- Prólogo
- Introducción
- Situación actual del manejo de residuos en empresas de la ZMCM mexicanas
- Bases legales para el manejo de residuos peligrosos
- Conceptos Empresariales para el Manejo Integral de los Residuos Peligrosos e Industriales
- Procedimiento
- Monitoreo y evaluación del concepto de manejo de residuos
- Descripción de los procesos relevantes y residuos generados
- Medidas para evitar o minimización la generación de residuos
- Aprovechamiento
- Costos del manejo de residuos
- Bibliografía
Prólogo
A nivel nacional, la protección al ambiente representa uno de los mayores retos del presente. En el caso de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, la protección ambiental es especialmente importante por concentrar la mayor densidad de población a nivel mundial y por contar con la planta industrial más importante del país. La industria está consciente de esto y se inclina en forma activa y preventiva hacia la protección del ambiente. En este marco, el manejo de residuos, y en especial de los Residuos Industriales Peligrosos es una de la áreas que requieren fortalecimiento.
Como instrumento más importante y efectivo para iniciar un manejo de residuos adecuado, se ha desarrollado el "Concepto Empresarial de Manejo de Residuos", cuyo objetivo primordial es optimizar el manejo interno de los residuos en la empresa y al mismo tiempo reducir los costos por concepto de tratamiento y disposición final.
Considerando lo anterior, la Comisión Ambiental Metropolitana en colaboración con la Asociación de Cooperación Técnica Alemana GTZ (Gesellschaft Für Technische Zusammenarbeit) con el financiamiento por parte de la Secretaría Federal Alemana de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ Bundes Ministerium für Zusammenarbeit) y a través del TÜV ARGE-MEX presenta a través de este Manual de Minimización, Tratamiento y Disposición, el "Concepto empresarial de Manejo de Residuos para el Giro de la Química" que constituye un logro importante de los trabajos realizados en el marco de la colaboración técnica entre los gobiernos de México y Alemania. De igual manera, este manual coadyuva a la política establecida por el Programa para la Minimización y Manejo Integral de Residuos Industriales y Peligrosos en México, 1996 – 2000. Es evidente que no substituye el trabajo intensivo que se requiere para el desarrollo de un concepto empresarial específico; únicamente pretende ser un instrumento que respalde los esfuerzos en materia de manejo integral de los residuos que han venido realizando el sector industrial y las instituciones de gobierno involucradas, ofreciendo una orientación clara sobre medidas específicas para prevenir, minimizar, reusar, tratar y disponer adecuadamente los residuos que genera la industria química. Se establecen las bases para que las empresas puedan incidir de forma independiente y favorable sobre la problemática ambiental.
El manual proporciona información a las empresas que manufacturan productos químicos inorgánicos y orgánicos básicos; resinas, adhesivos y plásticos; grasas, aceites y solventes; agentes tensoactivos, detergentes y cosméticos; fármacos; pesticidas y plaguicidas y productos especiales; presentando un panorama de las alternativas tecnológicas que actualmente existen, permitiéndoles a través de estos conocimientos y en colaboración con las autoridades, asociaciones y empresas que confinan y recuperan residuos, elaborar e instrumentar soluciones integrales para prevenir, minimizar o en su caso, disponer adecuadamente los volúmenes de residuos generados.
De igual manera, el personal que colabora con las autoridades y asociaciones reciben mediante este concepto por rama industrial, un instrumento de trabajo que les permite dar asesorías y elaborar estrategias de solución.
La base del presente manual, está constituida por la información recabada a través de la visita a 64 empresas del giro químico ubicadas en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, y la evaluación de los conceptos empresariales de manejo de residuos peligrosos e industriales, elaborados por expertos mexicanos capacitados en esta área. Dicha evaluación se realizó considerando los siguientes aspectos:
? los insumos y procesos utilizados,
? los materiales residuales y los residuos generados,
? el reuso/reciclaje o la disposición actuales de estos materiales residuales y residuos, y
? las medidas a corto, mediano y largo plazo que puedan tomarse para mejorar la situación respecto a generación de los materiales residuales y residuos.
Con base en la información específica relativa para la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, y considerando la bibliografía y la información más reciente que existe sobre este giro, se elaboró el presente "Manual de Minimización, Tratamiento y Disposición" para las empresas del giro Químico, que está enfocado en las necesidades de la industria de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México.
El presente manual es el tercero de una serie de seis que abarcan los giros; fundición, metalmecánica, química, galvanoplastía, textil e impresión.
Introducción
Datos estadísticos del giro de la Industria Química.
El sector manufacturero sigue manteniéndose como una de las actividades económicas más importantes del país, al representar el 20.1 % del Producto Interno Bruto Nacional (PIB). Del mismo modo, la industria química se constituye una de las industrias más dinámicas del sector. Sin embargo, en el período comprendido entre 1989 y 1995 se registró una disminución de la producción bruta total en valores básicos del 10% aproximadamente; aunque en el período 1993-1994, se recuperó cerca del 6% de la productividad industrial.
Las estructuras productivas denominadas "Productos Farmacéuticos, Química Básica y Artículos de Plástico" contribuyen con las mayores aportaciones al PIB de la industria química (tabla 1.1-1).
Tabla 1.11. Aportación porcentual de la estructura productiva de la industria química al PIB del giro
Estructura Productiva | Composición % del PIB de la Industria Química |
Productos farmacéuticos | 19.4 |
Química básica | 15.8 |
Artículos de plástico | 14.7 |
Resinas sintéticas y fibras artificiales | 12.6 |
Otros productos químicos | 12.3 |
Jabones, detergentes y cosméticos | 11.9 |
Productos de hule | 6.01 |
Petroquímica básica | 5.2 |
Fertilizantes | 2.1 |
Fuente: La Industria Química en México, INEGI 1996.
* PIB a precios corrientes
Las entidades federativas con mayor participación en el PIB de la industria química, son el Distrito Federal y el Estado de México, esto es altamente significativo, considerando que en estos se ubica la Zona Metropolitana de la Ciudad de México; uno de los polos más importantes del sector manufacturero. De la misma manera, la industria química del Estado de México y el Distrito Federa muestra su alta productividad al contribuir, en su conjunto, con el 9.45% al PIB del sector manufacturero y con el 1.89 % al PIB nacional (tabla 1.1-2). Cabe señalar que en esta consideración, se excluye la rama 33 del petróleo y sus derivados.
De acuerdo con lo anterior, la mayor parte de los establecimientos del giro químico instalados en el Estado de México se concentra en los municipios conurbados de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, al representar el 73.4% del total de las plantas químicas a escala estatal. Sin embargo la distribución de las empresas en esta zona no es homogénea, sino que las actividades tienen lugar principalmente en los municipios de Tlalnepantla de Baz, Naucalpan de Juárez, Ecatepec y Nezahualcóyotl (tabla 1.1-3).
En cuanto al Distrito Federal, en particular la rama 3560, denominada "Elaboración de productos de plástico", resulta ser una de las más incidentes del giro químico en esta entidad (tabla 1.1-4).
Resaltando la importancia del giro químico de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, en esta zona se encuentran el 37% del total de los establecimientos y se emplea al 39.9 % del total de trabajadores que laboran en este giro a nivel nacional (tabla 1.1-5).
Tabla 1.12. Producto Interno Bruto de la industria manufacturera y de la industria química según entidad federativa
Entidad Federativa | PIB | PIB Sector Manufacturero | PIB Industria Química (b/) | Aportación de la industria química al PIB Nacional | Aportación de la industria química al sector manufacturero |
Distrito Federal | – | 58,517,064 | 13,398,175 | 1.18 % | 5.9 % |
Estado de México | – | 39,527,438 | 8,055,968 | 0.71 % | 3.55 % |
Subtotal** | – | 98,044,502 | 21,454,143 | 1.89 % | 9.45 % |
Total Nacional*** | 1"127"584"133 | 226"842"924 | 36"425"979 | 3.23 % | 16.05 % |
b/ Se refiere a la división V: " Sustancias químicas, Derivados del Petróleo, Productos de caucho y Plástico", excepto la rama 33 (Petróleo y derivados)
** En los subtotales sólo se consideran al Estado de México y el Distrito Federal
*** En los totales se consideran los 31 estados y el Distrito Federal
Tabla 1.13. Distribución de unidades económicas del giro químico en los municipios del el Estado de México, conurbados al D.F.
