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La Seguridad industrial e Higiene Industrial más que un simple concepto


  1. Higiene industrial
  2. Seguridad industrial
  3. Historia y evolución de la seguridad industrial en Colombia

Higiene industrial

Se puede definir como aquella ciencia y arte dedicada a la participación, reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores o elementos estresantes del ambiente presentados en el lugar de trabajo, los cuales pueden causar enfermedad, deterioro de la salud, incomodidad e ineficiencia de importancia entre trabajadores.

Seguridad industrial

Es uno de los cuatro subprogramas definidos al interior de un Programa de Salud Ocupacional que se encarga de vigilar aquellos factores de riesgo que pueden ocasionar accidentes de trabajo. Vigila todas aquellas condiciones y/o actos inseguros a nivel del medio o del trabajador con potencialidad de generar Accidentes de Trabajo .

La Seguridad Industrial como capítulo de la salud ocupacional normalmente va acompañada del subprograma de Higiene Industrial.

Historia y evolución de la seguridad industrial en Colombia

Historia

 La historia del Consejo Colombiano de Seguridad comenzó el 9 de febrero de 1954, con la reunión de un grupo de profesionales interesados en el campo de la seguridad, quienes se asociaron para editar una revista especializada en el tema a la que llamarían "Protección y Seguridad".

Durante varios meses se adelantaron contactos con empresas y personas interesadas en colaborar y participar en la edición y organización de la revista que por fin vio la luz el 1 de mayo del mismo año.

La acogida que tuvo la revista "Protección y Seguridad" motivó a sus creadores a desarrollar una organización denominada Comité Nacional para la Prevención de Accidentes (Conalpra) como una entidad privada, sin ánimo de lucro, apolítica, de carácter técnico y científico y orientada a la protección de la industria y el trabajador colombiano.

Con esta concepción se fue consolidando Conalpra, entidad que prestaba asesoría a las industrias afiliadas teniendo como bandera los siguientes aspectos:

Prevención de accidentes.Prevención de incendios.Corrección de riesgos, conservación y mantenimiento.Propaganda educativa.Servicios médicos e higiene industrial.

En 1957, y buscando una mayor identificación con su objetivo y finalidad, Conalpra cambió su nombre por el de Consejo Colombiano de Seguridad Industrial, con el propósito de desarrollar una campaña más amplia y hacer conocer con más fuerza la palabra "seguridad" en todas sus campañas, más tarde, mediante la Resolución 2263 de 1970 del Ministerio de Justicia se llega al nombre actual de Consejo Colombiano de Seguridad (CCS).

Ya desde 1957 se comienzan a puntualizar los esfuerzos de promover la seguridad industrial mediante el desarrollo de programas de capacitación, comités industriales y reuniones con jefes de seguridad de las principales ciudades del país.

Ese mismo año se llevó a cabo la primera edición del Congreso Colombiano de Seguridad Industrial y un año más tarde la primera Convención Nacional de Seguridad, con la participación del Ministerio de Trabajo y organismos representativos de los diferentes países de América Latina.

Hoy, con más de 500 afiliados, entre personas naturales y jurídicas, el Consejo Colombiano de Seguridad se ha consolidado como la entidad líder en el país en lo relacionado con la promoción de las actividades de capacitación, divulgación y asesoría en las áreas de salud ocupacional, seguridad industrial y protección del medio ambiente

  • Legislación que reglamenta la seguridad industrial en Colombia:

