- Resumen
- Introducción
- Naturaleza de la ley
- Cualidades de la ley
- Finalidades de las leyes
- Crítica a las leyes
- ¿Supremacía de los estadistas o de las leyes?
- El deber o la responsabilidad
- Conclusión
Resumen
Platón, filósofo ateniense, discípulo de Sócrates y maestro de Aristóteles, pensador excepcional, que fue y sigue siendo paradigma del quehacer filosófico porque puso las bases de la visión occidental, señaló el derrotero de La Republica, o de la Justicia, de Las Leyes, o de la Legislación.
Es el iniciador de la Filosofía del Derecho, los temas claves del pensar jurídico y vigentes en la Comunidad Jurídica de nuestro tiempo son: la ley, cualidades y finalidades de las leyes, crítica a las leyes, la discusión perenne de la supremacía del Estadista o de la Ley, el deber o responsabilidad que se debe tener ante uno mismo, frente a los electores y a la comunidad internacional.
El destino de la humanidad, en cierta manera, está condicionada y determinada por la sabiduría del gobernante y de los gobernados, razón por la cual es indispensable dedicarse a la Filosofía y al Derecho.
Palabras claves: filosofía, derecho, ley, justicia, mentalidad, crítica, deber.
RÉSUMÉ
Platon, philosophe Athènes, disciple de Socrates et enseignant d'Aristote, penseur exceptionnelle, qui a été et demeure paradigme du affaire philosophique car a mis les bases de la vision occidentale, a noté le parcours de la REPUBLIQUE, ou de la justice, des Lois, ou de la législation.
Est l'expéditeur de la philosophie du droit, les sujets clés du penser juridique et en vigueur dans la Communauté juridique de notre temps sont : la loi, qualités et finalités des lois, critique aux lois, la discussion pérenne de la suprématie du dirigeant ou de la loi, le devoir ou responsabilité qu'il faut tenir auprès d'un même, face à des électeurs et à la communauté internationale.
La destination de l'humanité, dans une certaine manière, est conditionnée et est déterminée par la sagesse du dirigeant et des gouvernés, raison pour laquelle il est indispensable se livrer à la philosophie et au droit.
Mots clés: philosophie, droit, loi, justice, de culture, la critique, devoir.
Introducción
La Filosofía y el Derecho son dos herramientas creados por las personas humanas para realizarse en la democracia y ascender en la dignificación de las personas humanas. Platón, imagen justa del ateniense y amante de la vida pública, enlazó la Filosofía con el Derecho, es el iniciador de la disciplina Filosofía del Derecho, incluso da los centrales del contenido perenne de la discusión y aprendizaje de la Ius – Sophia.
La lectura de los textos: La República, o de la Justicia, Las Leyes, o de la Legislación, como Teeteto, o de la Ciencia, Gorgias, o de la Retórica, Critón, o del Deber nos ha permitido elaborar las tesis de la Filosofía del Derecho del Filósofo ateniense, amante de la vida pública, planificador de la sociedad justa, forjada por filósofos gobernantes y gobernantes filósofos. Precisamos la naturaleza, las cualidades, finalidades; crítica a las leyes, discutimos la supremacía del Estadista o de las Leyes; la reflexión finaliza con el tema del deber o la responsabilidad. El filósofo y el jurista, son como el sol y la luna que ayudan andar en la verdad y la libertad a los gobernantes y gobernados.
Naturaleza de la ley
La ley es un pensamiento razonado, que brota de la razón verdadera y recta, puesto por escrito y sancionado por el legislador, y que, aceptado por el pueblo, se convierte en norma común de la ciudad[1]La ley común de la ciudad es sagrada norma de la razón y se impone en orden a su conducta interior y a sus relaciones con los demás Estados. La ley no es únicamente para la convivencia racional entre los seres humanos, lo es también para las relaciones entre los Estados expresados en los tratados internacionales.
La ley positiva para entrar en vigencia necesita del consentimiento lúcido del pueblo sabio y virtuoso. La soberanía del pueblo inteligente, libre, voluntario es la condición vinculante para aceptar la autoridad de la ley. El señorío jurídico exige la aprobación majestuosa de la ciudadanía consciente y comprometida en los asuntos de la República.
Cualidades de la ley
Los legisladores, hijos de los dioses, en la actualidad legislan para los hijos de los hombres[2]Desde la perspectiva de Platón, el legislador debe conocer las cualidades de toda ley y tenerlo presente al promulgar las normas y, olvidar o despreciar una de ellas es constituir a la misma ley en vileza o en maldad.
