Dt es la cantidad de días por transcurrir desde el día de la evaluación o corte (el momento de la realización del cálculo) hasta el final de la vigencia de la cobertura prevista o estimada;
V es la cantidad de días de vigencia prevista o estimada;
S es el monto cierto (sin controversias) de indemnización a favor del asegura-do por un siniestro;
R es la responsabilidad máxima asumida en el contrato de cobertura (capitales en riesgos).
Cálculo de Prima No Ganada:
Prima no ganada o no corrida =
G. 100.000 X 184 días .- = G. 50.411 (Primas a Devengar a prorrata temporis)
365 días
Ahora, aplicar la Reducción de suma: (1 – 3.000.000/10.000.000) = 0,7 ó 70 %
Prima no ganada: G. 50.411 x 70 % (Reducción de Suma Asegurada por Siniestros aplicado a la prima no consumida) y en este caso Prima a Devolver = G. 35.287.- porque la Prima está totalmente cancelada.
Por el premio a devolver:
Código | Fecha: | Debe | Haber | |||||||
2.12.01.01.01 | Primas a Devengar – Incendios | 35.287 |
| |||||||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado | 3.529 |
| |||||||
2.02.03.01.01 | Premios a Devolver Seguros – Incendios |
| 38.816 | |||||||
| Total del Asiento | 38.816 | 38.816 |
En el mismo asiento de anulación o en otro distinto (Opcional) por las Diferencia de cálculo entre G. 50.411 y G. 35.287 = G. 15.124 Registrar: como ganancia, mediante el siguiente asiento:
Código | Fecha: | Debe | Haber | |||||||
2.12.01.01.01 | Primas a Devengar – Incendios | 15.124 |
| |||||||
4.01.01. 01.01 | Primas Directas – Incendios |
| 15.124 | |||||||
| Total del Asiento | 15.124 | 15.124 |
Misma situación con la Comisión no devengada G. 5.041.- (Según Sistema) x 70% = Comisión a Devolver por el Agente: G. 3.528.-
Código | Fecha: | Debe | Haber | |||||||
1.02.06.01.01 | Comisiones a Recuperar | 3.881 |
| |||||||
1.09.02.01.01 | Comisiones a Devengar – Incendios |
| 3.528 | |||||||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 353 | |||||||
| Total del Asiento | 3.881 | 3.881 |
5.04.01.01.01 | Comisiones a Intermediarios – Incendios | 1.513 |
| ||||||||
1.09.02.01.01 | Comisiones a Devengar – Incendios |
| 1.513 | ||||||||
| Total del Asiento | 1.513 | 1.513 |
Con Siniestro y a solicitud del Asegurado:
En fecha 14 de febrero de 2007 se procede a la anulación de la Póliza N° 101 – Sección: Automóviles a pedido del Asegurado NN, cuyos datos son los siguientes:
1. Capital Asegurado: G. 10.000.000.-
2. Prima: G. 180.000.-
3. Premio: G. 198.000.-
4. Comisión: G. 36.000.- o 20 %
5. Vigencia: 01.01.07/08
6. Tarifa de corto plazo para Seg. Automóviles 45 días = 25.5%
7. Consigna dos pagos de siniestros parciales (Cotizado sin discriminación por riesgo, es decir Incendios, robo y daños materiales) que totalizan G. 3.000.000.-
8. Días corridos entre inicio de vigencia y fecha de anulación: 45 días
Desarrollo:
Si fuese aplicado la regla de prorrata temporis:
Prima no corrida, no devengada o no ganada = 180.000 x 320/365= 157.808
Comisión no corrida, no ganada o a Devengar = 36.000 x 320/365= 31.561
Ahora por el método de la reducción y adicionado el método a escala o periodo corto, se tiene:
Reducción de suma: G. 3.000.000/10.000.000 = 30% Remanente de Suma Asegurada = 70 % o G. 7.000.000.-
Cálculo de la Prima no ganada: 180.000 x 74,5 % x 70 % = G. 93.870
Cálculo de la Comisión no ganada: 36.000 x 74,5 % x 70 % = G. 18.774
Las diferencias se asientan al igual que los registros contables anteriores, tanto a ganancias como a pérdidas. REASEGUROS ACEPTADOS – LOCAL Efectuar la registración contable de las siguientes operaciones:
1) En la fecha recibimos en reaseguro facultativo proporcional de la empresa SEGUROS TOTAL S.A., la cobertura de la siguiente póliza:
Póliza: 180 Prima del Seguro: 1.300.000 Vigencia:01.07.07/08 Comis. Reas.: 15% Sección: Incendios Impuesto I.V.A.: 10%
Asegurado: Real S.A. Capital Aseg.: 100.000.000 CapitalReaseg. 40.000.000
Código | Fecha: | Debe | Haber | ||||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios | 572.000 |
| ||||||
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 520.000 | ||||||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 52.000 | ||||||
| Total Asiento | 572.000 | 572.000 |
1.09.07.01.01 | Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios | 78.000 |
| ||||||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado | 7.800 |
| ||||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 85.800 | ||||||
| Total Asiento | 85.800 | 85.800 |
Por el devengamiento de un mes 31.07.07:
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios | 44.165 |
| ||||||
4.02.01.01.01 | Primas Aceptadas – Incendios |
| 44.165 | ||||||
| Total Asiento | 44.165 | 44.165 |
5.14.01.01.01 | Comisión s/Primas Aceptadas Reaseguros – Incendios | 6.624 |
| ||||||
1.09.07.01.01 | Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 6.624 | ||||||
| Total Asiento | 6.624 | 6.624 |
2) En la fecha facturamos a la Aseguradora LA CONFIANZA S.A. en concepto de reaseguro facultativo proporcional de la póliza cuyos datos son los siguientes (Cláusula Reasegurador más favorecido):
Asegurado: La Rural S.A. Sección: Incendios Póliza: 921
