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Proteger los bienes del patrimonio cultural: tarea de todos


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. La Constitución de la República
    3. Ley No. 2 Ley de los monumentos nacionales y locales

    Resumen:

    El trabajo constituye una breve reseña en la que se manifiesta la importancia de la necesidad de proteger los bienes del patrimonio cultural específicamente en Cuba.

    El patrimonio cultural tangible tiene gran significado sociocultural porque constituye una parte importante de la herencia de toda comunidad, o nación, y de la humanidad entera; también tiene un importante valor económico. Actualmente se refleja un elevado deterioro del mismo y, por ende, de recursos socialmente insuficientes para su protección, restauración, conservación y puesta a disposición. A diferencia de gran parte de los bienes naturales, todos los bienes de patrimonio cultural son recursos no renovables. Allí radica la responsabilidad actual de asegurar la preservación de nuestra herencia cultural para el deleite y la investigación de las generaciones presentes y futuras.

    El patrimonio cultural es inicialmente pasivo, existe como objeto, independientemente del reconocimiento o no de su valor cultural, y es la comunidad la que en un momento determinado de su desarrollo .lo selecciona, lo escoge como elemento que debe ser conservado por valores que trascienden su uso o función primitiva. Es solo en este acto que queda definido como bien cultural.

    El patrimonio cultural constituye una forma visible de la cultura representa lo que tenemos derecho a heredar de nuestros predecesores y nuestra obligación de conservarlo a su vez para las generaciones futuras. Los bienes culturales pueden ser también físicos e intangibles, los intangibles son las costumbres ,las fiestas ,la música ,la tradición culinaria ,las artes representativas y tantas otras manifestaciones, que constituyen parte de la cultura y son extremadamente significativos en cuanto a la preservación de la identidad de un país. Los bienes culturales materiales, se distinguen en patrimonio mueble (que puede ser trasladado) del patrimonio cultural inmueble ,los museos, las bibliotecas y los archivos que son quienes conservan el patrimonio mueble, además de algunos sujetos individuales y distintas instituciones que por lo general comparten la responsabilidad de preservar el patrimonio inmueble . Esta idea fue reforzada por el enorme peligro de que desaparecieran grandes manifestaciones culturales debido a la enorme destrucción causada durante la Segunda Guerra Mundial. Posteriormente, a medida que un mayor número de naciones lograron su independencia, el patrimonio cultural reflejó la continuidad e identidad de pueblos particulares.

    Según las formulaciones de la UNESCO puede definirse patrimonio cultural como los monumentos, grupos de edificios y sitios que tienen valor histórico, estético, arqueológico, científico, etnológico o antropológico. Patrimonio natural comprende formaciones físicas, biológicas y geológicas excepcionales, hábitat de especies animales y vegetales amenazadas, y zonas que tengan valor científico, de conservación o estético. Por tanto son bienes que por su especial relevancia en relación con la arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura, la educación, el arte, la ciencia y la cultura en general, integran el patrimonio cultural de la nación y por tanto están requeridos de medios idóneos de preservación y conservación.

    Frecuentemente se distingue le valor económico que tiene los bienes culturales de su valor social y cultural. Si bien, en muchos casos, el valor económico de un objeto patrimonial es un antecedente relevante para determinar la importancia de su preservación, el principal motivo para conservar bienes culturales radica en el valor social o cultural que estos bienes tienen para un individuo, comunidad, nación y en algunos casos, para la humanidad. De hecho son muchos los bienes que no tiene un valor económico explícito, pues no se tasan en el mercado como en el caso de catedrales, esculturas e la vía pública, las obras pertenecientes a museos o las estructuras arqueológicas.

    En el mundo actual los bienes del patrimonio cultural se han convertido en una inversión segura, resistente a cualquier desajuste financiero, y que , con el transcurso del tiempo proporcionan un incremento de su cuantía, por ello constituyen un útil mercado para traficantes tanto en el ámbito nacional como internacional, que pretenden por esta vía establecer comercio ilegal encaminado a un único fin: enriquecerse.

    Cuba al igual que muchos países subdesarrollados ha sido victima de este saqueo de bienes culturales. Muchas de nuestras obras de arte y bienes patrimoniales han aparecido en galerías o lugares de subasta de otras naciones. Nuestro país defiende la necesidad de preservar los bienes culturales de la humanidad, de enfrentar el tráfico ilícito de los mismos así como también de los servicios culturales y por supuesto aboga por la devolución de esa parte del patrimonio cultural de esas naciones a sus países de origen.

    Cuba no esta ajena a los requerimientos en materia de protección de patrimonio cultural y ha emitido diversos regulaciones legales sobre esta materia que han permitido arribar a diferentes definiciones conceptuales del mismo, así tenemos:

    La Constitución de la República.

    Proclamada el 24 de febrero de 1976, en su Artículo 39, inciso (h) establece " El Estado defiende la identidad de la cultura cubana y vela por la conservación del patrimonio cultural y la riqueza artística e histórica de la nación. Protege los monumentos nacionales y los lugares notables por su belleza natural o por su reconocido valor artístico o histórico"

    Inciso (i) "El Estado promueve la participación de los ciudadanos a través de las organizaciones de masas y sociales del país en la realización de su política educacional y cultural"

    Por otra parte contiene enunciaciones conceptuales generales la Ley No 1 de 4 de agosto de 1977. Ley de Protección al Patrimonio Cultural y su Reglamento el Decreto No. 118 de 23 de Septiembre de 1983., esta tiene por objeto la determinación de los bienes que, por su especial relevancia en relación con la arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura, la educación, el arte, la ciencia y la cultura en general forman parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y establecer medios idóneos de protección de los mismos.

    Precisándose en su reglamento el Decreto No. 118, que el Patrimonio Cultural de la Nación está integrado por aquellos bienes muebles e inmuebles que son la expresión o el testimonio de la creación humana o de la evolución de la naturaleza, fundamentalmente;

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