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Vacíos Legales de la Estructura Bachillerato Tecnológico, CECyTECH

Enviado por pacenrique


    1. Primer argumento
    2. Segundo argumento
    3. Tercer argumento. Aspecto legal
    4. Conclusión
    5. Bibliografía

     

    INTRODUCCIÓN.

    Para la elaboración de este trabajo se utilizo los métodos: Descriptivo, Comparativo: Diacrónico y Sincrónico; Analítico; Hermenéutica, en la Interpretación de las diferentes fuentes.

    La Subsecretaria de Educación e Investigación Tecnológica (SEIT), fundamentándose con el programa Nacional de Educación 2001 – 2006 y el programa de Educación Tecnológica 2001- 2006, formularon un diagnostico de la situación actual del nivel medio superior, concluyendo que era necesario la reforma del Modelo de la Educación Media Superior Tecnológica, del trabajo de investigación que realizaron se desprende dos documento que han dado a conocer: Modelo De La Educación Media Superior Tecnológica, Documento de trabajo 2004; y la Estructura del Bachillerato Tecnológico.

    El contendido del primer documentó tiene una estructura de cuatro apartados: Primero. Hace referencia a una introducción sobre las características generales del subsistema de educación tecnológica; Segundo. Plantea la misión de la educación media superior tecnológica; Tercero. Apartado se refiere a las ideas rectoras o principios conceptuales; y el ultimó a los elementos del modeló.

    El contenido del segundo documento inicia con: Estructura del bachillerato tecnológico; Componentes formativos; Formación básica; Formación propedéutica; Formación profesional; Asignatura por componente en el plan de estudios y carga horaria semanal; Comparación entre los planes de estudio vigentes y la propuesta de reforma ( ANEXO); y culmina con Implicaciones para el trabajo de la reforma curricular.

    Los documentos tiene el propósito de dar a conocer a todos ello el modelo educativo en que se inspira la reforma curricular. Su difusión y análisis permitirá enriquecerlo, abrir canales para la participación de los involucrados en este proceso de transformación y partir de una visión común que facilite capitalización los distintos esfuerzos (Modelo de la educación media superior tecnológica, 2004, p. 8)

    La implementación de la reforma curricular del SET Chiapas, da inicio el 28 abril 2004, participando como responsables estatales de SEIT; DGETI, DEGETA, CECYTECH. El 18 y 19 de mayo del mismo año, participan los responsables de Planeación, Vinculación y Área Técnica de los Enlaces, en una reunión Regional con fines de Conocimiento y Sensibilización, esto se realizo en la ciudad de Campeche.

    Del 24 al 28 de mayo se efectuaron tres sedes: Tuxtla, Tapachula y Comitán, participando directores, subdirectores académicos y/o jefes de docentes y presidentes de academia también con la finalidad de dar a conocer y sensibilizarlos.

    Los días 17 y 18 de junio, en la ciudad de Villahermosa se efectuó la reunión de trabajo que fue dirigida a los docentes que impartirán el primer semestre en el sureste y centro de la republica, así como a los responsables académicos de cada unidad.

    La información del contenido de la Estructura del Bachillerato Tecnológico, se ha estado bajando como una estrategia a los diferentes niveles del medio superior y conforme avanza la implementación en lugar de crear confianza creo incertidumbre en el CECYTECH, al grado que sean han organizado manifestaciones en contra de la reforma educativa en Chiapas.

    Los dirigentes sindicales han manifestado en los medios de comunicación un paro de actividades laborales Estatal y Nacional, su postura es "NO HA LA REFORMA EDUCATIVA", lo grave del asunto es que han hecho declaraciones que no tiene nada que ver con la Reforma Educativa. Todo esto se debe a la estrategia de implementación que ha seguido el SEIT.

    La Reforma Curricular, ha ocasionado un ambiente laboral muy tenso dentro del subsistema CECyTECH, entre los actores: sindicato y la Dirección del Subsistema, cada uno de ellos tienen visiones diferentes lo que sucederá con algunos docentes de este subsistema educativo, cabe hacer mención que los docentes que imparten las materias: Cocurriculares, Métodos de investigación, ya no tendrán cargas académicas.