Las notas sustantivas de toda legislación: estabilidad, universalidad, adecuado a las costumbres y a tono con el sentido humano, promulgado por los legisladores y debe ser racional[3]aceptado por el pueblo, razón por la cual es norma común a la ciudad[4]La ley es guía y corrobora las costumbres[5]
Finalidades de las leyes
a) Paz y benevolencia: el mayor bien no se halla ni en la guerra ni en la revolución (hay que rechazar de nuestros deseos la necesidad de recurrir a ella); está a la vez en la paz y en la mutua benevolencia[6]Incluso hay que dictar leyes bélicas no para hacer la guerra en sí mismo, sino para la consecución de la paz. La paz es el reconocimiento reciproco de la igualdad y de la dignidad como ciudadanos libres.
b) La ley está para todos los integrantes de la ciudad: no fundamos nuestra ciudad con vistas a la felicidad de una sola clase, sino para todos los ciudadanos sin distinción alguna… no para que disfruten de la felicidad unos cuantos ciudadanos, sino para que posean todos en general[7]La ciudad pertenece a todos y todos deben interesarse por los asuntos de la ciudad, enfatizaba en las actuaciones públicas Pericles.
c) La ley no es para el interés de los gobernantes, sino para el bien de los gobernados. El legislador talentoso establece la paz, el sentido del honor y del decoro, buena legislación y justicia abundante, con lo que se evitan las revoluciones… Siempre que ha habido lucha por el poder, los vencedores se adueñan de los asuntos públicos lo suficientemente bien como para no dejar la más pequeña parte en el poder ni a los vencidos personalmente ni a sus descendientes…se pasan el tiempo espiándose mutuamente, …tampoco son leyes rectamente hechas las que no se han redactado mirando a los intereses comunes de toda la ciudad; estas leyes no han sido hechas para favorecer a unos cuantos, a los que llamamos sediciosos, no ciudadanos, y el derecho que se pretende atribuirles lo llamamos una pretensión vana[8]
Las leyes nunca se deben promulgar para beneficio de unos cuántos, ¡no a la oligarquía jurídica!, ¡sí a la democracia jurídica! Por ello en La República, nos recalca: los gobernantes en las ciudades, los que de verdad gobiernan…, nunca examinan ni ordenan lo que a él mismo conviene, sino lo que conviene al gobernado y súbdito suyo[9]El interés común a los hombres, en cambio los beneficios y los privilegios privados desunen[10]son causas de conflictos sociales y del ocaso del Estado.
d) La ley está para hacer reinar la justicia. La justicia es decir la verdad, es devolver lo que se ha recibido, es dar a cada uno lo que le conviene[11]es justo dar a cada uno lo que le es debido[12]La ciudad es justa cuando las tres clases (la prudencia, el valor y la temperancia) de naturalezas que existen en ella hacen lo que les corresponden; y moderada, valerosa y prudente, atendiendo a las condiciones y hábitos de esas mismas naturalezas[13]La justicia es la garantía y la salvaguardia del bien común, esto se logra únicamente haciéndose virtuoso. El filósofo legislador o el legislador filósofo tiene que asemejarse a Dios en lo posible, haciéndose justo y santo por medio de la sabiduría[14]. En la medida que se asemeja a la divinidad los hombres han de ser justos. En consecuencia, hay que persuadir y obligar a los ciudadanos a convertirse en mejores[15]vía que se logra por la educación[16]
La justicia es equivalente a verdad, la verdad es luciente, de mirada penetrante, simbolizarlo con la venda es hacerlo ciega[17]
Crítica a las leyes
a) Crítica a las leyes. No temas, pues, someter a crítica nuestras leyes; no hay ninguna deshonra en reconocer un defecto, y el que recibe las observaciones sin animosidad y echándolas a buena parte consigue a veces, como consecuencia de ello, la curación[18]Esto es desacralizar las leyes, es señalar la falibilidad de las normas establecidas, es reconocer que los legisladores son hombres y como tal inclinados al error, a torcer las leyes por intereses mezquinos. La ley es la especificación de las visiones políticas de los gobernantes de turno. Hay que trabajar por la modificación y perfección de la ley, mientras tanto debemos obedecer si y sólo si es para el bien de todos.
b) Mentalidad conservadora. No se puede modificar las reglas musicales sin alterar a la vez las más grandes leyes políticas…Destruye toda la vida privada y pública[19]. Las costumbres que rigen los quehaceres serios puedan durar sin que nada las turbe… no hay nada más peligroso que el cambio… permanecen inmutables durante largos periodos de tiempo, hasta el punto de que nadie recuerde personalmente… toda alma las venera y sentiría escrúpulos de cambiar nada de lo que ellas han establecido hace ya tiempo[20]
Muchos legisladores son renuentes a los cambios jurídicos y con ella la mentalidad de los hombres, es mejor estar instalado y permanecer, las leyes hacen estático la vida pública y privada, no permiten el devenir. Cuando se produce la inmovilidad jurídica, la ley ya no es alternativa, queda en la nihilidad, se vuelve una carga pesada, esclaviza a los hombres; pero también, los cambios excesivos vuelve inestable y crean inseguridad jurídica, hecho que desorienta y genera una inmensa desconfianza y lleva a la arbitrariedad, la injusticia se instala y deshumaniza a las personas. Por tanto, la ley se modifica en base a las leyes y según las exigencias de la vida jurídica.
