Ajuste por inflación (fiscal y contable)
En nuestro país el tema de la inflación ha sido, posiblemente, el tema más discutido en cualesquiera de los congresos realizados en estas ultimas décadas, pero el Sacro Santo principio de Costos históricos, unido a las presiones ejercidas por intereses foráneos y al facilismo de copiar normas y reglamentaciones externas, no permitieron la creación de normas contables propias, hasta el mes de agosto de 1992 en el cual, se promulgo la mencionada DPC-10 que estuviesen acordes con la realidad inflacionaria y socioeconómicos de nuestros país, por lo que podemos definir a la Inflación como un flagelo que viene padeciendo la humanidad desde la creación de la moneda como signo de cambio pero es a partir del siglo XX, cuando se ha incrementado en forma alarmante, en especial en los denominados tercermundistas, donde las grandes masas son las que sufren los efectos de la inflación sobre los sueldos fijos que percibimos a cambio del único bien material que posee: su capacidad de trabajo.
En el siglo XVI, cuando el oro representaba el signo menatario mas seguro sufrió un considerable deterioro. Con el descubrimiento de América, el oro proveniente del nuevo continente aumento la circulación de ese metal moneda y como los bienes y servicios que se podían comprar con esa moneda no aumentaron en la misma proporción, su poder adquisitivo disminuyo, es decir se precisaba de mayor de mayor cantidad de monedas para comprar los bienes o servicios.
Por otra parte también explicaremos el ajuste por inflación en términos fiscales, el cual se divide en dos facetas; Ajuste inicial por inflación y ajuste regulares o continuos. Estos ajustes por inflación con fines fiscales pueden versar sobre partidas determinadas del balance del contribuyente o más ampliamente sobre la integralidad de las mismas.
CAPITULO I
INFLACIÓN EN VENEZUELA
La inflación es la variación de precios en la economía, es decir, en qué porcentaje aumentaron (o disminuyeron) los precios en un período de tiempo determinado. Hay varios tipos de precios: al consumidor, al productor y para la construcción. Para medir el encarecimiento del costo de la vida de los venezolanos, se utiliza el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El IPC nos permite comparar los precios entre un año y otro; por ejemplo, con el sistema base 1997, se entiende que Bs. 100 de 1997 son equivalentes en términos de poder adquisitivo a Bs. 260 del año 2002, a Bs. 50 de 1996, a Bs. 1 de 1983 y a 28 céntimos de 1958. En otras palabras, lo que compraba en 1958 con dos lochas (1 locha = 12,5 céntimos), en el 2002 se compraba con 260 bolívares. Para mayor información sobre este tema, recomiendo consultar el sitio Web del Banco Central de Venezuela .
Los índices del 2004 apuntan a que este año se cerró con una inflación de 19,2%.
MES | IPC | INFLACION | ACUMULADO |
Enero 2004 | 395,36 | 2,51% | 2,51% |
Febrero 2004 | 401,56 | 1,57% | 4,12% |
Marzo 2004 | 410,16 | 2,14% | 6,35% |
Abril 2004 | 415,56 | 1,32% | 7,75% |
Mayo 2004 | 420,45 | 1,18% | 9,02% |
Junio 2004 | 428,25 | 1,86% | 11,04% |
Julio 2004 | 420,45 | 1,38% | 12,58% |
Agosto 2004 | 440,00 | 1,34% | 14,08% |
Septiembre 2004 | 442,30 | 0,52% | 14,68% |
Octubre 2004 | 445,00 | 0,61% | 15,38% |
Noviembre 2004 | 452,50 | 1,69% | 17,33% |
Diciembre 2004 | 459,7 | 1,60% | 19,19% |
Al construir un índice base 100 en enero de 2003, y acumular las variaciones de precios al consumidor, al productor, de la industria y para la construcción, se tiene que el incremento de precios a nivel de mayoristas es muy superior al del consumidor (unos 25 puntos aproximadamente), lo cual indica que en algún momento se trasladará esta inflación a los consumidores. Cuando esto ocurra, el bolsillo de los venezolanos se verá gravemente afectado, reduciendo drásticamente su poder adquisitivo y por ende, aumentando significativamente la pobreza
- Concepto
Se entiende por inflación, el deterioro del poder adquisitivo de un signo monetario empleado como patrón de medida en el intercambio de bienes y servicios, incrementando el valor monetario de los mismos con lo cual disminuye el poder de compra de esa moneda .
Según Dornbusch y Fisher. Define la inflación en los siguientes términos:
"La tasa de inflación es la tasa porcentual del incremento del nivel de precios durante un período determinado"
En efecto la inflación es un incremento del nivel de precios que tiene como primer efecto en poner en duda el supuesto básico de Estabilidad de la Moneda, ya que el solo hecho de transcurrir el tiempo hace que una partida en estado financiero aumente o disminuya en su valor intrínseco .
La inflación también representa el aumento generalizado de los precios en la economía, por cuanto un Bien que hace un año fue adquirido por un precio determinado, con toda seguridad no tendrá el mismo valor luego de transcurrido cierto tiempo. Este fenómeno hace que los valores en libro de los bienes, no sea comparables entre diferentes períodos, condición ésta que es indispensable para los estados financieros.
ÍNDICE DE PRECIOS
El índice de precios al consumidor (IPC) se obtiene en base a una lista de bienes y servicios representativos de la economía de un país en cuanto al consumo familiar (canasta o cesta familiar) y determina el costo de compras promedio de los artículos que lo comprenden para un determinado lapso, el cual se compara con el costo de esa INDICE DE PRECIO misma canasta del período base obteniéndose por diferencia, si el índice de precios al consumidor aumento o disminuyo en ese lapso como fácilmente puede comprender el IPC de los bienes que forman la cesta familiar y será representativo del poder adquisitivo de los habitantes de un país cuando contenga bienes y servicios consumidos por la mayoría. Los bienes y servicios de una canasta familiar para las personas que habitan en el Country club no serán los mismos a los que se tomarían para los habitantes de las zonas marginadas. Normalmente suele aplicarse una canasta familiar representativa de los bienes y servicios de la denominada clase media que suele ser la mas representativa.
Los estadísticos del Banco Central de Venezuela, una vez establecidos los bienes y servicios que formaran la cesta familiar, y de acuerdo con normas y procedimientos internacionales generalmente aceptados en esa profesión obtienen el promedio ponderado de los mismos. Analizan su comportamiento en un determinado lapso y establecen las correspondientes relacionadas entre dos períodos, después de realizado esta compleja labor una formula muy simple proporciona el índice del mes. Para obtener el correspondiente a un mes (podría ser trimestral, anual de una o más décadas, etc.) La fórmula es la siguiente:
Ejemplo: Al finalizar el mes de Diciembre de 1986, el costo promedio de la canasta familiar era de Bs.5000, seguidamente se indican los costos y fechas para esa misma canasta.
En base a la información suministrada, determinar el índice de inflación para cada uno de los meses indicados.
Obtención del índice de inflación
(Precio final del mes) – (precio del año base) =
(Precio del año base)
1987(enero) = 5150 – 5000 = 0.03 (100) = 3 índice
5000
Índice de enero = 100 + 3 = 103
1987 (febrero) = 5500 – 5000 = 0.1 (100) = 10 índice
5000
Índice de febrero = 100 + 10 = 110
1987 (marzo) = 5225 – 5000 = 0.05 (100) = 0.5 índice
5000
Índice de marzo = 100 + 5 = 105
EFECTOS DE LA INFLACIÓN EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA
Hemos analizado el fenómeno inflacionario desde el punto de vista económico y la demostración de las herramientas que son utilizadas para su medición. El interés para la contabilidad es mostrar el efecto de la inflación desde el punto de vista del impacto que tiene sobre las cifras financieras. Para ello supongamos que se constituye una empresa el 31/12/95, con un aporte en efectivo de Bs. 1.000.000,00 y que esta no realizo ninguna operación hasta el 30/06/96, el asiento original de constitución sería:
al 30/06/96, el balance general reflejará la siguiente situación:
En valores nominales la empresa mantiene la misma cantidad de efectivo que en la fecha de su constitución, pero existe una pérdida que la contabilidad tradicional no refleja y que es la originada por la inflación. El millón de bolívares del 31/12/95 no tiene el mismo poder de compra que el millón de bolívares reflejado al 30/06/96.
Este resultado es mostrado cuando se efectúa el calculo del resultado por exposición a la inflación, para lo cual se utilizarán los IPC previamente calculados.
Reexpresión del capital = 1.000.000, 119.15 = 1.191.500
100
Pérdida por la disminución del poder adquisitivo de Bs. 1.000.000=
1.000.000, (119.15 – 1 ) = 191500
(100)
Las cifras del balance general quedarían de la siguiente forma:
El balance general anterior, muestra una modificación en la sección del patrimonio:
- El incremento del capital social con la partida de actualización del capital social por ser un cuenta de naturaleza no monetaria.
- La pérdida por exposición a la inflación igual al monto de la actualización del capital social: esta pérdida se origina en razón al mantenimiento de BS 1.000.000, en efectivo y ser esta pérdida de naturaleza monetaria, el registro contable sería.
30-06-96 _________1_________ Debe Haber
Resultado por exposición a la inflación 191.500,00
Actualización del capital social 191.500,00
P/C la actualización del capital social
Al 30-06-96
Ahora supongamos que el aporte del capital social fue hecho un 50% en efectivo y de otro 50% con un activo fijo, el registro de constitución seria:
31-12-96 _________2_________ Debe Haber
Efectivo en Caja y Bancos 500.000,00
Activo fijo 500.000,00
Capital Social 1.000.000,00
P/C la constitución de la empresa XYZ, C.A
Por aporte de sus accionistas 50% según depo-
sito Nº 315.020 y 50% mobiliario y equipos.
Supongamos igualmente que el 30-06-96 la empresa no efectuó ninguna operación, luego el balance general quedaría de la siguiente forma (cifras históricas).
La diferencia entre este Balance General esta en la composición del Activo veamos ahora los cálculos y represión de las cifras:
PARTIDAS MONETARIAS Y NO MONETARIAS
La DPC-10 establece en el párrafo 12 "son Monetarias aquellas partidas que no están protegidas contra los efectos de la inflación, puesto que sus valores nominales son constantes. Se constituye por dinero o deudas y obligaciones en dinero, expresadas en unidades monetarias independientes de las fluctuaciones en el nivel de precios en general. El efectivo, las cuentas por cobrar, las cuentas por pagar y los prestamos son ejemplo de partidas monetarias, salvo que estén sujetas a reajustes o contratos o decreto"
Esta definición nos lleva a plantear el concepto de partidas monetarias y no monetarias.
Las Partidas Monetarias, pueden considerarse como aquellas partidas que mantienen un valor constante en las unidades monetarias de cambio de la economía. Esto significa que un billete de 1.000 hoy representa dentro de un año en términos nominales en la economía la misma cantidad mas no su Poder de Compra o su Poder Adquisitivo, por el contrario un vehículo que hoy tenga un costo de 8.000.000,00 de Bs. Pasado un año no tendrá el mismo valor en termino de las unidades monetarias que son usadas en la economía como medida de intercambio de bienes y servicios, por ejemplo tal vez el precio del vehículo si es una economía altamente inflacionaria y ha pasado un año sea de Bs. 13.000.000,00 monto este diferente a los 8.000.000 de Bs. Que representa el costo histórico original. Se puede definir, entonces una Partida No Monetaria, como aquella que no expresa un valor fijo en términos de la unidad utilizada como signo monetaria e la economía. En la cual se desarrolla una entidad
PARTIDA | MONETARIA | NO MONETARIA |
Efectivo en caja y bancos en moneda nacional y extranjera | X | |
Títulos valores valorados al precio de mercado | X | |
Títulos y otras valoradas por el método de partidas patrimoniales o de consolidación | X | |
Títulos valores valorados al precio entre el costo y el mercado | X | |
Inversiones especulativas a corto plazo | X | |
Bonos a cobrar convertibles | X | |
Valores negociables por su facilidad de conversión de dinero en la bolsa | X | |
Otros bonos a cobrar | X | |
Acciones preferentes convertibles a participantes | X | |
Otras acciones preferentes | X | |
Depósitos a plazo | X | |
Cuentas a cobrar | X | |
Provisión para cuentas incobrables | X | |
Inventarios | X | |
Gastos prepagados | X | |
Intereses pagados por anticipados | X | |
Cuentas a cobrar a asociados o subsidiarias | X | |
Propiedades planta y equipos | X | |
Depreciación acumulada | X | |
Impuestos diferidos | X | |
Cuentas a pagar | X | |
Reserva para riesgos en curso | X | |
Anticipos a proveedores:
| X | |
X | ||
Patentes marcas y otros intangibles | X | |
Plusvalía o créditos mercantil | X | |
Cargos diferidos | X | |
Incentivo a las exportaciones | X | |
Ingresos diferidos por bienes o servicios a suministrar | X | |
Interés minoritarios en asociadas o subsidiarias consolidadas | X | |
Obligaciones y bonos a pagar no convertibles | X | |
Bonos a pagar convertibles | X | |
Capital preferente | X | |
Capital contable (todas las partidas) | X | |
Cuentas a pagar asociadas o subsidiarias | X | |
Dividendos a pagar | X | |
Prima de seguro cobradas por anticipados | X | |
Apartados para prestaciones sociales | X | |
Seguros prepagadas | X | |
Inventarios asignados a contratos a plazo fijo | X | |
Prestamos a empleados | X |
PARTIDAS DEL ACTIVO
El primer rubro del activo que podemos encontrar es del activo circulante el cual engloba:
Por su naturaleza las cuentas del efectivo en moneda nacional son consideradas como partidas monetarias, dado que no mantiene su poder de compra en su economía de la cual representan el signo monetario. Las cuentas que representan partidas en moneda extranjera "dura" deben considerarse como partidas no monetarias ya que por lo general mantienes su poder de compra con respecto a la economía que sufre un proceso altamente inflacionario. Los PCGA establecen que la partidas en monedas extranjeras deben convertirse a la casa de cambio corriente. Esta disposición hace que las partidas en moneda extranjera estén denominadas en la Moneda funcional en la cual se desenvuelve una entidad. La moneda funcional es el signo monetario de la economía en la cual actúa principalmente una entidad.
Las partidas del exigible pueden clasificarse en:
- Efectos por cobrar
- Cuentas por cobrar comerciales
- Cuentas por cobrar empleados cuentas por cobrar funcionarios
- Anticipos dados a cuentas de contratos.
En principio toda partida que tenga algún tipo de cláusula de reajustabilidad por efectos de la inflación, se debe considerar como una partida no monetaria, la cual estará sujeta al ajuste que se derive de tal condición. Los efectos por cobrar, están constituidos por documentos de créditos derivados de la venta de bienes y/o servicios, las cuales están denominadas a un valor fijo, es decir, nominalmente representan la misma cantidad de unidades monetarias en diferentes fechas.