    Ambas partes han efectuado proyecciones de lo que sucederá dentro de dos años, y el resultado es que algunos de los docentes no tendrán carga académica tal como la tenia en la actualidad, la situación es preocupante ya que algunos de los catedráticos son afectados por las razones siguientes: Tienen varios años frente a grupo y ellos no tienen todas las horas basificadas, trayendo esto como consecuencia que sean cambiadas sus condiciones laborales por esta disposición de SEIT.

    El nuevo modelo educativo, no ha sido implementado en su totalidad en ningún Subsistema Educativo del Nivel Medio Superior (DGETI), en la Republica Mexicana, esto es según la información vertida hasta el momento.

    Cabe hacer mención que a estas alturas de la implementación del nuevo modelo SEIT, por ser un centro de investigación, ya deberían tener elaborado y difundidos todos los contenidos temáticos de las diferentes asignaturas que se impartirán en los seis semestres, de la Áreas: Físico-matemáticos; Químico-biológicos; y Económico-Administrativo, la finalidad de esto es que los actores responsables del proceso enseñanza aprendizaje puedan hacer los análisis respectivos. La ejecución de este trabajo se puede fundamentar con forme lo establece las disposiciones de normatividad en materia educativa cito: Ley General de Planeación, Ley General de Educación, Ley de transparencia y acceso a la información etc., y así no afectar el proceso enseñanza aprendizaje de los docentes-alumnos.

    Dentro de la información vertida por SEIT y Otras instituciones, esta el documento que explica la estructura del Bachillerato tecnológico, si se da lectura a la página nueve, cita:

    El bachillerato tecnológico corresponde al tipo de educación media superior, se pude cursar después de haber concluido los estudios de secundaria y permite ingresar, a los alumnos que cubren, a cualquier modalidad de educación superior.

    Se cubren en seis semestres y esta organizado alrededor de tres componentes: formación básica, formación propedéutica y formación profesional.

    Con fundamento a la cita anterior, este trabajo tendrá como finalidad analizar si los alumnos CECyTECH, tienen posibilidades de ingresar a cualquier modalidad de educación superior, se tomando como referencia las guías de estudios de la Universidad Autónoma de Chiapas ó cualquier otra institución que tenga reconocido los exámenes del CENEVAL, para este análisis se tomara como referencia dos de los anexos del documento de la Estructura del Bachillerato Tecnológico:

    El primer anexo del documento Estructura del Bachillerato Tecnológico, menciona que la materia de Metodología de la investigación que es de tronco Común se elimina.

    En el anexo Segundo en la columna número dos del renglón dos se incluye el curso" Tecnologías de la Información y la Comunicación" y solo se impartirá en el primer semestre, en el mismo renglón pero en la columna tres cita como cambios principales "Se pone énfasis en el manejo de la tecnología de la información y comunicación" y para su desarrollo tienen que impartirse en tres horas durante un solo semestre.

    En lo que se respecta a las áreas de Histórico Social que estaba integrada de cuatro asignaturas: 1. Introducción a las Ciencias Sociales; 2. Estructura Socioeconómicas de México, 3. Historia de México y Filosofía, como cambios principales son sustituidas por el campo de conocimiento "Ciencia, Tecnología y sociedad" (CTSV I; CTSV II; CTSV III), que por cierto sus programas son muy diferentes a los anteriores por la forma de abordar algunos temas.

    La materia de Cocurriculares también se elimina, ya que no se impartirá.

    De acuerdo a los párrafos anteriores este trabajo dará tres argumentaciones del porque se deben seguir impartiendo las materias: Metodología de investigación; la ampliación de tres a siete horas la materia de Tecnologías de la Informática y Comunicación; Historia México, Filosofía y Cocurriculares.

    PRIMER ARGUMENTO

    En la ley General de educación cita en el Artículo 2: "todo individuo tiene derecho a recibir educación y por lo tanto los habitantes del país tiene las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezca las disposiciones genérales aplicables".

