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El Derecho de Ejecución Penal

Enviado por alarconflores7


Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. El personal penitenciario
    3. Los Derechos Humanos en el sistema penitenciario
    4. Personal penitenciario, dinámica de los cambios culturales y organizativos
    5. Problemas que ocasiona cambios de personal
    6. Conclusiones generales
    7. Recomendaciones
    8. Bibliografías
    9. Anexos

    PRESENTACIÓN

    El ámbito de trabajo del agente penitenciario es la cárcel (alcaidías, unidades de detención). De por sí es un ámbito especial, un lugar social de casi nulo prestigio y a la vez blanco de atención por parte de la opinión pública.

    Por otra parte, el pensamiento mayoritario de la sociedad actual es que se deben construir más cárceles, debe haber condenas más largas sin importar, demasiado, que no se cumplan los derechos que tienen las personas privadas de su libertad mediante sentencias originadas en los juzgados competentes. El interés público no se posa sobre las condiciones de vida de los detenidos ni las condiciones laborales de los agentes penitenciarios salvo que ocurran episodios que llamen la atención, sobre todo en los medios de comunicación y que se consideran un atentado a la seguridad pública, que ha sido denominado por algunos autores "pánico mediático sobre el crimen". (Ferrel 1999) Es casi en este único sentido en que el trabajo penitenciario se observa desde la opinión pública, también desde las políticas estatales e, incluso desde la investigación social (Liebring 1999). Es decir, solo cuando ocurren episodios donde se revela su fracaso.

    INTRODUCCIÓN

    Para la aplicación de normas que regulan el Sistema Penitenciario y para el cumplimiento de sus objetivos se requiere contar con personal capacitado para llevarlos adelante. Evidentemente los fines del Sistema Penitenciario exige un personal capacitado, a fin de cumplir con la labor que le toca desarrollar en el interior del centro carcelario. Sin embargo, en la mayoría de países entre ellos el nuestro no se cuenta con el personal idóneo para efectivizar en forma correcta el trabajo tratamientos con los internos.

    La cárcel como ámbito laboral tiene características propias que hace que también el trabajo del agente penitenciario tenga rasgos que no comparte con la mayoría de otros trabajos. El agente penitenciario se transforma para quienes están detenidos y condenados en el fantasma de su condena.

    Nuevo ordenamiento legal sobre el personal penitenciario, comprende al personal de tratamiento, de administración y de seguridad, así como dispone que las plazas deben ser cubiertas por estricta línea de carrera conforme al escalafón. Aquí se tiene que tener en cuenta y reconocer el carácter especial de la carrera penitenciaria debido a función social que cumple, estableciéndose la organización del personal jerárquicamente y está sujeto a un régimen laboral y de remuneraciones especiales.

    El mundo carcelario se define también por la relación entre el agente penitenciario y los internos. Es de esta relación de donde puede surgir el peligro que define el ámbito laboral penitenciario. Ese peligro puede ser definido como producto de un campo de confrontación entre unos y otros. Cada uno de los integrantes del escenario carcelario agentes penitenciarios y detenidos se consideran "oponentes" entre sí. Si bien la tarea de los agentes penitenciarios es la de mantener una organización preestablecida de las unidades penitenciarias, muchas veces se considera que es la de "cuidar a los presos". Esta última expresión no es del todo feliz, en tanto da la impresión de que el agente penitenciario cumple una función de pacificar un lugar en donde el otro protagonista es a la vez su contrincante.

    Nos parece que la tarea del agente penitenciario es respetar y hacer respetar los reglamentos, y las leyes que ordenan la vida cotidiana de las personas sancionadas con la privación de la libertad ambulatoria debido a la comisión de un delito. Sin embargo, la situación carcelaria nacional y provincial, como la de muchos países, no permite que se cumpla con la función establecida y se convierta, entonces, en un real campo de batalla donde se espera que cada uno muestre formas de poder para imponerse sobre el otro.

    Si bien es cierto que no habría agentes penitenciarios sin internos, quienes definen las reglas de convivencia son las leyes y reglamentos y todos deben ser respetuosos de los mismos. Pero, en la situación actual, es sabido que estas leyes están lejos de cumplirse debido a las condiciones de internamiento de los detenidos que son ya muy conocidas: sobre población en las unidades penitenciarias, convivencia de procesados y condenados (donde no se respeta, entonces, el principio constitucional de inocencia previo a la condena), uso desmesurado de la prisión preventiva, lentitud en los procesos penales, desinterés de los defensores en mantener actualizados a los detenidos del estado de sus causas, factores todos éstos ajenos a la actuación laboral del agente penitenciario pero que tienen consecuencias directas en el nivel de conflicto que a diario se plantea en una unidad penitenciaria.

    Por otro lado, está la llamada "cultura penitenciaria" que podría definirse como estilos de vida que los internos van adoptando a lo largo de su estadía carcelaria y que está directamente relacionada con la generación de códigos propios y "secretos" para poder comunicarse sin ser entendidos por aquellos a quienes consideran sus "enemigos". Además esta cultura puede ser considerada como una forma de construir una identidad en el encierro, que a veces ya viene en ciernes y se consolida durante el período de detención; y muchas veces subsiste en el período post-penitenciario.

