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Documento electrónico e instrumento público: La función del Notario


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. El documento electrónico y el instrumento público
    3. La nueva concepción documental
    4. Documento electrónico y documento informático
    5. La función del notario en el instrumento electrónico
    6. Conclusiones
    7. Bibliografía

    Resumen

    Hoy en día nadie puede negar el impacto el impacto que produjo la revolución informática en todos los campos de la actividad humana. Los usos y costumbres sociales se vieron afectados por este desarrollo vertiginoso de los medios de comunicación originándose a su vez situaciones nuevas que ni las propias leyes habían previsto. Las nuevas tecnologías de Información y comunicación han transformado con su aplicación, casi todas las actividades que el ser humano realiza en el umbral de este siglo XXI. Visto de esta manera, el Derecho y específicamente la actividad notarial, se insertan paulatinamente en el moderno esquema de sociedad digital, para dar paso a una nueva generación de actividades y procesos sistematizados, cada vez más lejos del papel, elemento fundamental en la certificación de documentos de orden legal. El papel ha sido hasta hoy el sustrato básico del oficio notarial.

    En este sentido las funciones del notario, se han visto afectadas por la llamada informática jurídica y se traen a consideración varias preguntas. ¿Qué significa ser notario? y ¿cómo enfrentar el reto de cambiar los esquemas tradicionales con los que opera un notario? ¿Es la Informática una herramienta mágica?

    En términos simples, el notario es el licenciado en Derecho a quien el Estado concede el poder de dar fe pública y que tiene a su cargo por oficio: recibir, interpretar, redactar y dar forma legal y certeza jurídica a la voluntad de las personas que ante él acuden para otorgar actos jurídicos o para hacer constar hechos jurídicos, mediante su consignación en instrumentos públicos auténticos, es decir, con valor de prueba plena.

    Los retos que la Informática plantea al notario son diversos y deben ser analizados con serenidad y prudencia, siempre refiriéndonos a los fines del Derecho y a la razón de ser del notario: la certeza y seguridad jurídica. Debemos recordar que la Informática no es un fin en sí mismo, sino que es una herramienta más para que el hombre se desarrolle y logre su realización íntegra como persona. La Informática no debe ser un sustituto de la persona, ni un enemigo de su libertad y del ejercicio de sus derechos fundamentales, garantía de los cuales es la Seguridad Jurídica.

    Para el notario y sus complejas funciones, no deben cambiar sino los aspectos tecnológicos de sus herramientas de trabajo, con la consecuente premisa de que, las máquinas, por maravillosas que sean, no suplen ni el criterio jurídico, ni el discernimiento inteligente del hombre, por lo cual, creemos que el papel del notario no será nunca sustituido por la Informática, sino, al contrario, será cada vez en mayor medida, increíblemente impulsado a su perfeccionamiento.

    Introducción

    La "Sociedad de la Información", constituye un fenómeno no sólo tecnológico sino sociocultural[1]. Esta nueva etapa en el desarrollo de la humanidad deja su impronta en campos tan estratégicos como la economía, la política y el ordenamiento jurídico de cada Estado. Es tal el desarrollo alcanzado y el que se vislumbra alcanzar, que sus utilidades han permeado casi todas las esferas de nuestra vida social y entre ellas el comercio ocupa una posición de importancia, tornándose familiar para nosotros el término "Comercio Electrónico".

    Los servicios de la Sociedad de la Información se prestan, en gran medida, a través del Comercio Electrónico. La contratación electrónica, se está consolidando en el mundo entero gracias a la implantación definitiva de protocolos que garantizan la seguridad de las transacciones y el incremento progresivo de usuarios de la red1.

    El Comercio Electrónico implica cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial basada en el tratamiento electrónico y la transmisión de datos sobre redes de comunicación como Internet que implica la transferencia de propiedad o de derechos para utilizar productos o servicios.[] En sus inicios el comercio electrónico estaba restringido al comercio entre empresas conectadas por redes privadas cerradas pero actualmente crece en rapidez y complejidad para involucrar a un mayor número de participantes (empresas, empresarios individuales, consorcios transnacionales) que pueden incluso no conocerse y establecer relaciones de intercambio comercial en redes abiertas mundiales como Internet.