    De acuerdo a lo que cita la Ley General de Educación, en el articulo 2, no se va dar cumplimiento a esta disposición, los alumnos que egresaran del Bachillerato Tecnológico (DGETI), solo podrán ingresar a los Tecnológicos Superiores, con la reforma curricular estarán en desventaja al presentar el examen de admisión de la UNACH.

    Los contenidos de los exámenes de admisión traen un número determinado de preguntas de Ciencias Sociales como son: Historia de México; Introducción Ciencias Sociales; Individuo Social y Ético, Metodología de Investigación; Estructura Socioeconómica de México; (Anexo 1), y los nuevos programas que se implementaran no contempla estas materias.

    Los Exámenes del CENEVAL. También tienen una estructura en la parte común deben presentar los sustentantes el tema de Conocimientos: Ciencias Sociales y humanidades. En Módulos específicos cada institución define si sus aspirantes han de presentar módulos (máximos 3) y cuáles. Estos se califican independientemente los temas de México: geografía e historia Ciencias Sociales (Anexos 2).

    SEGUNDO ARGUMENTO.

    Si comparamos los programas de estudio la Estructura del Bachillerato Tecnológico DGETI y los del Colegio de Bachilleres encontraremos:

    DGETI

    Colegio Bachilleres

    Metodología de la investigación.

    Se elimino

    Metodología de la investigación se imparte en el Sexto Semestres.

    Informática:

    Primer semestre

    Informática se imparte en el:

    Primer semestre, y

    Segundo semestre.

    Histórico Social:

    Ciencia, Tecnología, sociedad y valores I.

    Primer Semestre.

    Ciencia, Tecnología, sociedad y valores II,

    Tercer Semestre.

    Ciencia, Tecnología, sociedad y valores III.

    Quinto semestres.

    Histórico Social.

    Ética y valores I

    Primer Semestres.

    Introducción Ciencias Sociales.

    Primer semestre.

    Ética y Valores II.

    Segundo semestre.

    Historia de México I

    Segundo semestre.

    Historia de México II.

    Tercer Semestre.

    Estructura Socioeconómica de México.

    Cuarto semestre.

    Historia Universal Contemporánea.

    Quinto semestre.

    Filosofía.

    Sexto semestre

    Actividades Cocurriculares.

    Se elimino

    Actividades paraescolares:

    Danza,

    Educación física,

    Periodismo,

    Pintura,

    Música.

    Los alumnos solo debe escoger una actividades paraescolares, y debe cursar los cuatro semestres ya sea:

    Primer semestre.

    Segundo semestres.

    Tercer semestre.

    Cuarto semestres.

    Quinto semestres.

    Y sexto semestres.

     

    En la propuesta educativa del Colegio de Bachilleres en su tríptico (anexo 3) cita: es Bachillerato General y propedéutico, consistente en ofrecer una formación básica e integral sustentada en una Filosofía de la calidad educativa, reflejada en el desempeño de los egresados ámbito de la Ciencia, la Tecnología y la Humanidad, los alumnos egresados de este nuevo plan estudios tienes mas posibilidades de ingresar UNACH o CENEVAL.

    El subsistema del CECYTECH no va cumplir con la disposición: "todo individuo tiene derecho a recibir educación y por lo tanto los habitantes del país tiene las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezca las disposiciones genérales aplicables", (LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Cita: ARTICULO 2, 1993). Los alumnos que egresaran tendrán menos posibilidades de contestar el examen de admisión de la UNACH o CENEVAL, como se demuestra en el cuadro anterior.

    Los programas de estudio de la DGETI (SEIT), restringe a los alumnos a solo pasar los exámenes de admisión de los Institutos Tecnológicos.

    TERCER ARGUMENTO. ASPECTO LEGAL.

    En el Programa Estatal de Educación contempla que se debe incorporar a los planes de estudio la utilización de equipo multimedia y conexiones de redes (p. 24), si tomamos en consideración los contenidos que se han dado a conocer en los nuevos planes del Bachillerato tecnológico, donde se indica que la materia de Tecnología de la información y la comunicación será impartida en 3 Hrs. semanal, no es el tiempo adecuado pedagógicamente para alcanzar el objetivo que marca el Programa Estatal de Educación.

