La reelección indefinida de congresistas como factor distorsionante de la democracia
Enviado por afcottle
Indice1. El informe y la comisión 2. La Quinta Propuesta
El 26 de Julio del 2,001 fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el informe elaborado por la Comisión de Estudio de las Bases de la Reforma Constitucional, en el cual se formulan lineamientos considerados necesarios para una reforma constitucional, cuyo eje sea la persona humana y la indispensable limitación del poder. Después de los vaivenes de una democracia utilizada por el régimen de Alberto Fujimori para el logro de la perpetuación del poder concentrado básicamente en un individuo, tal informe, en pleno momento de recuperación de prácticas democráticas, propone un modelo de sociedad decididamente democrático, caracterizado por aspectos como vigencia de los derechos humanos, afianzamiento de una economía social de mercado, un régimen presidencial atenuado y el fortalecimiento de las instituciones y los mecanismos de control. Sin embargo, tal fervor democrático, tal renacimiento y florecimiento de la democracia chocan frontalmente con la realidad de una antigua y nefasta práctica política: la reelección indefinida de los congresistas, apoyada y auspiciada por un contingente determinado de juristas. En efecto, los Lineamientos para una Reforma Constitucional en su capítulo VII, referido a la estructura del Estado (Congreso), precisan y explicitan una Quinta Propuesta que aborda el tema de la reelección de los congresistas de la República de un modo increíblemente simplista y hasta grotesco para el sentir de una auténtica democracia, entendida ésta efectiva y concretamente como el gobierno del pueblo.
El tenor literal de la Quinta Propuesta, referente al Congreso de la República es el siguiente: "Reelección de senadores y diputados. Se propone mantener el criterio de reelección indefinida, por cuanto los senadores y diputados no manejan recursos públicos y debido a que históricamente no más del veinte por ciento de los parlamentarios son reelegidos; asimismo, ello permite combinar la experiencia con la renovación en beneficio del país". Deteniéndonos un momento, analizando el texto de la Quinta Propuesta, encontramos varios elementos o partes que es del caso comentar: 1. El mantenimiento o conservación del criterio de reelección indefinida; 2. El no manejo de recursos públicos por parte de senadores y diputados; 3. No más del veinte por ciento de parlamentarios reelegidos; y 4. Combinación de la experiencia y la renovación en beneficio de la nación.
El mantenimiento o conservación del criterio de reelección indefinida.- La formulación del criterio de reelección indefinida implica o importa a su vez el reconocimiento implícito de la existencia de otros tipos de criterio, tales como el de la reelección restringida o inmediata que a nivel presidencial es adoptado por países como los Estados Unidos de América (dos periodos consecutivos de gobierno, de cuatro años cada uno) . También cuenta o se considera el criterio de la prohibición de la reelección inmediata o entendida como la reelección escalonada (después de un periodo de gobierno), que es el adoptado, a nivel presidencial, por nuestro propio país, luego de la contrarreforma constitucional del caso. Se menciona entonces explícitamente el llamado criterio de reelección indefinida, por sobre los demás tipos o clases de criterio. Pero a eso se suma el hecho del MANTENIMIENTO del criterio de reelección indefinida de congresistas, revestido bajo la forma de una propuesta, porque el tenor literal de la Quinta Propuesta reza así: "Se propone mantener el criterio de reelección indefinida …" Esto es, la Comisión propone mantener el statu quo al respecto. O dicho en otras palabras, la Comisión NO PROPONE NADA NUEVO en el panorama de la democracia peruana, precisada en el tema de la reelección de los congresistas. Como dice la frase histórica: nada nuevo bajo el Sol. Pero el continuismo se viste de propuesta, frente a toda posible novedad. El no manejo de recursos públicos por parte de senadores y diputados.- Este es el primer elemento de explicación de la propuesta-apuesta por el continuismo. Su formulación está dirigida aparentemente a hacer una clara distinción entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República, en cuanto deja en claro que sólo los funcionarios del Ejecutivo tienen poder de decisión sobre los recursos públicos. El tenor literal al respecto es contundente: "… los senadores y diputados no manejan recursos públicos …". El apostar por el continuismo toma como primer argumento de explicación a ese hecho distintivo, deslizándose el basamento central de la prohibición de la reelección presidencial inmediata en nuestro Estado-nación; esto es, no se permite la reelección presidencial inmediata porque los presidentes constitucionales, como funcionarios del Ejecutivo por excelencia, sí manejan recursos públicos, a tal punto que pueden hacer mal uso de los mismos si se permite que un presidente postule para un periodo inmediato siguiente. Esa es la idea central. Sin embargo, los congresistas tienen intervención directa en la discusión, y aprobación de las Leyes anuales de Presupuesto del Sector Público. La complementación con el Poder Ejecutivo está enmarcada en el mismo equilibrio de poderes de toda democracia constitucional, de todo "gobierno del pueblo". Lo uno no es concebible sin lo otro. Además, está el hecho que no sólo el Ejecutivo tiene sobre sí grupos de presión de diferente nivel e intensidad. También el Legislativo soporta el peso de los llamados lobbies, por lo que resulta conveniente la renovación masiva de congresistas, apoyada desde la propia Constitución Política. Por otro lado, el manejo de los recursos públicos necesita del marco general, de la ley presupuestaria. En ese sentido, los congresistas sí tienen injerencia e intervención sobre los recursos públicos, que son propios del Estado. No más del veinte por ciento de parlamentarios reelegidos.- El segundo elemento de explicación afirma enfáticamente que, históricamente, no más del veinte por ciento de parlamentarios son reelegidos. Sin embargo, de los últimos quinquenios de gobierno se pueden apreciar estadísticas que dicen lo contrario, pues se registran cifras de cuarenta a sesenta por ciento de parlamentarios reelegidos, por un lado, en términos de promedio, y por otro lado, hay plusmarcas de reelecciones indefinidas de congresistas que bien merecen figurar en los récord de Guinness, dado que no pocos congresistas han logrado acumular desde veinticinco hasta cuarenticinco años de privilegios y servicios, en forma consecutiva o alternada, dejándose abierta la posibilidad de quebrarse y superarse tales marcas, puesto que ya hay congresistas relativamente jóvenes que registran no menos de quince años en el Parlamento de la República como "Padres de la Patria", bajo el amparo de la reelección indefinida de congresistas, que no dudarían en ponerse de acuerdo para suprimir todo límite máximo de tiempo y edad de servicios al Estado, superando barreras de mayoría y minoría, de modo que podría darse el caso de congresistas que nunca trabajaron en su vida, más allá de los entornos del primer poder del Estado, rodeados de inmunidades y privilegios hasta alcanzar edades de escándalo, pues las pensiones de jubilación no son precisamente las mismas que las remuneraciones totales de los congresistas, al faltar el requisito central de la actividad como presupuesto de mayores logros económicos y financieros. Combinación de la experiencia y la renovación en beneficio de la nación.- El tercer y último elemento de la explicación esgrime una fórmula: la combinación de la experiencia y la renovación parlamentarias en beneficio del Perú. En esos términos, vistas así las cosas, la fórmula parece ser la indicada para devolver definitivamente el prestigio al Congreso de la República. Empero, tal fórmula no funciona por una sencilla razón de falta de especificidad; esto es, en el tenor de la fórmula recomendada no se precisa el tipo o clase de reelección congresal, cuando lo correcto para que la fórmula funcione es añadir a su texto un tipo de reelección como es la reelección inmediata, por ejemplo, no más allá de dos quinquenios consecutivos, o en su defecto, otra clase de reelección como es la escalonada (después de un periodo quinquenal gubernativo).
Pero no sucede ello. Sólo se elabora la fórmula teniendo en consideración solamente al criterio de reelección indefinida, sin explicaciones ni fundamentaciones de ningún tipo, como si el gasto en papel fuese cuestión de Estado. La Comisión "propone" mantener el criterio de reeelección indefinida, sin mencionar a los demás criterios, como la reelección inmediata y la escalonada. Y tal propuesta se supone que es fruto de un arduo trabajo de investigación de los miembros de la Comisión, al margen de toda forma de parcialidad e intereses de grupos o de particulares. Como si la fórmula que se refiere a la reelección indefinida funcionase exitosamente en la realidad objetiva de la existencia, la Comisión sólo propone un criterio: el de la reelección indefinida. Qué diferencia con el conjunto de posibilidades que la Comisión plantea en su informe, respecto a los procedimientos para una reforma constitucional, pues en este punto, la Comisión presenta tres alternativas magistralmente planteadas!. Sin embargo, en el punto referido a la reelección de senadores y diputados hay una tremenda mezquindad de planteamientos, dado que sólo se plantea una única posibilidad: el mantenimiento o conservación de la reelección indefinida. Lo correcto hubiera sido dejar para el debate congresal dos criterios como mínimo, partiendo del hecho simple y sencillo de una constatación social: el pueblo, la colectividad están hartos de ver en cada una de las elecciones generales a eternos postulantes a congresistas que van por la re-re-re-re-reelección, consecutiva o alternada (no hay tartamudeo por si acaso), haciendo hasta el ridículo con el único fin de seguir como congresistas de la República. La Comisión con su "innovadora" propuesta no hace sino avalar indirectamente el orden de cosas existente, respecto a indefinidas reeleecciones congresales que sólo logran crear, en última instancia, por un lado una casta política reacia a dejar los muros del Parlamento y la calidad de congresistas de cada uno de sus miembros pertenecientes a las más diversas canteras políticas (desde la derecha hasta la izquierda, pasando por el centro), y por el otro, un sistema de lobbies e intereses subalternos fortalecido por el mero hecho del transcurso del tiempo y la continuidad en sus cargos de las mismas personas, hombres o mujeres, que por costumbre finalmente sólo se conciben y justifican sus existencias como congresistas. Pero estamos en una democracia constitucional, en un gobierno elegido por el pueblo y para el pueblo, en donde todos, literalmente todos los ciudadanos que reúnen los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Constitución Política del Estado pueden ser congresistas; esto es, todo aquel que es peruano de nacimiento, que tiene como mínimo veinticinco años de edad y goza del derecho de sufragio, puede ser congresista, con el apoyo del electorado, claro está. La democracia, el gobierno del pueblo, es para todos. Esa es la idea. No hay democracia para unos pocos. Todos pueden y aún deben servir a la Nación, a la república democrática. El Congreso, como primer poder del Estado, es el indicado para servir. Pero sucede que con el mantenimiento del criterio de la reelección indefinida sólo se favorece a las castas políticas atornilladas en el Parlamento, y al consiguiente sistema de lobbies e intereses subalternos. La Comisión no parece percatarse de ello. Pero la sociedad, el pueblo sí lo ha hecho, y reclama un cambio sustancial que, técnicamente hablando, se relaciona directamente con un cambio en el criterio de reelección de congresistas. No hay otro camino en realidad. Como salida al entrampamiento están el criterio de reelección inmediata y el de reelección escalonada. No mencionamos a la prohibición total de reelección de congresistas, pues es irreal en cuanto no se puede traducir en algo beneficioso para el país, pues siempre la experiencia es necesaria, aun cuando los asesores puedan cubrir cierta falta de experiencia en el cargo.
Trabajo enviado por: Iván Guevara Vásquez
D.N.I 18069920 C.A.L.L 1999