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Aproximación al análisis Ius-filosófico de las normas injustas


Partes: 1, 2

    1. Breve descripción en menos de cien palabras
    2. Resumen general
    3. Introducción
    4. Marco teórico Conceptual
    5. Posturas acerca de la relación norma-justicia
    6. Justicia… ¿valor o finalidad?
    7. ¿Derecho sin Justicia?
    8. Inconveniencias de las normas injustas
    9. ¿Reducir la validez y eficacia de una norma a la justicia?
    10. El destino que deben tener las normas injustas
    11. Conclusiones
    12. Aspectos Finales
    13. Bibliografía

    BREVE DESCRIPCIÓN EN MENOS DE CIEN PALABRAS.

    ¿Qué es la Justicia? El concepto de Justicia definido como la virtud general de tener cada quien lo que le corresponde. A partir de aquí estableceremos que una norma justa es aquella que va dirigida a dar a cada uno lo suyo, y en cambio las normas injustas a aquellas que su regulación implique no dar a cada quien lo que le corresponde. Hemos convenido en que la justicia es un valor que está sobre todo, incluso sobre el Derecho, y por ende las normas injustas no deben acatarse, sino ser abolidas o reformadas inmediatamente por los órganos competentes.

    RESUMEN GENERAL.

    (Véase las Conclusiones)

    Este trabajo es un articulo de Filosofía del Derecho en donde hacemos una aproximación al estudio de las normas injustas. Hemos visto su importancia en cuanto dar una pauta para resolver los inmensos problemas del Derecho en su finalidad de alcanzar una justicia para todos en la sociedad, incidiendo en los inconvenientes mismos del Derecho en sus implicancia teóricas y normativas. Para introducirnos al tema hemos tomado las nociones de "norma jurídica" como una significación lógica vinculante para regular en la sociedad, y la "Justicia" (basándonos en un artículo nuestro denominado "¿Qué es la Justicia?) como la virtud más sublime, construida idealmente, de tener cada uno lo que le corresponde.

    A partir de aquí, previo repaso de cuando una norma es injusta, veremos los inconvenientes que acarrean éstas y el destino que deben tener. Así, en primer lugar, una norma es justa en cuanto se dirija dar a cada uno lo que le corresponde y, por otro lado, una norma injusta es aquella que en su regulación implique no dar a cada quien lo que debe tener.

    Como es lógico, las normas injustas acarrean graves inconvenientes; entonces, al plantearnos la premisa de cual aspecto era más importante, si acatarlas o no, hemos m{a sublime que no admite ponderaciones con otros entes, como el Derecho.

    Finalmente, para evitar este enmarañado problema, hemos concluido que toda norma optado por la segunda alternativa, ya que hemos comprendido que la Justicia es el valor injusta debe ser inmediatamente reformada o abolida por los órganos legislativos competentes

    I. INTRODUCCIÓN.

    El ser humano, por su naturaleza misma, tiende a interrelacionarse a través de los diversos vínculos de comunicación, con otros seres de la misma especie. Esto es significativamente y en absoluto entendible, lo que, como bien ya se sabe, se canaliza en el lento y sinuoso, a la vez, transcurrir del historial humano. Esto de ninguna manera excluye la concepción individual que cada ser humano tenga de su lejano origen, ya sea partiendo desde cualquier postura como la bíblica, con Adán y Eva, ya sea de la postura que menciona el lento evolucionar de las personas, ya sea de cualquier otra postura como las teorías del Cosmozoario, Biogénesis, etc.

    Estas relaciones intersubjetivas entre las personas se desarrollaron desde los primeros días, al menos al existir dos seres con capacidad cognoscitiva. Así transcurrió esas interrelaciones abriéndose camino a través del tiempo. No obstante ello, hay que hacer énfasis en esto, estas relaciones desde su origen mismo, al no haber acuerdo unánime entre los seres, creó discordancias entre los mismos. Como a cada interrelación, cada discordancia, por lo cual, para mitigar la misma se establecieron una precaria normatividad consuetudinaria, ya sea por acuerdo de partes o por imposición. Este acuerdo consuetudinario, al transcurrir del tiempo, llegó a llamarse Derecho.

    Ahora bien, en las circunstancias actuales, considerando que uno de los fines del Derecho y, a no dudarlo, el fundamental, que es alcanzar la justicia para todas las cosas, hay múltiples inconvenientes en este camino para lograr resolver con justicia todo caso. Estos problemas, en realidad, son innumerables, mas para darlo un entendimiento de manera muy somera, lo diferenciaremos en dos aspectos cardinales, en sentido lato: el primero, problemas e inconvenientes para lograr una justicia de índole teórica y doctrinaria, de hecho la normatividad, donde puedo mencionar casos como el a tratar normas injustas, además de otros, como el Derecho y su justificación, lagunas del Derecho, normas con diferente rango y sus respectivas incompatibilidades, aplicación espacial y temporal, etc, etc. Y por otro lado, problemas de índole relacionada a la praxis, grandes inconvenientes no ya en la normatividad en sí, sino en la aplicación de la misma. Problema bastante álgido, como el caso de incapacidad e ineptitud de los jueces, soborno y cohecho de funcionarios, etc, etc, etc. Problema éste que no entra en absoluto a formar parte de este trabajo de investigación.

