La información fue dada a conocer en la pagina en internet del periódico La Nación con el siguiente titular "TSE condena a obispo por mensaje en homilía" (LN digital 06/05/2010). Irene Vizcaino afirma en su nota "San José (Redacción). De ahora en adelante, el Obispo de Cartago, José Francisco Ulloa, deberá evitar el contenido político en sus homilías":
La redactora afirma más adelante "Los hechos que originaron la gestión ocurrieron el 6 de setiembre de 2009, cuando Ulloa pronunció una homilía donde llamó a los presentes a no votar por candidatos que se opusieran a principios católicos. Para entonces, estaba en debate el tema de si el Estado debería ser o no confesional". (LN digital 06/05/2010)
El obispo deberá pagar "Los daños y perjuicios deberán liquidarse en los tribunales Contencioso Administrativos." (LN digital 06/05/2010).
El silencio guardado por la nueva gobernante y sus ministros ha resultado muy obvio… Como ha sido tradición los obispos de Costa Rica siempre han estados presentes en todos los traspasos de poderes desde hace muchas décadas. El 8 de mayo, pp. no fueron. Solamente estuvo presente Mons. Hugo Barrantes Ureña, Arzobispo de San José y Presidente de la Conferencia Episcopal de Costa Rica. ¿Qué pasò?
Se debe resaltar que el Tribunal Supremo de Elecciones advirtió dentro de la Resolución: "TSE Nº 3281-E1-2010 de las 8:10 horas del 3 de mayo de 2010" (…) "Asimismo, a pesar de que no se declara con lugar el recurso contra la CECOR, se previene a la misma, por medio de su presidente, que debe advertir a los Obispos que la conforman, de no incurrir en conductas como la cuestionada".
Dejar pensar dos cosas de la Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones:
1- Una total ignorancia de la material canónica sobre la persona del Arzobispo y los Obispos diocesanos. Alfunos conocemos que cada obispo es soberano en su acción pastoral y jurídica. Cada obispo diocesano solamente le brinda la información a su superior, el Santo Padre, a quien le debe obediencia.
2- La Conferencia Episcopal es un órgano de cooperación y servicio a los obispos de cada país o región que la conforman.
Los Obispo en su comunicado del 10/05/2010, dicen:"Que dada la naturaleza de la Conferencia Episcopal como órgano colegial para coordinar algunas acciones pastorales, su presidente no ejerce potestad jurisdiccional – disciplinaria alguna sobre los obispos en sus Diócesis, por lo que resulta impropio el mandato dado al Presidente de la Conferencia Episcopal, emitido en la sentencia" (Comunicado de CECOR – AL PUEBLO DE DIOS Y A LA OPINIÓN PÚBLICA– No. 5).
3- Algunas reacciones de opinión sobre el tema:
La `prensa costarricense y algunas agencias católicas en el mundo han dado seguimiento al tema que nos trae. A cobrado significado por ser Costa Rica con "Estado Católico" (Art. 76 de la Constitución Política).
Históricamente las relaciones entre Iglesia y Estado de Costa Rica han sido aceptables y en algunos casos notorias. Algunos analistas han denominado estas relaciones un "concubinato" de oportunidad. Según se vive el memento histórico y el oportunismo coyuntural florecen viejas reacciones "laicistas" o "anti-clericales", pero no duran mucho tiempo en el debate nacional.
Ante la situación presentada entre TSE y la Iglesia ACIPRENSA, afirma "Los obispos rechazaron la sentencia del TSE porque el Obispo de Cartago cumplió con su misión de pastor de "iluminar el momento político que vivía el país". Mons. Ulloa, indicaron, "nunca impuso a los fieles seguir su criterio, ni señaló su incumplimiento como pecado". (ACI 19/05/2010).
Don Álvaro Madrigal, columnista del Periódico La República afirma, una apreciación muy cuestionadora: "Desde una posición de poder, se puede inducir la expresión de la voluntad en el sufragio con afectación de la libertad de opinión y de expresión en las urnas. Esta apreciación que consigna la unanimidad de los magistrados, tiene repercusiones extraordinarias porque notifican la presencia en el Tribunal Supremo de Elecciones de un criterio de suficiente fortaleza con el cual poner a buen recaudo la inmunidad del sufragante ante el propósito de un sujeto ubicado en una posición de poder de inducir (de forma expresa o tácita) la opción final". (LR 13/05/2010).
El mismo comentario de Don Álvaro Madrigal indica "No se deforme la realidad. El fallo recae sobre un obispo y no atropella la libertad de expresión. Al contrario, la reafirma y cautela su ejercicio en función de la calidad del sufragio. El TSE lo precisa acertadamente en los considerandos: "La Iglesia puede tomar posición sobre los problemas sociales del país, así como puede predicar la fe con auténtica libertad, enseñar su doctrina social, ejercer una misión terrenal sin traba alguna y dar juicio moral incluso en materias referentes al orden público y otras de su interés, pero al amparo de tales funciones no caben actuaciones que influyan en la libre decisión de los electores que profesan la religión católica" (LR 13/05/2010).
