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Derecho Penal del enemigo, una solución aceptable (página 2)


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[1] Editorial Trotta. Tercera edición 1998.España

[2] Ver en http///www. carlos palma.com.ar

[3] Palabras del Papa Juan Pablo II. Artículo de Berta Tamayo. “ Bush: Fuera”. Semanario Orbe. Año VI No.2 Pág.16.

[4] Art. 2 Convenio de Diversidad Biológica.

[5] Internet. Procesos de la Vida en la Tierra. htm.

[6] La Endogénesis, plantea la posibilidad del surgimiento de la vida en la Tierra, por procesos no biológicos a partir de una combinación de atmósfera (básicamente hidrógeno), luz ultravioleta del Sol y descargas eléctricas (rayos), que produjeron la descomposición de las moléculas, cuya recombinación en los océanos, asociados a una continua descomposición molecular, produjo de manera espontánea y aleatoria, moléculas capaces de autocopiarse, utilizando para ello como bloques fundamentales, otras moléculas de la llamada “sopa originaria”. Internet. Procesos de la Vida en la Tierra. htm La Exogénesis, por su parte, explica el surgimiento de la vida, a partir de una disminución notable de las grandes caídas de residuos interplanetarios sobre la Tierra y la emisión de grandes cantidades de gases, producto del intenso calor “reinante que terminaron por saturar la atmósfera y preparar las condiciones para las primeras lluvias. Una de esas moléculas expelidas en forma de gas fue la del agua. Como un componente importante de los núcleos cometarios son las moléculas de vapor de agua, estas pudieron ser transportadas a la Tierra por los cometas”. Internet Procesos de la Vida en la Tierra. htm [7] De las 402 disposiciones jurídicas referidas a medio ambiente dictada, sus categorías legislativas fueron las siguientes: 51 Leyes, 48 Leyes Decretos, 14 Decretos Leyes 5 Acuerdos Leyes, 1 Acuerdo, 275 Decretos, 4 Decretos Presidenciales y solo 4 Resoluciones, o sea, los rangos eran bastantes elevados, (González, 1998). De todas ellas 77 se referían a Flora y Fauna, 64 Sanidad Vegetal, 57 Ordenanzas Sanitarias, 14 a Caza, 5 a Pesca, 5 Sanidad Vegetal y 4 Salud Publica (González, 1998). En la Revolución y hasta 1997 se promulgaron 78 Leyes, 39 Decretos Leyes, 67 Decretos, 4 Acuerdos, 129 Resoluciones, 8 Instrucciones y 2 Resoluciones. De todas ellas, 50 referidas a Flora y Fauna, 11 Sanidad Vegetal, 10 a suelos, 7 Medicina Veterinaria y 5 a Caza.

[7] Ver el artículo de Hassemer Crisis y características del Moderno Derecho Penal. Actualidad Penal #43.Madrid 1993

[8] Ver Política Criminal y Persona .Editorial AD HOC. marzo 2000.Buenos Aires .Argentina   EL PROTOCOLO DE KYOTO: ALCANCES Y LIMITACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Autor: Leonel Caraballo Maqueira.[1]

Acercarnos al análisis de un tema ambiental, nos obliga, si queremos ser consecuentes con este objeto de estudio, a referirnos a varias de las múltiples variables que pueden incidir en él. Y a esta realidad, no debe escapar el Protocolo de Kyoto.

La génesis del Protocolo de Kyoto, podemos encontrarla, sin pretender con ello dar criterios definitivos, en los pronunciamientos contenidos en la Conferencia de Estocolmo de 1972. El Protocolo de Kyoto es el resultado de mas de veinte años de negociaciones, tuvo que existir una Convecino Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (1994); fue necesario que tuviera lugar en Berlín su Primera COP (1995), conocida desde entonces como el Mandato de Berlín, y que se tomara la decisión de elaborar un instrumento jurídico vinculante sobre el tema, para que después de dos años de labor el 11 de diciembre de 1997, en la ciudad japonesa de Kyoto se aprobara el Protocolo de Kyoto. A la perseverancia y la flexibilidad de mujeres y hombres y ambientalistas se debe en gran medida su puesta sen vigor el 16 de febrero de este año 2005.

El reconocimiento que hace el articulo 10 del Protocolo del concepto de “responsabilidades comunes pero diferenciadas”, es sin lugar a dudas un aspecto positivo del mismo. Todos vivimos en el mismo planetas, todos tenemos el mismo derecho a una vida sana en armonía con el medio ambiente, pero no todos tenemos la misma responsabilidad por los daños al medio ambiente. Los pueblos esquimales, no son responsables del agujero en la capa de ozono; las poblaciones indias que viven en el amazona, no son responsable de la deforestación que sufre ese pulmón del planeta; el Tercer Mundo no es el que emite de manera amenazante los gases de efectos invernaderos a la atmósfera.

La aprobación y entrada en vigor del Protocolo de Kyoto, sobre la base del principio de responsabilidad común pero diferenciada, permitió el compromiso cuantitativo y cualitativos diferenciado para un grupo países que deben reducir sus emisiones, sobre la base de lo emitido en 1999, en no menos del 5% en el quinquenio 2008-2012.

Pero como todo proceso negociador este logro tuvo su contrapartida. Si bien los países en desarrollo, se ven comprometidos a la reducción del 5% antes señalado, lograron incluir una serie de mecanismos que les permiten cumplir estos compromisos pero a partir de acciones que realizan fuera de sus fronteras. Estos Mecanismos de Flexibilidad del Protocolo de Kyoto, a nuestro modo de ver, le permite al mundo desarrollado mantener sus actuales niveles de emisión, trasladando al Tercer Mundo bajo el concepto de “acuerdo conjunto” el foco de atención para el monitoreo de las acciones dirigidas a lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero, en tanto que las acciones dirigidas a modificaciones tecnológicas en sus propios países, que introduzcan fuentes alternativas de energía, resultan muy caros en términos económicos y políticos.

Los mecanismos para un desarrollo limpio esta dirigido fundamentalmente hacia un Tercer Mundo, que no siempre dispone de recursos humanos capacitados para la asimilación y puesta en practica de las nuevas tecnologías, no basta con importar la técnica, es necesario conocer la tecnología que me haga posible la utilización óptima de la misma.

El hecho de que el Protocolo, imponga la reducción de la emisión de seis gases de efectos invernaderos como son el dióxido de carbono, el metano, protóxido de nitrógeno y tres gases fluorados, y la disminución de las energías fósiles como el carbón, el petróleo y el gas, hace que se exacerben los intereses económicos y políticos.

Las emisiones de CO2 están muy estrechamente relacionadas con los combustibles fósiles, cuya reducción implica serios cambios en el diseño tecnológico y estrategia energética de países y regiones con un peso económico importante en el economía mundial. En lo interno, sectores vinculados a las grandes compañías de petróleo, oponen férrea resistencia a la implementación del Protocolo, un ejemplo de ello lo es el gobierno norteamericano.

EE.UU el mayor emisor del mundo, con menos del 3% de la población mundial, es el responsable de más del 25 % de las emisiones del planeta. La actual administración de los EE.UU se retiro en su momento de las negociaciones del Protocolo, quizás con la equivocada esperanza de que ello haría inviable la entrada en vigor del mismo, sin embrago, la razón de muchos se impuso al egoísmo de unos pocos y el Protocolo entro en vigor.

Las posiciones de esta administración norteamericana no nos debe sorprender, un Gobierno que lleva a cabo guerras “por la dominación mundial, por las conquistas de mercados para el capital bancario y para avasallar a los pueblos “[2] que no se detiene en agredir la dignidad humana, aunque lacere “la conciencia cívica y religiosa”[3], que lanza a cientos de sus hijos a la muerte por un petróleo y gas que no le pertenecen, no tiene nada de extraño que poco le interesen los problemas globales. En definitiva son los mimos que tampoco reconocen el Convenio de Diversidad Biológica.

El Protocolo de Kyoto en un instrumento jurídico perfectible, pero su mayor reto esta en enfrentar y superar los intereses económicos que pueden mediatizar y distorsionar su aplicación. Debemos trabajar porque prevalezcan los valores ambientales contenidos en él y en otros documentos jurídicos internacionales.

Debemos trabajar por destacar el valor fundamental que él defiende, como toda norma jurídica ambienta, este valor es la Vida, una de las formas de existencia de la materia, expresión de una verdad, no plenamente conocida, entendida y respetada. La Vida no es, la Vida esta siendo.

Cuando los que defienden a cualquier precio el crecimiento económico, comprendan que una atmósfera contaminada, que pone el peligro la vida de nuestra especie, redundara en su propio perjuicio; cuando comprendan que analfabetos no necesitan computadoras y que hambrientos no necesitan cosméticos, comprenderán al menos, movidos por sus mezquinos intereses, que hay que trabajar por conservar con calidad y dignidad la vida del hombre.

Se habla mucho de visión holística y sistémica de los problemas ambientales, sin embargo en no pocas ocasiones su interpretación se reduce a temas muy puntuales y establecemos una distancia entre lo que consideramos ambiental y no ambiental, como si realmente esta distancia existiera.

El Protocolo de Kyoto instrumento de la Convención Marco de la NN.UU sobre el Cambio Climático, en una norma jurídica ambiental internacional que defiende el derecho a la vida a partir de lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático, de ahí su relación, por ejemplo con el Convenio de Diversidad Biológica y con la Declaración Universal de los Derecho Humanos.

Con el Convenio de Diversidad Biológica, su interrelación es clara, este instrumento jurídico internacional defiende la vida, la diversidad biológica, la que se expresa en tres niveles interrelacionados e indivisibles, gen, especie y ecosistema. En este último nivel, el ecosistema, en que se dan las interrelaciones de lo biótico con lo abiótico, conceptualizado como “un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente, que interactúan como una unidad funcional”[4] la atmósfera es una de los factores fundamentales.

