Introducción
El Gobierno Socialista Bolivariano sigue apoyando a la población de menores recursos económicos. Es así como el Presidente Hugo Chávez decidió lanzar una nueva Gran Misión, En Amor Mayor, con la finalidad de otorgarle una pensión de vejez, homologada con el salario mínimo, a todos los adultos mayores que no lograron cotizar en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) las 750 semanas necesarias para optar a este beneficio.
De acuerdo con el Primer Mandatario Nacional, esta Gran Misión se convertirá en Ley, a fin de garantizar los ingresos de nuestras abuelas y abuelos en los años dorados de su vida. Optan a esta pensión las mujeres mayores de 55 años, los hombres mayores de 60 y los extranjeros con más de diez años de residencia legal en nuestro país hayan cotizado parcialmente o no. Tendrán prioridad quienes sufran de alguna enfermedad o discapacidad que les impida valerse por sí mismos.
Pero no sólo la Gran Misión En Amor Mayor nació para brindar una pensión de vejez a las personas de la tercera edad. El programa va más allá, pues analizará la situación integral y de salud de cada hombre o mujer, venezolano o extranjero que viva en hogares de escasos ingresos con el objetivo de prestarle el apoyo inmediato requerido. Según el presidente del IVSS, "es darle espacio al adulto mayor para que se pueda capacitar y participar en los desarrollos culturales y socio productivos, es decir, que se sienta útil y no una carga familiar".
Esta Gran Misión En Amor Mayor viene a significar un reconocimiento a la labor de toda una vida de los adultos mayores y es la primera vez que hay un gobierno en Venezuela que piensa en invertir en el ser humano. Se trata, pues, de otro acto de inclusión de la administración del Presidente Hugo Chávez para con nuestros abuelos y abuelas, hayan cotizado o no al IVSS, sean venezolanos por nacimiento, por naturalización o extranjeros con más de diez años de residencia legal en el país.
La lucha por erradicar la pobreza extrema se profundiza en revolución, y es a través de las políticas públicas desarrolladas por el Gobierno Bolivariano, que se busca en el menor tiempo posible la construcción de una nueva estructura social incluyente, basado en un modelo humanista, donde todos vivamos en similares condiciones rumbo a lo mayor utopía del libertador de la patria, Simón Bolívar: "La Suprema Felicidad Social", para todos los venezolanos.
Es de allí que nace en este actual contexto político La Misión Hijos de Venezuela, la cual busca como objetivo supremo transformar las política de exclusión y privatizaciones aplicadas por los desgobiernos de la cuarta República, logrando elevar los niveles de inclusión social, la universalización de la cultura, el reconocimiento de las minorías garantizándole el pleno ejercicio de sus deberes y derechos, logrando el cumplimiento de las metas del milenio la reducción de la pobreza en más del 50% y la reducción de la pobreza extrema en más del 66%, quedando, aún existente, un 7,3 % (del total de la población) en pobreza extrema, sector en el que profundizaremos la atención de manera directa y diferenciada en esta etapa del proceso revolucionario.
Misión en Amor Mayor
Objetivo.
La Gran Misión En Amor Mayor Venezuela es una política del Gobierno Bolivariano creada a través del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 8.694, con la finalidad de asegurar la máxima inclusión, igualdad, respeto, solidaridad, bienestar y justicia social para las personas adultas mayores de la Patria, especialmente para quienes viven en hogares cuyos ingresos son inferiores al salario mínimo nacional, hasta lograr la mayor suma de seguridad social y de felicidad posible.
Sujetos de Atención.
Son sujetos de atención y por tanto beneficiarias y beneficiarios de la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela, todas las mujeres adultas mayores a partir de cincuenta y cinco (55) años y todos los hombres adultos mayores a partir de sesenta (60) años, sean venezolanas, venezolanos o extranjeras y extranjeros, con residencia legal en el país durante los últimos 10 años, que vivan en hogares cuyos ingresos sean inferiores al salario mínimo nacional. Estas personas adultas mayores son consideradas como sujetos de protección especial para esta Gran Misión, que busca contribuir a superar las desigualdades sociales y las condiciones de pobreza.
Tienen prioridad las personas de mayor edad y quienes sufran alguna discapacidad o enfermedad que les impida o dificulte valerse por sí mismas.
Asignación de Pensión de Vejez para las personas adultas mayores en pobreza.
Pensión de vejez para personas en situación de pobreza: Según el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela, se establece un régimen especial para la asignación de pensión de vejez, igual al salario mínimo nacional, a todas las adultas mayores y los adultos mayores que viven en hogares cuyos ingresos son inferiores al salario mínimo nacional, hayan o no cotizado a la seguridad social.
Pensión de vejez para personas sin capacidad contributiva.