c) Mentalidad reformista. Todo ciudadano puede criticar el contenido de las leyes, pero debe respetar el valor formal de éstas: pueden pedir modificaciones de ellas por las vías legales, pero mientras son leyes, deben obedecerlas[21]Nunca se debe emplear la violencia para modificar las leyes, si se obra así, se va contra el derecho y la racionalidad humana. El hacer tabula rasa de las leyes vigentes es ir contra los autores y sujetos soberanos de la ley. Con mucha inteligencia Platón nos afirma: no obedeciendo.., comete villanía de tres maneras: la primera que no nos obedece a nosotros, que fuimos sus madres; la segunda que no nos obedece a nosotros, que fuimos sus nodrizas; la tercera que no nos obedece después que nos había prometido obedecer, ni lo hace ni nos convence de que sea mala nuestra conducta en algún punto, y eso que todas nuestras órdenes carecen de acritud, y permitimos elegir entre dos cosas: o convencemos o cumplir lo que mandamos, cosas ambas que no realiza, como hemos dicho[22]
En la historia humana, infinidad de veces se ha quebrado o se ha hecho tabula rasa del ordenamiento jurídico, unas veces porque los legisladores se volvieron ciegos y fomentaban por doquier la injusticia; otras veces, los gobernantes fueron mudos, sordos y ciegos para hacer los cambios y carentes de sabiduría, terminaron por sepultarse a sí mismos. La superación de éstas se hará con mandatarios talentosos y legisladores sabios, pero también con un pueblo amante de la sabiduría, paz, libertad y promoviendo el reino de la justicia y de la Vida.
Las leyes naturales tienen que conservarse como son los derechos inalienables e imprescriptibles, pero las leyes positivas están en constante examen por las generaciones ulteriores y deben ir modificándose sin destruir a las naturales.
¿Supremacía de los estadistas o de las leyes?
Platón en El Político, nos manifiesta que el mandatario es superior a la ley, no es bueno que las leyes dominen sino el hombre regio dotado de prudencia, se pregunta el filósofo: ¿sabes por qué? La ley no será nunca capaz de captar a la vez lo que es mejor y más justo para todos, de forma que dicte las prescripciones más útiles[23]
Sin embargo, cuando ya es anciano, aunque lúcido, se da cuenta que mucho mejor es que los gobernantes sean los servidores de la ley, obedientes a las leyes. En dicho cumplimiento está la salvación del Estado, su incumplimiento es el principio de la arbitrariedad y la ruina del Estado de Derecho. Allí donde la ley reina, hay vida jurídica, la consecuencia es la seguridad, la estabilidad y la paz social, razón por cual, el maestro Platón expresaba: veo nacer allí la salvación y, con ella, todos los bienes que los dioses otorgan a las ciudades[24]
El deber o la responsabilidad
En la existencia que se va haciendo en compañía con los demás, jamás debemos engañarnos ni traicionarnos a sí mismos, lo que importa es ser sinceros y fieles consigo mismo, condición básica para hilvanar una existencia con franqueza y lealtad a los demás. Tesis postulado por el maestro Platón en Critón, o del Deber. Gabriel Marcel en Ser y Tener, saca a luz la brillantez de la Fidelidad y de la Lealtad por vía negativa: no hay fidelidad sino a una persona, no a una idea o a un ideal… vivimos en un mundo en el que la traición es posible en todo momento y bajo todas las formas, traición de todos por todos y de cada uno por sí mismo[25]
Sócrates es inducido a la infidelidad y a traicionarse, pero a sus setenta significaría la sepultura de todo el filosofar realizado en Atenas, a pesar que Xantipa está lactando un retoño de Sócrates, el maestro de la Ironía es fiel y leal a sí mismo y a los demás, es el paradigma inmortal del deber y del compromiso. Razón por la cual, manifiesta: "No es el vivir lo que ha de ser estimado en el más alto grado, sino el vivir bien… El vivir bien, el vivir honestamente y el vivir justamente son una misma cosa"[26] Por tanto, nunca debemos hacer injusticia, ni devolver un mal con otro mal[27]El deber consiste en el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la ley, nacimos bajo la tutela de la ley, educada e instruida por mandato de la ley, debemos esforzarnos por vivir conforme al derecho establecido, hacer lo contrario es ponerse al margen y en contra de la ley[28]Si es así, escucharemos la voz de una hermosa y linda dama: Sócrates, al fértil país cuyo nombre Ftia irás, creo yo, en el tercer día[29]Immanuel Kant Reuter en Crítica de la Razón Práctica escribió: dos cosas llenan el ánimo de admiración y respeto, siempre nuevos y crecientes, cuando con más frecuencia y aplicación se ocupa de ellas la reflexión: el cielo estrellado sobre mí y la ley moral en mí[30]
Conclusión
La ley es expresión de la razón filosófica y el hombre debe guiarse por la ius sophia, armonizada con la majestad humana.
