Descargar

Población indígena, distribución geográfica, políticas de Estado (Constitución, censo indígena actual) (página 2)

Enviado por LEGNAR RANGEL


Partes: 1, 2

ETNIAS MAKÚ

  • Puinave

  • Hoti

ETNIAS TUPÍ

  • Yeral

ETNIAS SÁLIVAS

Los Sáliba o Sáliva son un pueblo que vive entre Venezuela y Colombia, en Venezuela viven ante todo en el Estado Amazonas. Alexander Humboldt los describió en su obra de los Viajes a las Regiones Equinocciales.

  • Piaroa

La población de Piaroas se estima en unas 12000 personas. Habitan ante todo en las orillas del Orinoco entre Venezuela y Colombia.

ETNIAS GUAJIBAS

  • Kuivas

ETNIAS SIN CONECCION LINGÜÍSTICA CONOCIDA

  • Warao

Los waraos son, después de los Wayús, una de las etnias mas numerosas de Venezuela. Habitan en todo el Delta del Orinoco y zonas cercanas en la costa.

Son expertos en el uso de las canoas en esa zona. Están muy bien adaptados a la vida en los manglares. Alexander von Humboldt contaba que los Guaiqueries de Margarita decían que decían que sus antepasados hablaban una forma de Warao.

  • Waikerí

Este pueblo, ahora extinto, habitaba la isla de Margarita y las Costas de lo que ahora es Sucre.

  • Pume

Los Yaruro o Pumé habitan a orillos del Orinoco y sus tributarios. Su número se estima en unos 5500 individuos.

  • Sapé

  • Uruak

Los uruak, arutani otros nombres: Aoaqui, Auake, Auaqué, Awake, Oewaku, Orotani, Urutani. Habitan en la zona de Roraima y limites con Brasil. Hay solo un par de docenas de ellos. La mayoría se ha mezclado con las etnias Pemonas o Nianames.

Políticas de Estado venezolano

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

PREÁMBULO

El pueblo de Venezuela en el ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de libertad, independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones, asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacifica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático.

De los Derechos Culturales y Educativos

Nuestro Presidente de la República Bolivariana de Venezuela propuso modificar el Artículo 100 de nuestra Constitución, el cual ahora reza textualmente:

Articulo 100. La República Bolivariana de Venezuela es el producto histórico de la confluencia de varias culturas, por ello el Estado reconoce la diversidad de sus expresiones y valora las raíces indígenas, europeas y afrodescendientes que dieron origen a nuestra Gran Nación Suramericana. Las culturas populares, la de los pueblos indígenas y de los afrodescendientes, constitutivas de la venezolanidad, gozan de atención especial, reconociéndose y respetándose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas. La ley establecerá incentivos y estímulos para las personas, instituciones y comunidades que promuevan, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actividades culturales en el país, así como la cultura venezolana en el exterior.

El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras culturales su incorporación al sistema de seguridad social que les permita una vida digna, reconociendo las particularidades del quehacer cultural, de conformidad con la ley.

Capitulo VIII

De Los Derechos de los Pueblos Indígenas

Artículo 119. El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así b b como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestralmente y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida…

También en los Artículos 120, 121, 122, 123, 124, 125 y 126 se les da garantía constitucional a los pueblos indígenas en cuanto derecho a la política en la organización de sus territorios,(ecológico, geográfico, poblacionales, sociales, culturales, económicas, salud, identidad, religión, propiedad intelectual y colectiva, a la protección nacional de sus raíces ancestrales…

Censo indígena actual

A pesar de los hechos que nos narra la historia, hoy contamos con la presencia de comunidades indígenas, descendientes de los antiguos pobladores prehispánicos y que por tanto,  corresponden al origen de nuestra cultura No se conoce el número exacto de los aborígenes que residen en el territorio nacional, debido a que esas comunidades han sufrido diversos cambios por las adaptaciones y las influencias a las que se han tenido que someter.

De este modo, en el XIII Censo General de Población y Vivienda realizado a nivel nacional en el año 2.001 (último censo realizado hasta ahora), se registraron 536.863 pobladores indígenas, es decir, un 2,3 % del total de la pobl

Además, cabe destacar que el 33,3 % (178.343) de ellos fueron identificados en comunidades propiamente indígenas, esto quiere decir que la mayoría de la población indígena venezolana aún convive en comunidades ubicadas en áreas selváticas y rurales, distribuidas sobre todo a lo largo y ancho de nuestras fronteras terrestres y marítimas

MAPA DE LA DISTRIBUCIÓN GEOGRAFICA DE LAS PRINCIPALES ETNIAS INDÍGENAS EN VENEZUELA

edu.red

 

 

 

 

Enviado por:

Legnar

Profesora Asesora: Luisa Caraballo

Integrante: Teresa Rangel

4to. Semestre, Sección "B"

Maracay, 12 de Febrero de 2010

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

LA EDUCACIÓN SUPERIOR

ALDEA UNIVERSITARIA "ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

MUNICIPIO GIRARDOT

PARROQUIA ANDRÉS ELOY BLANCO

MARACAY, ESTADO ARAGUA

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente