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La persona jurídica y los contratos por adhesión


Partes: 1, 2

  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Generalidades
  4. El contrato por adhesión y la persona jurídica. El papel del asesor jurídico de la ONBC
  5. Conclusiones
  6. Recomendaciones
  7. Bibliografía

Resumen

Los contratos y las personas jurídicas, nos han acompañado desde tiempos antiguos, aunque no con la complicación de hoy. Se han desplegado y reformado hasta el punto de que diversos autores razonan que se han viciado de su oriunda naturaleza. Las exigencias del mercado, de la automatización, la racionalización de la economía, la tecnificación, han influido definitivamente en la agudización y perfeccionamiento de la contratación, en su modalidad por adhesión, influyendo en la violación de los Derechos de los Consumidores o Usuarios.

Son las personas jurídicas, las que han impulsado el desarrollo y perfeccionamiento de los contratos por adhesión, obviando los pilares fundamentales del Derecho Civil y de la Teoría General del Contrato, violando la autonomía de la voluntad, generadora de obligaciones contractuales, y por tanto al perderse la noción sobre su necesidad, se desvirtúa la noción real de contrato.

Es tarea de los juristas, principalmente de los miembros de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos que prestan servicios a las personas jurídicas, quienes ya la práctica los cataloga como profesionales de acabado rigor científico y excelente preparación, los llamados a poner en práctica y respetar los conocimientos que durante años han sobrevivido a la realidad social y económica en la historia de la humanidad, debiendo armonizar la ciencia en Derecho con la práctica empresarial.

Introducción

La historia de la humanidad ha estado dotada de un gran desarrollo científico, en el sentido lato de la palabra. Ello ha condicionado la naturaleza de las diferentes instituciones no solo del acontecer diario, sino también de aquellas que forman parte de la superestructura de la sociedad, como el derecho. El hecho de que Grecia nos dio la estatua y Roma la obligación, consiente en el hecho de su apreciación, pone al desnudo la gran trascendencia que desde entonces tienen las instituciones jurídicas, y su influencia en la vida social, económica, cultural, y filosófica del momento.

Los contratos y las personas jurídicas, nos han acompañado desde tiempos inmemorables, aunque no con la complejidad de hoy. Se han desarrollado y modificado hasta el punto de que varios autores consideran que se han desvirtuado de su originaria naturaleza. Las personas jurídicas, convirtiéndose en mega instituciones del derecho y la vida, creándose para los más impensables fines; los contratos, desdoblándose tanto hacia el facilismo, que han perdido hoy sin duda su esencia consensual binaria.

Es por la trascendencia que tienen estas dos instituciones del derecho, que hemos decidido estudiarla brevemente, titulando entonces nuestro trabajo "La Persona Jurídica y los Contratos por Adhesión. El papel del Asesor Jurídico de la ONBC", pues si bien es notable la complejidad de ambas instituciones, también lo es el trabajo del Asesor Jurídico, quien tiene en sus manos el vital trabajo de implementar sus conocimientos contractuales en la institución que labore, o a la que le preste sus servicios, no debiendo estar en contra de lo que esencialmente es o debería ser en la ciencia del derecho, un hecho.

CAPÍTULO I:

Generalidades

1.1: LA PERSONA JURÍDICA. BREVES APUNTES SOBRE SU EVOLUCIÓN

Y NATURALEZA

Tanto la doctrina como la jurisprudencia están contestes en que la persona jurídica tuvo su génesis en aquellos grupos de hombres, acreditados como los carabineros, quienes aunaban sus fuerzas e intereses para lograr un objetivo dado, puesto que sus esfuerzos e iniciativas particulares y aisladas, no eran suficientes para lograr sus proyectos. Fue en Francia, a partir de 1789, donde se hicieron eco y se materializaron las ideas de la Revolución Francesa en el orden socioeconómico y político, que repercutió en el ordenamiento jurídico existente en aquella época.

El sistema empresarial trabajaba sobre los principios de libertad y de comercio, dando paso hacia el siglo XVIII a la llamada Revolución Industrial, la que le dio una nueva connotación a la persona jurídica, ubicándola en el centro de las relaciones de producción. Hacia el siglo XIX las bases de la persona jurídica estaban sentadas, desde ya su intervención y dominio consecuente del mercado, afianzaron su elemento central, el lucro y la obtención ilimitada de ganancias[1]Toda esta transformación trajo consigo enorme influencia en el ámbito jurídico, y en especial en la doctrina imperante hasta ese momento. Es así como comienzan a consolidarse dos teorías: la de los actos en masa, y la de la empresa[2]

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