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Lineamientos de la Política Criminal Dominicana (página 3)


Partes: 1, 2, 3

  • 9. Fortalecimiento de la capacidad operativa de la Policía Nacional.

Acciones:

En el marco del Plan de Seguridad Democrática anunciado por el Señor Presidente de la República el 27 de febrero de 2005, a fin de mejorar la capacidad operativa de la Policía Nacional se han previsto el conjunto de acciones urgentes y de corto plazo que se indican a continuación:

  • a. Aumento del personal afectado a la función de policía preventiva: Se afectarán nuevos agentes a los servicios preventivos, mediante la racionalización de los recursos y la reducción de la cantidad de efectivos destinados a la custodia de dignatarios o personalidades públicas.

  • b. Fuerte inversión en las áreas de comunicación, mejoramiento edilicio, equipamiento y vehículos: A tal fin se dotará a la policía de medios de transporte, comunicación, chalecos y cascos, entre las herramientas necesarias para incrementar la presencia efectiva en las calles.

  • c. Separación completa y efectiva de las funciones de prevención y de investigación, según dispone la Ley Institucional de la Policía Nacional (No 96 – 04).

  • d. Continuar y profundizar la depuración de los cuadros policiales, para excluir de la Policía Nacional a todos los que han violado la ley o han incurrido en causales de mal desempeño.

  • e. Puesta en marcha de un Programa de Control de la Corrupción Policial a través de la Dirección de Asuntos Internos y con supervisión de una Comisión integrada por representantes de todos los poderes del Estado y organizaciones de la sociedad civil.

  • f. Reforma del escalafón y de los planes de estudio para ingresar a la fuerza policial: Se establecerán indicadores de desempeño policial, a los fines de promover en base al mérito.

  • g. Dignificación del trabajo policial: Disponer un aumento de salario a partir del mes de enero próximo, en la forma que se establezca en el decreto respectivo.

Justificación: La Policía Nacional tienen problemas operativos concretos y acuciantes, por una falta de inversión en el sector durante los últimos años. Por ello, sin perjuicio de impulsar la reforma integral de la Policía Nacional, corresponde adoptar estas medidas de ejecución inmediata. En alguna medida, la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha comenzado a desarrollar algunas líneas de trabajo en la dirección apuntada, de modo tal que estas acciones pretenden darle continuidad a las mismas.

Institución responsable: Secretaría de Estado de Interior y Policía y Jefatura de la Policía Nacional.

  • 10. Seguridad fronteriza.

Acción: Promover la especialización de un cuerpo de seguridad para las fronteras, de modo que se evite el ingreso ilícito al territorio nacional de mercaderías, armas, sustancias controladas y se controle adecuadamente el flujo migratorio, en cumplimiento de los procedimientos legales, a fin de asegurar la debida aplicación de la política migratoria del Estado dominicano.

Justificación: Una política de seguridad democrática requiere que los controles fronterizos en el trasiego de bienes y personas operen regular y satisfactoriamente, a fin de que las iniciativas desplegadas sobre el fenómeno criminal surtan sus efectos en aquellos casos en que la actividad criminal está vinculada a fenómenos migratorios o de contrabando.

Institución responsable: Secretaría de Estado de Interior y Policía, Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, Procuraduría General de la República, Dirección General de Migración y Dirección General de Aduanas.

C. Acciones de exclusivo carácter punitivo.

  • 1. Verificación de antecedentes. Captura de Prófugos.

Acciones: 1) Disponer la verificación de los antecedentes penales de toda persona contra quien el Ministerio Público inicie una investigación y decida darle curso, con particular énfasis en:

  • a) Verificar si fue beneficiado con indulto, con libertad condicional o con libertad provisional, a los fines de procurar la revocación correspondiente.

  • b) Verificar si se trata de una persona deportada de otro país, a los fines de identificar la naturaleza y gravedad de los hechos que generaron su deportación, datos que permitirán definir adecuadamente la estrategia procesal del Ministerio Público en la investigación correspondiente.

  • 2) Crear un Registro de Personas Prófugas de la Justicia y un Programa de Búsqueda y Captura de Prófugos de la Justicia, para asegurar el sometimiento de las personas imputadas de delito a la jurisdicción de los tribunales.