Cap.Aseg.: 600.000.000 Cap. Aceptado: 150.000.000 Prima Original: 3.800.000.-Comisión: 30% Impuesto: 10% Vigencia: 01.07.07/08
Código | Fecha: | Debe | Haber | |||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios | 1.045.000 |
| |||||
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 950.000 | |||||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 95.000 | |||||
| Total Asiento | 1.045.000 | 1.045.000 |
Código | Fecha: | Debe | Haber | ||||||
1.09.07.01.01 | Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios | 285.000 |
| ||||||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado | 28.500 |
| ||||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 313.500 | ||||||
| Total Asiento | 313.500 | 313.500 |
Por el devengamiento al cierre de mes: 31.07.07
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios | 80.685 |
| ||||||
4.02.01.01.01 | Primas Aceptadas – Incendios |
| 80.685 | ||||||
| Total Asiento | 80.685 | 80.685 |
5.14.01.01.01 | Comisión s/Primas Aceptadas Reaseguros – Incendios | 24.205 |
| ||||||
1.09.07.01.01 | Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 24.205 | ||||||
| Total Asiento | 24.205 | 24.205 |
3) En la fecha aceptamos en reaseguro facultativo proporcional de la Cía. SEGUROS TOTAL S.A. la cobertura de la póliza N° 260 – Sección: Incendios, cuyos datos se detallan a continuación:
Asegurado: Polar S.A. | Nuestra Tasa (Reasegurador): 3 por mil |
Vigencia: 22.08.06/07 | Impuesto I.V.A.: 10% |
Capital Asegurado.: 500.000.000 | Capital Aceptado.: 100.000.000 |
Código | Fecha: | Debe | Haber | ||||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios | 330.000 |
| ||||||
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 300.000 | ||||||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 30.000 | ||||||
| Total Asiento | 330.000 | 330.000 |
Por el Devengamiento de un mes 31.08.06:
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios | 8.219 |
| ||||||
4.02.01.01.01 | Primas Aceptadas – Incendios |
| 8.219 | ||||||
| Total Asiento | 8.219 | 8.219 |
ANULACIONES REASEGUROS ACEPTADOS – LOCAL
Para fines didácticos, nos basaremos en que las anulaciones en reaseguros se hacen sobre la base de prorrata temporis, es decir proporcional al tiempo corrido, sin embargo se pueden aplicar los mismos criterios del seguro (A pedido de la cedente- Tabla de Periodo Corto, del reasegurador – prorrata, con siniestros-reducción de suma)
Efectuar la registración contable de las siguientes operaciones:
1) En fecha 25.08.2006 se anula la cesión en reaseguro facultativo proporcional de la póliza N° 04-201-1500 de la Sección Incendios correspondiente al asegurado ESTRELLA S.A recibido de la aseguradora CONFIANZA S.A. DE SEGUROS cuyos datos se detallan a continuación: Vigencia: 01.06.2006/07 Capital Asegurado: 250.000.000.-
Prima de Reaseguro Aceptado.: 20% Prima Total: 3.000.000.- Comisión de Reaseguros 30%
1. Días corridos: Junio 30 días, Julio 31, Agosto 25, total = 86días
2. Prima de Reaseguro aceptado: 20 % de 3.000.000 = 600.000
3. Prima No Devengada = 600.000/365 x 279 = 458.630
4. Comisión no Devengada = 458.630 x 30%= 137.589
Código | Fecha: | Debe | Haber | ||||||
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios | 458.630 |
| ||||||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado | 45.863 |
| ||||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 504.313 | ||||||
| Total Asiento | 504.313 | 504.313 |
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios | 151.348 |
| ||||||
1.09.07.01.01 | Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 137.589 | ||||||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 13.759 | ||||||
| Total Asiento | 151.348 | 151.348 |
2) La Compañía SEGUROS TOTAL S.A. en fecha 28.08.2006 nos comunica la anulación de la póliza de la sección Incendios con vigencia 01/02/06 al 01/02/07 cuyos datos se detallan a continuación, póliza que habíamos aceptado en reaseguro facultativo proporcional:
Asegurado:La Luna S.R.L. Sección: Incendios Póliza: 00.0201-1500
Cap.Aseg.: 500.000.000 Cap.Reas: 150.000.000 Comisión: 25%
Prima Total 4.500.000 Impuesto I.V.A.: 10%.
1. Días Corridos: Feb. 28, Marzo 31, Abril 30, Mayo 31, Junio 30, Julio 31, Agosto 28, total = 209 días
2. Prima de Reaseguro aceptado: 30 % de 4.500.000 = 1.350.000.-
3. Prima No Ganada = 1.350.000/365 x 156= 576.986
Código | Fecha: | Debe | Haber | ||||||
2.12.03.01.01 | Primas a Devengar Reaseguros Aceptados – Incendios | 576.986 |
| ||||||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado | 57.699 |
| ||||||
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 634.685 | ||||||
| Total Asiento | 634.685 | 634.685 |
1.02.03.01.01 | Reaseguros Aceptados – Incendios | 158.672 |
| ||||||
1.09.07.01.01 | Comisiones Reaseguros Aceptados – Incendios |
| 144.247 | ||||||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 14.425 | ||||||
| Total Asiento | 158.672 | 158.672 |
REASEGUROS CEDIDOS – LOCAL
1. En la fecha cedimos en reaseguro facultativo proporcional a OMEGA S.A. DE SEGUROS, la póliza cuyos datos se detallan a continuación:
Sección: Incendios Vigencia: 01.07.07/08 Asegurado: Patria Comercial S.A.