Municipio | No. de establecimientos | No. de trabajadores | % de establecimientos respecto al estatal |
Atizapán de Zaragoza | 41 | 2,648 | 3.64 |
Coacalco | 3 | 55 | 0.26 |
Cuautitlán Izcalli | 0 | 2,599 | 0.6 |
Chalco | 7 | 274 | 0.6 |
Chicoloapan | 3 | 38 | 0.26 |
Chimalhuacán | 3 | 115 | 0.26 |
Ecatepec | 162 | 9,667 | 14.4 |
Huixquilucan | 3 | 63 | 0.26 |
Ixtapaluca | 5 | 56 | 0.44 |
Naucalpan de Juárez | 188 | 15,710 | 16.7 |
Nezahualcóyotl | 125 | 792 | 11.1 |
Nicolás Romero | 2 | 83 | 0.17 |
La Paz | 28 | 2,401 | 2.48 |
Tecámac | 5 | 134 | 0.44 |
Tlalnepantla de Baz | 213 | 16,341 | 18.93 |
Tultitlán | 31 | 3,756 | 2.75 |
Subtotal municipios conurbados | 826 | 54,732 | 73.42 |
Total Estatal | 1,125 | 76,619 | — |
Fuente: XIV Censo Industrial, XI Censo Comercial y XI Censo de Servicios, Estado de México, INEGI 1995
Tabla 1.14. Distribución de las ramas del giro químico en el Distrito Federal
Rama de actividad | No. de establecimientos | No. de trabajadores | |
Rama 3512Fabricación de sustancias químicas básicas, excluye las petroquímicas básicas | 72 | 3,294 | |
Rama 3513Industria de las fibras artificiales y/o sintéticas | 4 | 1,164 | |
Rama 3521Industria farmacéutica | 181 | 23,670 | |
Rama 3522Fabricación de otras sustancias y productos químicos | 394 | 32,255 | |
Rama 3540Industria del coque, incluye otros derivados del carbón mineral y del petróleo | 30 | 2,033 | |
Rama 3550Industria del hule | 156 | 7,791 | |
Rama 3560Elaboración de productos de plástico | 964 | 27,007 | |
Total | 1,801 | 97,214 |
Fuente: XIV Censo Industrial, XI Censo Comercial y XI Censo de Servicios, INEGI 1995
Tabla 1.15. Importancia de la industria química de la ZMCM, en la escala nacional
Fuente: XIV Censo Industrial, XI Censo Comercial y Xi Censo de Servicios, Estado de México, INEGI 1995
Situación actual del manejo de residuos en empresas de la ZMCM mexicanas
El área de estudio para la elaboración de este manual comprende la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, conformado por el Distrito Federal y 18 municipios conurbados del Estado de México. En esta zona se ubican más de 19 mil industrias manufactureras (de diversos giros), las cuales se estima que generan alrededor de 2 millones 122 mil toneladas por año de residuos peligrosos.
La industria química; es uno de los giros productivos considerado como generador importante de residuos peligrosos, debido a las características de sus procesos, la toxicidad de sus residuos, así como las cantidades considerables de los mismos.
Para recabar la base de información para la elaboración de este manual, se seleccionaron 24 empresas del giro, conformadas por: 1 microempresa, 12 pequeñas, 6 medianas y 5 grandes. El mayor porcentaje de las empresas visitadas se ubica en los municipios conurbados del Estado de México (Tabla 1.2.1.).