En esta categoría son beneficiarias y beneficiarios, las personas adultas mayores que se acogieron al Decreto Presidencial N° 7.401, a fin de completar las cotizaciones faltantes de la seguridad social, y que, aún cuando no se encuentren en situación de pobreza, carezcan de capacidad contributiva suficiente. Esta población será pensionada dentro del lapso de un (1) año, contado a partir de la entrada en vigencia del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela. A tal efecto, tendrán prioridad las adultas y adultos mayores de sesenta y cinco años (65) años o más. Estas personas recibirán una pensión de vejez igual al salario mínimo nacional, de la cual mensualmente cotizarán la cantidad de doscientos tres bolívares con cuarenta céntimos (203,40 Bs) equivalente a cincuenta y dos (52) cotizaciones anuales, hasta completar las cotizaciones adeudadas al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a fin de cumplir con el régimen contributivo de financiamiento solidario propio de la seguridad social.
Misión Hijos de Venezuela
Objetivo.
La Gran Misión Hijos de Venezuela tiene como objetivo principal la atención a las familias o madres con hijos menores de 18 años o con alguna discapacidad, cuyos ingresos sean menores al salario mínimo, para así derrotar la pobreza acumulada históricamente, logrando la mayor suma de estabilidad política, felicidad y seguridad social, rumbo al Socialismo Bolivariano.
Esta política se enmarca en el espíritu de "Gran Misión", concepto que ha venido posicionando el Comandante Presidente, Hugo Chávez, que implica una visión mucho más holística en el diseño y ejecución de la política, potenciando la articulación entre instituciones y Misiones, asumiendo la creación de Órganos Superiores como espacios de dirección, potenciando la participación protagónica del pueblo organizado y la movilización permanente como acciones sistemáticas en el combate a las causas estructurales de la pobreza, rumbo a la construcción de un Sistema de Prevención, Protección y Seguridad Social.
Ámbito de Acción.
La Gran Misión Hijos de Venezuela se crea con la finalidad de contribuir a la superación de las desigualdades que generan las condiciones especiales de vulnerabilidad en que se encuentran los hogares venezolanos en situación de pobreza crítica que tengan un ingreso familiar por debajo del salario mínimo nacional, conformados por hijas o hijos menores de dieciocho (18) años, personas con discapacidad o mujeres embarazadas.
Lineamientos Estratégicos.
La Gran Misión Hijos de Venezuela tiene como lineamientos estratégicos los siguientes:
La erradicación progresiva de la pobreza como consecuencia natural del sistema capitalista, el cual necesita de la desigualdad y la exclusión de las mayorías sociales para mantener sus niveles de rentabilidad económica. En la medida que se avanza en alcanzar una sociedad con igualdad de condiciones y oportunidades, se garantiza el socialismo como proyecto político.
Atender de manera directa a las familias cuyo ingreso familiar es inferior al salario mínimo nacional.
La activación de subprogramas que vinculan a las y los beneficiados con el sistema de atención social creado por la Revolución en materias educativa, de salud y productiva.
Promoción de un sistema de ahorro familiar y de inversión social destinado al financiamiento de proyectos productivos, colectivos o individuales, ayudas especiales, rehabilitación de viviendas, asistencia técnica y otras formas de apoyo social, así como cualquier otra iniciativa que coadyuve a la garantía del derecho al vivir bien de las y los hijos de Venezuela.
Sujetos de Atención.
Son sujetos de protección y, por tanto, beneficiarias y beneficiarios de las prestaciones especiales establecidas en la Gran Misión Hijos de Venezuela, las venezolanas y venezolanos que pertenezcan a hogares en pobreza crítica, que tengan un ingreso familiar inferior al salario mínimo nacional y que sean:
– Mujeres embarazadas.
– Adolescentes embarazadas.
– Madres o responsables del cuidado de personas con discapacidad: Que por la complejidad de su condición y por los altos niveles de dependencia que genera, exigen cuidados a dedicación exclusiva. Estas son: discapacidad intelectual severa y severa profunda, parálisis cerebral, encamados, discapacidad visceral (insuficiencia renal crónica).
– De esta manera se consideran sujetos de atención las familias donde los padres se encuentran desempleados o se registre en el hogar un ingreso menor al salario mínimo.
Se tendrá por "hogares en situación de pobreza crítica" aquellos en los que el padre y la madre o cabezas de hogar estén desempleados o cuyo ingreso familiar sea inferior al salario mínimo nacional.
Asignación para los Beneficiarios(as).
Serán de carácter monetario total o parcialmente, no retributivo y pagadas mensualmente al beneficiario, beneficiaria o representante del hogar, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos que al efecto establezca el Órgano Superior de la Gran Misión Hijos de Venezuela.
Se efectuará el pago de noventa por ciento (90%) de las asignaciones establecidas por el programa, mediante mensualidades consecutivas, reteniéndose diez por ciento (10%) restante, monto que ingresará al Fondo de Ahorro Familiar e Inversión Social "Hijos de Venezuela", el cual financiará distintas formas de apoyo social para el vivir bien de las familias beneficiarias.
Se podrá pagar una parte de la asignación mediante monedas comunitarias u otras formas no monetarias.
Cuando el beneficiario sea un niño, niña, adolescente, o una persona con discapacidad que afecte su capacidad civil, el pago de la asignación correspondiente se realizará a través de alguna de las siguientes personas, en orden de preferencia: a la madre, padre, tutor, curador o a un pariente por consanguinidad hasta tercer grado. Si la asignación favorece a una adolescente en situación de embarazo o a una madre adolescente, mayor de catorce (14) años, se observará lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cuanto sea aplicable.