Cap.Aseg.: 800.000.000 Cap.Cedido: 600.000.000 Prima Orig.: 4.800.000
Comisión: 25% Impuesto: 10%
Código | Fecha: | Debe | Haber | |||
1.09.03.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios | 3.600.000 |
| |||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado | 360.000 |
| |||
2.04.01.01.01 | Reaseguros Cedidos – Incendios |
| 3.960.000 | |||
| Total del Asiento | 3.960.000 | 3.960.000 |
2.04.01.01.01 | Reaseguros Cedidos – Incendios | 990.000 |
| |||
2.14.02.01.01 | Comisiones Cobradas a Dev. Reaseg. Cedidos – Incendios |
| 900.000 | |||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 90.000 | |||
| Total del Asiento | 990.000 | 990.000 |
Por el Devengamiento al 31.07.07:
5.01.01.01.01 | Primas Cedidas – Incendios | 305.753 |
| |||
1.09.03.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios |
| 305.753 | |||
| Total del Asiento | 305.753 | 305.753 |
2.14.02.01.01 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios | 76.438 |
| |||
4.10.01.01.01 | Comisión s/Primas Cedidas Reaseguros – Incendios |
| 76.438 | |||
| Total del Asiento | 76.438 | 76.438 |
Cedimos en reaseguro facultativo proporcional a nuestra colega COBERTURA TOTAL S.A. DE SEGUROS, la siguiente póliza:
Sección: Incendios Vigencia: 01.07.07/08 Asegurado: Yguazú S.A.
Capital Aseg.: 1.200 M. Cap.Reaseg.: 250 M. Comis.Reaseg: 30%
Prima Orig Seg.: 10 M. Tasa de Reaseg.: 0,8%
Código | Fecha: | Debe | Haber | |||
1.09.03.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios | 2.000.000 |
| |||
1.04.01.04.02 | Impuesto al Valor Agregado | 200.000 |
| |||
2.04.01.01.01 | Reaseguros Cedidos – Incendios |
| 2.200.000 | |||
| Total del Asiento | 2.200.000 | 2.200.000 |
2.04.01.01.01 | Reaseguros Cedidos Sección Incendios | 660.000 |
| |||
2.14.02.01.01 | Comisiones Cobradas a Dev. Reaseg. Cedidos – Incendios |
| 600.000 | |||
2.11.01.02.02 | Impuesto al Valor Agregado |
| 60.000 | |||
| Total del Asiento | 660.000 | 660.000 |
REASEGUROS CEDIDOS – EXTERIOR – PROPORCIONALES Y NO PROPORCIONALES
1. De las primas emitidas en el mes de julio/07 de las secciones Incendios de G. 80.000 y Transportes G. 40.000 fueron cedidas al reaseguro del exterior el 80%, bajo un contrato de cuota parte. La comisión de reaseguros es del 25%. Efectuar la registración contable:
Código | Fecha | Debe | Haber | |||||||
1.09.04.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios | 64,000 |
| |||||||
1.09.04.01.02 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Transportes | 32,000 |
| |||||||
2.14.03.01.01 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios |
| 16,000 | |||||||
2.14.03.01.02 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Transportes |
| 8,000 | |||||||
2.11.01.02.04 | Retención Fiscal – Impuesto a la Renta |
| 2,160 | |||||||
2.05.01.01.01 | Reaseguros Cedidos – Incendios |
| 46,560 | |||||||
2.05.01.01.02 | Reaseguros Cedidos – Transportes |
| 23,280 | |||||||
| Total del Asiento | 96,000 | 96,000 |
Al 31.07.07 proceder al devengamiento mensual de las partidas del Reaseguro Proporcional mencionado, solo para la sección Incendios que han totalizado G. 8.000 y G. 3.000 para las comisiones:
Código | Fecha | Debe | Haber | |||||||
5.02.01.01.01 | Primas Cedidas – Incendios | 8.000 |
| |||||||
1.09.04.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos Exterior – Incendios |
| 8.000 | |||||||
| Total del Asiento | 8.000 | 8.000 | |||||||
|
|
|
| |||||||
2.14.03.01.01 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios | 3.000 |
| |||||||
4.11.01.01.01 | Comisiones s/Primas Cedidas Reaseguros – Incendios |
| 3.000 | |||||||
| Total del Asiento | 3.000 | 3.000 |
2. Cedemos en reaseguros facultativo proporcional al exterior a SWISS RE, la póliza N° 123 de la Sección: Incendios en las siguientes condiciones:
Capital Aseg.: 400 M. Cap.Reaseg.: 360 M. Prima Original del Seguro: 6.000.000.-
Comisión Reas.: 10% Imp.Renta: 3,0 % s/Prima Neta de Comisión
Efectuar la registración contable:
Código | Fecha | Debe | Haber | |||||
1.09.04.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios | 5.400.000 |
| |||||
2.14.03.01.01 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios |
| 540.000 | |||||
2.11.01.02.04 | Retención Fiscal – Impuesto a la Renta |
| 145.800 | |||||
2.05.01.01.01 | Reaseguros Cedidos – Incendios |
| 4 |
Ajuste por Producción (Tasa Fija – Flat)
Código | Fecha: 30.06.07 | Debe | Haber | |||
5.12.01.01.01 | Gastos de Cesión Reaseguros – Incendios | 26.000.000 |
| |||
2.11.01.02.04 | Retención Fiscal – Impuesto a la Renta |
| 780.000 | |||
2.05.01.03.01 | Reaseguro Cedido CNP – Incendios |
| 25.220.000 | |||
| Total del asiento | 26.000.000 | 26.000.000 |
Cálculo de la Prima de Reestablecimiento = G. 100.000.000 x 650/850 x 150%= 114.705.882.-
Código | Fecha: 31.07.07 | Debe | Haber | ||
5.12.01.01.01 | Gastos de Cesión Reaseguros – Incendios | 114.705.882 |
| ||
2.11.01.02.04 | Retención Fiscal – Impuesto a la Renta |
| 3.441.176 | ||
2.05.01.03.01 | Reaseguro Cedido CNP – Incendios |
| 111.264.706 | ||
| Total del asiento | 114.705.882 | 114.705.882 |
Ejemplo de cesión según una estructura de contrato cuota parte (Reaseguro Cedido en el Exterior)
Código | Fecha | Debe | Haber | ||||
1.09.04.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Incendios | 64,000 |
| ||||
1.09.04.01.02 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos – Transportes | 32,000 |
| ||||
2.14.03.01.01 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios |
| 16,000 | ||||
2.14.03.01.02 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Transportes |
| 8,000 | ||||
2.11.01.02.04 | Retención Fiscal – Impuesto a la Renta |
| 2,160 | ||||
2.05.01.01.01 | Reaseguros Cedidos – Incendios |
| 46,560 | ||||
2.05.01.01.02 | Reaseguros Cedidos – Transportes |
| 23,280 | ||||
| Total del Asiento | 96,000 | 96,000 |
Al 31.07.08 proceder al devengamiento mensual de las partidas del Reaseguro Proporcional mencionado, solo para la sección Incendios que han totalizado G. 8.000 y G. 3.000 para las comisiones:
Código | Fecha | Debe | Haber | |||||||
5.02.01.01.01 | Primas Cedidas – Incendios | 8.000 |
| |||||||
1.09.04.01.01 | Primas Diferidas Reaseguros Cedidos Exterior – Incendios |
| 8.000 | |||||||
| Total del Asiento | 8.000 | 8.000 | |||||||
|
|
|
| |||||||
2.14.03.01.01 | Comisiones Cobradas a Devengar Reaseg. Cedidos – Incendios | 3.000 |
| |||||||
4.11.01.01.01 | Comisiones s/Primas Cedidas Reaseguros – Incendios |
| 3.000 | |||||||
| Total del Asiento | 3.000 | 3.000 |
Auditoría para Compañias de seguros
AUDITORIA
LAS TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA OPERATIVA
Técnicas de auditoria
Son mecanismos o métodos básicos disponibles aplicados o utilizados por el auditor durante el curso de su trabajo, para obtener la evidencia necesaria a fin de formar su juicio profesional. Vienen a ser las herramientas del auditor, y su empleo se basa en el juicio del auditor según las circunstancias. Algunos son empleados con más frecuencia que otros.
Verificación Ocular
Verificación Oral
Verificación Escrita
Verificación Documental
Verificación Física
Las técnicas representan un método o detalle de procedimientos, factibles mediante los cuales los auditores recopilan para obtener material de evidencia de auditoría.
CLASIFICACIÓN DE LAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA
Las técnicas de auditoría más utilizadas para reunir evidencias se pueden clasificar en:
Verificación Ocular
Verificación Oral
Verificación Escrita
Verificación Documental
Verificación Física
OTRAS TÉCNICAS
Cronogramas o diagramas de Gantt.
Árbol de decisión (o árbol de problemas y solución).
Diagrama Causa – Efecto (Diagrama de Ishikawa).
Diagrama de Pareto.
PERT (Proyect Evaluation and Review Technique) .
CPM (Crithical Path Method)
LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA
Los procedimientos de auditoría representan actos que se realizan durante el curso de un examen mediante la aplicación de técnicas apropiadas. Un método o plan de acción usado para determinar la validez de los principios y normas.
Es un conjunto de técnicas de aplicación simultánea o sucesiva de hechos o circunstancias, es decir, aspectos específicos de una auditoría (técnicas apropiadas para una determinada investigación), con el objetivo de obtener las evidencias de auditoría. Los procedimientos de auditoría son necesarios para el desarrollo de todo el proceso de auditoría.
LOS PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS DE AUDITORÍA
Los principales procedimientos, considerados como mínimos que el departamento de auditoría debe tener en cuenta serían los siguientes:
1. Lectura e interpretación de los estados financieros.
2. Inspecciones oculares.
3. Arqueos de valores.
4. Obtención de confirmaciones de terceros y preguntas a funcionarios y empleados de la empresa
5. Exámenes de estados de cuentas y conciliaciones.
6. Comprobaciones matemáticas.
7. Comprobaciones de informaciones relacionadas.
8. Exámenes de documentos legales importantes y lecturas de manuales.
Autor:
Enrique Ocampo Ramirez
[1] Brokerage (corretaje). Retribuci?n que percibe un corredor por el ejercicio de sus funciones de mediaci?n. Sin?nimo de comisi?n. Castelo Matr?n, Julio. Guardiola Lozano, Antonio, Diccionario MAPFRE de Seguros. Editorial MAPFRE S.A. Madrid. P?g. 104
[2] Art. 96 ? Ley N? 827/96.- Derecho y obligaciones de los corredores de reaseguros. Corredor de reaseguros es la persona natural o jur?dica debidamente autorizada que act?a en los negocios y contratos de reaseguros como intermediario, entre las empresas aseguradoras y reaseguradoras, percibiendo una comisi?n por sus servicios
[3] Art. 97 ? Ley N? 827/96.- El corredor de reaseguros prestar? asesoramiento t?cnico a sus clientes, obtendr? coberturas adecuadas a los intereses de los mismos y actuar? dentro de las normas legales y ?ticas que regulan el funcionamiento del reaseguro
[4] La nota de ?internacionalidad? del contrato de reaseguros, causa final de la funci?n del Corredor de Reaseguros, esta determinada por cuanto la generalidad en la transacci?n mercantil, importa la vinculaci?n de sujetos situados en distintas jurisdicciones, as? como porque el objeto las m?s de las veces termina excediendo la jurisdicci?n e involucrando legislaciones y pr?cticas de distintos pa?ses. Esta caracter?stica resume ?sustancial importancia? avalando la preeminencia de las ?condiciones y principios universales del reaseguro? que informan esta actividad mercantil, como rasgo singular y causa eficiente de la pervivencia del mismo. Tanto en la operativa como en la resoluci?n de conflictos suscitados en su seno. Ver Perucchi, Hector. Lopez Saavedra, Domingo. ?El Contrato de Reaseguros?. Editorial La Ley S.A. Buenos Aires ? 1999, P?g. 20.
[5] Perucchi, Hector. Lopez Saavedra, Domingo. Ob. cit, pag. 153.
[6] Art. 669 ? C?digo Civil Paraguayo: ?Los interesados pueden reglar libremente sus derechos, mediante contratos, observando las normas imperativas de la Ley, y en particular, las contenidas en este t?tulo y en el relativo a los actos jur?dicos?. Principio de la Libertad Contractual y de la Autonom?a de la Voluntad.
[7] Arts. 96 al 99 / Ley n? 827/96 y resoluciones reglamentarias [Resoluci?n n? 15/96 (24.06.96), Resoluci?n SS.RG. N? 11/97 (23.06.97); Resoluci?n SS.RG. N? 3/98 (14.04.98)], en atenci?n a lo dispuesto en el art. 61 incs. b) y m) de la Ley n? 827/96
ALGUNAS DEFINICIONES
?Autoridad de Control / Administrador
Superintendencia de Seguros [cap?tulo ?nico. Definiciones. inc. a)]
autoridad de control de la actividad aseguradora y reaseguradora (arts. 1, 56, y concs.) tendr? las atribuciones que determina esta ley (arts. 56, 61 y concs.), depender? del Directorio del Banco Central del Paraguay, pero gozar? de autonom?a funcional y administrativa en el ejercicio de sus funciones. direcci?n de la SIS : Superintendente de Seguros. Designaci?n: Poder Ejecutivo de una terna de candidatos presentada por el directorio del BCP. Mandato: 5 a?os reelegible.
De los sujetos de control / administrados
Asegurador: Toda empresa o sociedad debidamente autorizada por la Autoridad de Control para dedicarse a la contrataci?n de seguros y reaseguros, y sus actividades consecuentes [cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. h) – arts. 3, 6, 5 y conc.]
Agente, productor o corredor de seguros: Toda persona natural o jur?dica que sea autorizada como tal por la Autoridad de Control que intermedie en la contrataci?n de seguros [cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. j) , arts. 70, 71, 72 y sgtes.]
Liquidador de siniestros: Toda persona natural o jur?dica que sea autorizada como tal por la Autoridad de Control y que como profesional independiente, por honorarios, investigue y determine las valuaciones de los da?os ocasionados por siniestros y negocie el acuerdo de las reclamaciones que surjan de la ejecuci?n de contratos de seguros [cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. k) – ]
De los sujetos de control / administrados
Reasegurador: Toda empresa o sociedad debidamente autorizada para dedicarse exclusivamente a la contrataci?n de reaseguros, y sus actividades consecuentes [cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. i) – art. 91 ? 95]
Corredor de reaseguros: Toda persona natural o jur?dica debidamente autorizada, que act?a en los negocios y contratos de reaseguros como intermediario entre las empresas de seguros y las reaseguradoras, percibiendo una comisi?n por sus servicios [cap?tulo ?nico. Definiciones. Inc. l) – arts. 96 ? 99]
De los sujetos de control / administrados
Auditores externos. Coadyuvantes del control.
Art. 61 inc. o) ? registro de auditores conc. art. 32
actividades asimilables al negocio asegurador.
Actividades comprendidas. El ejercicio de la actividad aseguradora y reaseguradora en cualquier lugar del territorio de la Rep?blica est? sometido al r?gimen de la ley 82796 y al control de la autoridad creada por ella (SIS). Art. 1.- Alcance de la expresi?n seguro. Cuando en esta ley se hace referencia al seguro, se entiende comprendida cualquier forma o modalidad de la actividad aseguradora, conforme a su definici?n en el inc. c) del Cap?tulo Unico, incluido el reaseguro. Art. 2. Inclusi?n dentro del r?gimen de la ley. La Autoridad de Control incluir? en el r?gimen de esta ley y estar?n sometidos a ella quienes realicen operaciones asimilables al seguro cuando su naturaleza o alcance lo justifique. Art. 5?.-
Caso de los ?seguros m?dicos? – controversia
TECNICAS DE SEGUROS El Contrato de Seguro
El contrato de seguro es aquel por el que una persona -el Asegurador- se compromete a indemnizar a otra -el Asegurado- las p?rdidas que ?ste sufra a consecuencia de determinado evento, a cambio de una cantidad pagada regularmente llamada PRIMA. El documento que contiene y regula las relaciones entre Asegurador y Asegurado recibe el nombre de P?LIZA.
Para que exista un contrato de seguro debe haber, en primer lugar, una solicitud (propuesta) del Proponente al Asegurador, que es libre de aceptarla o rehusarla. Una vez que la oferta ha sido definitivamente aceptada, se redacta la p?liza, que entra en vigor en la fecha en ella establecida y pagada la primera prima.
IMPORTANCIA DEL SEGURO
ECONOMIA PRIVADA: Sustituye sensaci?n de inseguridad. Permite emprender activ. de gran riesgo. Producido el da?o, indemnizaci?n permite rehacer la empresa. ECONOMIA NACIONAL: Concentra parte del ahorro nacional. Permite continuar procesos productivos. PARA EL CREDITO: Aumenta el cr?dito para las personas expuestas al riesgo. Ej.: Seg. de Inc. favorece el cr?dito hipotecario. PARA LA COLECTIVAD: Compensaci?n gral. de los siniestros entre las personas.
Funci?n social
1. Libera los recursos econ?micos p/ reponer las p?rdidas de toda sociedad.
2. Promueve la creaci?n del ahorro.
3. Garantiza el cr?dito.
4. Contribuye a evitar siniestros. 5. Facilita el equilibrio social y el desarrollo de la colectividad.
Creaci?n del Ahorro El asegurado compra una prima a la Empresa de Seguros, la misma invierta en forma de Inversiones en los Bancos, y ellas otorgan cr?ditos al P?blico en general.
COASEGURO Existe coaseguro cuando dos o m?s entidades aseguradoras participan simult?neamente en la cobertura de un mismo riesgo, cubriendo cada una de ellas una parte o cuota del mismo.
Cada coaseguradora s?lo responde por la participaci?n que ha asumido. (Excepci?n Ley 2051 ?De Contrataciones P?blicas?) El coaseguro puede ser de p?liza ?nica o de p?lizas separadas.