Tabla 1.21. Tamaño de empresas seleccionadas, de acuerdo al número de empleados según SECOFI, y ubicación
Número de empleados | Tamaño de empresas | Número empresas | Edo. Mex. | D.F | |||
1-15 | Micro | 1 | 1 | – | |||
16-100 | Pequeña | 12 | 7 | 5 | |||
101-250 | Mediana | 6 | 3 | 3 | |||
> 250 | Grande | 5 | 3 | 2 |
De la gran variedad de procesos y tipos de residuos que involucra este giro se han considerado los siguientes subgiros:
? Productos inorgánicos y materias orgánicas básicas
? Resinas, adhesivos y plásticos
? Aceites, grasas y solventes
? Agentes tensoactivos, detergentes y cosméticos
? Fármacos, plaguicidas y productos especiales
Con el fin de contar con una estadística cualitativa sobre los destinos actuales de los residuos, se identificaron los tipos y cantidades de residuos peligrosos e industriales generados en las 24 empresas visitadas durante 1995 y 1996.
La cantidad total de residuos peligrosos reportados por las empresas seleccionadas es de aproximadamente 5,435 toneladas y 2,932 piezas anuales; entre estas últimas se contemplan sacos de polipropileno y papel impregnados con cloruro férrico y de sodio, tambos impregnados con materia prima, baterías y muestras retenidas de análisis.
También se reportó una generación aproximada de 300 toneladas por año de residuos sólidos municipales.
Debido a la diversidad de los residuos peligrosos generados en el giro químico se clasificaron de acuerdo a sus características químicas o físicas. En la siguiente tabla se presentan los grupos de residuos que se reportan con más frecuencia en las industrias (Tabla 1.2-2).
Tabla 1.22. Principales residuos generados
Grupos de residuo | Porcentaje de aparición % | |
Aceites gastados | 9.3 | |
Acidos y bases | 3.1 | |
Contenedores y material de empaque impregnado con sustancias peligrosas | 19.4 | |
Grasas, cremas y jabones | 6.2 | |
Lodos de tratamiento de agua residual | 9.3 | |
Material auxiliar impregnado con aceites, solventes, tintas, pinturas, adhesivos y resinas | 9.3 | |
Polvos y filtros asociados con equipo de protección | 10.1 | |
Resinas, adhesivos y poliuretanos | 7.0 | |
Solventes gastados | 17.0 | |
Otros | 9.3 | |
Total | 100.0 |
Cabe hacer mención que en el rubro "otros" se agrupan a los residuos cuya generación no es muy frecuente como son los cartuchos de polipropileno y la fibra de vidrio impregnados con materia prima, residuos infecciosos misceláneos, natas de pintura, pigmentos, azufre, escorias, plomo y pentóxido de vanadio.
En forma global se resuma en la figura la importancia de las opciones alternativas para el manejo, presentando el porcentaje de los residuos generados en las industrias químicas para cada de las opciones de manejo encontradas (figura 1.2-1).
Total de residuos generados: 5,435 ton/año
Figura 1.21. Principales formas de manejo de los residuos peligrosos en las empresas visitadas
La mayor parte de los residuos peligrosos se depositan en confinamiento controlado (58% del total de residuos reportados).
No obstante un alto porcentaje de los residuos tienen un destino incierto (19% del total de residuos reportados) debido a su manejo inadecuado y a que se carece de registros de los mismos.
Los residuos peligrosos con elevado poder calorífico generalmente se emplean en la formulación de combustible alterno (9% del total de residuos reportados) para ser reusados energéticamente como combustible alterno en hornos de cemento.
Únicamente el 1% del total de residuos considerados, en mayor parte los solventes, se reciclan en procesos fisicoquímicos, principalmente mediante la filtración y destilación. En el caso de los contenedores vacíos impregnados con materiales y/o residuos peligrosos, el reciclaje consiste en devolver los envases a los proveedores de materia prima para reusarlos.
El 4% del total de los residuos peligrosos considerados se vierten a la red de drenaje sin previo tratamiento. Asimismo, se reportan que el 4% de los residuos peligrosos considerados se depositan inadecuadamente en los rellenos sanitarios.
Dentro del rubro "almacenamiento" solamente se hace referencia a los bifenilos policlorados las cuales representan el 6% de todos los residuos peligrosos generados y que se encuentran temporalmente almacenados en las instalaciones de algunas empresas.
