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La Constitución de Venezuela y los Derechos Humanos

Enviado por hbarreto


    (1988-1998)

    El presente trabajo pretende ser un ensayo de análisis sobre el respeto a la constitución venezolana de 1961 desde la perspectiva de los derechos humanos. Este ensayo abarca el decenio 1988-1998, considerando como sujetos protagonistas de los hechos más resaltantes acaecidos en este espacio de tiempo, a la sociedad venezolana y a los gobiernos presididos por Carlos Andrés Pérez y Rafael Caldera Rodríguez.

    El año de 1988,cuando aun era presidente de la República Jaime Lusinchi, culmina con el acostumbrado festín electoral y el duelo que embargaba a un grupo de humildes familias venezolanas de la población El Amparo, Municipio Páez del Estado Apure.

    En esta región fronteriza de Venezuela fueron masacrados un grupo de 14 pescadores por la las fuerzas del Comando Específico José Antonio Páez (CEJAP). Estos pescadores acusados de guerrilleros colombianos fueron conducidos a una brutal y premeditada masacre, en virtud de la necesidad perentoria del CEJAP de justificar su presupuesto y supervivencia. Este hecho popularmente conocido como la "Masacre de El Amparo" ha sido intensamente cubierto por los medios de comunicación social, razón por la cual no es objetivo del presente ensayo ahondar en sus detalles.

    Así, comenzaba el año de 1989 con un duelo a cuestas que nuca terminaría y que además tendría que cruzar un largo espacio de tiempo para que en 1995, se dictaminara sentencia a favor de los dos sobrevivientes y de las familias de los caídos en esa masacre, pronunciándose un fallo en el que quedaba esclarecida la inocencia de los presuntos "guerrilleros" y la culpabilidad del teniente coronel Hugo Camejo Arias y los demás militares cómplices.

    Esta masacre puso al descubierto la flagrante violación del derecho a la vida y a la justicia consagrados en la Constitución Nacional en sus artículos 58, 60 y 68. La carencia de un sistema judicial que garantizara estos derechos llevó a que se introdujera una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humano contra Venezuela, la cual falló en 1997 a favor de las víctimas y constituyó el primer juicio internacional contra la impunidad en Venezuela.

    En ese año de 1989 se iniciaba el interrumpido y traumático periodo presidencial de Carlos Andrés Pérez quien, veinte días después de su toma de posesión y de anunciar su "Paquete Económico", enfrentaba una de las peores convulsiones sociales que haya vivido Venezuela después del 23 de enero de 1958. Este "sacudón" como fue posteriormente llamado, fue provocado por la gran cantidad de frustraciones acumuladas por un pueblo que recién había cifrado sus esperanzas en un nuevo gobernante que iniciaba su periodo con una anuncio de medidas económicas muy lejano a la tan ansiada mejoría de la calidad de vida.

    Esta convulsión social fue diezmada con una incruenta represión policial y militar que ocasionó una gran cantidad de muertos nunca precisada, pues las estadísticas oficiales distaban mucho de las suministradas por Organizaciones No Gubernamentales (ONG's). Los resultados de la violenta represión fueron posteriormente evidenciándose al descubrirse un número importante de fosas comunes donde yacían los cadáveres de los "desaparecidos", principalmente en el sector conocido como "La Peste" en la ciudad de Caracas, sin considerar los desaparecidos en la provincia.

    El gobierno para ese entonces presidido por Carlos Andrés Pérez decidió la suspención de las garantías constitucionales convirtiendo así, a esta revuelta social, en pasto fértil para la violación del derecho a la vida, a la justicia, la integridad personal, la inviolabilidad del domicilio y al amparo entre muchos otros, todos ellos consagrados en nuestra carta magna en los artículos 49,58, 60 y 62.

    Se daba inicio este año de 1989 al "Plan de Ajuste Estructural", como comienzo de las más duras políticas neoliberales recetadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI). Las políticas derivadas de este plan contribuyeron a aumentar la pobreza y aunado a ella la desprotección de la salud con el comienzo de iniciativas privatizadoras y con la tan citada flexibilización laboral, que no es más que el abandono de conquistas laborales con el propósito de seducir a los inversionistas extranjeros con mano de obra barata. Nuevamente nos encontramos ante la violación de los derechos consagrados en la Constitución Nacional en los artículos 76, 84, 85, 86, 87 y 92.

    Posteriormente en el año de 1992 el periodo "carlos andrecista", tendría que enfrentar dos intentonas golpistas, el 4 de febrero y el 27 de noviembre, en las cuales la brutal represión y violación del derecho a la vida y la justicia no se hicieron esperar nuevamente, lo que además contó con el grito ensordecedor y brutal del parlamentario David Morales Bello quien en el Congreso de la República, es decir en la sede de la máxima institución constitucional y política encargada de legislar en Venezuela, expresó vehementemente "… muerte a los golpistas"; demasiado ilustrativo del respeto por los derechos humanos que sienten nuestros gobernantes como para hacer mayores comentarios al respecto.

    Producto de las intentonas golpistas, se generó una gran persecución cuasi masiva a la población, pues indistintamente de quienes apoyaron o no al movimiento de "insurrectos", la gran mayoría de la población incluyendo ricos y pobres vieron en estos hechos la posibilidad de una salida, aunque violenta, a la profunda crisis social y económica.