Las familias beneficiarias de la Gran Misión Hijos de Venezuela que se constituyan en organizaciones con fines comunitarios y que se destaquen en esa labor podrán ser objeto de reconocimientos y asignaciones especiales.
Fondo de Ahorro Familiar e Inversión Social "Hijos de Venezuela.
Se crea el Fondo de Ahorro Familiar e Inversión Social "Hijos de Venezuela", conformado por el conjunto de recursos, financieros y no financieros que, a nivel nacional, se destinarán al financiamiento de proyectos productivos, colectivos o individuales, ayudas especiales, rehabilitación de viviendas, asistencia técnica y otras formas de apoyo social a la población en situación de vulnerabilidad sujeto de la Gran Misión Hijos de Venezuela, así como cualquier otra iniciativa que coadyuve a la garantía del derecho al vivir bien.
Conclusión
El objetivo primordial de la Misión Hijos de Venezuela, es erradicar el índice de pobreza extrema en el país, que actualmente se encuentra en 7%.
En Venezuela tenemos un 23,3 % de menores de 17 años que quedan embarazadas, las estrategias que está promoviendo el gobierno revolucionario, como esta misión, incentiva programas de ayuda, planificación familiar y de prevención de embarazo precoz.
La Gran Misión Hijos de Venezuela, otorga una ayuda económica de Bs. 430 a los hogares venezolanos, por cada hijo que tengan (máximo tres) hasta los 17 años, y cuyo ingreso sea menor al salario mínimo o el jefe y/o jefa de familia estén desempleados.
Además las familias que tengan hijos o hijas con algún tipo de discapacidad, recibirán una asignación por cada uno (a), de Bs. 600 mensualmente.
La misión amor mayor está dedicada a compensar el trabajo de las personas de la tercera edad que trabajaron durante sus años de adultez y no pudieron cotizar en el IVSS. El presidente Hugo Chávez Frías anunció que la Gran Misión en Amor Mayor, que incluye a todos los venezolanos en situación de pobreza que no tengan pensión.
En el documento oficial publican el decreto presidencial Nº 8.694, en el cual se dicta el decreto con rango, valor y fuerza de Ley Gran Misión en Amor Mayor Venezuela. Según el decreto presidencial N° 8.695, que también circula en la GO, se crea la Comisión Presidencial denominada Órgano Superior de la Gran Misión en Amor Mayor Venezuela que, bajo las orientaciones del Presidente de la República, realizará tareas de diseño, planificación, ejecución, seguimiento y control de las actividades a desarrollar en el marco de la Gran Misión.
Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, tiene por objeto crear la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela, en el marco del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, con la finalidad de asegurar la máxima protección, inclusión, igualdad, respeto, solidaridad, bienestar, justicia social para las personas adultas mayores de la Patria, especialmente para quienes viven en hogares cuyos ingresos son inferiores al salario mínimo nacional, hasta lograr la mayor suma de seguridad social y de felicidad posible.
Son beneficiarías y beneficiarios de la Gran Misión En Amor Mayor Venezuela, todas las mujeres adultas mayores a partir de cincuenta y cinco (55) años y todos los hombres adultos mayores a partir de sesenta años (60), sean venezolanas, venezolanos o extranjeras y extranjeros, con residencia legal en el país durante los últimos 10 años.
Fuentes consultadas
http://ceims.mppre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=55:mision-piar&catid=23:misiones-bolivarianas&Itemid=66
http://www.comunicacionpopularandes.org/index.php/150-prensa/institucional/ministerio-del-poder-popular-para-las-comunas-y-proteccion-social/495-mas-de-37-mil-adultos-mayores-registrados-en-la-gran-mision-en-amor-mayor-en-merida
http://www.google.co.ve/search?um=1&hl=es&q=HIDROGRAFIA%20DE%20VENEZUELA&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.r_qf.&bpcl=38897761&biw=1366&bih=667&ie=UTF-8&sa=N&tab=iw&ei=Chq1UMGHEoeH0QHCpYGIBA#hl=es&tbo=d&sclient=psy-ab&q=finalidad+de+la+mision+amor+mayor&oq=finalidad+de+la+mision+amor+mayor&gs_l=serp.3…9829.15216.0.16236.10.10.0.0.0.1.2976.5181.0j5j1j1j6-1j9-1.9.0.ernk_timediscountc..0.0…1c.1.airnAZob5GA&pbx=1&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.r_qf.&fp=7e14dbf0ff60bdbb&bpcl=38897761&biw=1366&bih=667
http://primicias24.com/tag/mision-hijos-de-venezuela/
http://www.noticias24.com/venezuela/noticia/47841/presidente-chavez-promulgara-por-ley-habilitante-la-nueva-gran-mision-hijos-de-venezuela/
Anexo
LOGO MISIÓN HIJOS DE VENEZUELA
LOGO MISIÓN AMOR MAYOR.
Misión Hijos de Venezuela
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