Justificación: La cantidad de personas prófugas de la justicia o las que por falta de identificación adecuada sustituyen su identidad, representa un problema grave para el funcionamiento de cualquier sistema judicial, pero mucho más para uno de orientación acusatoria, en donde el juicio ocupa una posición central y se busca reducir el abuso de la prisión preventiva, toda vez que es indispensable crear un conjunto de condiciones que permitan realizar el juicio en un tiempo razonable y posibilitar la actuación de los jueces. Por ello, resulta necesario mejorar y tecnificar los registros que actualmente lleva la Policía Nacional y definir un programa de localización y aprehensión eficaz.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Policía Nacional.

  • 2. Instituto Nacional de Ciencias Forenses.

Acción: Creación del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, como órgano de apoyo científico y técnico a la investigación criminal, dependiente de la Procuraduría General de la República.

Justificación: Las razones explicitadas en el Cap. V, ap. C – 5.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

Acción: Creación de la Unidad de Atención a las Víctimas, como órgano dependiente de la Procuraduría General de la República y destinado a la contención, asesoramiento, protección y acompañamiento de las víctimas de los delitos. Y para la articulación con otras organizaciones, estatales y no gubernamentales, que también se ocupen de esta temática.

Justificación: Las razones explicitadas en el Cap. V, ap. B – 2 y C – 1.

Institución responsable: Procuraduría General de la República. Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

  • 4. Programa de Capacitación de Policías y Fiscales en Investigación Criminal.

Acción: Poner en marcha un conjunto de acciones de capacitación para Policías en funciones de investigación y para fiscales sobre investigación criminal, previendo diversos niveles (elemental, medio y superior), para contribuir a la profesionalización y tecnificación de la investigación.

También deben considerarse algunas modalidades criminales específicas (entre ellas los delitos complejos) y sobre la cadena de custodia de la evidencia, a fin de contribuir a una persecución penal más eficaz.

Justificación: Las razones explicitadas en el Cap. V, ap. C – 4.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Policía Nacional. Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

Acción: Crear una Oficina de Control de Obligaciones Sustitutivas, para el seguimiento y supervisión de las obligaciones impuestas como consecuencia de la suspensión de los procedimientos y suspensión condicional de la pena, y de los compromisos asumidos en los acuerdos reparatorios.

Justificación: La regulación de las medidas de coerción del nuevo código, que pretenden hacer de la privación de libertad durante el proceso de uso excepcional, y el mismo régimen penal para las penas de corta duración, exigen contar con un órgano de control de las otras modalidades, a fin de evitar que se desnaturalicen en los hechos los fines

Institución responsable: Procuraduría General de la República. Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

  • 6. Programa de Descongestión de causas del viejo sistema.

Acción: Continuar, profundizar y controlar la ejecución del programa de descongestión de causas del viejo sistema dispuesto por la ley de implementación del nuevo Código, a fin de crear las condiciones necesarias para no dificultar la aplicación del nuevo sistema y liberar recursos institucionales.

En ese sentido, debe ponerse en marcha un conjunto de acciones específicas para las causas por delitos graves y complejas del viejo sistema, a fin de concluir en un tiempo razonable la investigación y posibilitar la realización del juicio en aquellos casos que así lo ameriten.

Justificación: Lo expuesto en el Cap. V, ap. C – 3.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Suprema Corte de Justicia.

  • 7. Oficina de Recepción de Denuncias y Atención Permanente.

Acción: Crear una Oficina de Denuncias y Atención Permanente, que funcione durante las 24 horas del día en el Distrito Nacional, en la Provincia de Santo Domingo y en Santiago de los Caballeros (primera etapa), para facilitar la accesibilidad del servicio a las víctimas de los delitos y mejorar la capacidad de respuesta frente a situaciones de urgencia.

Para ello deben definirse las pautas de intervención de la oficina, capacitar adecuadamente a los operadores y dotarlo de los medios de comunicación que aseguren accesibilidad de los usuarios y de los funcionarios de las distintas unidades policiales. Además debe darse una adecuada difusión en los medios de comunicación y en determinados espacios con alta concurrencia de las personas (hospitales, comisarías, dependencias judiciales, etc.)