Pero además, no puede ser de otra forma. El surgimiento de la vida en la Tierra, se explica por la ciencia de dos manera, por la concurrencia en nuestro planeta de procesos no biológicos (Endogénesis) o porque fue portada a él de otros lugares o planetas (Exogénesis)[5] y en ambas teorías, la atmósfera tuvo un papel fundamental[6]

Por lo tanto la atmósfera, junto con el agua y los suelos, entre otros, fueron y son determinantes para el surgimiento y permanencia de esta diversidad de organismos biológicos de la que forma parte el hombre, hombre que tiene derecho a la vida como lo reconoce la Declaración Universal de los Derecho Humanos.

La coherencia en el discurso ambiental debe ser clara, una afectación a la atmósfera puede implicar serios daños a la diversidad biológica y por tanto pone en peligro el derecho a la vida del propio hombre, derecho a la vida que no se reduce a sobrevivir sino a vivir con calidad, calidad que hoy esta indisolublemente relacionado con la salud del ambiente en que el hombre forma parte como especie.

Pasar por alto el Protocolo de Kyoto, es desestimar uno de los instrumentos jurídicos internacionales que hacen viable la existencia de la Declaración Universidad de los Derechos Humanos. Para que existan Derechos Humanos lo primero que tiene que existir, son los humanos y a este empeño dirigen sus esfuerzos, entre otros instrumentos jurídicos internacionales, el Protocolo de Kyoto.

El Protocolo puede ser perfectible, para lo perfecto los humanos concebimos los dioses, toda obra humana puede ser mejor, pero no debemos perder de vista que su entrada en vigor es relativamente reciente, jurídicamente es apenas un bebe, debemos observar.

Sin embargo nos parece que el mayor obstáculo para su implementación efectiva, esta en la voluntad política de los estados, no en la sola existencia de una norma jurídica más o menos perfecta. Y los cubanos en ellos tenemos experiencia.

Durante la seudo república en Cuba se emitieron un total de 402[7] normas que de una forma u otra estaban dirigidas a la conservación de un componente de la naturaleza, lo que representa una cifra muy superior a las 43 emitidas durante la colonia y a las 10 de la intervención norteamericana. En total se emitieron hasta 1958, 455 normas jurídicas para proteger lo que hoy denominamos medio ambiente.

Cuba a principios del siglo pasados, de 1930 a 1941, disponía de 5 áreas protegidas:

Decreto Presidencial No. 487, Gaceta Oficial Año 28. N.4 de 24 de abril de 1930, se creó el Parque Nacional Sierra Cristal, primera reserva Natural de Cuba Decreto No. 203, de 1 de junio de 1933 que estableció el Refugio Nacional para Flamencos. El área que fue ampliada por el Decreto Ley No. 743, de 3 de abril de 1936, Gaceta Oficial Extraordinaria No. 95 de 4 de abril de 1936, que además prohibió la exportación del flamenco por veinte años. Decreto No. 1370 de 21 de marzo de 1936, Gaceta Oficial Extraordinaria No, 159 de 21 de mayo de 1936, declara toda la Ciénaga de Zapata como Refugio Nacional de Pesca y Caza.   Decreto No. 2996 de diciembre de 1939, creó el Parque Nacional y Reserva Forestal Topes de Collantes en la Sierra de Trinidad.   Decreto No. 1204 de 6 de marzo de 1941, Gaceta Oficial de 6 de marzo de 1941, creó el Refugio Nacional de Caza y Pesca "Juan Gundlach".

Sin embargo, como bien señalara uno de nuestros más destacados naturalistas, Álvarez Conde poco o nada se había hecho para llevar a vías de hecho lo legislado, fue a partir de 1959 en que se crearon las condiciones para se hayan convertido en un hecho cotidiano el exigir el cumplimiento que la legislación ambiental vigente..

El Protocolo de Kyoto cumplirá su papel y será perfectible, en la medida en que los ambientalistas, dentro de los cuales estamos también los juristas, seamos capaces de comprender las complejas, sutiles y contradictorias relaciones que tiene lugar en la normatividad jurídica internacional y su estrecha relación con los factores económicos, sociales, culturales, religiosos, biológicos, en muchos otros, en que estamos inmersos.

La fortaleza del Protocolo de Kyoto vendrá determinada en la medida en que se constituya en un factor movilizador de mujeres y hombres empeñados en entregar a nuestros hijos un planeta más sano, humano, solidario y respetuoso hacia la diversidad biológica de la que formamos parte inexorablemente.

Doctor en Ciencias Jurídicas, Profesor Titular Adjunto del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas, Profesor Asistente Adjunto de las Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana. Presidente de la Cátedra de Estudios Jurídicos del Ministerio de Ciencias Tecnologías y Medio Ambiente de Cuba. Lenin. “Materiales sobre la revisión del programa del partido”. Obra Completa. Edición Rusa. T.24. Pág.431-432

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