Algunas apreciaciones sobre el uso actual de la letra de cambio en Cuba (página 2)
Enviado por Dr. Guillermo Sixto Bustelo
De esta manera, cuando se decide por el Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba, en 1975, implantar el Sistema de Dirección y Planificación de la Economía a partir de 1976, se dispone de una fuerza técnica insuficiente, con el precedente de una interrupción por años de las relaciones monetario – mercantiles interempresariales.
A partir de 1976 se implementó, como único documento legal para satisfacer la actividad de cobros y pagos entre las entidades de la economía nacional, la orden de cobro a iniciativa del acreedor, previa presentación de una orden de compra. Unos años más tarde (en la década de los 80"s) se incorporó también, para cumplir este propósito, la orden de pago a iniciativa del deudor. En la década de los 90"s fue incorporado el cheque para la actividad de pagos citada, además de la transferencia bancaria.
Cuando en 1999 el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros decide autorizar, con carácter experimental, el uso de la letra de cambio en un amplio sector de la economía nacional, y posteriormente (en el año 2000) el Banco Central de Cuba establece las Normas Bancarias para los Cobros y los Pagos (autorizando 11 documentos entre instrumentos de pago y títulos de crédito), hacía más de 30 años que no se utilizaba en Cuba la letra de cambio; tampoco la mayoría del empresariado cubano estaba preparada para trabajar con este documento de manera eficiente.
La Situación de las Cobranzas en nuestro país.
La información disponible en este sentido no es completa ni totalmente actualizada, pero la que se ha podido recopilar revela una situación nada halagüeña sobre la actividad de cobros en Cuba.
Una ponencia presentada en la Conferencia Jurídica Nacional, en el año 2001, tomando como base un muestreo en 30 entidades de 14 organismos cubanos, concluye que existía en ese momento un desconocimiento general sobre la letra de cambio y que sólo un grupo minoritario de personas dominaban los aspectos básicos necesarios para su uso, todo ello como consecuencia de las décadas sin su empleo en las relaciones de la economía interna. (La Letra de Cambio, Dilemas Actuales; Rosario Noa Abdel Kader, Unidad No. 2 de Bufetes Colectivos).
Un estudio hecho por el Ministerio de la Industria Sideromecánica y del Reciclaje (SIME) en el año 2007 revela que, al cierre del 2006, en todo el país, el nivel de la facturación con créditos había aumentado en un 40 %; los saldos de cuentas por cobrar vencidas lo hicieron en un 66 %; el ciclo de cobros era de 79 días (contra 58 en el período precedente), y sólo el 16 % de las partidas a cobrar se encontraban documentadas a través de letras de cambio. El propio estudio destaca avances en el SIME al año siguiente, en este campo. (Artículo: "Evolución de los cobros y pagos en el país y en el SIME. Acciones encaminadas a la solución de la cadena de impagos y disminución de los saldos de las cuentas por cobrar y pagar". Revista Digital BETSIME).
El Dr. Carlos Lage Dávila, Secretario del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su discurso de clausura del Seminario Nacional con los directores de empresas que aplican el perfeccionamiento empresarial, efectuada en la Sala Universal de las FAR, el 29 de agosto del 2007, se refirió a la situación que presentaban en esa fecha 107 empresas en el sistema de perfeccionamiento empresarial, de las 797 que tiene incorporadas el país al mismo. En estas 107 empresas se acusaban resultados deficientes en la contabilidad y en el control interno, razón por la cual les había sido suspendido el proceso a 38 de ellas. Entre los requerimientos que se le hacían a estas entidades estaba el de utilizar la contratación económica correctamente, así como conciliar y llevar en tiempo las cuentas por cobrar y por pagar. Las empresas en perfeccionamiento representan sólo el 28 % de estas entidades en todo el país; y como se conoce, su inserción en este sistema se logra después de una cuidadosa selección.
Uno de los problemas más acusados entre los detectados en las comprobaciones nacionales del control interno efectuadas anualmente desde 1999 por la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba y el Ministerio de Finanzas y Precios es el correspondiente a los saldos envejecidos de cuentas por cobrar y por pagar en las entidades chequeadas, lo cual ha sido divulgado en su momento por la prensa y otros medios de difusión masiva cubanos.
Factores Incidentes de Manera Negativa en la Gestión de las Cobranzas en Cuba.