    En efecto, reconociendo ya por adelantado una investigación, el objeto que se nos ocupa pertenece al primer caso, denominado doctrinario y teórico, y dentro de éste lo ubicamos en el aspecto ius-filosófico, que son el estudio de las normas injustas.

    Adentrarse en este campo es sumamente riesgoso y placentero. Claro, quien no corre el riesgo no experimentará placer. Este tema, esta cuestión es, hablando en términos ecológicos, una selva inmensa o un bosque ingente donde hemos tratado de abrir una brecha, un sendero que nos conduzca a una dilucidación de su enmarañado enigma. Claro está, el riesgo que se corre es que nos perdamos en el interior del bosque y no volvamos a salir de él.

    II. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL.

    El problema de la relación de la justicia con el Derecho en general y las normas jurídicas en particular es de necesariamente cuestiones polémicas, por diversas razones, entre las cuales están las perspectivas desde donde se las analiza. No obstante ello y estando en la obligación de partir de un punto determinado, lo haremos desde una visión particular, basada en alguna de las tantas existentes.

    Como paso preliminar, buscando una dilucidación al embrollo, no quisiera definir sino sólo hacer una tenue aproximación a la noción de los dos aspectos entre las cuales se desenvolverá este artículo; la norma y la justicia, por cierto, relativizándolo, ya que , como dijo Trasegnies, no se trata de determinar las "esencias platónicas" del Derecho y de la Justicia, sino simplemente la interpretación de estos términos dentro de un medio social específico.

    Independientemente de diferentes posturas al respecto, he creído conveniente tomar los aspectos fundamentales necesarios a usarse como pilares que sostendrán esta construcción, sintetizando mencionaré a la Norma Jurídica como una significación lógica creada por una comunidad jurídica y que regula la conducta humana en un tiempo y un lugar definidos prescribiendo a los individuos, frente a determinadas circunstancias condicionantes, deberes y facultades, estableciendo determinadas sanciones coactivas para el supuesto de que dichos deberes no sean cumplidos2.

    Si en estas líneas precedentes hemos tenido una ingente dificultad para hacer una aproximación a la norma jurídica, ahora, teniendo ante mí a la justicia, los inconvenientes, sin ánimo de exagerar, se centuplican. No hay un criterio definido para poderla conceptuar, sin embargo, considerando que el concepto de justicia ha de ser definido por el papel de sus principios al asignar derechos y deberes, y además a la división correcta de las ventajas sociales; y, claro está, después de verificar y analizar diversas concepciones que se han dado acerca de ella, he concluido finalmente que, en síntesis, " la justicia es la virtud más sublime, construida idealmente, de tener cada uno lo que le corresponde"3.

    Teniendo ya delimitado el ámbito de la norma jurídica y la Justicia, podemos proceder a analizar la relación que entrelaza a ambas; relación ésta, dicho sea de paso, de considerable complejidad.

    El Derecho tiene su base en la aspiración máxima de la justicia, por cierto con independencia de que otros la tomen como su valor y no como su fin. Partiendo de acá, considerando al Derecho como un ente regulador que su mayor aspiración es alcanzar la justicia para los regulados, nos veremos precisados a aceptar la relación de medio a fin, es decir, en una relación intersubjetiva de una comunidad, las personas cogen al Derecho como la herramienta o medio para lograr un acuerdo conveniente a todos, por deducción , justo.

    Sin embargo, es evidente que el Derecho, por ende las normas jurídicas, deben ser justas, no obstante, con frecuencia no lo son: he aquí el problema. La norma se relaciona con la justicia sin que la cumpla de una manera inequívoca4.

    Deducimos de aquí, por lo tanto, que el Derecho como un ente abstracto en su sendero en busca de la justicia tiene severos tropiezos, materializándose estos fundamentalmente, en el ámbito teórico, con los obstáculos de las normas injustas que desvían su senda trazada. En efecto, el ideal máximo de la completa subyacencia de la justicia en el Derecho se ve empañada por este disvalor, enturbiando su traslucides. Bien ahora, para considerar al mencionado disvalor de lo injusto como tal, ¿ Qué hemos hecho?, ¿cómo hemos etiquetado a tal o cual norma jurídica como injusta?, ¿son válidos nuestros juicios de valoración?.

    En aras de comprender mejor, y como paso previo para entender este planteamiento, vamos a dar una ligera mirada a algunas posturas ideológicas acerca de la polémica relación norma-justicia.

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