Legislación Colombia

Decreto Numero 614 de Marzo 14 de 1984

Determinación de las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país trata sobre: Disposiciones Generales y Definiciones, Contenido, Objeto de la salud ocupacional, Campo de aplicación de las normas sobre salud ocupacional, Dirección y coordinación, Delegación, Información, Asesoría en salud ocupacional, De las licencias de funcionamiento y reglamentos de higiene y seguridad, Definiciones, Constitución y responsabilidades, Constitución del Plan Nacional de Salud Ocupacional, Sujeción de otras entidades gubernamentales, Distribución de cobertura por entidades, Responsabilidades de los ministerios de Salud y de Trabajo y Seguridad Social, Responsabilidades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Responsabilidades de las divisiones departamentales de trabajo y Salud Ocupacional, Responsabilidades del Ministerio de Salud, Responsabilidades de los servicios seccionales de salud, Responsabilidades del nivel nacional del Instituto de Seguros Sociales, Responsabilidades de las seccionales del Instituto de Seguros Sociales, Responsabilidades de la Caja Nacional de Previsión Social y otras entidades de seguridad y previsión social, Responsabilidad del Instituto Nacional de Salud, Responsabilidades del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte «Coldeportes», Responsabilidades de otras agencias gubernamentales, Responsabilidades de los patronos, Comités de medicina, higiene y seguridad industrial de empresa, Responsabilidades de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial de empresa, Instituciones de apoyo, Programas de Salud Ocupacional en las empresas, Forma de los programas de Salud Ocupacional, Contenido de los programas de Salud Ocupacional, Responsabilidades de los trabajadores, Servicios privados de Salud Ocupacional, Responsabilidades de los servicios privados de Salud Ocupacional, Contratación de los servicios de Salud Ocupacional, Coordinación, Coordinación del Plan Nacional de Salud Ocupacional, Comité Nacional de Salud Ocupacional, Comités seccionales de Salud Ocupacional, Responsabilidades de los Comités de Salud Ocupacional, Subcomités para asuntos específicos, Colaboración de especialistas, Procedimiento de vigilancia y sanciones, Competencia, Competencia exclusiva y obligación de colaboración, Inspecciones en los sitios de trabajo, Requerimientos, Procedimiento y Sanciones, Concepto para cierre definitivo y cancelación de licencia de funcionamiento.

Decreto 01335 de julio 15 de 1987

Reglamento de Seguridad en labores subterráneas: Disposiciones generales, Generalidades, Responsabilidades, Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industria de empresa, Autoridad competente, Registros y planos, Ventilación, Disposiciones comunes a todas las labores subterráneas, Disposiciones especiales para minas grisutuosas, Control de polvo, Polvos inflamables, Polvo respirable, Sostenimiento, Generalidades, Transporte, Transporte en galerías, Transporte en labores planos inclinados, Locomotoras Diesel, Bandas transportadoras, Silos y tolvas, Explosivos, Generalidades, Almacenamiento y provisiones, Transporte, Almacenamiento temporal en el interior, Utilización, Disposiciones especiales para labores grisutuosas y pulverulentas, Electrificación, Ejecución, mantenimiento y verificación de las instalaciones, Protección contra el contacto con elementos bajo tensión, Prevención contra incendios y explosiones, Máquinas y herramientas, Disposiciones Generales, Malacates, Cables, Herramientas manuales, Prevención y extinción de fuegos e incendio, Higiene; condiciones de trabajo y salvamento minero.

Decreto 776 de abril 30 de 1987

Modifica las tablas de evaluación de incapacidades resultantes de accidentes de trabajo.

Decreto 2177 de setiembre 21 de 1989

Readaptación Profesional y el empleo de personas inválidas: Principios Generales, Calificación de invalidez, Del trabajo y empleo, Rehabilitación por reubicación profesional, Entidades especiales a los patronos que contraten trabajadores inválidos, Consejo coordinador, Disposiciones finales.

Decreto 2222

Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

Decreto 1294 de junio 22 de 1990

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir los riesgos derivados de enfermedad profesional y accidentes de trabajo.

Decreto 35 de enero 10 de 1994

Disposiciones en materia de seguridad minera.

Decreto 1295 de junio 22 de 1994

Organización y administración de Sistemas Gerenciales de Riesgos Profesionales.

Decreto 1771 de 3 agosto de 1994

Reglamenta parcialmente el decreto 1295 de 1994

Decreto 1831 de 3 agosto de 1994

Expide la tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y dicta otras disposiciones.

Decreto 1833 de 3 agosto de 1994

Determina la administración y funcionamiento del Fondo de Riesgos Profesionales.

Decreto 1834 de 3 agosto de 1994

Reglamenta la Integración y Funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.

Decreto 1346 de junio 27 de 1994

Reglamenta la Integración, financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.

Decreto 1832 de 1994

Adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales

Decreto 1281 de junio 22 de 1994

Reglamenta las actividades de alto riesgo.

Decreto 1835 de agosto 3 de 1994

Reglamenta las actividades de alto riesgo de los servidores públicos.

Decreto 1938 de 1994 5 agosto de 1994

Reglamenta el plan de beneficios en el Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud, de acuerdo con las recomendaciones del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, contenidas en el acuerdo número 008 de 1994.