Todo lo que contradice a la dignidad del hombre es vileza y no es ley, aunque está promulgada por la autoridad competente.
Las leyes positivas son herramientas humanas que van especificando a la ley natural y, permiten el perfeccionamiento personal y social del hombre.
Por lo tanto, a través de las leyes, el hombre va realizando su existencia jurídica, sin ella, retorna a la condición de homo habilis. La Filosofía y el Derecho nos permiten hacernos homo sapiens, asemejarnos a Dios por la praxis de la justicia, la verdad y la sabiduría.
Autor:
Pablo A. De La Cruz Mayhuay
Filósofo – Abogado
[1] .- Platón, Las Leyes, o de la Legislación. L. I. 644 a/ 645 c.
[2] .- IB. L. IX, 850 b / 854 a
[3] .- Platón, Las Leyes, o de la Legislación. L. II, 642 a
[4] .- IB. L. II. 644 a / 645c
[5] .- IB. L. II, 662 a / 664 e
[6] .- IB. L. I, 628 a / 629 c
[7] .- Platón, La República, o de la Justicia, L. IV, 1, 414 a
[8] .- Platón, Las Leyes, o de la Legislación. L. IV, 174 a / 176 e
[9] .- Platón. La República, o de la Justicia. L. I. 15 y 16, 342 e
[10] .- Platón. Las Leyes, o de la Legislación. L. IX, 875 c
[11] .- Platón. La República, o de la Justicia. L. I. 5, 331 d/ 7, 333 a
[12] .- IB. L I, 8, 335 c
[13] .- IB. L. IV, 11, 432 e
[14] .- Platón, Teeteto, o de la Ciencia. 176 a
[15] .- Platón. Gorgias, o de la Retórica 516 d / 518 a
[16] .- Platón. La República, o de la Justicia. L. IV, 3, 424 d
[17] .- Discreción acerca de la justicia ciega o idiota. San Miguel y su espada representan a la justicia. Con los ojos vendados no es posible esgrimir la espada y la balanza. La venda empezó siendo una burla, una ironía; en un grabado en madera se ilustra la primera edición de La Nave de los Locos de Sebastián Brant (1495), vemos un bufón tapando, por detrás, los ojos de la justicia con una venda y, en las Bambergensis de 1517, Schwarzenberg reprenda a todo un tribunal con capas de bufón. Debajo aparece esta leyenda: todo lo que hacen estos necios es dar sentencias contrarias al Derecho. En el dibujo de Meter Vischer el Mozo, que se conserva en la casa de Goethe en Weimar se invierten los papeles: aquí es la misma justicia la que ciñe la venda sobre los ojos del Emperador sentado en su trono, lo que decir que, entre tanto, la venda habíase convertido ya de una befa en atributo de la justicia, es decir, en el símbolo del juez que falla sin fijarse en las personas. ¿Realmente los magistrados fallan sin fijarse en las personas o fallan, pensando en la intimidad de sus conciencias, reflexionando en la riqueza que han de recibir?
[18] .- Platón. Las Leyes, o de la Legislación. L. I., 634 e
[19] .- Platón. La República, o de la Justicia. L. IV. 3 y 4, 424 d / 426 b
[20] .- Platón. Las Leyes, o de la Legislación. L. VII, 787 b / 798 d
[21] .- Platón. Critón, o del Deber. 50 d / 52 b
[22] .- Platón, Critón, o del Deber. 50 d / 52 b
[23] .- Platón. El Político, o de la Realeza 294 b
[24] .- Platón. Las Leyes, o de la Legislación. L. IV. 715 b / 716 c
[25] .- MARCEL, Gabriel (2003) Ser y Tener. Madrid: Caparrós Editores. Pág. 90
[26] .- Platón, Critón, o del Deber. 48 a
[27] .- IB. 49 c
[28] .- IB. 50 d
[29] .- IB. 43 d
[30] .- FERNÁNDEZ, Clemente 81976) Los Filósofos modernos. I. Selección de textos. Madrid: BAC. N°1056