Bases legales para el manejo de residuos peligrosos
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), modificada por decreto en diciembre de 1996, es el marco legal que fija las condiciones para la protección ambiental, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico. En su forma modificada hace especialmente énfasis en reforzar el carácter preventivo de la política ambiental, con el propósito de orientarla hacia un desarrollo sustentable. Entre otras, las reformas incorporan como instrumento de carácter preventivo y correctivo, disposiciones referidas a la auditoría ambiental y promueven la autorregulación y certificación voluntaria. En materia de residuos, materiales y riesgo ambiental, las modificaciones tienen el propósito de promover las políticas de minimización, reciclaje y recuperación de materiales secundarios o de energía, así como propiciar una gestión administrativa más eficiente.
De este marco genérico que establece la Ley, se desprenden diversos reglamentos y normas específicas en materia de protección ambiental del agua, aire y suelo, así como de la salud humana.
Debido a que los contaminantes pueden transferirse fácilmente de un medio a otro o a que los impactos ambientales pueden involucrar más de un medio (aire, agua, suelo), es necesario considerar las emisiones desde un punto de vista de multimedios. Por ello, a continuación se mencionan algunos aspectos relevantes de la LGEEPA en materia de protección ambiental y no únicamente los referentes a residuos peligrosos, los cuales requieren de importante consideración por parte de la industria química.
El artículo 3, en su fracción XXVI, del Título Primero "Disposiciones Generales" de la LGEEPA define residuo como "cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó". Asimismo la fracción XXVII define residuos peligrosos como "todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente."
El Título Cuarto de la LGEEPA se refiere a la protección al ambiente y contiene entre otras las siguientes disposiciones.
Capítulo II "Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera"
? Por medio de los artículos 111Bis y 113, quedan regulados y requieren de autorización de la Secretaría (SEMARNAP), la operación y el funcionamiento de fuentes fijas que puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera. Para tal efecto deben cumplirse las normas oficiales mexicanas correspondientes.
Capítulo III "Prevención y Control de la Contaminación del Agua y de los Ecosistemas Acuáticos"
? Por medio de los artículos 120, 121, 122 y 139, quedan sujetos a regulación federal o local y requieren de un tratamiento previo adecuado, las descargas de origen industrial, el vertimiento de residuos sólidos, materiales peligrosos y lodos provenientes del tratamiento de aguas residuales, así como las aguas residuales con contaminantes, a cualquier cuerpo y corriente de agua o en el suelo o subsuelo. Toda descarga deberá satisfacer las normas oficiales mexicanas correspondientes.
Capítulo IV "Prevención y Control de la Contaminación del Suelo"
? El artículo 134.- I al III establece que corresponde al estado y a la sociedad evitar la contaminación del suelo y que deben ser controlados los residuos en tanto que constituyen la fuente principal de contaminación del suelo, incorporando las medidas que previenen y reducen su generación y las técnicas para su reuso y reciclaje así como regulando su manejo y disposición final eficiente.
? Por medio del artículo 135, la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos, industriales y peligrosos, así como en las autorizaciones y los permisos que para tal efecto se otorguen, quedan sujetos a los criterios para prevenir y controlar la contaminación del suelo.
? El artículo 140 establece que "la generación, el manejo y la disposición final de los residuos de lenta degradación deberá sujetarse a lo que se establezca en las normas oficiales mexicanas."
? El artículo 144 hace referencia a las restricciones arancelarias y no arancelarias relativas a la importación y exportación de materiales peligrosos.
Capítulo V "Actividades consideradas como altamente riesgosas"
? El artículo 147 establece que las actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas deben realizarse con apego a esta Ley y los reglamentos y normas correspondientes. Quien realice este tipo de actividades debe además presentar un estudio de riesgo ambiental para su aprobación por las autoridades correspondientes.
Capítulo VI "Materiales y Residuos Peligrosos"
? El manejo de materiales y residuos peligrosos, incluyendo su uso, recolección, almacenamiento, transporte, reuso, reciclaje, tratamiento y disposición lo establece el artículo 150 y el reglamento en materia de residuos peligrosos y queda sujeto a las normas oficiales mexicanas correspondientes.
