto de Constitución que publicó en mayo de 1858 en el Foro (publicación especializada en Derecho, dirigida por el Licenciado Luis Sanojo) este proyecto de Constitución proponía el sufragio universal, la supresión de la fuerza militar permanente, la limitación de la pena de muerte sólo para determinados delitos, la abolición del apremio corporal en materia civil y mercantil y ña libertad religiosa, además de "… una República Nacional compuesta de varios Departamentos, a la vez independientes y subordinados al Gobierno General creado por ellos…", en oposición a la confederación de provincias "… de poderes iguales e independientes absolutamente…", que tanto se debatió en aquellos años.
Viso fue nombrado en 1872, ministro plenipotenciario de Venezuela para negociar la controversia limítrofe con Colombia (Estados Unidos de Colombia, según la Constitución de Río Negro de 1863); las negociaciones no tuvieron resultado, pero esta gestión le permitió estudiar, compilar y organizar numerosos documentos históricos que respaldaban la posición venezolana; dicha documentación la completó en un viaje que realizó a España con tal fin.
Durante años ejerció labor docente y fue Rector del Colegio Federal de Primera Categoría (el cual se ría convertido posteriormente en la Universidad de Carabobo) desde 1877 hasta 1879. El 1 de diciembre de 1879, el general Antonio Guzmán Blanco lo nombró ministro de Relaciones Exteriores, cargo que desempeñó durante 7 meses. Renunció al mismo luego de un incidente con Guzmán Blanco. Tengo que informar que para revisar la gestión de este periodo, fue imposible conseguir mayor información, debido a que para este periodo no se publicó (según información de la empleados de la Biblioteca de la Cancillería) la memoria y cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Nuevamente estuvo al frente de Relaciones Exteriores desde el 15 de junio hasta el 14 de septiembre de 1886 y posteriormente a cargo del Ministerio de Instrucción Pública en 1890.
Durante esta gestión, tuvo también poca actividad, sólo se encontraron unas pocas comunicaciones escritas por él, la primera referente a la aplicación del Derecho Internacional Público (06/07/1886) en donde explicita los derechos de los Agentes Diplomáticos (art. 175 de la Ley XVI del Código de Hacienda). En cuanto al Derecho Internacional Privado, hubo varias comunicaciones.
Otra comunicación (13/07/1886) fue referente a la sanidad de los barcos que se dirigen a Venezuela. El resto de las comunicaciones (31/07/1886, 3/08/1886,12/08/1886) estaban dirigidas a los Agentes Diplomáticos para que acatarán el régimen de aduanas, Viso buscaba sobre todo preservar las normas de Derecho Internacional, tanto público como privado. Sumado a esto, hubo una comunicación
Julián Viso Figura entre los miembros fundadores de la Academia Nacional de la Historia en 1888. Además de trabajos de carácter jurídico, se dedicó a asuntos económicos-fiscales, como la sustitución del sistema rentístico de aranceles por el establecimiento de depósitos en puertos libres y el régimen hipotecario. Muere en Caracas el 20 de julio del año 1900.
Durante sus periodos como Canciller, se firman los siguientes acuerdos o tratados internacionales:
- Acta de la Tercera Conferencia de la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el 21 de abril de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier López de Araujo y otros.
- Acta de la Cuarta Conferencia de la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el 21 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier López de Araujo y otros.
- Acta de la Quinta Conferencia de la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el 24 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier López de Araujo y otros.
- Acta de la Sexta Conferencia de la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el 29 de mayo de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier López de Araujo y otros.
- Acta de la Séptima Conferencia de la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el 01 de junio de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier López de Araujo y otros.
- Acta de Erección de un Monumento en Maroa por la Comisión Mixta de Límites Venezuela-Brasil. Firmado en Maroa el 10 de junio de 1880 por Miguel Tejera, Francisco Xavier López de Araujo y otros.
Bibliografía
CHUMACEIRO, F. Bello y Viso codificadores: estudio comparado del Código Civil de Bello y el propio Julián Viso. Caracas: s.n., 1981.
GUZMAN, P. Proyecto de Código Civil, Julián Viso. San Juan de los Morros: Imprenta de la Caja de Trabajadores Penitenciarios, 1955.
MIJARES, A. Don Julián Viso, 1822-1900. Caracas: Ministerio de Educación, 1974.
VISO, J. Alegato de Venezuela en su controversia sobre límites con Colombia. Madrid: Sucesores de Rivadeneyra, 1883.
—-. —- Código de procedimiento, con notas sobre el derecho español y doctrina de los pragmáticos. Valencia: Imprenta de N. Carrasquero, 1851.
—-. —- Mapas para servir al estudio de la frontera entre Venezuela y Colombia. Madrid: Sucesores de Rivadeneyra, 1884.
—-. —- Proyecto de Código Civil. San Juan de los Morros: Imprenta de la Caja de Trabajadores Penitenciarios, 1955.
—-. —- Refutación del folleto del señor doctor Arosemena sobre límites entre Colombia y Venezuela. Madrid: Sucesores de Rivadeneyra, 1883.
—-. —- y SANOJO, L. Estudios escogidos de Luis Sanojo y Julián Viso. Caracas: Ministerio de Justicia, 1959.
Autor:
Oswaldo Ramírez Colina