    Por lo tanto se proponen que se incremente otro semestre la materia de Informática con una duración de cuatro horas semanales.

    Es importante señalar tanto el sector publico en cualquier ámbito y las empresas de la iniciativa privadas, un aspecto importante que consideran es que el personal que van a contratar tengan conocimientos de informática, tal como lo señala el slogan del Plan Nacional de Desarrollo "Estamos Poniendo a México al Día y a la Vanguardia".

    Otro aspecto importante del porque se debe incrementar a cuatro horas semana mes, es que la mayoría de alumnos o sea el 80 % del CECyTECH, no cuentas en sus domicilios con una computadora, las familias de los alumnos son de escasos recursos económicos.

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, en su artículo 7 que la letra dice:

    "La educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafos del artículo 3º de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción III. Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país".

    Con esta fracción se argumenta el porque de la materia de Historia de México, en base a que el alumno debe tener presente todos los procesos Históricos de nuestra nación, ya que debe recapitular lo que aprendió en el transcurso de su proceso formativo educacional, independientemente que prosigan o no sus estudios universitarios.

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, en su artículo 7 que la letra dice en su fracción VII. Fomentar las actitudes que estimulen la investigación y la innovación científica a los mismos. Con esta fracción se argumenta el porque de la materia de Métodos de Investigación. Se reitera que vienen preguntas para los exámenes de admisión: de la UNACH ó a través del CENEVAL.

    LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, en su artículo 7 que la letra dice en su fracción IX. Estimular la educación física y los deportes. Con esta fracción se fundamenta porque la materia de Cocurriculares no debe de desaparecer, otro sustento legal lo podemos encontrar en el Programa Estatal de Educación 2001-2006. que a la letra dice: Reforzar y conjuntar los esfuerzos para elaboración y desarrollo programas y proyectos de divulgación cultural y deportiva (p.24), así como también se plantea la incorporación a los planes de estudio el valor curricular a talleres y actividades artísticas, culturales y deportivas (p.17).

    Con los tres argumentos anteriores, puede hacer una valoración y desprender una propuesta ante CECyT`s ó las instancias correspondientes, fundamentándose en lo esta tipificado en La Ley General Educación en su articuló catorce, que a la letra dice en sus fracciones:

    II. Determinar y formular planes y programas de estudio distintos de los previstos en el artículo 12.

    VII. Promover permanentemente la investigación para que sirva como base a la innovación educativa.

    Fomentar y difundir las actividades artísticas, culturales y físico- deportivas en todas sus manifestaciones.

    El ejecutivo y el gobierno de cada entidad federal podrán celebrar convenios para coordinar o unificar las actividades educativas a que se refiere esta ley, con excepción que, con carácter exclusivo, les confiere los artículos 12 y 13.

    Con este artículo se fundamentar la incorporación de las materias ya citadas a los planes de estudio de la Estructura del Bachillerato Tecnológico.

    La reforma educativa que pretende llevar a cabo SEIT, con lo expuesto anteriormente, independientemente que borra de "un plumazo a nuestra Historia y Cultura" contraviene a la Constitución Política de los estados unidos mexicanos, como norma suprema en su articulo dos que a la letra dice: "la nación tiene una composición pluricultural sustentadamente originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y conserva sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas".

    El inciso B) Señala que la Federación, Los Estados y los Municipios tiene la obligación de Fracción II. Definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozca la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación (COMPILA VII, 2003).

    El Artículo tercero. Párrafo V. Señala que además de impartir la educación Preescolar, Primaria y Secundaria señaladas en el primer párrafo, el estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos incluyendo la educación inicial y a la educación superior necesarios para el desarrollo de la nación, apoyara la investigación científica y tecnológica y alentara el fortalecimiento, y difusión de nuestra cultura (COMPILA VII, 2003).

    De igual forma en el artículo Treinta y dos de la Ley General de Educación cita: Las autoridades educativas tomaran medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa así como el logro de la efectividad igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas de manera preferente a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja.