Por esta razón tales partidas se deben considerar como rubros monetarios. Las cuentas por cobrar comerciales están representadas por facturas de ventas a créditos a los clientes y que al igual que los efectos por cobrar, por lo general están denominadas en unidades monetarias fijas, por esta razón se consideran monetarias. Las cuentas de efectos por cobrar descontados y la provisión para cuentas de cobro dudoso que van restando a las os anteriormente nombradas, también deben considerarse como partidas monetarias.
RUBROS DE PASIVO
Todas las partidas del pasivo son casi en su totalidad de naturaleza monetaria, con la excepción de los ingresos diferidos, los cuales representan la realización de ingresos futuros, dentro del pasivo circulante podemos distinguir, préstamos bancarios, cuentas por cobrar comerciales, cuentas por pagar ínter compañías y otras cuentas por pagar.
Las partidas de largo plazo, apartados y otros pasivos igualmente se encuentran denominados en moneda nominal que al incrementarse la inflación, será liquidada a su valor histórico. Un Ingreso Diferido se origina cuando un cliente efectúa un pago en efectivo por adelantado por un bien o servicio a suministrar en un futuro por lo cual el registro que origina el ingreso diferido es el siguiente:
La moneda que se recibe hoy, tiene un mayor valor que en un futuro y su cuantía corresponde a ingresos que se realizaran en el futuro por lo cual, esta partida es de naturaleza No Monetaria un ultimo ejemplo interesante de citar en el rubro de los pasivos es el de la cuenta Depósitos recibidos en garantía: esta es utilizada con frecuencia en empresas que para entregar un bien o prestar un servicio, solicitan un deposito de cierta cantidad de dinero a sus clientes o suscriptores, por ejemplo las compañías que prestan el servicios eléctrico, tales partidas se originan con el siguiente registro contable:
El valor de liquidación de las partidas de depósitos recibidos en garantía, será a su valor nominal por lo cual es una Partida de Naturaleza Monetaria
PARTIDAS DEL PATRIMONIO
Dentro del patrimonio podemos distinguir:
- Capital Social
- Cuentas de Superávit, dentro de las cuales podemos identificar los siguientes rubros:
- Reservas
- Utilidades No Distribuidas
Por su naturaleza las cuentas de patrimonio son consideradas partidas no monetarias, en efectos las partidas que conforman el patrimonio o capital contable de una entidad representan el valor acumulado de la empresa por todas sus operaciones, y en atención al mantenimiento del patrimonio de la empresa, los rubros que la componen son considerados de naturaleza no monetaria. Una excepción a esta regla de patrimonio, esta constituida por el capital social preferente cuando este es cancelado a los accionistas a su valor nominal en cuyo caso el monto del capital social preferente es considerado como una partida de naturaleza monetaria.
PARTIDAS DEL ESTADO GANANCIAS Y PERDIDAS
Para analizar la situación de las partidas del estado de ganancias y perdidas la separaremos en los siguientes rubros principales:
- Ingresos Operacionales
- Costo de Ventas
- Gasto de Operación
- Otros ingresos y egresos
"Según la DPC-10, en su párrafo 65-66, Explica las diferencias entre partidas monetarias y no monetarias" del estado de resultados: "son no monetarias las cuentas de resultado que surgen de la asignación, entre periodos de los activos y pasivos no monetarios. Ejemplos son el consumo de existencia en el costo de venta, la depreciación del activo fijo y la amortización de costos prepagados y saldos de los diferidos no monetarios".
En efecto como menciona la DPC-10, los costos y gastos que se derivan de partidas monetarias del balance general, como son los costos incurridos y reflejados en el estado de resultados por los inventarios vendidos, se considera de naturaleza no monetaria; el segundo caso es depreciación y amortización que se deriva de partidas no monetarias del balance general, en este caso también son consideradas como partidas no monetarias. En general cualquier partida del balance general clasificadas como no monetarias y que sea realizada en el estado de ganancias y perdidas debe ser consideradas como partidas de naturaleza no monetaria. Según el párrafo 66 de la DPC-10, dice: "Son monetarias todas las cuentas de resultados que no se incluyan en el párrafo 65, ejemplo: son las cuentas, los gastos corrientes y el impuesto sobre la renta".
Para aclarar con ejemplos en lo establecido en la DPC-10, párrafo 65-66 veamos los siguientes casos:
Ejemplo : se compro al contado un activo fijo, en Bs. 12.000.000,00 el 01/01/2001, luego el registro contable seria el siguiente
Suponga que la vida útil es de 5 años y sin valor residual, luego la depreciación mensual será
El registro contable por la depreciación del mes de enero es,
El registro contable anterior se efectúa mensualmente hasta el ultimo mes del ejercicio o hasta que termine de depreciar el activo. De acuerdo con lo establecido, el gasto por depreciación que va en el estado de resultados, debe clasificarse como una partida de naturaleza no monetaria.
PARTIDAS QUE SE REEXPRESAN
Las partidas que deben reexpresarse son las siguientes:
Activos no monetarios.