CONDICIONES: ?1. CUANTIFICABLES: No se puede cuantificar el sufrimiento que causa el incendio del propio hogar, pero s? el valor de la p?rdida econ?mica, por lo que solo se puede asegurar esta ?ltima
2. ASEGURABILIDADEl Asegurador basa toda su actividad en el conocimiento del riesgo. Ese conocimiento lo obtiene a trav?s del c?lculo de probabilidades, que permite, mediante m?todos estad?sticos, determinar con bastante exactitud el grado de probabilidad de que ocurra un suceso (siniestro) entre un gran n?mero de casos posibles (riesgos).
Condiciones:3. PREDECIBLES: Es decir, que se trate de p?rdidas de las que se tenga suficiente experiencia por haberse producido en gran n?mero de casos semejantes.4. MENSURABLES: Que puedan ser evaluadas mediante los mecanismos de tasaci?n del asegurador, aunque en muchos casos ello constituya una operaci?n compleja que solo personas muy expertas (peritos) pueden resolver.
CARACTERES Y PRINCIPIOS BASICOS DEL CONTRATO DE SEGUROS
El contrato de seguros es bilateral, consensual, aleatorio, oneroso, y por sobre todo de Adhesi?n: ya que una de las partes fija las cl?usulas y la otra las acepta. El contrato de seguros, genera obligaciones rec?procas, b?sicamente, del asegurado la obligaci?n del pago de la prima y del asegurador es la indemnizaci?n y/o reparaci?n (Seguro de Da?os) y garantizar la obtenci?n de un capital o una renta
OBJETO: El contrato de seguros tiene por objeto la compensaci?n del perjuicio econ?mico experimentado por un patrimonio a consecuencia de un siniestro. FUNCION: indemnizatoria
PRINCIPIO B?SICO: Buena Fe – m?xima honestidad.
Bajo este principio tanto el asegurado como el asegurador tienen que obrar s?lo con la verdad; el primero describiendo o exponiendo el riesgo tal cual es, sin eludir ni ocultar nada, a fin de que el asegurador ? al apreciarlo debidamente ? lo cubra con equidad, siendo obligaci?n de ?ste obrar con buena fe tambi?n en la atenci?n del siniestro.
OTROS PRINCIPIOS
Principio de mutualidad: ?Las p?rdidas de pocos son cubiertas por la contribuci?n de muchos? Principio de indemnizaci?n: El seguro no es para ganar, el seguro es para no perder, el lucro no es su objeto, sino la reparaci?n o indemnizaci?n del da?o sufrido. Principio de inter?s asegurable: seg?n este principio, no puede asegurarse ning?n evento incierto que no cause da?o o p?rdida si tal evento ocurre.
OTROS PRINCIPIOS Principio de mutualidad: ?Las p?rdidas de pocos son cubiertas por la contribuci?n de muchos? Principio de indemnizaci?n: El seguro no es para ganar, el seguro es para no perder, el lucro no es su objeto, sino la reparaci?n o indemnizaci?n del da?o sufrido. Principio de inter?s asegurable: seg?n este principio, no puede asegurarse ning?n evento incierto que no cause da?o o p?rdida si tal evento ocurre.
Principio de contribuci?n: en caso de que un mismo bien tenga dos o m?s coberturas, en aplicaci?n de los principios de indemnizaci?n y de inter?s asegurable, el resarcimiento de la p?rdida o da?o ser? efectuado por todos los aseguradores en proporci?n a los capitales por cada uno contratados, de modo que la contribuci?n no sobrepase la m?xima p?rdida sufrida por el asegurado
Principio de subrogaci?n: mediante este principio, el asegurador tiene el derecho de repetir contra un tercero responsable, si lo hay, el importe de la indemnizaci?n pagada, es decir, se subroga en los derechos del asegurado y recobra el valor de los da?os del causante responsable. Por la de este principio, el asegurador es tambi?n due?o de los recursos de robo, restos de salvamento o producto de la venta de ?stos. REQUISITOS Medio adecuado para eliminar, reducir, etc., los riesgos econ?micos. Origen de la necesidad dependiente de la naturaleza. Necesidad prevista, debe poder estimarse en dinero u otras prestaciones. Amenaza al conjunto de la colectividad, recae en algunas y con diferente intensidad Frecuencia basada en estad?sticas CLASIFICACI?N
Seg?n la finalidad del servicio: a) Seguro Social b) Seguro Comercial Seg?n su origen hist?rico: a) Mar?timo b) Terrestre c) A?reo Seg?n la Ley 827/96 a) Elementales o Patrimoniales b) Seguros de Vida (Con Rvas. Matem?ticas) c) Seguros de Accidentes personales y de Salud
Clases de Seguros:
POR DURACI?N Temporales: (Corto plazo, Ej. Cauci?n, Transporte, etc. Anuales: Art. 1561 CC: se presume que la vigencia del seguro es de un a?o. Art. 1562: La responsabilidad comienza desde la 24Hs del d?a en que se inicia la cobertura y termina a las 24hs del d?a del plazo establecido, salvo pacto en contrario A largo plazo: (Ej. Vida entera, Incendio Polianuales, etc) POR NATURALEZA DEL RIESGO
Personales a) Seguro de Vida b) Accidentes Personales
Patrimoniales a) Incendio b) Robo c) Transporte d) Autom?viles e) Cauciones, etc.
Elementos del Seguro
Personales Materiales Formales
NATURALEZA TECNICA Y JURIDICA DEL REASEGURO ?A QUIEN PROTEGE?
