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Dictaduras y estado social de derecho (Colombia)


  1. Bibliografía

¿Colombia es un Estado Social de Derecho. Ello implica que el Estado debe garantizar el libre desarrollo del ser humano, y que a este se le respeten sus derechos sociales que claramente van más allá de la mera enunciación de unos derechos civiles. De acuerdo con lo anterior ¿Se ha consolidado realmente un Estado Social de Derecho en Colombia a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991?

Antes de responder a la pregunta en mención; considero que es importante que se aborde el concepto teórico y práctico de aquello que se denomina Estado social de derecho.

A mi parecer: el Estado Social de Derecho es un conjunto de normas que regulan las actividades del Gobierno Nacional. Con la finalidad de que este último garantice el respeto por los derechos humanos, el cumplimiento de las leyes, la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos.

Sin embargo, para poder definir el Estado Social de derecho; usare tres enfoques teóricos que lo definan o lo aclaren de forma mucho más específica.

1 "El primero, apunta a la noción del Estado social de Derecho, este fue acuñado en 1929 por H. Héller, el cual se caracterizó por dar respuestas a las exigencias históricas del modelo de sociedad europea del primer tercio del siglo XX, dado que pretendía superar las contradicciones e insuficiencias del Estado liberal de Derecho a través del cambio de actitud de un Estado abstencionista a un Estado intervencionista, por ende el término coadyuvó a promover a los eruditos que repensaran acerca del valor que tenía darle garantía de los derechos económicos, sociales y culturales"

La explicación del primer enfoque es la siguiente: La garantía de los derechos culturales y sociales, fue una excusa bastante arbitraria o estratégica, ya que se usó a favor de los fundamentos del liberalismo económico. Puesto que algunos principios del Estado Social de Derecho tenían como propuesta la lucha por la libertad de los pensamientos y opiniones del pueblo para poder garantizar la libre expresión, la diversidad cultural y la democracia. Sin embargo quien alcanzo las mayores garantías fue el mercado económico, pues este último hiso del mundo y de las entidades públicas, empresas privadas que carecen de respeto por los Derechos Humanos y la responsabilidad social.

1 "El segundo, es el referido al Estado de Bienestar, se define a partir de la existencia de un Estado de bienestar o Estado providencia cuando el Estado asegura la protección social, entendida ésta como aquellos derechos que se le establecen a los pobladores tales como la salud, la vivienda, la educación, los servicios sociales, las pensiones de jubilación o la protección del empleo, protección del salario entre otros". (Luz María Martínez de Correa, 2011)

La explicación del segundo enfoque es la siguiente: El estado de bienestar en Colombia es una propuesta teórica y bastante falsa. Quien se halle en contra de este argumento, se encuentra a favor de la ley 100 de 1993. Norma jurídica que dejo en manos de las empresas privadas o EPS, la salud de los ciudadanos colombianos, además de quebrar las entidades públicas que prestaban dicho servicio. También será un ciudadano que se encarga de hacer legítimo un poder arbitrario y desigual, ya que los banqueros, empresarios y políticos que operan en Colombia; hicieron de la educación un negocio lucrativo. Y si esto parece falso debería estudiarse la cantidad de créditos que aprueba el ICETEX, durante un año. Ya que el negocio es bastante beneficioso para esta entidad y las universidades privadas o empresas educativas.

  • 1 "El tercero se refiere Estado liberal – democrático. Si nos remontamos a la historia, los liberales le ensamblaron también el concepto de Estado democrático, pero eso no implica necesariamente, por sí mismo, la condición de un Estado de Derecho. El Estado liberal es el que surge como resultado de la Revolución Liberal en sustitución de la Monarquía absoluta propia del Antiguo Régimen. Podríamos introducir un bosquejo de la noción Estado Liberal democrático, por ejemplo garantizando la existencia de un mercado libre sin restricciones y un ejercicio ilimitado de la propiedad privada. Por eso es tan importante que sus primeras medidas sean la desamortización, la desvinculación o la supresión de los gremios (que incluye la prohibición de los sindicatos obreros)". (Luz María Martínez de Correa, 2011)

La explicación del tercer enfoque es la siguiente: desde la constitución política de Colombia de 1991, se ha asesinado a miles de docentes, sindicalistas, periodistas etc. Negar esta realidad social, es porque se está a favor de estos hechos o simplemente porque se idolatra las acciones clandestinas del Estado contra los libres pensadores o aquellos que hablan la verdad y no aceptan las mentiras sociales de los medios masivos de comunicación.

  • 2 "El movimiento sindical en Colombia a nivel de docencia y salud ha sido altamente afectado por la violencia particularmente entre los años 1986 a 2009. Durante este período más de 2.800 sindicalistas fueron asesinados, y pese a que la violencia hacia este sector ha presentado notables disminuciones, el ejercicio sindical sigue siendo estigmatizado y este tipo de organizaciones victimizadas. Recientemente, en el año 2010, fueron asesinados 53 sindicalistas, es decir, Colombia concentra más del 50% del total de casos a nivel mundial".

Como se ha demostrado en la teoría del Estado Social de Derecho, en Colombia mediante la constitución política de 1991, no se ha consolidado el modelo que se ha sido propuesta en la normas de normas. Sin embargo en Colombia se cree de forma equivocada, que si existe un Estado Social de Derecho. Porque actualmente se puede manifestar libremente el pensamiento y las opiniones como lo establece el artículo 20 de la constitución, la diversidad étnica, como en el caso del artículo 7 etc. Además de poderse formar grupo políticos de oposición. Pero la realidad histórica de Colombia demuestra que esta clase de acontecimientos son acciones distractoras, a fin de que el pueblo no reclame mejores garantías laborales, de salud y educación.

  • 2 Artículo 7. "El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

Artículo 20. "Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.

Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica".

Las personas nacen libres, porque así lo determina la naturaleza o la ley, pero no iguales ante la ley. Ejemplo: si a un ciudadano decente, trabajador y honrado. Alguien lo amenaza de muerte, la fiscalía difícilmente hace algo, pero si eso le sucede al hijo de un presidente; los batallones serán su escudo protector. Por ello expreso que no se ha consolidado un Estado Social de derecho.

Bibliografía

  • 1 Luz María Martínez de Correa, 2011. Página 122) Titulo: Tres enfoques y una aproximación al estado de derecho: estado social de derecho, estado de bienestar y estado liberal democrático. Editorial: Universidad del Zulia. Venezuela.

  • 2 Ángela L Olaya C y Sandra Teherán 1, Hernán Pedraza Saravia 2, 2012. Página

    1) Titulo: La violencia contra los movimientos sindicales vista desde el sector educación y salud. Editorial: Friedrich Ebert Stiftung en Colombia – Fescol.

  • 3 Presidencia de la Republica – Constitución política de 1991. Artículos 7, 13,20.

 

ASESOR INTELECTUAL: JOSE ORLANDO MELO NARANJO – CATEDRATICO VENEZOLANO UNIVERSIDAD NACIONALISTA BOLIVARIANA DE VENEZUELA – 2013

FRACASO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO

 

 

 

Autor:

Jose Orlando Melo Naranjo.