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. B – 2 y C – 1.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

Acción: Instalar un servicio de atención telefónica permanente (automatizado) para recibir denuncias anónimas sobre casos de corrupción en la función pública, que deberán ser examinadas por el Departamento de Prevención de la Corrupción (DPC), a fin de determinar su verosimilitud y viabilidad de iniciar una investigación.

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. B – 3.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

  • 9. Racionalización de la Prisión Preventiva.

Acción: Emitir una directiva general a todas las Unidades Fiscales con un conjunto de criterios e instrucciones, haciendo un seguimiento constante de las causas judiciales a fin de obtener los pronunciamientos jurisdiccionales que correspondan en un plazo razonable y reducir la proporción de presos sin condena.

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. C – 7, en particular el índice de presos sin condena, que es uno de los más altos del mundo.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Suprema Corte de Justicia.

Conclusiones

La Procuraduría General de la República tiene conciencia de los graves problemas sociales y económicos por los que atraviesa el país y no ignora las dificultades del sector público, pero esto no puede ser la excusa para postergar las decisiones y acciones que reclama la política criminal.

Por el contrario, debe ser un acicate para asumir una empresa difícil y de largo alcance. Nuestro pueblo está harto de impunidad y reclama justicia; está enfermo de violencia, y reclama paz y seguridad.

Debemos estar conscientes de que la madurez de una sociedad no depende tanto de la ausencia de conflictos, sino de la calidad de sus instituciones y de las formas establecidas para prevenir y resolver tales conflictos.

Esta propuesta expone problemas y plantea soluciones. Todos los que tengan responsabilidad en esta materia tienen la oportunidad de decidir en cuál de estos lugares se ubica, es decir ser parte del problema o ser parte de la solución.

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"

edu.red

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"

[1] X Congreso de Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Viena, abril de 2002.Participación de la comunidad en la Prevención de la Delincuencia, II,A,16.

[2] Baratta, Alessandro, Revista Sicurezza e territorio, de L’Angelo Azzurro, Bologna, Italia, 1993, “I nuovi orizzonti della prevenzione”, pág. 9 a 14, citado en el Plan de Política Criminal de la República Argentina..

[3] X Congreso de Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Viena, abril de 2002. Participación de la comunidad en la Prevención de la Delincuencia, II, A, 18.

[4] Ibidem, punto 20.

[5] Algunos estudios indican que el costo del sistema de la justicia penal suelen representar un 40 o 50 por ciento del costo total de la lucha contra la delincuencia, y que las estrategias de prevención de riesgo son entre dos y siete veces menos costosas que el encarcelamiento (“Plan Nacional de Prevención del Delito y Seguridad Ciudadana”, Ministerio Público, Republica del Paraguay, año 2002).

[6] Chinchilla, Laura y Rico, José Ma., “La prevención comunitaria del Delito. Perspectivas para América Latina”, pág. 13.

[7] Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), “Seguridad Ciudadana en República Dominicana”, pág. 2.

[8] Ibidem.

[9] En el documento citado, pág. 8.

[10] Sobre este tema véase el “Informe sobre el Estudio de las Percepciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil sobre el sistema de administración de Justicia, la independencia del Poder Judicial y la Reforma de la Justicia”, elaborado recientemente por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).

[11] En una encuesta de victimización realizada en Buenos Aires y Gran Buenos Aires, Argentina (1996/97) se pudo establecer que del total de delitos cometidos solo se denuncia el 30 %, y de esta porción el 80 % son con autores desconocidos. Solo en un 6% del total se produce la intervención efectiva del sistema penal.

[12] Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI, punto 13. Viena, abril de 2002.

[13] Punto 25.

[14] Cfr.“Plan Nacional de Prevención del Delito y Seguridad Ciudadana”, Ministerio Público, Republica del Paraguay, año 2002, pág. 12. Como destaca Nils Christie, “los conflictos representan un potencial para la actividad, para la participación. El sistema de control punitivo actual representa una de las tantas oportunidades perdidas de involucrar a ciudadanos en tareas que tienen importancia inmediata para ellos” (“Los Conflictos como Pertenencia”, en la obra colectiva De los Delitos y las Víctimas, ed. Ad-Hoc 1992, pág. 169).