Son partidas que mantienen o aumentan su valor intrínseco en períodos de inflación por lo que deben ser ajustadas por inflación para expresar su mayor valor con respecto a los valores nominales en los cuales esta reexpresado en la contabilidad histórica. Veamos:
Supongamos que el 01/02/x1, manufacturas de algodón CA, efectuó la compra de una maquinaria con una deuda a 90 días por Bs. 25.000.00, 00 el IPC del mes de febrero fue de 2820, 70 al cierre del ejercicio económico 30/06/2001, el IPC llegó a 3642,40 luego el cálculo del ajuste por inflación sería:
Valor ajustado = 25.000.000*3642,40 = 28.914,808
2820,70
PARTIDAS PATRIMONIALES
La DPC-10 establece el tratamiento y el ajuste que debe seguirse para las partidas patrimoniales. En el párrafo 60 se establece lo siguiente con respecto al capital social, "se actualiza este rubro por el método nivel general de precios al haberse capitalizado algún elemento aparte de los que se eliminan conforme el párrafo 45 se asigna como antigüedad a estos dividendos en acciones, la fecha o período de su origen como patrimonio, y no la de su capitalización". El período de origen se puede determinar por las técnicas lifo, fifo, o promedio guardando uniformidad de técnicas entre períodos Adicionalmente el párrafo 30 del tercer boletín de actualización establece lo siguiente "cuando se han capitalizado para formar parte de del capital social legal, dividendos en acciones provenientes de reevaluaciones y el resultado para reexpresar la cifra histórica del capital sin tales capitalizaciones", es superior al capital social legal (con avaluos) puede utilizarse la cifra de la actualización del capital histórico para llevar al capital social a la cifra legal, disminuyendo la cifra de la actualización si la cifra de actualización no es suficiente, la entidad deberá utilizar el Método Mixto, obligatoriamente o deberá disminuir el capital social a su cifra real, legalmente para aplicar el NGP.
De los párrafos anteriores se derivan las reglas que se muestran a continuación:
OPERACION | VARIABLE | FECHA DE ORIGEN |
Incremento de Capital | Por aporte de los accionistas | Debe actualizarse desde la fecha que se da el aporte o la actualización |
Capitalización de una reevaluación | No se actualiza y debe eliminarse la reevaluación por el capital social que fue emitido | |
Capitalización de Utilidades | Debe tomarse como fecha de origen para las utilidades la fecha en que se generan y no el momento de su capitalización | |
Disminución de Capital | Disminución del déficit acumulado | Debe tomarse como fecha de origen la disminución del déficit acumulado |
Fechas de origen para los aumentos y disminuciones del patrimonio
PASIVOS NO MONETARIOS
Limitada a pocas partidas, para ajustar los pasivos no monetarios, se sigue el mismo procedimiento, es decir, se aplican los factores correspondientes a los IPC la fecha de cierre y de origen de la partida. Veamos el ajuste de las partidas de ajuste monetario con un ejemplo.
COMPUWORD, C. A. es una empresa que realiza sus ingresos a través del registro inicial de estos en una cuenta de ingresos diferidos, por cuanto son cobrados de forma anticipada a los clientes. El detalle de las ventas cobradas por anticipado al cierre de los ejercicios los IPC son los siguientes:
Fecha de suscripción | Monto | IPC |
06-X1 | 1.310.000,00 | 1262,90 |
07-X1 | 1.540.000,00 | 1322,30 |
08-X1 | 900.000,00 | 1343,10 |
Seguidamente debemos actualizar cada estrato de acuerdo con lo que establece el párrafo 15 de DPC-10.
06- X1 1.310.000,00 * 1563,70 = 1.622.018
1262,90
07- X1 1.540.000,00 * 1563,70 = 1.849.112
1322,30
08 – X1 900.000,00 * 1563,70 = 1.049.822
1343,10
Luego el efecto de la inflación sobre los ingresos diferidos es de:
4.518.952 – 3.750.000 = 768.962
El registro contable seria:
Las cuentas por cobrar empleados, cuentas por cobrar funcionarios están siempre denominadas en unidades fijas, por lo cual su naturaleza es netamente monetaria. Los anticipos dados a cuenta de contratos son pagos anticipados que realiza una empresa a un proveedor para que en un futuro reciba un bien o un servicio dependiendo de las condiciones de la compra, pueden considerarse partidas monetarias o partidas no monetarias. Supongamos que una empresa entrega a un proveedor 2.300.000,00 en mercancía, el anticipo lo realiza para asegurar el precio a la fecha de entrega que será a 60 días a partir de hoy luego los registros contables serán los siguientes:
PARTIDAS NO MONETARIAS DEL ESTADO DE RESULTADOS
Dentro del estado de resultados, las partidas no monetarias están formadas por aquellas que se derivan de partidas igualmente no monetarias del balance general como lo son el costo de ventas de los productos vendidos, el gasto por depreciación del ejercicio y otras partidas monetarias. El cálculo del costo de ventas se efectúa por medio de la formula que establece:
Costo de venta = inventario inicial + compra + inventario final
Se deben ajustar todos los componentes al cierre del ejercicio o periodo en que se este presentando las cifras reexpresadas
MÉTODOS DE REEXPRESIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
Método de costo de reposición
Consiste en una forma más sencilla en el reemplazo del valor histórico de un activo normalmente a los inventarios y los activos fijos por su valor de reposición
Este método no había sido aceptado por la DPC-1 por lo que esta establecía que no se modificaba, el concepto tradicionalmente de la contabilidad basada en el costo histórico y por tanto, la revaluacion de activos fijos tangibles no esta de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela, pero, es en la emisión del primer boletín de actualización de la DPC-10 cuando establece expresamente que :
"este boletín deja sin vigencia la declaración de principios de contabilidad nº 1"
Muchas empresas aplicaban con frecuencia la reevaluación de activos fijos tangibles y generaban un superávit por reevaluación supongamos los siguientes datos para un activo fijo
Costo histórico 2.500.000,00
Depreciación acumulada 1.350.000,00
Valor según libros 1.150.000,00
Costo de reposición 5.310.000,00
Las empresas con frecuencia restaban los valores de costo reposición al valor neto según libro y registraban la diferencia, como un superávit por reevaluación de la siguiente forma:
La actualización de estas cifras mediante este método es incompleta por aplicarse a una sola partida y además no se encuentra de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General.
CAPITULO II
AJUSTE INICIAL POR INFLACIÓN
- Propósito del Ajuste por Inflación Fiscal: el propósito de este ajuste inicial es el de actualizar a valores corrientes las cifras de activos y pasivos no monetarios, así como el patrimonio fiscal contenidas en la contabilidad a costo histórico, de forma de comenzar a determinar el resultado por exposición a la inflación sobre unas cifras a valores corrientes.
En términos generales el ajuste inicial por inflación plantea la actualización extraordinaria de los activos y pasivos no monetarios, tomando como factor de actualización la variación ocurrida en el índice de Precios al Consumidor del Área Metropolitana de Caracas (en adelante IPC) desde el mes de la adquisición de dichos activos y pasivos no monetarios hasta la fecha de cierre en que se verifica como este sujeto a dicho ajuste inicial por inflación.
El efecto neto da al ajuste inicial aumentara o disminuirá el patrimonio neto del contribuyente a los solos fines impositivos, así como fluirá en la valoración de los activos fijos a ser depreciados en la vida útil ingresante y de los inventarios objeto del giro de negocios.
El ajuste inicial por inflación origina el pago de una tasa de inscripción en el registro, del 3% solo sobre el valor del ajuste inicial por el valor por inflación de los activos fijos depreciables.
El impuesto referido del 3%, no será deducible a los efectos del impuesto sobre la renta y de la misma manera, no será considerado como en crédito fiscal contra el referido impuesto.
ASPECTOS MAS IMPORTANTES QUE SUSTENTAN LA OBLIGATORIEDAD DE REALIZAR EL DENOMINADO AJUSTE INICIAL POR INFLACIÓN
En este sentido el articulo 173 de la LISLR, establece que a los solos efectos tributarios los contribuyente a que se refiere el articulo 7 de esta ley que iniciaron sus operaciones a partir del primero de Enero del año 1993, y realizan actividades comerciales, industriales, bancarias, financiera, de seguros, reaseguros, explotación de minas e hidrocarburos y actividades conexas, que estén obligados a llevar libros de contabilidad deberán al cierre de su primer ejercicio gravable, realizar una actualización inicial de sus activos y pasivos no monetarios, según las normas previstas en esta ley, la cual traerá como consecuencia una variación en el monto del patrimonio neto para esa fecha.
De la interpretación literal del articulo anteriormente citado, se desprende que los contribuyentes que se dediquen a la realización de actividades comerciales, industriales, bancarias, financieras, de seguros y reseguros, de minas e hidrocarburos; y que estén obligados a llevar libros de contabilidad quedan obligados a someterse al sistema de ajuste por inflación, comenzando en el primer ejercicio fiscal, con ajuste inicial por inflación en los términos vistos anteriormente.
Por interpretación, en contrario, podríamos concluir que los contribuyentes que no realicen este tipo de actividades y o no estén obligados a llevar libros de contabilidad, no quedarían sujetos al sistema de ajuste por inflación fiscal y, en tal virtud, no deberían someterse al ajuste por inflación respectivo.
ASPECTO FISCALES ORIGINADOS DEL AJUSTE INICIAL POR INFLACIÓN
Así mismo el articulo 173, anteriormente mencionado, establece que una vez practicada la actualización inicial de los activos y pasivos no monetarios, el balance peral fiscal actualizado servirá como punto inicial de referencia al sistema de reajuste regular por inflación, visto en el capitulo II, del titulo IX, de esta ley. Igualmente el mismo articulo establece que los contribuyentes que cierren su ejercicio después del 31 de diciembre y estén sujetos al ajuste por inflación, realizaran el ajuste inicial al que se contre este articulo, el día del cierre del ese ejercicio.
Por lo que podríamos llegar a ciertas conclusiones:
- La consecuencia inmediata del ajuste inicial por inflación será el aumento de valor de los activos y pasivos no monetarios al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente en el cual se verifica el ajuste inicial y en consecuencia, un aumento o disminución del patrimonio fiscal al cierre del respectivo ejercicio.
- El ajuste inicial por inflación se realizara una sola vez y servirá como punto inicial de referencia al sistema de reajuste regular por inflación.
- El Legislador definió que los contribuyentes cuyo cierre fiscal sea posterior al 31 de diciembre y que queden sujetos a la aplicación de la normativa del ajuste por inflación fiscal, deberían iniciarse en este practicando el ajuste inicial por inflación.
La Ley de Impuesto Sobre la Renta establece que los contribuyentes que al igualmente realicen actividades empresariales no mercantiles y lleven libros de contabilidad podrán acogerse al sistema; una vez que el contribuyente se haya acogido facultativamente al sistema de ajuste por inflación no podrá sustraerse de él cualquiera que sea su actividad económica.
Por otra parte y en relación con la determinación de los montos de activos y pasivos no monetarios que deberán ser ajustables por inflación se establecen ciertas exclusiones especiales:
De acuerdo con la normativa, se podría colegir que las cuentas por cobrar con cualquiera entidad relacionada en Venezuela o el exterior debería ser excluida del patrimonio fiscal inicial ajustable por inflación, sin distingo alguno de si proviene de un anticipo de utilidades que podría ser presuntamente considerado como un dividendo presunto, de acuerdo a los dispuesto por la ley de ISLR o si mas bien es producto de una operación comercial o financiera normal que conlleva efectos fiscales normales para cada una de la entidades que realizan la operación, pareciera lógico pensar que el legislador debió haber un hecho un distingo a este respecto y debió solamente a limitar tal exclusión a las cuentas y efectos por cobrar de los contribuyentes con sus accionistas que representan efectivamente dividendos profundos en virtud de lo establecido en el articulo 73 de la ley de ISLR.
Estas exclusiones se acumulara en una cuenta de patrimonio denominada; Exclusiones Fiscales Históricas de Patrimonio.
Esta cuenta de exclusión se interpreta, deberá ser actualizada presumiblemente de forma diaria, en virtud de lo establecido en el artículo 184 parágrafo 1º y 2º de la LISLR.
- Conceptos:
*Etapa Preoperativa y Etapa Operativa (A efectos del Sistema de Ajuste Inicial por Inflación): el articulo 174 de la LISLR, refiere a que el ajuste por inflación deberá ser realizado por los contribuyentes después de finalizado la etapa preoperativa, estableciendo que esta finaliza una vez se proceda con la primera facturación. Así las cosas, puntualizamos que con la primera facturación finaliza la etapa preoperativa, en la cual el contribuyente quedara obligado al cierre del ejercicio fiscal respectivo a hacer su ajuste inicial por inflación y a determinar el tributo de 3% sobre la reevaluación de los activos fijos depreciables. Uno de los aspectos más importantes es que se considera como "primera facturación" al respecto, se podría llegar a interpretar de una forma limitada que la primera facturación se corresponde con la emisión de la primera factura de venta, sin distingo alguno, por ejemplo de la situación del contribuyente cuando efectúa dicha venta y si esta se corresponde o no a una actividad comercial operativa desde un punto de vista contable y económico.
REAJUSTE REGULAR POR INFLACIÓN
- Propósito del reajuste regular por inflación: su puposito es actualizar al cierre de cada ejercicio fiscal por la variación anual del IPC si provienen del ejercicio fiscal anterior o desde su fecha de adquisición, hasta el cierre del ejercicio fiscal si fueron adquiridos posteriormente al inicio del ejercicio fiscal, los activos y pasivos no monetarios y determinar así el incremento o disminución del patrimonio resultante de dicho procedimiento.
La actualización mencionada producirá efectos en la determinación de la renta fiscal futura en cuanto modifica, por ejemplo entre otros el gasto de la depreciación futura, el costo de venta de los inventarios de mercancía, las ganancias o pérdidas en la enajenación de activos no monetarios.
La contrapartida de las actualizaciones de los activos no monetarios y pasivos no monetarios y pasivos no monetarios así como del patrimonio neto fiscal e inicial se registraran a los solos fines fiscales, en una partida de conciliación fiscal que se denominara "Ajuste por Inflación" y que se tomara en consideración a los efectos de la determinación de la renta gravable.
También se refiere el articulo 178 de la ley, fue a partir de la vigencia, aquellos contribuyentes que efectuaron el reajuste regular bajo la vigencia de la LISLR de 1999, se ajustaran a lo previsto en este capitulo.
De esta manera se interpreta que para los ejercicios fiscales en los cuales aplique la LISLR de 2.001, las disposiciones aplicables en esta materia solamente serán las establecidas en la ley de 1999 o anteriores.
ASPECTOS FISCALES ORIGINADOS POR EL SISTEMA
- Reajuste por inflación de activos fijos títulos valores y otros activos no monetarios: El articulo 79 de la LISRL establece que se acumulara en la cuenta de reajuste regular por inflación como un aumento o disminución de la renta gravable, el menor o mayor valor que resulte de reajustar el valor neto actualizado de los activos y pasivos no monetarios, entre los cuales se encuentran los activos fijos, los títulos valores y los otros activos no monetarios, entre otros existentes al cierre del ejercicio gravable, distintos de los inventarios y de las mercancías en transito, según la variación anual experimentada por el IPC, si dichos activos y pasivos provienen del ejercicio anterior o desde el mes de su adquisición, si han sido incorporados durante el ejercicio gravable.
El valor neto actualizado de los activos no monetarios deberá depreciarse, amortizarse, según su naturaleza, en el resto de la vida útil. Esta depreciación o amortización se realizara anualmente y se corresponderá con un costo o deducción adicional a los efectos de la determinación de la renta gravable del contribuyente.
Por otra parte es importante mencionar que el articulo 187 de la LISLR refiere que las inversiones negociables que se coticen o que se enajenan a través de bolsas de valores del país que se posean al cierre del ejercicio gravable, no se ajustaran por la variación del IPC, sino que las mismas se ajustaran según su cotización en la respectiva bolsa de valores a la fecha de su asignación al cierre del ejercicio gravable.
Estas inversiones se consideran como activos monetarios y así deben ser clasificados en el Balance General fiscal actualizado del contribuyente mientras no sean enajenadas, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en los artículos 77 y 78 de esta ley para el momento de su enajenación.
- Reajuste por inflación de los inventarios objetos del negocio: existen dos metodologías de ajustes por inflación disponibles:
- La metodología conocida como "sobre base monetaria" a través de la cual se determina el ajuste regular por inflación de los inventarios objeto del giro de negocio considerando solamente la base monetaria de los mismos y no su existencia en unidades físicas.
- La metodología basada en el sistema de valuación contable denominado de identificación específica o de precios específicos.
- Reajuste por inflación de activos y pasivos en moneda extranjera: en la reforma realizada a la LISLR en el 2.001 se conceptualiza a los activos y pasivos en moneda extranjera como partidas monetarias, y en tal virtud no ajustables por inflación al cierre de cada ejercicio.
El articulo 188 de la LISLR ubicado en el capitulo correspondiente al Ajuste Regular por Inflación, establece que "a los fines de ese capitulo, las ganancias o perdidas que se originan de ajustar las acreencias o inversiones, así como las deudas u obligaciones en moneda extranjera o con cláusulas de reajustabilidad existentes al cierre del ejercicio gravable, se consideran realizadas
- Tratamiento fiscal de las pérdidas fiscales provenientes del sistema de ajuste por inflación fiscal: el Artículo 183 de la LISLR, establece que las pérdidas netas por inflación no compensabas, solo serán trasladables por un ejercicio. De acuerdo a lo dispuesto en la LISLR de los años 1991 y 1994 se entendía que las perdidas provenientes del sistema de ajuste por inflación fiscal formaban parte integra de las perdidas de explotación, que en tal virtud, eran trasladables hasta por tres años. La Administración Tributaria después de diversos reparos ha mantenido que la perdida del ajuste por inflación no podía ser trasladable hasta por tres años, ya que interpretaron que la perdida del producto del ajuste fiscal por inflación no era parte de la integrante de la perdida de explotación.
- Deberes formales existentes: según el artículo 195 de la LISLR, los contribuyentes sujetos al sistema integral de ajuste y reajuste por efectos de la inflación, deberán llevar un libro adicional fiscal donde se registraran todas las operaciones que sean necesarias, de conformidad con las normas, condiciones y requisitos previstos en el Reglamento de esta ley.
Es evidente que el fenómeno de la inflación, afecta la cifra de los estados financieros, por lo que, en periodos diferentes arrojan cifras variables en cuanto al poder adquisitivo; gracias a los índices de precio podemos medir cuanto a aumentado y disminuido el nivel inflacionario en partidas que son afectadas por dichos fenómenos, por ende es importante hacer notar que hay partidas que son susceptibles a tal fenómeno y otras que no, pues estas las llamaremos partidas monetarias y no monetarias por otro lado tenemos que no todas las partidas se reexpresan, e aquí las partidas que se reexpresan:
- Activos no Monetario
- Pasivos no Monetarios
- Partidas Patrimoniales
- Partidas no Monetarias del estado de resultados
- Partidas monetarias del estado de resultado de fechas anteriores
Seguidamente contamos con tres métodos de reexpresión los cuales tienen sus ventajas y desventajas, por ejemplo el método nivel general de precios consiste en la aplicación integral de un índice que permita la estimación de precios constantes en la economía, el método mixto consiste en la aplicación del método NGP y luego el reemplazo de los valores de reposición de los inventarios y activos fijos.
- Redondo. A. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD.
- Catacora F. PRINCIPIOS GENERALES DE CONTABILIDAD.
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Wendy Naranjo Rendón
Cátedra: Sistemas Tributarios.
VI Semestre Comercio Exterior.
Instituto Universitario de Tecnología "Juan Pablo Pérez Alfonzo".
Extensión Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. Venezuela.