DEBER N° 1
ANÁLISIS DE ARTÍCULOS DE LA EDUCACIÓN SEGÚN LA NUEVA CONSTITUCIÓN:
ART. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.
ANÁLISIS:
Todo ecuatoriano sin distinción de raza, sexo, edad, condición social, política, económica tiene el derecho de recibir una educación digna, justa e igualitaria por parte del estado, la cual le servirá para su desarrollo personal y profesional dentro de la sociedad en que vivimos. En este proceso debe existir la colaboración y participación activa de los familiares que lo rodean a fin de culminar el proceso con éxito.
ART. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional.
ANÁLISIS:
La educación debe abarcar el desarrollo de todas las habilidades en el ser humano así como el afianzar y aplicar los valores morales. Además ser intercultural, de conocimiento general del entorno en que se desarrolla el individuo lo cual le permitirá estar preparado para afrontar cualquier situación en las diferentes etapas de la vida. La educación debe ser impartida de manera igualitaria, dejando de lado cualquier interés de lucro, su único fin debe ser el impartir conocimientos de la mejor manera y hacia la mayoría de ciudadanos con el objetivo que puedan interrelacionarse entre sí y luchen por el mejor servicio y progreso a su patria dentro o fuera de ella y la manera más eficaz y eficiente es través de la educación.
ART. 28.- La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente. Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones. El aprendizaje se desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada. La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior inclusive.
ANÁLISIS:
La educación pública será laica, universal y gratuita incluyendo hasta el tercer nivel lo que permitirá la preparación de más profesionales, oportunidad que recibirán los bachilleres que en su mayoría salen a trabajar y dejan de estudiar, ya que por horarios de trabajo se dificulta que continúen estudiando o que su situación económica no les permite pagar sus estudios superiores pero según esta nueva constitución ahora sí tendrán esta oportunidad, la cual deberá ser aprovechada al máximo por los estudiantes ya que dicha gratuidad dependerá de su buen rendimiento académico, al que mucho están en desacuerdo pero que su vez obligará a estudiar y por ende a ser mejores profesionales a futuro.
ART. 29.- EI Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural. Las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.
ANÁLISIS:
El estado ofrece libertad de enseñanza y cátedra a nivel superior por lo que el alumno y/o los padres de familia estará en libertad de escoger lo que le gusta y donde le gusta estudiar, de acuerdo con su criterio con el único requerimiento de estudiar y salir adelante porque de lo contrario perdería la oportunidad de prepararse y su cupo sería aplicado para otro ciudadano que sí desee prepararse.
ART. 343.- El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y dinámica, incluyente, eficaz y eficiente. El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país, y el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.
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