Otro tema que viena a fondo, la libertad que deben tener los obispos para hablar a sus rebaños. La figura del obispo como "buen pastor", indica que debe guiar su rebaño, el Editorial del Diario Extra expresa: "En los últimos tiempos pequeños grupos buscan, mediante la interpretación de algunas leyes internas o tratados internacionales, limitar a las mayorías, no solo en su actuar sino hasta en la libre manifestación de su pensamiento. En la mayoría de las ocasiones, tratando de hacer valer los derechos humanos pero con interpretaciones acomodadas según los grupos a los que haya que aplicárselos" (D.Ext. 13/05/02010)
Recuerdo un futurista social "El siglo XX es el peor en desbordes sociales e irrespeto a las instituciones". Nadie está conforme con lo establecido e invocan para todo los así "Derechos humanos", la vivencia religiosa no dejar de estar vigilada, cuestionada o en algunos casos suprimida en nombre de los esos "Derechos Humanos". Por eso el editorialista de La Extra dice "Es por eso que no entendemos la sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones -el 6 de mayo- contra monseñor José Francisco Ulloa, obispo de la Diócesis de Cartago, mediante la cual se le condena a abstenerse de hacer llamados a los fieles para que no votaran por quienes no comportieran los valores de la fe católica" (D.Ext. 13/05/02010).
En muchos estados actualmente libertad religiosa, en otros la tolerancia y en otros una total persecución. Según el credo que se confiese, asi se acepta la garantía de esa libertad religiosa, sea cristiana, musulmana o judìa, Tambien existen estados ateos como el chino (con que Arias entabló relaciones diplomaticas) que no respetan la vivencias religiosas de sus ciudadanos, los persiguen, los encarcelan o los aniquilan. Ûes así paso en las ultimas décadas del siglo XIX en Costa Rica, y por eso los clérigos ticos no pueden ejercer la opinión política. Al respeto el editorial de La Nación del pasado 8 de mayo afirma: "En perspectiva histórica, son obvias las razones que un día motivaron a los legisladores de todo el mundo para limitar la libertad de expresión del clero y prohibirle intervenir en política electoral, invocando motivos de religión o creencias religiosas. La gran reforma liberal de la segunda mitad del siglo XIX y las primeras décadas del XX fue una lucha épica contra el poder terrenal de la Iglesia y su indebida gravitación sobre los asuntos de Estado" (LN 08/05/2010)
Sobre el papel profético del Obispo Ulloa, La Nación en su voz editorial hace una lectura simplista: "En cuanto a la segunda interrogante, sobre la caracterización de la homilía como propaganda, es posible que monseñor Ulloa haya sido víctima de un celo excesivo, con grave menoscabo de su libertad de expresión. Aun en el marco de la normativa constitucional vigente, es cuestionable el carácter propagandístico de sus afirmaciones. Nadie fue obligado a presenciar la homilía del obispo Ulloa y nadie está obligado a actuar en consecuencia. La Constitución limita la libertad de expresión de Ulloa, pero no debemos perder de vista que esa limitación también pesa sobre los fieles, impedidos de procurar el mensaje del Obispo", (LN 08/05/2010)
Existe otra cuestión de fondo, los así llamados pastores evangélicos que fundan sectas, y se aseguran su supervivencia económica entrado en la vida política, asumiendo cargos de elección popular. Guatemala, Honduras, El Salvador y Perú están plagados de estas praxis "cristianas". Toman la vida religiosa de la gente, los invitan a "votar" por la prosperidad divina, prueba de ello es que nuestra asamblea legislativa existen dos "pastores" diputados, nadie recure contra ellos. Nunca los diputados "cristianos" han aportado nada relevante al bien común costarricense, solamente sirven de "turecas" al gobernante de turno.
