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Proceso de Amparo

Enviado por Brian MEZA VÁSQUEZ


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

    1. Orígenes
    2. El amparo en los Tratados internacionales de protección de los Derechos Humanos
    3. La evolución legislativa y constitucional del amparo en el Perú
    4. La naturaleza jurídica del amparo
    5. Características procesales del amparo
    6. Concepto o definición del amparo
    7. Derechos incorporados en la protección del amparo por el Código Procesal Constitucional
    8. Clases de amparo
    9. Legitimación procesal activa
    10. Amparo y vías previas
    11. Plazo para la interposición de la demanda
    12. Contestación de la demanda, reconvención, abandono y desistimiento
    13. La sentencia en el amparo y su ejecución
    14. Derechos protegidos
    15. Derechos no protegidos
    16. Representación procesal
    17. Procuración oficiosa
    18. Demanda
    19. Acumulación subjetiva de oficio
    20. Agotamiento de las vías previas
    21. Inadmisibilidad
    22. Acumulación de procesos y resolución inimpugnable
    23. Juez competente y plazo de resolución en Corte
    24. Impedimentos
    25. Trámite
    26. Intervención litisconsorcial
    27. Contenido de la Sentencia fundada
    28. Costas y costos
    29. Apelación
    30. Ejecución de Sentencia
    31. Procedimiento para represión de actos homogéneos
    32. Bibliografía

    Introducción

    Se deduce que la protección es el rasgo fundamental de la Acción de Amparo y que conduce a tipificarlo al interior de la Teoría General del Proceso, como un gran proceso cautelar de Derechos Constitucionales.

    La función o finalidad de la acción de Amparo es la protección de los derechos constitucionales, quiere decir que, para que su manto protector se extienda sobre ellos, es menester se cumpla la condición fundamental de su existencia previa al acto u omisión cuyos efectos queremos anular. En otras palabras, se requiere que el justiciable haya estado, previamente, gozando y ejerciendo en forma efectiva dichos derechos, o hayan estado en la actitud de hacerlo con dicho carácter.

    No es suficiente que al interior de un proceso de Amparo, ante la exposición del justiciable de ser el titular de un derecho o encontrarse en una situación que le permita ejercer un determinado derecho constitucional, el juzgador deba limitarse en forma única y exclusiva a verificar si el demandado ha obrado por acción u omisión para impedir el ejercicio del supuesto derecho; si no que es necesario e imprescindible -lo invoque o no el demandado- analice la real y legal existencia de la aptitud o derecho que el demandante invoca se proteja.

    El presente trabajo ha sido elaborado con el objetivo primordial de brindar información de valioso contenido a los estudiantes de derecho y así mismo para la colectividad en general; consideramos que el proceso de amparo es de considerable relevancia para los ciudadanos, ya que es través de este que podemos velar por nuestros derechos en caso de que estos hayan sido vulnerados.

    PROCESO DE AMPARO

    Orígenes

    El Amparo nace en México. Fueron sus creadores Manuel Crescencio Rejón y Mariano Otero. El primero lo incorporó en la Constitución del Estado de Yucatán de 1841 y el segundo en el Acta de Reformas expedida en 1847. Luego los constituyentes de 1856 lo consagraron definitivamente en la Constitución Federal de México de 18 de febrero de 1857.

    El amparo en los Tratados internacionales de protección de los Derechos Humanos

    El proceso de amparo está consagrado en los tratados como un derecho humano. Recibe este reconocimiento en los siguientes instrumentos internacionales:

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