Gestión del Reconocimiento de las Pensiones por Discapacidad de Origen Laboral (página 2)
Enviado por Ariel García
Capítulo IV
Presentación de los instrumentos
Tablas y Gráficos
Documentos requeridos para la solicitud de evaluación y calificación de discapacidad por la Comisión Médica Regional
Tabla 1
SOLICITUD DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD |
Documentos requeridos |
1. Cédula / Documento de identificación |
2. Acta de nacimiento o extracto del Acta de nacimiento. |
3. Cierre de caso y/o certificados médicos |
4. Documento probatorio del empleador, indicando si está trabajando en la actualidad o hasta que fecha trabajó. |
5. Documentación médica relacionada con la condición de salud que genera |
6. Reporte de Accidente (ATR-2) |
7. Reporte de Enfermedad de Trabajo (EPR-1) |
8. Cierre del Caso del/los médicos tratante (es) |
9. Cierre del Caso del/los médicos ocupacionales |
10. Pre-cierre o cierre del caso de rehabilitación emitido por el médico |
Proceso a ejecutar para el reconocimiento de Pensión
Gráfico 1
Tabla 2 –Accidentes laborales con lesiones discapacitantes
Años | Lesión Discapacitante | % / Año |
2012 | 20,578 | 30.30% |
2013 | 21,956 | 32.33% |
2014 | 25,386 | 37.38% |
Total | 67,920 | 100.00% |
Grafico 2 –Accidentes laborales con lesiones discapacitantes
Tabla 3 – Porcentaje de lesiones discapacitantes del total de casos reportados
Años | Casos reportados al ARL | Lesión Discapacitante | % / Año | ||
2012 | 26,688 | 20,578 | 77.11% | ||
2013 | 28,635 | 21,956 | 76.68% | ||
2014 | 31,032 | 25,386 | 81.81% | ||
Total | 86,355 | 67,920 | 235.59% |
Fuente: Estadísticas 2014 del Consejo Nacional de la Seguridad Social.
Grafico 3 – Porcentaje de lesiones discapacitantes del total de casos reportados
Fuente: Estadísticas 2014 del Consejo Nacional de la Seguridad Social.
Tabla 4 – Solicitudes Recibidas de las Comisiones Médicas por Estatus
Período | Solicitudes Totales | Dictámenes Notificados a CTD | % Expedientes Notificados |
Oct-Dic 2008 | 107 | 16 | 15.0% |
2009 | 1,018 | 659 | 64.7% |
2010 | 1,491 | 785 | 52.6% |
2011 | 2,085 | 750 | 36.0% |
2012 | 2,165 | 1,830 | 84.5% |
2013 | 1,670 | 2,885 | 172.8% |
2014 | 1,561 | 1,731 | 110.9% |
Total | 10,097 | 8,656 | 85.7% |
Fuente: Estadísticas 2014 del Consejo Nacional de la Seguridad Social.
Grafica 4 – Solicitudes Recibidas de las Comisiones Médicas por Estatus
Fuente: Estadísticas 2014 del Consejo Nacional de la Seguridad Social.
Tabla 5 – Apelaciones por la Entidad Receptora y de Origen
Fuente: Estadísticas 2014 del Consejo Nacional de la Seguridad Social.
Grafica 5 – Apelaciones por la Entidad Receptora y de Origen
Fuente: Estadísticas 2014 del Consejo Nacional de la Seguridad Social.
Capítulo V
Análisis, Interpretación y Discusión de los Resultados
Análisis e Interpretación
Atendiendo al Procedimiento administrativo para la operación de Las Comisiones médicas Nacionales y Regionales, el afiliado o su representante legal con poder notarial o Acto de interdicción, presentará los documentos necesarios, y la Entidad gubernamental que recibe los documentos, registrará la información facilitada en el formulario de Solicitud de Evaluación y calificación de Discapacidad Permanente.
A partir de la recepción del expediente completo, la Comisión Médica Regional tendrá un plazo de hasta sesenta (60) días francos para realizar la evaluación y calificación del grado de discapacidad y emitir el dictamen correspondiente.
La secretaría de la Comisión Médica Regional coordinará en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de cita del afiliado, a partir de la recepción del expediente completo, a fin de que comparezca.
Si alguna de las partes involucradas en el proceso no están de acuerdo con el dictamen de la Comisión Médica Regional, pueden apelar a la Comisión Médica Nacional en un plazo no mayor de diez (10) días.
En el 2014 La Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura, recibió un total de 31,032 reportes de casos, de estos 25,386 corresponde a lesiones discapacitantes, lo cual representa un 81.81% del total de casos reportados, indicando la necesidad de que la población conozca el proceso para gestionar las pensiones de origen laboral.
La Comisión Médica Nacional recibió un total de 14 apelaciones procedentes del Seguro de Riesgo Laboral, el 100% de estas apelaciones fue solicitado exclusivamente por el afiliado. Por lo cual podemos decir que el trabajo realizado por la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura es eficiente y sus decisiones son tomadas en apego al buen actuar que los caracteriza, siempre priorizando la salud del afiliado.
Desde el inicio del sistema de dominicano de seguridad social, las comisiones medicas han recibido un total de 10,097 de solicitudes para evaluación, de las cuales, a diciembre del 2014 se habían resuelto 8,656, correspondientes al 85.70% de las solicitudes totales, corroborando esto la eficiencia de las comisiones medicas en el proceso de evaluación de las pensiones por discapacidad.
Atendiendo a la interpretación de los datos obtenidos y del informe realizado, podemos suscitar que se realicen campañas de concientización en las cuales se le otorgue conocimiento pleno al ciudadano afiliado al Sistema Dominicano de Seguridad Social, para que este conozca de los Derechos que le corresponden y las remuneraciones a las que pueden acceder su propia persona y sus familiares, debido que al día de hoy existe cierto desconocimiento sobre este tema y lo que es la Seguridad Social en la República Dominicana.
Luego de realizar este informe podemos concluir que gran parte de la ciudadanía dominicana desconoce los derechos que le otorga tanto la Constitución Política de la República Dominicana, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, debido a la desinformación de la que son parte muchos Dominicanos, pero en contraste con esto, podemos declarar que las personas afiliadas al Sistema de Dominicano de Seguridad Social obtiene la ayuda y dirección de las entidades encargadas de dicho sistema, corroborando así la eficacia de la estructura del mismo.
Podemos decir además, que el tiempo de reconocimiento de las pensiones por discapacidad de origen laboral es relativamente corto, por la razón de que la Comisión Médica Regional y Nacional trabaja con alto empeño, con la finalidad de emitir resoluciones a la mayor brevedad posible siempre apegados a los correctos valores y justicia para el ciudadano afectado que ha solicitado pensión, priorizando la integra salud del afiliado.
Consejo Nacional de Seguridad social. (1 de Junio de 2010). Procedimiento Administrativo Para La Operación De Las Comisiones Médicas Nacional y Regionales. Santo Domingo, República Dominicana.
Consejo Nacional de Seguridad Social. (2014). Boletín Diciembre 2014. Santo Domingo. Echegaray, B. G. (26 de Julio de 2005). Discapacidad: Wikipedia. Obtenido de Wikipedia:
http://es.wikipedia.org/wiki/Discapacidad
Fundación Pellerano & Herrera. (2012). Recopilación normativa del sistema dominicano de seguridad social: Ley 87-01 y sus Normas Complementarias. Santo Domingo: Amigo del Hogar.
Fundación Wikimedia. (13 de Diciembre de 2013). Pensión: Wikipedia. Obtenido de Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Pensión
Oficina del Alto Comisionado Para los Derechos Humanos. (s.f.). Obtenido de Naciones Unidas: http://www.ohchr.org
Organización Internacional del Trabajo. (s.f.). Legislación del trabajo: Organización Internacional del Trabajo. Obtenido de OIT: http://bit.ly/1JupoXh
Poder Ejecutivo. (2003). Reglamento 548-03. Sobre el seguro de riesgos laborales, como norma complementaria a la ley 87-01 que crea el sistema dominicano de seguridad social (SDSS). República Dominicana.
Reglamento Sobre el Seguro de Riesgos Laborales (548-03). (2003). República Dominicana. (1992). Código de Trabajo.
Salkind, N. J. (1999). Métodos de Investigación. México D.F.: Pretince Hall Hispanoamerica.
Uribe, F. G. (2004). Diccionario de Metodología de la investigación Científica. México D.F.: Limusa.
Autor:
Ariel Boanerges García Saint-Hilaire
Geisson L. Martínez Genao
Isaías Emmanuel Cruz Crisóstomo
Asesor:
Dr. Isidro Ciriaco
Los conceptos emitidos en este trabajo de investigación son de la exclusiva responsabilidad de los sustentantes.
Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS)
Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP)
Áreas de Coordinación:
Educación en Seguridad Social del CNSS Gerencia de Normas y Desarrollo Docente del INFOTEP
Diplomado en Seguridad Social
Santiago de los Caballeros, Republica Dominicana.
Abril / Junio del Año 2015
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