Decreto número 1530 de agosto 26 de 1996

Reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993 y el Decreto Ley 1295 de 1994

4. Factores de Riesgo Mecánico: Objetos, máquinas, equipos, herramientas, que por sus condiciones de funcionamiento, diseño o forma, tamaño, ubicación y disposición, tienen la capacidad potencial de entrar en contacto con las personas o materiales, provocando lesiones en los primeros o daños en los segundos.

??Factores de Riesgo Eléctrico: Se refiere a los sistemas eléctricos de las máquinas y los equipos, instalaciones o materiales de estos, que al entrar en contacto con las personas pueden provocar lesiones o daños a la propiedad. Se clasifican en:

??Alta tensión

??Baja tensión

??Electricidad estática

??Factores de Riesgo Locativo: Condiciones de la zona geográfica, las instalaciones o áreas de

trabajo, que bajo circunstancias no adecuadas pueden ocasionar accidentes de trabajo o pérdidas para la empresa. Se incluyen las deficientes condiciones de orden y aseo, la falta de dotación, señalización o ubicación adecuada de extintores, la carencia de señalización de vías de evacuación, estado de vías de tránsito, techos, puertas, paredes, etc.

Factores de Riesgo Físico-Químico: Todos aquellos objetos, sustancias químicas, materiales

combustibles y fuentes de calor que bajo circunstancias de inflamabilidad o combustibilidad,

pueden desencadenar incendios y explosiones con consecuencias como lesiones personales,

muertes, daños materiales y pérdidas.

??Factores de Riesgo Público: Son aquellas circunstancias de origen social y externas a la empresa, a las que se puede ver enfrentado el trabajador por razón de su oficio, tales como delincuencia, extorsión, secuestro, robo, asonada, condiciones de tránsito, etcétera

  • En cuanto al manejo de incendios, defina los siguientes efectos:

  • a. Gases expedidos por el fuego.

  • b. Toxicidad de los gases del fuego.

  • c. Monóxido de carbono.

  • d. Bióxido de carbono.

  • e. Sulfuro de hidrogeno.

  • f.  Amoniaco.

Gases expedidos por el fuego

En este bloque se estudian los fundamentos científicos que informan sobre el proceso de combustión, las reacciones químicas involucradas, los fenómenos físicos que intervienen y que dependen del tipo y tamaño del incendio, los posibles escenarios de incendio, su crecimiento, potencia calorífica, carga de fuego, etc.

Los fundamentos de la extinción de incendios con los diferentes agentes extintores: agua, espuma, agua nebulizada, gases inertes, gases halogenados, polvo químico, fuegos superficiales y de foco profundo, casos especiales de extinción, etc. Los fundamentos de la detección automática de incendios. Las bases para la protección pasiva contra incendios. Conceptos básicos sobre la protección de explosiones y el impacto medioambiental de los incendios y de los sistemas de protección

Toxicidad de los gases del fuego

En cualquier caso, el efecto adverso de humos y gases de combustión es función de su toxicidad inherente y de lo rápido que el material se descompone, y ambos son factores muy importantes a considerar. En efecto, en la prevención de incendios puede ser más decisivo controlar la velocidad de emisión de humos, que su toxicidad intrínseca. Por tal motivo, en un primer estadio de la Prevención contra incendios, en todos los países , la problemática de la inflamabilidad de los materiales ha sido abordada en primer lugar y, en una segunda etapa, a la formativa y la reglamentación establecidas para clasificar a los materiales según su reacción al fuego, se ha incorporado la referente a la valoración de las atmósferas adversas creadas en la eventual descomposición térmica de tales materiales.

Monóxido de carbono

La inhalación de humo producido por el fuego es la forma más común de intoxicación por monóxido de

carbono. El humo del cigarrillo y los gases de escape de los automóviles son las mayores fuentes de exposición frecuente al monóxido de carbono

Bióxido de carbono

El bióxido de carbono es el cuarto componente más abundante en aire seco, con concentraciones de 380 ppmv (partículas por millón por volumen) en la atmósfera. Los científicos calculan que antes de la actividad industrial de los seres humanos, las concentraciones de CO2 eran de aproximadamente 270 ppmv. Los niveles de dióxido de carbono en nuestra atmósfera se han elevado cerca de un 40% desde el comienzo de la industrialización, y se espera que juegue un papel preocupante en el aumento de la temperatura de la Tierra. Las concentraciones de dióxido de carbono atmosférico han variado substancialmente en la historia pre-humana de nuestro planeta, y ha tenido impactos profundos sobre las temperaturas mundiales en el pasado

Propiedades químicas

Se utiliza como agente extintor eliminado el oxígeno para el fuego.