De los estudios y apreciaciones antes citados, así como del análisis de los resultados de controles, inspecciones y auditorías realizadas, se puede colegir que son varios y diversos los factores que inciden en la deficiente gestión de las cobranzas en algunas de las entidades económicas de nuestro país, donde cabe destacar los siguientes:
a) Desconocimiento, por parte del empresariado cubano de las ventajas que reporta el uso en la gestión de cobros y pagos de los documentos mercantiles, como la letra de cambio, lo cual hace que no la utilicen en sus transacciones comerciales.
b) Deficientes relaciones contractuales y políticas de contratación entre algunas entidades económicas cubanas.
c) Falta de conciliación de las cuentas por cobrar a clientes.
d) Insuficiencias técnicas en el registro contable de las partidas por cobrar.
e) Inadecuada valoración de los clientes, lo que provoca que no se distinga entre clientes dignos de confianza y los dudosos, resultando de ello una alta e indebida exposición al riesgo. Esto, en gran medida, se encuentra provocado por la apreciación errónea de algunos directivos empresariales de que el principal propósito de los negocios es producir y vender en abundancia, sin tener en consideración aspectos como las utilidades y la liquidez de los clientes.
f) Ausencia de políticas adecuadas de cobranzas y de otorgamiento de créditos comerciales a clientes dignos de confianza.
g) Carencia de personal especializado para efectuar en la práctica la gestión de las cobranzas y las conciliaciones con los clientes. Concesión de poca importancia a esta actividad, por parte de algunos empresarios.
h) No realización sistemática de análisis efectivos sobre la situación de los cobros a los deudores, ni discusión en los órganos colegiados de dirección empresariales.
i) Falta de existencia de una correlación adecuada entre los cobros y los pagos, lo que conlleva a un deterioro de la situación financiera en las entidades afectadas.
j) No estimación de las cuentas incobrables (asunto que debe quedar en parte solucionado a partir de la aplicación de lo preceptuado en la Resolución No. 290/2007 del Ministerio de Finanzas y Precios (17/12/2007), que dispone la formación de una provisión para cuentas incobrables en las empresas estatales, sociedades mercantiles de capital enteramente cubano y unidades básicas de producción cooperativa).
k) Limitaciones impuestas al uso de la letra de cambio por el Acuerdo No. 3619, de 28 de diciembre de 1999, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en lo tocante a las modalidades de su uso (la letra de cambio sólo puede ser utilizada entre dos personas jurídicas: el beneficiario, que es a su vez el librador, y el librado).
l) Limitaciones impuestas por el propio Acuerdo arriba citado a la extensión del uso de la letra de cambio, dado que sólo puede ser utilizada por: las empresas y otras entidades estatales no presupuestadas, las entidades económicas subordinadas o pertenecientes a las organizaciones políticas, de masas y sociales, las cooperativas de producción agropecuaria y las unidades básicas de producción cooperativa. (Se excluyen, entre otros, a las entidades estatales presupuestadas).
m) Desactualización del Código de Comercio vigente en nuestro país (que data de 1885), lo que ubica a este cuerpo legal en una situación de inferioridad frente a ordenamientos jurídicos más modernos, que han eliminado las insuficiencias técnicas que el mismo posee.
VENTAJAS QUE PRESENTA LA LETRA DE CAMBIO PARA LA ACTIVIDAD DE LAS COBRANZAS.
Las ventajas que aquí se exponen están relacionadas con el uso actualmente autorizado para las letras de cambio en Cuba, a tenor del Acuerdo No. 3619 (1999) del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. Las letras de cambio tienen además otras ventajas, que no se aplican actualmente en nuestro país, por el carácter experimental del uso de este documento en el mismo.
La letra de cambio es multifuncional. Ella sirve como moneda de pago para las diferentes transacciones comerciales que se establecen entre los negociantes, como a su vez es también un instrumento de crédito, dado que puede ser descontada en un banco, obteniéndose un adelanto del efectivo a cobrar (por el importe de la misma menos el interés y la comisión bancaria) teniendo este documento como respaldo, lo que permite anticipar recursos líquidos y movilizar capitales en función de la actividad productiva. Los bancos comerciales cubanos no están obligados a descontar letras de cambio, pero suelen hacerlo. En caso de que el tenedor de una letra de cambio no pueda descontarla en un banco determinado, podrá solicitar que la misma sea incorporada al Sistema Electrónico de Descuento de Efectos Comerciales (SEDEC) del Banco Central de Cuba (BCC), con lo cual, cualquier otra institución financiera adscripta al mismo puede interesarse por ella y efectuar la operación de descuento correspondiente.
Las letras de cambio para ser descontadas deberán ser previamente endosadas al banco que efectuará el descuento. El descuento puede hacerse con recurso o sin recurso, a tenor de lo preceptuado en el Código de Comercio (Artículo 467). Si la letra se descuenta con recurso, el endosante no pierde su responsabilidad ante la falta de aceptación o pago de la letra; en cambio, si se descuenta sin recurso, el mismo deja de tener responsabilidad ante cualquier incumplimiento de la misma.