    En consecuencia, no sin justificadas razones, la actitud paranoica del gobierno no se hizo esperar y durante el periodo 1993-1995, desarrollando actividades persecutorias contra estudiantes y para todos aquellos de quienes el

    régimen sospechase de pretensiones desestabilizadoras y/o subversivas, señalándose incluso importantes allanamientos de domicilios y el castigo a la reunión y a la asociación, además de la sostenida prohibición a la manifestación pacífica. Todo ello amparado, al igual que en 1989 durante y después del 27 de febrero (27-F), en una nueva suspensión de las garantías constitucionales en especial aquellas referidas a la libertad de tránsito, la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio, y el derecho a reunión y asociación. Todas ellas consagrados en la Constitución de la República como derechos de los ciudadanos en los artículos 60, 62, 71, 114 y 115.

    Finalizando el año de 1995 con nuevas elecciones presidenciales, el país comenzaba a vivir la más grande crisis financiera, como resultado de la discrecionalidad de los banqueros para disponer de los dineros de los cuenta-habientes, al destinar los ahorros de la población a inversiones monetarias que generaron una situación de iliquidez en el sistema financiero provocada por unas altas tasas de interés que frenaron la inversión y por ende la demanda de dinero por parte de los pequeños y grandes inversionistas.

    Así, una gran cantidad de instituciones bancarias tuvieron que paralizar sus actividades e incluso cerrar sus puertas, generando un cataclismo económico para quienes habían depositado además de su dinero, su confianza. Ello ocasionó que gran cantidad de la población quedara desguarnecida económicamente porque un grupo de irresponsables banqueros abusaron de su poder y del dinero que les era ajeno. Así, la seguridad social, no la que ofrecía el Estado sino, aquella que de manera privada se procuraba la población a través de sus ahorros, quedó a merced de manos nada pulcras.

    No conforme con ello, el Estado no solo no castigo a estos banqueros sino, que ya bien entrado el año de 1996 con un nuevo mandatario de Estado, Rafael Caldera Rodríguez, se otorgó una gran cantidad de auxilios financieros al sistema bancario, con el objetivo de que resolviera su crisis de iliquidez, los cuales dramáticamente fueron apropiados por estos "Señores" quienes se radicaron en el extranjero huyendo de la "justicia" venezolana.

    Una vez más, la confianza de la población fue violentada y la mayoría de ésta quedó desguarnecida económicamente, es decir la seguridad social y la responsabilidad del Estado por procurar ésta para la población fue burlonamente evadida y pareciera que incluso promovida. De nuevo la Constitución Nacional dormía el "sueño de los justos" en su artículo 18, 19 y 94.

    Ese mismo año de 1996 se daba inicio a la ejecución de la Agenda Venezuela, suerte de Plan de Ajuste Estructural Carlos Andrecista pero con nuevo y más ligero nombre.

    Esta Agenda Venezuela contemplaba una desestatización casi total, es decir, el desmantelamiento a precio de "Gallina Flaca" de las propiedades de la Nación, cuyos ingresos fueron destinados a cubrir las exigencias presupuestarias del déficit fiscal. Así, los indicadores macroeconómicos comenzaron "por si solos" a regir los destinos del país y comenzamos a vender los activos para consumir más gastos.

    Los programas sociales compensatorios o paliativos de la pobreza se constituyeron en uno de los ejes fundamentales de este nuevo plan económico por exigencia del Fondo Monetario Internacional (FMI), como forma de contener la presión social, pero que estaban muy lejos de contribuir a resolver las causas estructurales de la pobreza.

    El tono imperativo, autoritario y descalificador de los personeros gubernamentales ocuparon la palestra pública a través de vehementes discursos; no sería diferente la manera de conducir los asuntos públicos y de manejar la crisis social. Así, cualquier opinión que disintiera de la expresada por el gobierno fue silenciada física o psicológicamente a través de la persecución o de la descalificación pública.

    La libertad de expresión fue duramente cercenada a través de actos directos o indirectos, llegando incluso el ministro Petkoff a realizar un llamado a los anunciantes de los medios de comunicación a "ejercer sus derechos " y en consecuencia a no publicar en aquellos medios que fueran adversos a las políticas gubernamentales. Un astrólogo fue hecho prisionero por vaticinar la posible muerte del presidente. Al final no supimos si efectivamente era una profecía o un deseo.

    En 1996-1997 quien había sido autor de la reforma de la Ley del Trabajo en años pasados, Rafael Caldera Rodríguez, en la cual se reconocían importantes derechos al trabajador, desarrollaba y finalmente promulgaba una reforma laboral que atentaba contra las prestaciones sociales, adoptándose finalmente un régimen que implicaba la cuasi desaparición de este derecho.

    Finalmente, en el año 1997 el presidente de nuevo protagonizaba un intento para violentar los derechos consagrados en nuestra carta magna al intentar cercenar la libertad de expresión pretendiendo "legislar" sobre la "información veraz". Propuesta que impulso no solo en el ámbito nacional sino incluso a escala internacional en la "VII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno". Para tranquilidad del régimen democrático dicha propuesta no logró la viabilidad social y política de la que requería.

    En fin, el actual gobierno del presidente Rafael Caldera se ha caracterizado por no garantizar e irrespetar los derechos consagrados en la Constitución Nacional en especial aquellos referidos al derecho a la seguridad social, al trabajo, y a la libertad de expresión. (Artículos66,84, 85, 86 y 87).

     

     

    Autor:

    Heiber Barreto Sánchez

    C.I. 10.776.980

    17/2/98