El profesor italiano Paolo Pittaro (1978), siguiendo tambien esta tónica considera que el estudio de la Victimología es de carácter multidimensional, teniendo un contenido amplio, tanto del contexto de la antropología cultural, de la sociología, de lo religioso-espiritual, psicológico y jurídico.
Rodrigo Ramírez dice que la Victimología es considerada desde cierto punto de vista, como disciplina autónoma, incluyendo en su estudio a las victimas como personas naturales y también jurídicas.
Brunon Holyst, hace una distinción entre Victimología general y Victimología penal.
1.2.1. Victimología General
La Victimología es una disciplina autónoma, que no puede estar restringida a ser un capitulo de la criminología, porque abarca aspectos jurídicos y sociales que rebasan el ámbito del delito y el criminológico.
B. Mendelson (1963), quien señala que el estudio de la victima y el delincuente debe orientarse a formar parte de una nueva ciencia denominada Victimología, separada y paralela al estudio criminológico. Además manifiesta que la Victimología no se limita al estudio del delito de la victima, sino a toda categoría de victimas.
Como conclusión deducimos de esta sumaria revisión, que la perspectiva del estudio victimológico rebasa el aborde criminológico, interesando también al derecho penal y a otras disciplinas que se preocupan por la asistencia de la victima que requiere ayuda, por lo que se justificaría su autonomía. Es imposible desconocer que el hecho de ser victima, sea como consecuencia de un evento criminal o de una acción no delictiva, genera problemas psicológicos, sociales, económico, de salud, entre otros, que debe afrontar la persona agraviada, y que trasciende el ámbito criminológico, penal y penitenciario.
1.2.2. Victimología penal
Es prácticamente la temática que abordan criminólogos y penalistas preocupados en el problema victimológico.
Desde este punto de vista, el objetivo de la victimología es desarrollar, a través del estudio en profundidad de la victima, un conjunto de reglas generales y de principios comunes que contribuyan al progreso y evolución de las ciencias criminológicas y jurídicas, facilitando la comprensión del fenómeno criminal, de la dinámica criminógena y de la personalidad del delincuente.
La Victimología penal abarca los siguientes caracteres:
El estudio del papel desempeñado por las victimas en el desencadenamiento del hecho criminal.
La indagación de los temores profundamente sentidos en determinados grupos sociales a la victimización
La problemática de la asistencia jurídica, moral y terapéutica a las victimas
El examen de la criminalidad real, a través de los informes facilitados por las victimas de delitos no perseguidos
La importancia de la victima dentro de los mecanismos de reacción de la justicia punitiva y de determinación de las penas.
Víctima, Victimología y Criminología
La relación que existe entre victima-autor, en la eclosión del evento delictivo, es importante para la criminología. De igual manera las vinculaciones de la victima con el sistema penal, sea como denunciante o parte civil.
Desde la perspectiva criminológica, son importantes algunas formas de relación entre victima y victimario, que tienen especial incidencia en el fenómeno delictivo. En estos casos desde el punto de vista victimológico, nos interesa el grado en que la potencial victima favorece o incentiva el desencadenamiento del acto criminal.
2.1. Tipos de Víctima
Hans Von Hentig (1948), describió trece tipos de víctimas en su obra "The Criminal and his Victim", constituyendo una tipología muy amplia, en la que se aprecian factores psicológicos, sociales y biológicos.
Benigno Di Tulio decía que:" el comportamiento de la víctima puede tener particular importancia en las relaciones de la criminogénesis, por cuanto de ello pueden partir estímulos capaces de reforzar y desencadenar el impulso y las fuerzas crimino impelentes".
Existen las siguientes clasificaciones:
a.) Clasificación según B. Mendelsohn:
a.1.)Victima completamente inocente o ideal.- es aquella que nada ha hecho o nada ha aportado para desencadenar el crimen.
a.2.)Victima de culpabilidad menor o por ignorancia.- el delito ocurre por un acto poco reflexivo de la victima que no prevé el riesgo.
a.3.)Victima voluntaria.- el autor distingue las siguientes modalidades
*Los que cometen suicidio hechandose a la suerte.
*El suicidio por adhesión
*Caso de eutanasia, la victima implora que se le ayude a morir.
*La pareja criminal
a.4.)Víctima más culpable que el infractor.- distingue dos variantes
*V. Provocadora.- aquella que por su conducta incita al autor a cometer el hecho criminal.
*V. Por imprudencia.- se determina el hecho por falta de cuidado de la victima. Por ejemplo: dejar un automóvil mal cerrado.
a.5.)Victima culpable.- considera 3 variedades
*Victima-Infractor, como en el caso de legítima defensa
*Victima simulante, que denuncia y logra imputar un hecho criminal con el objeto de que la justicia cometa un error.
*Victima imaginaria, no existe infracción, pero se denuncia por hecho imaginario.
b.) Clasificación de Fattah
b.1.) Victima provocadora: 2 subgrupos
*Tipo pasivo.- victima por negligencia o imprudencia favorecedora del crimen, incitando indirectamente al delincuente.
*Tipo activo.- en este caso la victima desempeña un rol más relevante. Tiene 2 variantes:
– victima consciente: incita a la acción como agente provocador
– victima no consciente: no incita al acto pero la provoca por sus acciones conscientes o incoscientes
b.2.) Victima participante.- se presenta en la fase de ejecución del hecho
c.) Clasificación de Shafer:
Victima sin relación con el criminal.- las que no tienen ningún nexo con el victimario
Victimas provocativas o provocadoras.- el acto delictivo se realiza como efecto de la incitación que origina la potencial victima sobre el futuro ofensor haciendo algo en su contra
Victimas precipitadas.- son victimas potenciales que sin efectuar nada en contra del futuro criminal, lo incitan o inducen con su particular forma de conducta.
Victimas biológicamente débiles.- aquellas cuya constitución, o situación física o estado mental induce en el potencial victimario la idea del acto criminal.
Victimas socialmente débiles.- aquellas no bien vistas por la sociedad
Victimas auto-victimas.- se victimizan así mismas.
Victimas políticas.- victimas resultantes a causa de sus ideas políticas.
2.2. Víctimas de interés criminológico
a.) Victima provocadora
Se dividen en:
a.1. victima provocadora por acto delictivo contra el potencial agresor.- se produce una reacción de venganza en el futuro agresor al ser agraviado por un hecho criminal de la victima potencial.
a.2. victima provocadora por acto amenazante contra el futuro agresor.- el caso mas notorio se da en la agresión ilegitima que origina una legítima defensa.
a.3 victima provocadora por situación pasional.- los casos más típicos serian la infidelidad en las relaciones afectivas
a.4. victima provocadora por trato humillante, vejatorio o agresivo contra el potencial agresor.- incluye gran cantidad de situaciones provocadoras, debidas a la forma de trato previo de la futura victima que propicia una reacción delictiva en su contra.
b.) Victima precipitadota o propiciadora
Se refiere a la victima que incita o propicia indirectamente con su forma de comportamiento, sin desearlo, la realización del acto criminal. Según el criterio de Shafer se trata de personas que sin hacer nada en contra del potencial delincuente, lo instigan, atraen o inducen con su modo de ser o su conducta particular para la ejecución de un acto delictivo en su contra.
Pueden ser:
b.1. victima propiciadora por imprudencia o negligencia.- el comportamiento negligente, descuidado o imprudente de ciertas personas, es una condición que puede favorecer o facilitar un hecho delictivo en su agravio.
En los delitos de tráfico automotor que origina lesiones muerte de un volumen importante de personas, la conducta de la victima juega un papel notorio. Sobre todo por la imprudencia al cruzar las calles muy transitadas por vehículos automores.
De igual manera el deambular en estado de ebriedad o drogados, sobre todo en altas horas de la noche, propicia el ser objeto de atracos o de atentados sexuales, etc.
b.2. victima facilitadota por insinuación aparente.- en determinados casos la forma de comportamiento que se aprecia como insinuante o estimulante de ciertas conductas puede motivar el acto delictivo.
Por ejemplo en los delitos sexuales, la insinuación real o aparente de algunas jóvenes puede desencadenar actos de violencia sexual en su agravio; así mismo las mujeres que caminan solas por lugares no muy seguros o asilados, vistiendo atuendos escasos o que muestran determinadas partes de su anatomía, pueden exacerbar el impulso sexual de un agresor potencial.
b.3. victimas facilitadota por actitud personal especial.- debido a sus particularidades personales, probablemente se hallan más propensas a ser víctimas.
c.) Victima simulada
Es aquella que exagera ciertos hechos, atribuyéndole carácter delictuoso o bien imagina ser victima de hechos inexistentes.
Tenemos:
c.1. victima simulada parcial.- son casos de supuestas victimas que debido a ciertos actos no delictivos las califica como delictivas, considerándose victima de tales hechos
c.2. victima simulada absoluta.- se trata de supuestas victimas, que sin que exista nada en su agravio imaginan haber sido objeto de un acto criminal.
Dennos Chapman, nos dice que: "la victima es algunas veces la causa de la infracción, y en todos los casos, el delito no puede ser bien comprendido sin tomarla en cuenta".
2.3. Victima entre victima y victimario.- también se debe tener en cuenta que una variable importante en el estudio victima-autor, es el hecho de que ambos se conocieran o no en la etapa previa al evento criminal. En muchos casos existe alguna forma de contacto interpersonal de diversa temporalidad y característica, antes del delito, entre el agente y agraviado.
De diversos estudios se desprende, que en múltiples casos de homicidio, amenaza, delitos sexuales, chantaje, etc., hay algún grado de relación o contacto anterior de la victima con el autor del acto criminal. Es precisamente, debido a las características de este tipo de interrelación pre-criminal, que se dan circunstancias muy variadas en la que a veces el agraviado actúa provocando, o en todo caso precipitando el evento delictivo. En otras situaciones no existe conocimiento entre ellos o la relación es sol circunstancial, como en muchos delitos de hurto y robo, entre otros, pero que debido al elemento precipitador de la victima, el agente llega a iniciar o consumar el acto criminal.