La letra de cambio se emite a iniciativa del acreedor, y para ello éste sólo debe haber hecho la provisión de fondos correspondiente (entrega de mercancías o servicios al cliente) y haber obtenido la aceptación por parte del librado (deudor, en nuestro país).
La letra de cambio permite cobrar intereses por parte del librador, mediante la concesión de un crédito mercantil al deudor, el cual se permite en nuestra legislación (Resolución No. 56/2000 del Banco Central de Cuba) hasta por 360 días. Las tasas de interés máximas iniciales permisibles son: del 8 % de interés anual en moneda nacional (CUC) y el 12 % de interés anual también para la moneda libremente convertible (CUC), según dispuso el Comité de Política Monetaria del Banco Central de Cuba (BCC), en su Acuerdo No. 144.
La letra de cambio puede ser endosada por el librador o tenedor de la misma a una tercera persona (jurídica), como pago de una deuda, aunque en nuestro país, el BCC recomienda que el endoso se haga a una institución financiera (banco), para su descuento o cobranza.
El tenedor de una letra de cambio puede: endosarla, descontarla, presentarla directamente al aceptante o al avalista para su cobro; puede presentarla al banco del librado para pague el importe correspondiente (letra domiciliada en una cuenta bancaria), o en cualquier banco para que éste haga la correspondiente gestión de cobro.
Para emitir una letra de cambio no es necesario tener un contrato con el cliente, pues la propia letra es un título valor que tiene vida independiente de la relación que le dio origen.
Ante el extravío de una letra de cambio, el tenedor de la misma podrá reclamar copia a su cedente, y así, sucesivamente, de uno a otro endosante hasta llegar al librador, con lo que se soluciona este problema.
La letra de cambio puede ser protestada por no pagarse por el librado a su vencimiento o por no aceptarse por el mismo, habiéndose efectuado la provisión de fondos de rigor. En ambos casos, puede efectuarse por el librador el protesto establecido en el Código de Comercio (Título X) dentro de los 8 días hábiles siguientes al evento en cuestión, en el domicilio (municipio) del librado, ante notario público. Ello conllevará a la celebración de un proceso ejecutivo, en la Sala de lo Económico del Tribunal Provincial que proceda, donde el librador finalmente podrá reembolsarse el importe de la letra más los gastos de la cuenta de resaca (gastos incurridos en el protesto).
La empresa que concede un crédito comercial puede hacer valer el mismo ante un banco como garantía o respaldo ante la solicitud de un crédito bancario.
Una letra de cambio puede convertirse en una autorización de débito en cuenta si se domicilia en la cuenta con que opera el deudor o librado en el banco correspondiente; a esto se le llama domiciliar la letra. El efecto que esta posibilidad (recomendada por el BCC en nuestro país) produce sobre la actividad de los cobros en las empresas es significativo.
No necesariamente se debe presentar una letra de cambio al cliente, para su aceptación, en el propio momento en que se hace la entrega de la mercancía o la prestación del servicio. La presentación para la aceptación puede hacerse en otros momentos, según estipula el Código de Comercio en nuestro país. En las recomendaciones que da el Banco central de Cuba se establece que el librado aceptará la letra sólo si previamente ha recibido los bienes o servicios.
Las letras de cambio pueden ser avaladas por alguna institución financiera, con lo cual se garantiza su pago, porque el avalista responde por el librado, por quien salió garante. El aval de una institución financiera está establecido como obligatorio por la Resolución No. 56/2000 del BCC para las letras que documentan operaciones superiores a 100 000 CUP o CUC.
Las transacciones comerciales mayores de 50 000 CUP o CUC y hasta 100 000 CUP o CUC tendrán que ser respaldadas también por letras de cambio, aunque no se precisa el aval antes señalado, según establece la propia Resolución No. 56/2000 del BCC.
CONCLUSIONES.
La actividad de las cobranzas en nuestro país, a más de 8 años de haberse diversificado los mecanismos para su ejecución, sigue siendo aún, en algunas entidades, un problema pendiente de solucionar.
El campo de acción de la letra de cambio es restringido, de acuerdo al carácter experimental de su reimplantación en la economía nacional, a partir del año 2000, después de no haberse utilizado en nuestro país por más de 30 años.
Una parte del empresariado cubano no se encuentra preparada para asumir el reto de las cobranzas, aplicando instrumentos eficaces, como la letra de cambio, ni haciendo uso de las ventajas de la concesión del crédito comercial.
Parece necesaria la capacitación más efectiva del personal directivo y del que atiende la gestión de ventas y cobros en el tema referente a las letras de cambio.
Una vez superada la etapa experimental de la aplicación de la letra de cambio en el país, deberá considerarse la posibilidad de autorizar otras posibilidades de la misma, que representan ventajas para la actividad de las cobranzas.
También se hace necesario actualizar el Código de Comercio vigente en nuestro país (asunto en el que se viene trabajando desde hace algunos años), atemperándolo a las nuevas realidades de la economía cubana e internacional.
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA.
1) Código de Comercio de la República de Cuba. Edición digital actualizada.
2) Resolución 74/2001 del Banco Central de Cuba. Edición digital.
3) Resolución No. 290/2007 del Ministerio de Finanzas y Precios. Gaceta Oficial de la República de Cuba. Edición Extraordinaria. No. 61. Año 2007.
4) Documentos relacionados con el uso de la letra de cambio, el pagaré y el cheque en el territorio nacional. Banco Central de Cuba. Edición temática.
5) Resoluciones 56 y 64 y otros documentos sobre cobros y pagos. Banco Central de Cuba. Edición temática.
6) Acuerdo No. 3619 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros sobre el uso de letras de cambio, cheques y pagarés, de fecha 28/12/1999. Edición digital.
7) La Letra de Cambio, Dilemas Actuales. Rosario Noa Abdel Kader. 2001. Conferencia Jurídica Nacional.
8) Revista Digital BETSIME, la revista del empresariado cubano. Artículo: Evolución de los cobros y pagos en el país y en el SIME. Acciones encaminadas a la solución de la cadena de impagos y disminución de los saldos de cuentas por cobrar y por pagar. Lic. María del Carmen Granda Lorenzo.
9) El Economista – On Line. Artículo: La Banca se amplía y se diversifica. Ledys Camacho Casado. 2000.
10) La Letra de Cambio y el Pagaré. Wilmeida Ochoteco y Colectivo de Autores. Sitio Digital: Monografías.com.
11) Consideraciones Generales para la Administración de Cuentas por Cobrar. Lic. María del Carmen Mustelier García y Lic. Hapy Salas Fuentes. Sitio Digital: Monografías.com.
12) Discurso del Secretario del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, Dr. Carlos Lage Dávila, en la clausura del Seminario Nacional con los directores de empresas que aplican el perfeccionamiento empresarial, el 29 de agosto del 2007. Sitio Digital del MINREX.
13) Tesis para optar por el Título Académico de Máster en Contabilidad Generencial. "Análisis de los Cobros y Pagos en la Empresa Cervecería Tínima Camagüey y su Incidencia en la Situación Financiera ". Luis Manuel Bebert Olivera.
14) Estudio de la Contabilidad General. R. Maldonado. Editorial "Félix Varela".
Autor:
Lic. José de Jesús Pino González
Profesor Instructor – SUM Quivicán – UNAH.
Quivicán, La Habana, Cuba. Noviembre de 2008.
BREVE BIOGRAFÍA DEL AUTOR.
José de Jesús Pino González, Quivicán, La Habana, Cuba, 1953.
Auditor Adjunto de la Unión de Investigación – Producción de la Celulosa del Bagazo "Cuba –9". Inscripto en el Registro de Auditores de la República de Cuba.
Profesor Instructor, a tiempo parcial, de la Sede Universitaria Municipal de Quivicán, filial de la Universidad Agraria de La Habana.
Profesor contratado en el Instituto Politécnico de Economía "Enrique Hart Dávalos", de Quivicán.
Licenciado en Finanzas y Créditos (Universidad de La Habana, 1988) y Técnico de Nivel Medio en Contabilidad (IPE "E. Hart", Quivicán, 1982). Egresado de Idioma Inglés.
Con más de 30 años de experiencia en la actividad económica y contable y de 26 en la docencia de nivel medio y de 5 en la universitaria, ha participado en diversas investigaciones científicas y docentes y publicado varios trabajos sobre temas económicos. Es autor de tres Sistemas de Costo, de aplicación en 5 entidades cubanas.
Ha recibido e impartido varios cursos de postgrado.
Ha participado en comisiones multidisciplinarias para el análisis de temas puntuales de las industrias azucarera y básica cubanas.
Ha tutoreado decenas de trabajos de diploma, de curso y proyectos de grado, y ha participado en eventos nacionales e internacionales, forums, conferencias y otros eventos científicos.
Ha recibido reconocimientos de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba por su labor en esta organización profesional y por años de servicio en la actividad económica, así como del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la República de Cuba, por el desarrollo de investigaciones científicas.
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