[15] X Congreso de Naciones Unidas sobre Prevención y Tratamiento del Delincuente, Viena, 2000. Delincuentes y Victimas: responsabilidad y equidad en el proceso penal, punto IV, 58.

[16] Plan Nacional de Política Criminal de Argentina,

[17] X Congreso de Naciones Unidas sobre Prevención y Tratamiento del Delincuente, Viena, 2000. Participación de la Comunidad en la Prevención de la delincuencia, punto III, A, 33.

[18] Entidad sin fines de lucro, integrada por ciudadanos e instituciones de la provincia de Santiago, creada con el objetivo de colaborar con la formulación de políticas, desarrollar herramientas de trabajo y canalizar aportes de todos los sectores sociales para mejorar la capacidad operativa de las instituciones de seguridad locales, bajo la premisa de que lograr ciudades seguras es una responsabilidad de todos.

[19] En el IX Congreso de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (El Cairo, 1995), en el cap.7, “El niño como víctima y como autor de delitos y programa de justicia penal de las Naciones Unidas: del establecimiento de normas a la adopción y aplicación de medidas”, ap. 21, se insta a los Estados a que introduzcan en las escuelas programas que fomenten la no violencia, el respeto mutuo y la tolerancia, así como programas que aumenten la confianza de los estudiantes en sí mismos y su amor propio y que le enseñen a resolver sus controversias de manera pacífica”.

[20] OMS/OPS, junio 1998, documento “Violencia contra la Mujer. Un tema de salud prioritario”.

[21] Su importancia y responsabilidad han sido destacados en las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad, 1990), puntos 40 a 44.

[22] Véase X Congreso de Naciones Unidas sobre Prevención y Tratamiento del Delincuente, Viena, 2000. Prevención eficaz del delito: adaptación a nuevas situaciones, punto 36.

[23] Véase el documento La Salud en las Américas, ed. 2002, OPS, Washington, DC, 2002 (publicación científica y Técnica 587). A su vez, la Organización Mundial de la Salud señala que las lesiones por accidentes de tráfico son la principal causa por traumatismo, la 10a causa de todas las muertes y la 9 a de las principales causas de morbilidad en todo el mundo (Estrategia quinquenal de la OMS para la prevención de Lesiones por accidente de Trafico.2001-2005, disponible en internet en http://www.who.int/violence_injury_prevention/).

[24] Preparado por MOVITPAV SA, Consultores Planificación de Transporte, a requerimiento de la Procuraduría General de la República (noviembre de 2004).

[25] Taveras Rodríguez, Juan Tomás, “Redefinición del rol policial”, pág. 46.

[26] Véase el mismo autor, pág. 91.

[27] Pág. 93/4.

[28] Apartado 108 del documento oficial, edición en español.

[29] IX Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del delito y Tratamiento del Delincuente, El Cairo, mayo de 1995. Recomendaciones relativas a los cuatro temas sustantivos, ap. III, Sistemas de Justicia Penal y de Policía: gestión y perfeccionamiento de la Policía y otros encargados de hacer cumplir la ley, del ministerio público, de los tribunales y de los establecimientos penitenciarios y función de los abogados, punto7 a).

[30] Proyecto de ley orgánica policial; de reorganización institucional de la Policía Nacional; de educación y capacitación policial; de creación del museo policial; de creación de la Policía Comunitaria; del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) y la creación del Instituto de Dignidad Humana, entre otros.

[31] Documento citado, pág. 82.

[32] Duce, Mauricio, “El Ministerio Público en la Reforma Procesal Penal en América Latina: visión general acerca del estado de los cambios”, pág. 10.

[33] Duce, Mauricio J. , “El Ministerio Público en la Reforma Procesal Penal en América Latina. Visión General acerca del Estado de los Cambios”, documento del Ceja, página 13.

[34] Inecip. Documento de trabajo: Hacia un plan de política penitenciaria para la Provincia del Neuquen (Argentina).

[35] Instituto Interamericano de Derechos Humanos, documento citado, pág. 96.

[36] Véase el mismo documento, pág. 97.

Partes: 1, 2, 3
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