En estos casos juega también un papel importante el tipo de percepción social que el posible criminal tiene de la potencial victima.
En algunos datos de la victimologia relativa a los delitos de homicidio y lesiones, el grado de relación entre victima y autor es de una incidencia significativa en un número importante de estos hechos. Marvin Wolfgang, en su investigación sobre los homicidios, encontró que de 588 de estos delitos estudiados en Filadelfia (U.S.A.), hubo un 26% que fueron precipitados por la victima (1959). Según Ellis y Gullo cierto tipo de homicidios es consecuencia de circunstancias frustantes mas el contacto repetido del homicidio con personas a las que considera muy frustantes.
En la victimologia de los delitos sexuales el grado de conocimiento previo entre agresor y victima tambien tiene especial incidencia. Asimismo se considera que en los hechos no necesariamente se aprecian condiciones físicas especiales en las agraviadas de estos delitos. Quizá la actitud o el comportamiento que denote una señal erotizante sexual sea lo más importante, lo que va a incidir precisamente en la percepción social del agente sobre la victima.
Desde otro punto de vista, la victimologia contemporánea no solo centra su atención en las victimas individuales o personas naturales, sino tambien en las colectivas y personas jurídicas o instituciones diversas (estatales, privadas, internacionales). En estos casos el tipo de relación autor-victima resulta más difícil de precisar; asimismo en estas victimas colectivas llamada indiscriminada en la clasificación de G. Gulotta. Algunas de las acciones criminales que las atacan son los delitos de cuello blanco, que inciden en la colectividad general y las instituciones estatales, como el contrabando, fraudes, delitos ecológicos, la falsa publicidad de productos farmacéuticos y alimenticios.
López Rey plantea la tesis de que las victimas son más numerosas en la criminalidad no convencional que la delincuencia común. Sobre todo en los delitos económicos y de abuso de poder político. Al respecto afirma que la victimización es extensa en los grandes fraudes fiscales y evasiones de capital a menudo perpetrados por personas pertenecientes a grupos sociales dirigentes que suelen presumir de patriotismo o de firme adhesión a la ley y el orden.
Victimologia y Sistema Penal.
En el tema de la victima no escapa al interés del Derecho Penal, cuando en la caracterización de determinados delitos, así como la graduación de la pena, se deben tambien delinear ciertas condiciones del agraviado, sea en función de su actuación antes o durante del acto delictivo, asi como del sexo, edad, parentesco u otra índole.
victima como denunciante.- la victima en su papel de denunciante, lo que va a originar la investigación policial y subsecuentemente, la participación de la maquinaria judicial para procesar al supuesto delincuente y aplicarle una sanción penal si se prueba su autoría.
Kaiser señala que según algunos estudios, en función de edades, si bien las personas jóvenes están mas representadas entre victimas, son menos propensos a denunciar que los mayores. Sin embargo, el problema mas significativo es que del alto volumen de eventos criminales que producen victimas, solo un porcentaje que oscilaría entre un 33 a 49 por ciento de ellos serían objetote denuncia ante la instancia policial, según encuestas efectuadas en Estados Unidos entre 1967 y 1979. Esto significa que mas de la mitad de los delitos ocurridos no llegan a ser denunciados.
En estados Unidos, del total de delitos denunciados, que ya es bajo, solo un 20% de los mismos terminó con el arresto del denunciado. Esto significa que el 80% de denuncias no pasaron del mero registro policial
Del 20% de los que fueron habidos por la policía, solo un 42% fue a juicio. Estos hechos desalentadores para la victima nos muestran fríamente que menos del 5% de los delitos probablemente cometidos llegarían a juicio, en el mejor de los casos, esto es considerado la mitad de los eventos criminales como denunciados.
Delitos cometidos | Delitos denunciados | Arrestados por la policía | Llegan a juicio |
100 casos | 50 casos | 20% de 50 denunciados = 10 casos | 42% de 10 arrestados= menos de 5 casos |
2.4.2 La victima en el proceso penal
a.) La victima como parte del proceso penal
No obstante que la legislación procesal penal considera a la victima como parte del proceso, teniendo derecho además a una reparación civil que se debe señalar en la sentencia, sin embargo la victima no tiene ningún papel protagónico en el proceso, por ello ya los abolicionistas, entre otros estudiosos, han venido señalando que en el proceso penal moderno, prácticamente la victima ha sido expropiada de su conflicto, quedando relegado que se halla centrado en el delincuente y el Estado.
Manuel López Rey dice que: "la victima de la criminalidad y no el delincuente, requiere primaria atención por parte de la policía criminal y de los sistemas penales"
El desarrollo del Derecho procesal penal se ha centrado en afirmar una serie de garantías y protecciones al imputado, sin embargo la victima, como señala Jaume Solé Riera, recibe de facto la peor parte del proceso penal
Garcia Pablos de Molina nos dice que la victima del delito a padecido un secular abandono, tanto en el ámbito del derecho penal como en la política criminal, la política social y la propia criminología.
Autor:
Juan Cornejo Calva
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