? El artículo 151 otorga "la responsabilidad del manejo y disposición final de los residuos peligrosos a quien los genere. En el caso de que se contrate los servicios de manejo y disposición final de los residuos peligrosos con empresas autorizadas por la Secretaría y los residuos sean entregados a dichas empresas, la responsabilidad por las operaciones será de éstas independientemente de la responsabilidad que, en su caso, tenga quien los generó. Quienes generen, reusen o reciclen residuos peligrosos, deberán hacerlo del conocimiento de la Secretaría en los términos previstos en el Reglamento de esta Ley.
? El artículo 152 Bis establece que cuando la generación, el manejo o la disposición final de materiales o residuos peligrosos, produzca contaminación del suelo, los responsables de dichas operaciones deberán llevar a cabo las acciones necesarias para recuperar y restablecer las condiciones del mismo, con el propósito de que pueda ser destinado a alguna de las actividades previstas en el programa de desarrollo urbano u ordenamiento ecológico aplicable para el predio o zona respectiva.
? El artículo 153 establece las restricciones en la importación o exportación de materiales o residuos peligrosos.
Capítulo VII "Ruido, Vibraciones, Energía Térmica y Lumínica y Contaminación visual"
? Por medio del artículo 155 quedan prohibidas las emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica y la generación de contaminación visual, en cuanto rebasen los límites máximos establecidos en las normas oficiales mexicanas. Asimismo, establece que en la construcción de obras o instalaciones que generen energía térmica o lumínica, ruido o vibraciones, así como en la operación o funcionamiento de las existentes deberán llevarse a cabo acciones preventivas y correctivas para evitar los efectos nocivos de tales contaminantes en el equilibrio ecológico y el ambiente.
? De acuerdo al artículo 156 se establecerán procedimientos y se fijarán los límites de emisión respectivos en las Normas Oficiales Mexicanas
De la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se desprenden asimismo las siguientes leyes y reglamentos:
? Ley Federal de Derechos en Materia de Agua – 1997
? Ley de Aguas Nacionales – 1994
? Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación de Aguas – 1988
? Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales – 1994
? Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos – 1988
Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos
El Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos (de 1988), incluye autoridades, responsabilidades, definición de términos y procedimientos de generación, manejo, importación y exportación, control y sanciones a considerar en la gestión de residuos peligrosos. Los requisitos específicos se presentan al nivel de Normas Oficiales Mexicanas.
El artículo 8 del Reglamento establece la obligación del generador de residuos peligrosos para darles un manejo adecuado, así como su clasificación correcta.
Los requerimientos técnicos y organizativos generales relacionados al almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, se enlistan en los artículos 3, 8 IV y VII, 10, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 21.
En el ámbito nacional, la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), a través del Instituto Nacional de Ecología (INE), es la autoridad en materia de los residuos peligrosos, especialmente para las autorizaciones correspondientes al manejo de residuos peligrosos incluyendo los trámites administrativos y legales necesarios. Actualmente se está trabajando sobre un esquema descentralizado que permita una responsabilidad compartida entre las autoridades estatales y la federal.
Normas Oficiales Mexicanas
A continuación se presentan las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) ambientales más importantes para la industria química. La normatividad ambiental se encuentra en activa revisión y complementación con el fin de contar con un marco normativo más definido y que abarque un mayor número de actividades que puedan ocasionar daños al medio ambiente o presentar un riesgo a la salud humana. Por ello, se recomienda mantenerse al tanto de la nueva normatividad y cambios en la existente, publicados en el Diario Oficial de la Federación, expedida por el Instituto Nacional de Ecología (INE), la Secretaría de comunicaciones y transportes (SCT), Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Salud (salud ambiental – SSA). Más adelante se presenta un listado de los proyectos de normas de interés para la industria, sobre los que las autoridades (INE, SCT, SPTS) se encuentran trabajando.
Caracterización de residuos peligrosos
Sobre las características de los residuos peligrosos rigen las siguientes normas:
NOM-052-ECOL-1993: establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. Norma de observancia obligatoria en la definición y clasificación de residuos peligrosos.
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