    CONCLUSIÓN.

    Por tal motivo es necesario incluir en los programas de estudio de DGETI, las materias: Métodos de Investigación, informática, Historia de México, y Actividades Cocurriculares, de no hacerlo se contraviene una elemental garantía señalada y plasmada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, dicha reforma puede tener un carácter anticonstitucional, en contravención a lo señalado por la norma suprema del respeto a la herencia cultural, que responde a un elemental estado democrático.

    La Reforma Educativa, si se debe dar, pero con adecuaciones en sus planes de estudio de las Áreas: Químicos-Biológicos; Económicos-Administrativos; Físicos-Matemáticos, para tal efecto deben participar los actores involucrados en la problemática CECyTECH.

    Los programas de estudios anteriores de las materias de Histórico Social y daba mas posibilidades al egresado pasar el examen de admisión y además aportaba valores culturales a los alumnos que egresaban.

    Podemos afirmar que los programas de estudio de Colegio de Bachilleres, tiene los elementos necesarios para que los alumnos, aprueben el examen de admisión a los Tecnológicos y de la Universidad Nacional Autónoma de Chiapas, así como también para aquellas institución que aplique los exámenes del CENEVAL, esta institución del nivel medio superior están dando cumplimiento en lo que se establece en la legislación educativa, y sobre todo que es la competencia mas fuerte que tiene el subsistema CECYTECH (Programas de estudio DGETI).

    Por tal motivo es imperante que el DGETI, analice la propuesta de considerar de nuevo algunas de las materias Tales como: Historia de México, Informática y Cocurriculares, caso contrario el alumno, estará en desventaja, ya que no tendrá los conocimientos para contestar los exámenes de admisión que aplica la UNACH y o el CENEVAL, salvo este pactada a nivel corporativo eliminar las preguntas de las materias de Histórico Social, si esto es cierto, surgirían varias interrogantes: ¿Porque las esta impartiendo el Colegio de Bachilleres? y ¿Donde quedaría la Legislación educativa y la Constitucional?, que como característica general la Ley debe ser de carácter general.

    Se puede aseverar que los nuevos programas no están dando cumplimiento a lo que establece el Programa Estatal de Educación 2001-2006, y mucho menos que se le de cumplimiento al artículo 2 de la Ley General de Educación, donde todos los estudiantes deben tener las mismas posibilidades de acceso al sistema educativo nacional.

    Se finaliza este trabajo con lo siguiente reflexión:

    "El conocimiento científico no es absoluto sino que es relativo. Todo trabajo esta sujeto a cambios, siempre y cuando existan argumentos"

    Es difícil el cambio que propone el SEIT, pero también el SEIT, tiene que aceptar las ideas de los demás actores involucrados en el proceso enseñanza aprendizaje. No se trata de un capricho o quien tiene más fuerza intelectual, política o económica, sino de beneficiar a los educandos y educadores, para que se viva en el futuro un Chiapas, en paz y armonía.

    BIBLIOGRAFIA.

    Programa Estatal de Educación 2001 -2006, Visión de la educación para el 2004. Resumen ejecutivo. Gobierno de Chiapas. p. p. 32.

    Secretaria de Gobierno, Periódico Oficial, Tomo CII, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, 22 Junio de 1994, No. 321. p. 4

    http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/137.pdf, Ley General de Educación. Texto Vigente (ultima reforma aplicada 13/03/2003), Carlos salinas de Gortari, 13 Julio 1993.

    Diario Oficial de la Federación, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Venustiano Carranza, México, Nueva Ley Publicada el 5 de febrero de 1917

    SEP, SEIT, Estructura Del Bachillerato Tecnológico, Primera Edición, México, 2004, p. p. 33.

    Tríptico "Colegio de Bachilleres" PLANTEL II, SAN CRISTÓBAL, 2004, Dirección General, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    COMPILA VII, Poder Judicial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación Legislación Federal y del Distrito Federal, México, 2003.

     

     

    Francisco Enriquez Castillo