    Actualmente viene trabajando la organización Reforma Penal Internacional (RPI), implementar las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos. La realidad carcelaria y penitenciaria en los últimos años viene atravesando una serie de dificultades por diversos situaciones y allí cabe mencionar al personal penitenciario que requiere de una alta capacidad para dirigir los centros penitenciarios. Es hora de que los centros penitenciarios dejen de ser un motivo de vergüenza para los gobiernos y las sociedades que las presentan, para convertirse en un desafío prioritario y en una urgente exigencia de labor mancomunada e integral de las instituciones públicas y de las organizaciones independientes de la sociedad civil. Cualquier reforma que se quiera implementar, será buena y positiva, siempre y cuando tenga como eje el respeto de la dignidad y los derechos humanos, y la reinserción social productiva de la persona privada de libertad.

    CAPITULO I

    EL PERSONAL PENITENCIARIO

    1. Descripción del Personal Penitenciario.-

    La forma en que el personal penitenciario trata a los reclusos es fundamental para el cumplimiento de los derechos humanos. No existiendo una conducta adecuada de parte del personal fracasarán las demás medidas de reforma. Sin embargo, la formación del personal suele ser inexistente, mínima o incorrecta. Cambiar la conducta y actitudes del personal generalmente es clave para el éxito de la reforma penitenciaria y se suele considerar que la formación es la solución. Pero sin un compromiso visible de los directivos de la administración y sin el establecimiento de un marco ético claro para el servicio penitenciario, dicha formación puede resultar ineficaz.

    Se suele ver la formación en derechos humanos como una medida de reforma de bajo costo. Pero, su eficacia depende de quién la imparte, cómo y en qué contexto. Si se la lleva a cabo en forma incorrecta, puede resultar contraproducente. La formación que tendrá más probabilidades de cosechar beneficios es la que implica liberar al personal penitenciario para que controle su trabajo y tome decisiones. También se debe prestar atención a otros factores importantes para el personal, como sus condiciones de empleo y el acceso a diversos recursos en caso de que se les nieguen sus derechos.

    2.2 LA IMPORTANCIA DEL PERSONAL PENITENCIARIO

    En las prisiones, los dos grupos más importantes son los reclusos y el personal que trabaja con ellos. La clave para tener una prisión bien administrada, que aplica normas de decencia y humanidad para todos, es la interrelación entre estos dos partes. Para que los empleados penitenciarios puedan llevar a cabo su trabajo de servicio público de manera profesional, deben ser cuidadosamente seleccionados y recibir la formación adecuada.

    Los principales problemas tienen que ver con el personal penitenciario, que ven a los reclusos como sus enemigos. El servicio de transporte es simbólico: los reclusos tienen que recostarse en el piso de los furgones ‘como perros’. Es necesario capacitar al personal".

    Los ministros del gobierno y los directores de los servicios penitenciarios tienen que demostrar sus buenas intenciones, producir para cada empleado tarjetas o guías de bolsillo sobre el cumplimiento de los derechos humanos o colocar en la prisión carteles con fragmentos de las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos son todas medidas útiles, pero por sí mismas no afectarán a la interacción entre el personal y los reclusos ni la mejorarán.

    Las personas cruciales son los empleados penitenciarios que tratan con los reclusos en forma cotidiana. Son ellos quienes abren las celdas de los internos por la mañana, quienes pasan junto a ellos la mayor parte del día y quienes los encierran a la noche. Son testigos de las mayores fortalezas y las grandes debilidades de los reclusos. La forma en que traten a los reclusos determinará si una prisión es decente y humana, o brutal y coercitiva. Ellos hablan con los reclusos de forma habitual, ya sea respetuosa o irrespetuosamente. Controlan la asignación de camas y celdas, el acceso a las comidas, las visitas familiares, los paquetes, la correspondencia, el acceso a los teléfonos, el trabajo, la educación, los médicos y los traslados a otras prisiones. Son los empleados quienes mitigan un trastorno potencial o manejan los incidentes con toma de rehenes, ya sea en forma violenta o por medio de una negociación.

    Para que el personal penitenciario trate bien a los reclusos y respete sus derechos, es esencial que ellos mismos sean respetados por la administración del servicio penitenciario y valorados por el gobierno. También necesitan desempeñarse dentro de un marco ético claramente establecido y valorado públicamente que defina los parámetros de las conductas aceptables. Las mejoras, el respeto y la corrección tienen que ver con poner a los seres humanos en primer lugar. El respeto por los derechos humanos de los reclusos comienza por el espacio donde viven y cuando se hacen todos los esfuerzos posibles para asegurar que reciban un trato digno".

    El servicio penitenciario de Inglaterra y Gales sirve los intereses del público manteniendo en custodia a quienes han sido recluidos por los tribunales. Nuestro deber es cuidarlos con humanidad y ayudarlos a llevar una vida decente y útil durante su detención y al recuperar su libertad". Se trata de normas muy altas y difíciles de alcanzar. No todos los desean trabajar en el ámbito penitenciario podrán lidiar con las complejidades de la vida en una prisión y las normas requeridas. En primer lugar, es importante implementar un proceso de selección que asegure que los postulantes seleccionados serán capaces de llevar adelante las difíciles responsabilidades inherentes al trabajo penitenciario.

    El personal necesita recibir la formación adecuada a un nivel profesional. Se debe impartir cierta formación cuando se designa al personal y antes de que asuma sus deberes en una prisión. También se requiere un perfeccionamiento en una etapa posterior para ayudar al personal a desarrollar habilidades específicas.

    La formación es necesaria para mejorar la profesionalidad y las aptitudes del personal, pero también para dejar en claro que las autoridades superiores consideran que una mayor profesionalidad del personal penitenciario es una inversión importante. La certificación formal efectuada por una institución educativa reconocida puede alentar la participación en actividades de formación.

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