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Consejo Nacional Electoral (Venezuela)

Enviado por Néstor Sanz


Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. Definición. Misión. Visión
    3. El Consejo Supremo Electoral (CSE) historia y cambio de nombre a Consejo Nacional Electoral (CNE)
    4. Integración
    5. Organismos subordinados
    6. Organismos subalternos
    7. Conclusión
    8. Bibliografía

    Introducción

    El Consejo Nacional Electoral (CNE) es uno de los 5 poderes independientes de la República Bolivariana de Venezuela, el cual es responsable y garante de la transparencia de los procesos electorales y refrendarios que se llevan a cabo en dicha nación.

    Nace como Consejo Supremo Electoral el 11 de septiembre de 1936 a través de la Ley de Censo Electoral y de Elecciones. Es la representación visible del Poder Electoral. Desde el año 1997, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, deja de llamarse Consejo Supremo Electoral, para llamarse con el nombre que conocemos actualmente, solo que con rango Instituto (organismo del estado sin personalidad jurídica propia) y no se constituía como poder público, hasta la aprobación por referéndum de la Constitución de 1999, es entonces cuando la nueva constitución le otorga el rango de máximo órgano del Poder Electoral.

    Según la Ley Orgánica del Poder Electoral: "El Consejo Nacional Electoral es el órgano rector del Poder Electoral, tiene carácter permanente y su sede es la capital de la República Bolivariana de Venezuela. Es de su competencia normar, dirigir y supervisar las actividades de sus órganos subordinados, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales atribuidos al Poder Electoral.

    Ejerce sus funciones autónomamente y con plena independencia de las demás ramas del Poder Público, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución y en la ley."

    CONSEJO NACIONAL ELECTORAL:

    Definición

     El Consejo Nacional Electoral es el ente rector del Poder Electoral, responsable de la transparencia de los procesos electorales y refrendarios; garantiza a los venezolanos la eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de estos procesos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución electoral. Noble propósito para mantener vivo en los ciudadanos el afecto por la democracia, en cuanto al sistema más adecuado para una pacífica convivencia de nuestra sociedad.

    Misión:

    Ejercer como órgano rector del Poder Electoral la organización, administración y supervisión de todos los actos relativos a procesos electorales a realizarse en el ámbito nacional, regional, municipal y parroquial, a través de la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Participación Política y Financiamiento y la Comisión de Registro Civil y Electoral como órganos subordinados, garantizando y preservando el sufragio como expresión genuina de la voluntad del pueblo y fuente creadora de los poderes públicos.

    Visión:

    Será el vértice de una organización electoral moderna y autónoma cuya normativa, estructura, procedimientos y sistemas optimizan la ejecución y control de los procesos electorales y de referendos, mediante el concurso de un equipo de funcionarios de amplia carrera y experticia electoral que haciendo uso de las más avanzadas tecnologías y bajo los principios de transparencia y respeto a la voluntad del electorado, ejecutan comicios de alta calidad, ubicándose como importante referencia en la organización de elecciones en América Latina.

    El Consejo Supremo Electoral (CSE) historia y cambio de nombre a Consejo Nacional Electoral (CNE)

    Se creó a través de la Ley de Censo Electoral y de Elecciones, sancionada el 11 de septiembre de 1936 por el Congreso Nacional de la República de Venezuela, luego de las largas dictaduras castrista y gomecista. En ese entonces, el CSE era un Tribunal de Apelaciones de las decisiones emanadas de las Juntas Estadales y supervisaba el proceso de elecciones.

    El CSE continuó con esas características a través de las leyes de los años 1940-41. Sus miembros durante esos años eran designados por la Cortes Supremas de las distintas entidades; no había representación de los partidos políticos en el Cuerpo y era notable la estrecha dependencia que mantenía con el Poder Judicial conforme a esas leyes. Durante esa época las elecciones para el Congreso de la República eran de segundo grado, los Senadores eran elegidos por las Asambleas Legislativas de cada estado, y los Diputados por los representantes de las municipalidades. La elección del Presidente de la República era de tercer grado, ya que era electo por ambas Cámaras reunidas en el Congreso Nacional.

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