Sulfuro de hidrogeno

El sulfuro de hidrógeno es un gas incoloro, inflamable y extremadamente peligroso con olor a "huevo podrido". Ocurre de forma natural en petróleo crudo y gas natural, y puede ser producido por la descomposición de materia orgánica y desechos humanos/animales (por ejemplo, aguas negras). Es más pesado que el aire y puede acumularse en áreas bajas y cerradas, pobremente ventiladas, como sótanos, bocas de registros, bóvedas subterráneas para líneas de alcantarillado y teléfonos/eléctricas

Amoniaco

El amoníaco, a temperatura ambiente, es un gas incoloro de olor muy penetrante y nauseabundo. Se produce naturalmente por descomposición de la materia orgánica y también se fabrica industrialmente. Se disuelve fácilmente en el agua y se evapora rápidamente. Generalmente se vende en forma líquida:

  • Que son agentes extintores.

Se llama agentes extintores a las sustancias que, gracias a sus propiedades físicas o químicas, se emplean para apagar el fuego (generalmente en los incendios).

  • Defina que es ergonomía, sus principios y división.

Ergonomía

 La Ergonomía es una disciplina científico-técnica y de diseño que estudia integralmente al hombre (o grupos de hombres) en su marco de actuación, relacionado con las máquinas dentro de un ambiente laboral específico, y que busca la optimización de los tres elementos del sistema (hombre-máquina-ambiente), para lo cual elabora métodos de estudio del individuo, de la técnica y de la organización del trabajo.

Es una disciplina de las comunicaciones recíprocas entre el hombre y su entorno socio técnico; sus objetivos son proporcionar el ajuste recíproco, constante y sistémico entre el hombre y el ambiente; diseñar la situación de trabajo de manera que ésta resulte plena de contenido y adecuada a las capacidades psicofisiológicas y necesidades del ser humano.

  • Como se clasifica la ergonomía

La ergonomía es una ciencia en sí misma, que conforma su cuerpo de conocimientos a partir de su experiencia y de una amplia base de información proveniente de ciencias como la psicología, la fisiología, la antropometría, la biomecánica, la ingeniería industrial, el diseño y muchas otras.

  • Cuales son los factores de la carga física.

El concepto de carga física evolucionó acorde a los tiempos y la carga física a la cual estaba sometido un trabajador ahora dependía de dos factores: la fuerza y el tiempo. Esto cobró más importancia debido al trabajo de algunos investigadores que desarrollaron nuevos sistemas de producción, en especial Taylor y Gilbreth, para los cuales el factor tiempo alcanzó gran importancia. Ya en el período post-industrial comenzó a tener relevancia las condiciones en las cuales se realizaba el trabajo, quizás apuntando a mejoras en la producción o por el advenimiento de movimientos sindicalistas que reivindican este tema.

  • Caso: Un trabajador del la cadena de almacenes XYZ ingresa para desempeñar el cargo de ajero Auxiliar, el trabajador debe desempeñarse en una posición sedente, de las 5 horas de trabajo (sin contar con una hora de almuerzo) solo puede levantarse dos veces, cada una de 5 minutos.

Con base en la anterior información constete las siguientes pregubtas:

  • a. Que profundidad debe tener la silla.

  • b. b. Cual debe ser la altura de la silla

  • c. C. a que altura de la silla debe estar el espaldar.

  • d. D. que medida debe tener el escritorio.

  • e. E. En que condiciones ambientales debe tener que desempeñar bien su puesto de trabajo.

Las condiciones de trabajo deben ser acordes con el ambiente los compañeros de trabajo que el sitio en el q se desempeña tenga las salidas adecuadas de emergencia q cuente con una arp, eps, que tambien pueda moverse libremente y en las cuales el trabajador se sienta comodo y no se lastime para en le futuro no tener luxaciones ni dolores en su espalda ni cabeza…..

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"?

www.edu.red/usuario/perfiles/ing_lic_yunior_andra_s_castillo_s/monografias

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2015.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"?