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Sistema Educativo y Políticas Educativas en Argentina (apuntes)


Partes: 1, 2

    1. Atribuciones del Estado en materia educativa
    2. ¿Qué se entiende por "política educativa"
    3. El principio de Unidad y el de Federalismo en materia educativa en la Ley Federal de Educación
    4. La estructura jurisdiccional de la educación y sus competencias
    5. La Ley 24521: la incorporación del Servicio de Enseñanza de Gestión Privada
    6. Objetivos de la Enseñanza General Básica
    7. La Convención por los Derechos del Niño y la Ley Federal de Educación
    8. Las interpretaciones históricas sobre la organización del Sistema de Educación
    9. La ley 1420
    10. El perfil del educando en la ley 24.195
    11. Principios Generales: la conciencia nacional
    12. Otros principios: Libertad de conciencia, libertad de enseñanza y libertad curricular
    13. El fundamento para que la libertad de enseñanza se convierta en un derecho
    14. Ley de Educación Superior (Nº 24.521)
    15. El principio de subsidiariedad

    1. Atribuciones del Estado en materia educativa

    En primer lugar cabe establecer cuál es la función del Estado en general. El Estado es una organización política de la nación con ordenamiento jurídico, con estructuras de gobierno y de participación popular que procura el "bien común".

    El bien común debe se asequible por todos los miembros de la nación en una situación de igualdad de oportunidades, esto quiere decir igualdad de posibilidades para gozar de los servicios que el estado debe garantizar en cumplimiento de principios básicos.

    El principio de subsidiaridad entendido en su dimensión positiva y en su dimensión negativa implica necesariamente que el Estado no renuncie a algunas de sus funciones básicas, sobre todo en materia educativa. Más aún, debe el Estado fortalecer la sociedad, promoviendo la participación y el protagonismo de todas las instituciones y asociaciones intermedias.

    El estado es el gestor del bien común. Ahora bien, este bien común requiere la existencia de una justicia social y por lo tanto el ejercicio de los derechos sociales culturales y los derechos de solidaridad, y en este sentido el Estado debe asegurar la salvaguarda de los derechos de todos.

    En concreto, al Estado le compete una responsabilidad política tanto en general – como ya dijimos asegurando el bien común – como en particular, haciendo referencia a la materia educativa. Asimismo se puede hablar de una responsabilidad social mientras que el Estado debe tomar como prioridad de su actividad la distribución justa de los recursos públicos para lo cual debe contar con legitimidad, autoridad, normas por supuesto, con los recursos necesarios.

    En materia educativa, al Estado le compete la conducción y planificación de la política en este sentido, función que por otra parte se corresponde con la delegación de poder que le ha otorgado la soberanía popular. Esta práctica debe ser viable a través de la implementación de acciones que garanticen la justicia social y mediante acciones concretas de supervisión y control. La educación es un "bien público" que se garantiza a través del servicio de la escuela, cuya existencia es responsabilidad de Estado que acude a satisfacer las necesidades educativas a través de la gestión privada y oficial.

    2. ¿Qué se entiende por "política educativa"

    La política educativa es responsabilidad del Estado, esto es: asegurar el rendimiento del Sistema Educativo, su eficiencia, y su calidad. Se trata de la teoría y práctica de las actividades del Estado en la materia educación, la manera como el Estado organiza la Educación tomando decisiones basadas en un conocimiento científico de la materia. Este conocimiento científico esta apoyado por una concepción antropológica determinada, como así también de la sociedad y de la cultura.

    La Política Educativa debe abarcar todas las teorías y planificaciones, pero también la concreción práctica de estas planificaciones que se manifiestan en decisiones.

    El Estado utiliza un sistema burocrático para llevar adelante esta tarea, sistema que comprende un sector político, cambiante en cada período de gobierno; un elemento técnico que permanece asesorando al gobierno de turno y un sector administrativo que depende de funcionarios y empleados administrativos permanentes.

    Para contrarrestar el efecto nocivo que este sistema burocrático puede ejercer a la hora de llevar adelante las políticas educativas, se hace necesario contemplar, cada vez más, una adecuada descentralización acompañada de un criterio que fomente la participación y el consenso.

    En efecto, la descentralización y la participación son instrumentos necesarios para gestar políticas de Estado que permanezcan más allá de los gobiernos de turno.

    El Sistema Educativo es un instrumento y una creación del Estado que esta destinado a formar al ciudadano de la Nación. En este sistema el Estado expresa su intención de formación mediante una adecuada estructura que permita lograr los fines planificados.

    3. El principio de Unidad y el de Federalismo en materia educativa en la Ley Federal de Educación

    Casi siempre, la unidad del sistema educativo se vio entorpecida por una situación de centralismo y la consiguiente falta de flexibilidad e inadecuación a las diferentes realidades locales.

    Por su parte el principio de federalismo generalmente termina concibiéndose como una desarticulación e inorganicidad, y es menospreciado por esta razón, ocasionando fracasos evidentes y desajustes que en nada contribuyeron a cumplir los objetivos del sistema.

    Aún con la descentralización el sistema sigue afectado por la burocratización lo que provoca en definitiva una falta de ajustes entre las dependencias, los niveles y modalidades ya que el sistema no cuenta con la flexibilidad adecuada para adaptarse a los moldes sociales y culturales de cada región.

    Por otra parte el sistema no ha logrado conseguir la superación del viejo dilema: la libertad con igualdad de oportunidades. Igualdad de oportunidades fue entendida como una oferta educativa uniforme procurando igualar las desigualdades y esto aumentó las diferencias y las distancias. Para lograr la "igualdad de oportunidades" se debe dar a cada individuo de acuerdo a sus propias necesidades y sus expectativas mediante diversidad de propuestas educativas, en cada región según sus particularidades culturales.

    Ya en la Constitución de 1853 se establece la necesidad de lograr la unidad nacional, el pluralismo federal y el libre ejercicio del derecho de enseñar y aprender. Es cierto que no hay libertad sin unidad y esta logra su valor a través del respeto de la diversidad. Tomando estos fundamentos el sistema educativo propuesto por la Ley Federal impone un criterio de unidad basado en la conducción política de la educación para resguardar el ser nacional, la identidad cultural y la soberanía integral pero sin menoscabar el pluralismo federal.

    Este último se ve beneficiado con la descentralización del poder de gestión en las distintas jurisdicciones por parte del gobierno central. Esto no quiere decir, por supuesto, que el Estado renuncia a su prosecución del bien común. Para ello se establecen los ámbitos de competencia y determinar claramente las atribuciones de cada jurisdicción.

    La organización del sistema es la manera de integrar la educación y respetar a la vez el pluralismo federal. El sistema funcionaría, de esta manera, con una unidad en la normativa – Ley Federal – y en la conducción educativa, con una descentralización en la gestión ejecutiva y administrativa pero con instancias de concertación nacional (Consejo Federal de Educación).

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