Vuelve después de todo don Yehudy Blanco sobre el tema de "discriminación religiosa", "El artículo 28 de la Constitución, no es una "odiosa discriminación"; este no solo aplica para clérigos católicos. Es uno de los pocos instrumentos existentes en el país para hacer valer la sana separación entre la religión y el Estado. Es vigente y necesario para garantizar el ejercicio pleno y libre del sufragio de parte de los electores de todas las confesionalidades, y para darle libertad a los legisladores y a quienes aspiren a serlo, de desempeñar su función a cabalidad sin verse amedrentados por el posible costo político que vaya a tener el apoyo a proyectos que estén en contra de las enseñanzas de un credo religioso, pero que representan una necesidad real y urgente para sectores minoritarios que también forman parte de la sociedad". (LN 17/05/2010)
Cuadro de publicaciones sobre el tema
(1- Información; 2- Documento; 3- Comentarios y editoriales)
FECHA | MEDIO | TITULAR | TIPO | AUTOR | |||||
06/09/2009 | La Nación | Reforma constitucional eliminaría religión oficial Obispo pide no votar por políticos opuestos a Estado católico Monseñor José Francisco Ulloa lanzó críticas a candidatos y legisladores Aspirantes del PAC y PLN alegan no sentirse aludidos y aclaran posiciones | 1 | Fernando Gutiérrez, Corresponsal Y Álvaro Murillo | |||||
15/09/2009 | La Nación | Monseñor Ulloa recordó a Arias sus compromisos con la Iglesia | 1 | Esteban Mata, redactor | |||||
23/09/2009 | Semanario Universidad No. 1823 | Política electoral acabó propuesta por un Estado laico * Cuestionan llamado del obispo de Cartago a no votar por los partidos que apoyaran el proyecto de reforma constitucional | 1 | Vinicio Chacón | |||||
05/05/2010 | La Nación digital | TSE condena a obispo por mensaje en homilía San José (Redacción).De ahora en adelante, el Obispo de Cartago, José Francisco Ulloa, deberá evitar el contenido político en sus homilías | 1 | Irene Vizcaíno Redactora | |||||
06/05/2010 | WEB T. S. E. | Resolución 3281-E1-2010. Recurso de amparo electoral interpuesto contra Monseñor José Francisco Ulloa Rojas, de Tribunal Supremo de Elecciones | 2 | Magistrados del TSE | |||||
07/05/2010 | Nuestro Pais.cr | TSE condena a Obispo por incitar a no votar por algunos partidos políticos En Costa Rica, decisión electoral de los votantes deberá ser sin influencia divina | 1 | Redacción | |||||
07/05/2010 | Diario Extra digital | • Pidió en homilía no votar por candidatos contra la fe católica TSE CONDENA A OBISPO ULLOA | 1 | Gerardo Ruiz Ramón | |||||
07/05/2010 | La Prensa Libre digital | TSE ordena a Obispo no hacer llamados políticos | 1 | Aarón Sequeira | |||||
07/05/2010 | La Nación | • Amparo electoral contra monseñor josé francisco ulloa TSE condena a obispo por influir en voto de fieles Religioso les pidió no votar por candidatos opuestos a principios católicos – Tribunal le ordena abstenerse de estos mensajes y pagar daños y perjuicios | 1 | Irene Vìzcaino Redactora | |||||
08/05/2010 | La Nación | Libertad de expresión en el púlpito (Editorial) | 3 | Consejo editorial | |||||
10/05/2010 | ACIPRENSA (Perù) | Costa Rica: Obispo condenado por pedir voto coherente con la fe | 1 | Agencia de Noticias | |||||
10/05/2010 | WEB CECOR | CONFERENCIA EPISCOPAL DE COSTA RICA: AL PUEBLO DE DIOS Y A LA OPINIÓN PÚBLICA | 2 | Conferencia Episcopal de Costa Rica | |||||
11/05/2010 | La Nación digital | Recurso de Amparo Electoral — Obispos fustigan resolución del TSE que condena a Ulloa | 1 | Nayuribe Vargas B. Redactora | |||||
11/05/2010 | Informa-Tico Digital | Curas piden que los dejen participar en política | 1 | Redacción | |||||
11/05/2010 | Diario Extra digital | • Por instar a fieles a no votar por determinados candidatos – OBISPOS CUESTIONAN SANCIÓN DEL TSE A MONSEÑOR ULLOA | 1 | Betania Artavia | |||||
11/05/2010 | Agencia Zenit (Roma) | "La resolución contra el obispo de Cartago lesiona la libertad de expresión" Comunicado de la Conferencia Episcopal de Costa Rica | 1 | Nieves San Martín Redactora | |||||
12/05/2010 | ACIPRENSA (Perú) | Respetar libertad de expresión de Mons. Ulloa, exigen Obispos de Costa Rica | 1 | Agencia de Noticias | |||||
12/05/2010 | AICA (Argentina) | Un obispo es condenado por pedir voto coherente con la fe | 1 | Redacción | |||||
13/05/2010 | La República digital | – Más allá de la condena a un obispo | 3 | Alvaro Madrigal | |||||
14/05/2010 | Diario Extra digital | DERECHOS FUNDAMENTALES DE UN OBISPO | 3 | Editorial)Consejo editorial | |||||
17/05/2010 | La Nación | Libertad de expresión y separación religión-Estado – El artículo 28 de la Constitución, no es una "odiosa discriminación" | 3 | Jeudy Blanco Ingeniero | |||||
19/05/2010 | La Republica | Obispo Francisco Ulloa opina acerca de la sanción impuesta por supuestamente tocar temas políticos en homilía "Seguiré hablando cuando sea necesario" Prelado afirma que fallo en su contra es confuso y no se están considerando sus derechos fundamentales como ser humano | 1 | Rommel Tellez | |||||
19/05/2010 | AICA (Argentina) | La Conferencia Episcopal en defensa del obispo de Cartago | 1 | Redacción | |||||
25/05/2010 | Diario Extra | Cuando la religión mete mano en la política • Sobre el fallo contra el señor Ulloa | 3 | Mauricio Ordóñez |
Cuadro de publicaciones sobre el tema | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Informaciones |
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La Nacion | La Nac | 6 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Diario Extra | D. Ext | 4 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
La República | La Rep | 2 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
La Prensa Libre | LPL | 2 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Agenc. Not. | A. Cat | 5 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Otras Public. | Otros | 5 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
Total |
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Autor:
Oscar Lobo Oconitrillo ,
Comunicador Social
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