    El notario público es el profesional en Derecho, especialista en Derecho Notarial y Registral, habilitado legalmente para ejercer la función notarial. El notariado público es la función pública ejercida privadamente. Por medio de ella, el funcionario habilitado asesora a las personas sobre la correcta formación legal de su voluntad en los actos o contratos jurídicos y da fe de la existencia de los hechos que ocurran ante él.

    Los Notarios cuentan con organizaciones que coadyuvan a llevar adelante y en forma correcta su función y su actividad es controlada bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Notariado, dependencia del Poder Judicial.

    En la Era Digital la forma de ver el Notariado ha cambiado e igual la forma en que llamamos los objetos propios de nuestra profesión. Hoy el Notario comparte su disciplina con las tecnológica y combina conceptos como documento electrónico, contratación electrónica, firma electrónica hasta llegar a la firma digital, protocolo digital y porque no Notaria Digital como reunión de todo este nuevo universo digital.

    Los conceptos e institutos digitales y la contratación digital constituyen un fenómeno que no tiene fronteras y Cuba no es la excepción en mercados globalizados o abiertos.

    Ante esta revolución tecnológica el Derecho como ente regulador de la vida social enfrenta nuevos retos, marcados por la existencia de nuevas relaciones sociales que inciden directa e indirectamente en sus diferentes ramas, principios e instituciones y que demandan respuestas inmediatas para evitar anomalías, caos y anarquía dotando así de equidad, confianza y seguridad a las relaciones entre los usuarios de las nuevas técnicas de la informática y las comunicaciones.

    En materia de Derecho notarial, específicamente para las legislaciones basadas en el sistema del Notariado Latino, baste citar lo que puede avizorarse ya en cuanto a la validez legal de las transacciones y contratos sin papel en los casos en que la ley exija como formalidad su suscripción en documento público notarial, (y aún en los supuestos en que la ley no lo exija partiendo del principio de libertad de formas, si se pretende que el contrato electrónico tenga efectos ejecutivos, produzca una presunción de legitimidad y veracidad en el tráfico, que haga prueba aún contra tercero del hecho que motiva su otorgamiento y la fecha de este, que las declaraciones contenidas en el mismo sólo puedan dejarse sin efecto por resolución judicial, que se considere como un principio de prueba privilegiada deberá optarse por la forma del documento público cuyos efectos son superiores a los del documento privado); o la adaptación ante las nuevas circunstancias de principios tradicionales como el de inmediatez, el de unidad del acto, el de escritura, el de matricidad o protocolo o bien desde el punto de vista funcional, la aparición de nuevas aristas en el actuar del notario como fedatario público.

    Ante tales circunstancias el problema de investigación trata de definir cómo ha de participar el notario en el mundo de las transacciones jurídicas electrónicas y cuáles serán las nuevas exigencias para desarrollar su profesión en este mundo. El papel que juegue el notariado dependerá del lugar que él mismo haya creado proponiendo soluciones para los nuevos problemas que se van planteando haciéndose valer como institución que durante siglos ha resuelto de manera satisfactoria problemas como la identificación, la legalidad, la confidencialidad, el asesoramiento que, en un ambiento electrónico vuelven a surgir con original apariencia pero no con menos importancia. Se trata de adaptarse a nuevos requerimientos y ser útiles sin perder la esencia del notario latino ni abdicar de lo que son sus principios definitorios.

    En este contexto el notario, ante el impacto tecnológico de la informática y las telecomunicaciones en su actividad tradicional constituye un tema polémico. Es por ello objetivo de este trabajo es Brindar un acercamiento a algunas de las cuestiones que suscitan inquietudes y requieren profundización en el estudio del funcionamiento del notario ante los retos de la sociedad de la información.

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