AL ASEGURADOR ? CEDENTE ES UN CONTRATO TOMADO POR EL EN SU PROPIO BENEFICIO ES UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD (cualquiera sea el ramo de que se trate) CONSECUENCIAS DE ESTOS PRINCIPIOS
No beneficia a ning?n asegurado en particular No existe relaci?n jur?dica ni acci?n entre asegurado y reasegurador y viceversa
Las operaciones de REASEGUROS ACTIVOS que realizan las empresas de seguros est?n reglamentadas por RESOLUCI?N SS.RG. N? 4/02 del 21 de febrero de 2002, en el que se autoriza a las empresas de seguros a celebrar contratos de reaseguros activos, sin acreditar el capital requerido por el art?culo 92 de la Ley N? 827/96 "De Seguros", hasta alcanzar un primaje neto de anulaciones del quince por ciento (15%) de las primas directas netas de anulaciones del ?ltimo ejercicio cerrado La Ley N? 827/96 De Seguros establece que las remesas por siniestros provenientes de reaseguros beneficiar?n a los asegurados cuyos cr?ditos por esos siniestros se pagan y tendr?n preferencia sobre cualesquiera otros que se ejercieren en contra del asegurador, sin perjuicio de contribuir a los gastos de administraci?n de la liquidaci?n o quiebra.
CONDICIONES NECESARIAS PARA QUE EL SISTEMA DE SEGUROS FUNCIONE CON SOLVENCIA
Las operaciones de seguros, para ser correctamente desarrolladas precisan, necesariamente, sustentarse en determinados medios t?cnicos y financieros, sin los cuales la compa??a de seguros no podr?a ser proyectada hacia el futuro con las debidas garant?as de permanencia, equilibrio, estabilidad y solvencia, que permitan hacer frente a los compromisos contra?dos con los asegurados.
Tales medios t?cnicos y financieros son:
R?gimen de Capitales m?nimos y R?gimen de Inversiones.
M?todos de Tratamiento del riesgo (Selecci?n, an?lisis, evaluaci?n y compensaci?n).
La ciencia estad?stica (Ley de los Grandes N?meros y C?lculo de Probabilidades) y matem?tica actuarial.
El mecanismo de las Provisiones T?cnicas, cobertura de las mismas, margen de Solvencia y Fondo de Garant?a.
Sistemas de distribuci?n y homogeneizaci?n cuantitativo de los riesgos: Reaseguros y coaseguros.
Principios Generales que sustentan el seguro:
El seguro funciona como una instituci?n, que en su car?cter de intermediarios financieros, del inter?s individual amenazado, lo agrupa t?cnicamente para lograr una solidaridad impl?cita en el conjunto, que proporciona los medios necesarios para procurar el funcionamiento eficiente del sistema resarcitorio frente a la producci?n de da?os previstos. (Buena Fe, Mutualidad, Subrogaci?n, Indemnizatorio)
Pero la predicciones probabil?sticas no valen para cada individuo, sino que su validez se limita al comportamiento promedio de un universo o poblaci?n (conjunto de bienes, objetos, personas, etc.) homog?neo cualitativa y cuantitativamente, durante un suficiente per?odo de tiempo.
CONDICIONES NECESARIAS DEL SISTEMA
Gran n?mero de asegurados Plazo del seguro suficientemente largo (Ej. Un a?o) Valores a riesgo homog?neos (Ej entre US$ 50.000 y 100.000) Calidad Homog?nea de los bienes cubiertos, en relaci?n con el riesgo de que se trate (Ej. Mobiliario de viviendas) Riesgo espec?fico (Ej: robo) Dispersi?n F?sica (Ej. Distintas ciudades)
LOS DESVIOS o DESEQUILIBRIOS
Variaciones c?clicas propias de los riesgos de la naturaleza (Huracanes, terremotos, inundaciones, etc) que afectan las frecuencias siniestrales de muchos ramos del seguro (Incendio, Robo, Transporte, etc.) Desv?os seculares, permanentes y constantes, debido a cambios paulatinos de las condiciones ambientales que rodean la producci?n de hechos da?osos. Ej. Cambios tecnol?gicos, variaciones en las jurisprudencias de los tribunales, el alza de precios, etc. La distribuci?n temporal de los siniestros (?pocas de calor). La acumulaci?n en el espacio, es decir la simultaneidad de exposici?n a un determinado riesgo, de un gran n?mero de bienes asegurados, que pueden verse afectados en conjunto por un mismo siniestro catastr?fico (Terremoto, ca?da de un avi?n de pasajeros, incendio de un garaje, etc.)
HETEROGENEIDAD DE VALORES
Un ejemplo num?rico servir? para mostrar c?mo la heterogeneidad cuantitativa afecta la solvencia del sistema.
Partamos de la hip?tesis de contar con una cartera integrada por 1000 riesgos de igual calidad ? autom?viles de uso particular, por ejemplo – , que tengan igual valor unitario ? igual marca y modelo ? a los que corresponde la misma tasa de prima de tarifa y por ende igual prima de p?liza, por cubrirse el mismo riesgo en todos los casos (Incendio total, por ejemplo).
HETEROGENEIDAD DE VALORES
Entonces, tendr?amos los siguientes valores supuestos:
Cantidad de bienes asegurados:1.000 Valor Unitario: 5.000 Valor Total: 5.000.000 Prima de Tarifa: 1% Prima de P?liza Individual: 50 Prima total recaudada: 50.000
HETEROGENEIDAD DE VALORES
Si hemos supuesto que la prima de tarifa es del 1%, podemos presumir que la prima pura contenida en ella ser?a aproximadamente del 0,6% (calculando un 0,4 % para gastos totales), con lo cual, si esta prima es correcta corresponde al autentico comportamiento siniestral, tendr?amos:
Cantidad de Siniestros Perdidas totales: 6 Monto total a Indemnizar 30.000 Prima total recaudada: 50.000 Saldo para gastos y utilidades: 20.000
Veamos ahora la situaci?n tal como se presentar?a en el caso de valores heterog?neos de los bienes asegurados, como ser?a en el ejemplo dado que los 1000 autom?viles asegurados no tuvieran todos la misma marca y modelo.
Manteniendo los dem?s datos invariables, tendr?amos, entonces estas cifras. ? Cantidad de bienes asegurados: 1.000 Valor Unitario: 900 de 2.500: 2.250.000 100 de 27.500: 2.750.000 Valor total: 5.000.000 Prima de tarifa: 1% Prima de P?liza Individual: 900 a G. 25 = 22.500 100 a G. 275= 27.500 Prima total recaudada: G. 50.000
Suponemos constante el comportamiento siniestral, pero con dos alternativas: una que los 6 siniestros afecten riesgos de G. 2.500 y la otra que se produzcan sobre riesgos de G. 27.500 (como posiciones extremas que admiten todo tipo de combinaciones intermedias)
Los valores extremos entonces podr?an ser los siguientes: ? Cantidad de Siniestros (p?rdidas totales): 6 ? Monto de la Indemnizaci?n total: Si c/u G. 2.500 = G. 15.000 Monto de la Indemnizaci?n total: Si c/u G. 27.500 = G. 165.000 ? Prima total recaudada G. 50.000 ? Saldos para Gastos y utilidad: 1er caso: G. 35.000 (Ganancia) Saldos para Gastos y utilidad: 2do caso: G. ?115.000 (p?rdida)
EL REASEGURO El reaseguro es una forma aseguradora de segundo grado, a trav?s de cuyas diversas modalidades las entidades aseguradoras procuran homogeneizar y limitar las responsabilidades a su cargo, para normalizar el comportamiento de la cartera de riesgos asumidos, por medio de la cobertura de los desv?os o desequilibrios que afecten la frecuencia, la intensidad, la distribuci?n temporal o la cuant?a individual, de los siniestros que se produzcan en la misma.
Es el seguro de las empresas aseguradoras. Puede contratarse para cubrir Los riesgos (cuota parte – excedente) Para proteger el patrimonio de la aseguradora ( exceso de P?rdida)
CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE REASEGUROS
Bilateral Oneroso Aleatorio De ejecuci?n continuada Libre redacci?n (NO ADHESION) Consensual Internacional Contrato de indemnidad patrimonial
Objetivos
Limita cuantitativamente las responsabilidades del asegurador asegurando su patrimonio. Recorta lo desparejo. Distribuye en el tiempo los desembolsos extraordinarios o limita las p?rdidas a valores precalculados. Provee la capacidad financiera necesaria para lograr la viabilidad del sistema asegurador de manera solvente. Cumple una funci?n de estabilizaci?n t?cnica y financiera de las entidades aseguradoras directas.? Por tanto la cesi?n de riesgos por parte de las aseguradoras se sustentan en las siguientes razones: -???????? SEGURIDAD -???????? ESTABILIDAD -???????? CAPACIDAD -???????? AMORTIGUAR EL IMPACTO DE LAS CATASTROFES
VENTAJAS
Permite desarrollar negocios pr?cticamente sin limitaciones, aumentando la capacidad autom?tica de suscripi?n.
Otorga ventajas competitivas con relaci?n a otros aseguradores, aumentando las capacidades de suscripci?n y utilizando el prestigio internacional de ciertos reaseguradores.
De acuerdo a la modalidad del reaseguro, pueden constituir en un auxilio financiero.
Se aprovecha la experiencia operativa y t?cnica de los reaseguradores, a trav?s de la labor de orientaci?n y asesoramiento a sus cedentes.
Fomenta, promueve y desarrolla la aparici?n de nuevas coberturas de seguro directo, la investigaci?n tecnol?gica sobre causalidad siniestral y m?todos de prevenci?n.
Internacionalmente, equilibra los resultados de los mercados nacionales, permitiendo a su vez compensar los resultados de las carteras nacionales sujetos a riesgos propios de cada regi?n, ya sean producto de la naturaleza o de conducta social.
Respalda el progreso tecnol?gico moderno, protegiendo las cuantiosas inversiones. (Ej. Centrales Hidroel?ctricas, Nucleares, etc.)
Permite la cobertura de riesgos infrecuentes, especiales o peligrosos.
Riesgo cubierto
El reaseguro es un seguro de da?os patrimoniales, porque protege la integridad del patrimonio de su cedente, en la medida en que se ve afectado por la aparici?n de una deuda, de un Pasivo, constituido por la cuant?a de la indemnizaci?n que debe pagar a su asegurado siniestrado, por lo que el riesgo en este caso evidentemente es la aparici?n de la deuda y no el hecho generador de esa deuda.
El contrato de seguro y el de reaseguro son independientes y aut?nomos, pero el segundo est? subordinado al primero porque el seguro original y el riesgo cubierto, son presupuestos causales del reaseguro, ya que sin ellos no podr?a existir por falta de objeto, pues faltar?a inter?s asegurable por parte de su reasegurado.
Principio de Buena Fe
Exige Brindar todas la informaciones No a la Reticencia No al dolo o culpa grave. De este principio devienen dos cl?usulas de uso corriente: ?Follow the fortune? y ?Errores u omisiones? CRITERIOS DE SELECCION
REQUISITOS DE SELECCI?N – VIDA
Edad Suma en Gs. Requisitos B?sicos Radiograf?a Electrocardiograma Laboratorio Inf. Financiero
hasta 59 a?os hasta 150.000.000 S ? ? ? ?
60 a 65 a?os hasta 150.000.000 S + DST + EM ? ? ? ?
CRITERIOS DE SELECCI?N
AO = An?lsis qu?mico y microsc?pico de orina DST = Declaraci?n de Salud Tradicional ECG = Electrocardiograma en Reposo EM = Examen M?dico RX = Radiograf?a de T?rax o Espirometr?a S = Solicitud de Seguro ECGM = Electrocardiograma en esfuerzo (Ergometria) H.I.V. = Test del Sida para sumas superiores a US$. 100.000 I.F. = Cuestionario Financiero a partir de US$. 200.000 L = Examen de Laboratorio: Hemograma, velocidad de sedimentaci?n globular, glucosa sangu?nea en ayunas, colesterol total con fracci?n HDL, triglic?ridos, bilirrubina, creatinina, GPT, GOT y Gamma GT, Ant?geno Prost?tico Espec?fico (para hombres mayores de 50 a?os)
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |